El Gobierno ha creado una ayuda económica para opositores con el fin de que las personas con menos recursos económicos también puedan prepararse una oposición. Ya que no todo el mundo puede asumir los gastos que acarrea prepararse una oposición. Y mucho menos, si se deja de trabajar para poder estudiar.
Pero esta ayuda para opositores, de momento, solo está destinada para aquellos que están preparándose para ingresar en determinados cuerpos. Por eso, te voy a explicar, entre otras cosas, con qué oposiciones puedes cobrar esta ayuda, qué requisitos debes cumplir y cómo puedes solicitarla.
¿Por qué ha creado el Gobierno la ayuda para opositores?
El Gobierno ha creado la ayuda para opositores porque hay algunas oposiciones que son especialmente difíciles. Que suponen tener que dedicar muchas horas de estudio al día, estar así durante años y realizar un desembolso importante en recursos formativos para preparar la oposición. Ya que el tamaño del temario es muy extenso y complejo.
Así que, se trata de oposiciones que no están al alcance de cualquiera. Tanto por el esfuerzo que hay que hacer para preparárselas, como por el respaldo económico que se necesita para poder dedicarle todo el tiempo al estudio (sin tener que ir a trabajar) y poder pagar al preparador o la Academia.
Por esa razón, el Gobierno ha creado esta ayuda para opositores con el fin de cubrir los gastos que acarrea la preparación de una oposición. Para intentar eliminar las barreras socioeconómicas que dificultan que las personas con menos recursos puedan acceder a este tipo de oposiciones. En cumplimiento del art. 9.2 de la Constitución Española, que obliga a los poderes públicos a eliminar los obstáculos que puedan dificultar la igualdad real y efectiva entre individuos.
¿Con qué oposiciones puede cobrarse esta ayuda?
Esta ayuda para opositores se encuentra regulada en la Orden JUS/377/2022, de 27 de abril. Y según estas bases, tienen derecho a cobrar esta ayuda económica las personas que se están preparando las pruebas selectivas para acceder a la Carrera Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado, que reúnan los requisitos que vienen indicados en la Orden comentada.
Por tanto, la ayuda para opositores está destinada a unas de las oposiciones más difíciles que hay a nivel nacional, y que pertenecen al Ministerio de Justicia.
¿Cuánto se cobra por la ayuda para opositores?
No existe una cuantía fija, ni un número concreto de becas. Porque ambos aspectos dependen del presupuesto que destinen cada año a esta ayuda para opositores. Por tanto, en cada convocatoria vendrá especificado el número de becas ofertadas y su importe.
Requisitos para poder cobrar la ayuda para opositores
La Orden JUS/377/2022, de 27 de abril, establece que puedes beneficiarte de la ayuda para opositores si cumples los siguientes requisitos:
- No estar percibiendo otra ayuda o subvención por la misma causa.
- No tener la condición de persona beneficiaria por haber incurrido en alguna de las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar preparándote la oposición a través de un centro especializado (que se dedique públicamente a preparar esta oposición) o mediante uno o varios preparadores o preparadoras. En este sentido, es importante aclarar, que es necesario que la persona que ostenta la condición de preparadora, no sea un familiar directo tuyo de primer grado, por consanguinidad o afinidad. Y también será imprescindible que pertenezca a la Carrera o Cuerpo al que deseas ingresar. Pero si no reúne este requisito, no pasa nada. Porque también podrías cobrar esta ayuda para opositores si la persona preparadora es jurista (siempre que tenga una trayectoria profesional, por la cuál, esté capacitada para darte la formación que necesitas para prepararte la oposición).
- Has de cumplir los requisitos de acceso que se establecieron en la última convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado.
- Y además, otros requisitos que se establezcan en la convocatoria.
¿Tengo algún beneficio si tengo una discapacidad?
Sí, los opositores que tienen una discapacidad y igual o superior al 33% cuentan con una reserva del 5% de estas ayudas para opositores.
Y en el caso de que ninguna persona con discapacidad se hubiera beneficiado de esta ayuda para opositores, y quedaran desiertas estas becas, se acumularían a las de la siguiente convocatoria. En consecuencia, habría un mayor número de ayudas para opositores con discapacidad al año siguiente.
¿Qué criterios hay para conceder la ayuda para opositores?
La Comisión de Evaluación tendrá en cuenta los criterios objetivos que recoge la Orden JUS/377/2022, de 27 de abril, a la hora de conceder esta ayuda para opositores. Algunos de estos criterios son, la renta de la unidad familiar, si eres víctima de violencia de género o de terrorismo, y si has aprobado las pruebas de selección de la anterior convocatoria del proceso selectivo al que te presentas.
En caso de empate de criterios, prevalecerá el opositor o la opositora que tenga una menor renta familiar.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda para opositores?
La ayuda a opositores solo puedes solicitarla a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Es decir, no puedes pedirla presencialmente, ni por correo. Por tanto, la única opción es a través de Internet.
¿Cuándo puedo pedir la ayuda para opositores?
Puedes solicitar la ayuda para opositores dentro del plazo que venga indicado en la resolución de la convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Por tanto, debes estar pendiente de cuándo se publica la convocatoria en el BOE
¿Cada cuánto tiempo se puede pedir la ayuda para opositores?
De forma anual. Así que, cada año saldrá una convocatoria en el BOE. A través de la cual, podrás solicitar esta ayuda para opositores.
¿Cuántas veces puedo cobrar la beca para opositores?
Una vez que te hayan concedido la ayuda para opositores y hayas disfrutado de ella, puedes volver a cobrarla hasta en tres ocasiones más, siempre que:
- Sigas cumpliendo con los requisitos de acceso y las obligaciones que recoge el apartado segundo de la Orden JUS/377/2022, de 27 de abril.
- El preparador o la academia especializada en la que te estás preparando la oposición, emita un informe, en el que indique que has estado aprovechando la formación que recibiste durante el tiempo que estuviste cobrando la beca anterior.
- Después de que te concedieran la anterior ayuda para opositores, hubiera salido la convocatoria de la plaza a la que aspiras y te hubieras presentado a esas pruebas de selección. Pero para cumplir este requisito, es necesario que lleves más de un año estudiando para intentar conseguir esa plaza pública.
¿Qué pasa si cobro de forma indebida la ayuda para opositores?
Que si la Administración se da cuenta de que has cobrado de forma indebida la ayuda para opositores, debido a alguna de las causas que señala el art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, podrá reclamarte que devuelvas íntegramente el importe percibido de forma indebida. Y además, podrá exigirte el pago del interés de demora, que empezaría a computar a partir del momento en que te pagaron la beca.