La ayuda al alquiler en 2023, de 525 euros, está destinada a pensionistas de jubilación o invalidez del IMSERSO, por ser un colectivo caracterizado por tener bajos ingresos y porque se ha visto seriamente afectado por la subida de los precios del alquiler.
Hoy te voy contar en qué consiste la ayuda al alquiler en 2023, de 525 € (porque muchas personas la desconocen), quién puede beneficiarse de esta prestación económica, qué requisitos debes cumplir si quieres acceder a ella y dónde tienes que solicitarla.
¿En qué consiste la ayuda al alquiler en 2023, de 525 €?
Consiste en percibir un complemento de tu pensión no contributiva de 525 €, para ayudarte a pagar el alquiler de la vivienda en la que resides. Dicho pago lo cobrarás en un pago único, por transferencia bancaria. Y podrás seguir percibiendo este importe cada año, mientras esta ayuda al alquiler siga vigente.
Aunque sea una cuantía de poca importancia, siempre supone un apoyo económico a aquellas personas que tienen pensiones muy bajas.
Beneficiarios de la ayuda al alquiler en 2023 de 525 €
Pueden beneficiarse de esta ayuda las personas que están percibiendo una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, y que están viviendo de alquiler. Porque así lo establece el Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto .
Por tanto, esta ayuda al alquiler en 2023 no es para todas las personas que están cobrando una pensión. Ya que solo es para aquellos que están cobrando una pensión no contributiva a través del IMSERSO, por no haber cotizado lo suficiente a la Seguridad Social a lo largo de su vida laboral. En consecuencia, no pueden acceder a esta ayuda al alquiler en 2023 aquellas personas que están percibiendo una pensión contributiva de jubilación o invalidez de la Seguridad Social.
Por ejemplo:
- Adela vive de alquiler y se quiere jubilar, pero en su vida laboral aparece que solo ha cotizado 8 años a la Seguridad Social. Por consiguiente, al no tener acumulados los 15 años de cotización que requiere la Seguridad Social para acceder a la pensión contributiva de jubilación, no tendrá derecho a percibir la pensión contributiva de jubilación. Pero si reúne los requisitos que establece la Ley, sí que podrá cobrar la pensión no contributiva de jubilación. Y al tener derecho a esta pensión, también podrá beneficiarse de esta ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, si cumple el resto de requisitos.
- Ernesto está cobrando una pensión contributiva de jubilación, porque estuvo 24 años cotizando a la Seguridad Social por su trabajo. Pero aunque viva de alquiler, al tener una pensión contributiva, no tendrá derecho a esta ayuda al alquiler en 2023.
Requisitos para cobrar la ayuda al alquiler de 525 €
En el momento que solicites la ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o invalidez.
- No tener ninguna vivienda en propiedad.
- Ser el titular o la titular del contrato de arrendamiento. Es decir, aunque estés pagándole a otra persona (que sí que es la titular del contrato de arrendamiento) el alquiler de la vivienda en la que vives, si no eres tú la persona titular del contrato de arrendamiento, no te concederán esta ayuda al alquiler en 2023.
- No debes tener con el arrendador que te está alquilando la vivienda ninguna relación conyugal (o relación análoga) o de parentesco de hasta tercer grado.
- La vivienda alquilada en la que resides, tiene que ser tu domicilio habitual. Para que la ley entienda que es tu domicilio habitual, es necesario que la duración del contrato de arrendamiento no sea inferior al año y que hayas estado viviendo en ese domicilio durante al menos 180 días antes de presentar la solicitud de la ayuda al alquiler de 2023.
¿Y si en el mismo domicilio hay varias personas cobrando una pensión no contributiva?
Solo tendrá derecho a cobrar la ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, aquella persona que reúna los requisitos comentados. Por tanto, solo podrá beneficiarse de esta ayuda aquella persona que sea la titular del contrato de arrendamiento.
¿Qué plazo hay para pedir esta ayuda al alquiler en 2023?
Puedes pedir esta ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, en cualquier momento, ya que el plazo está abierto hasta el 31 de diciembre de 2023. Y deberán ingresártela antes de esa fecha, en función de cuándo hayas presentado la solicitud. Salvo que por cualquier problema no te hayan podido hacer efectivo el pago en ese periodo, en cuyo caso, te lo deberán abonar como máximo, dentro del primer semestre siguiente a dicha fecha.
Asimismo, previsiblemente, a partir del 1 de enero de 2024 ya podrás pedir la ayuda de 525 € perteneciente al año 2024, cuyo plazo estará abierto de forma permanente hasta el 31 de diciembre de 2024.
¿Dónde se solicita la ayuda al alquiler en 2023, de 525 €?
Aunque esta ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, la pague la Tesorería General de la Seguridad Social, la solicitud hay que presentarla en la oficina de Servicios Sociales de la comunidad autónoma en la que residas (ver el listado de oficinas). Ya que el IMSERSO le ha transferido a este órgano las funciones de tramitar el reconocimiento de esta ayuda y de emitir la correspondiente resolución. Pero si vives en Ceuta o Melilla tendrás que pedir la ayuda al alquiler en 2023, directamente en la Dirección Territorial del IMSERSO. Y en el caso de que residas en el País Vasco o Navarra, deberás dirigir tu solicitud a tu correspondiente Diputación Foral.
Asimismo, aunque puedes hacer este trámite presencialmente, también tienes la opción de pedir esta ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, a través de Internet. Para ello, tendrás que disponer de DNI electrónico o certificado digital. Y hacer este trámite en la Sede Electrónica de la Consejería de Políticas Sociales de tu comunidad autónoma. En la web del IMSERSO encontrarás la Sede Electrónica que corresponde a tu comunidad autónoma.
Además, recuerda que también puedes pedir un descuento en tu factura de la luz, a través del Bono Social de Electricidad.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolver tu solicitud?
Una vez que has presentado la documentación necesaria para pedir la ayuda alquiler en 2023, de 525 €, la Administración tiene un plazo de tres meses resolver tu solicitud. Así que, en el plazo máximo de tres meses tendrá que llegarte a tu domicilio la notificación en la que te reconozcan o te denieguen esta ayuda.
En el supuesto de que te denieguen esta ayuda al alquiler, si no estás de acuerdo con esta decisión, puedes presentar una reclamación previa ante el órgano que dictó la resolución. Y si posteriormente no estás de acuerdo con la respuesta que recibas de esa reclamación previa, puedes demandar a dicho órgano ante la Jurisdicción Social.
Si transcurren esos 3 meses que tiene la Administración para responderte sin que hayas recibido ninguna notificación, deberás entender que la solicitud de la ayuda al alquiler en 2023, de 525 €, que presentaste, ha sido desestimada por silencio administrativo.
El silencio administrativo, ¿se usa alguna vez para desestimar y otra para aprobar?
Buenos días Carlos.
El silencio administrativo, por norma general, es positivo (se entiende estimada la solicitud). Debido a que así lo indica el art. 24.1 de La ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común. Sin embargo, hay procedimientos especiales en los que se establece que el silencio administrativo es negativo.
En el caso de esta ayuda al alquiler, el silencio administrativo es negativo. Porque según indica el art. 6.3 del Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto (que regula esta ayuda), la solicitud se entenderá desestimada si existe silencio administrativo.
Un saludo.