Algunas empresas se dedican a conseguir la baja voluntaria del trabajador mediante engaño e intimidación, para evitar tener que pagarle la indemnización por despido que le corresponde. Por eso, te voy a contar cómo puedes defenderte si estás en una situación así.
Y no te fíes de las promesas que te hagan sobre futuras contrataciones a cambio de firmar la baja voluntaria. Porque una vez que la hayas firmado, la empresa ya no tendrá ninguna obligación de contratarte de nuevo.
¿La empresa puede obligarme a firmar la baja voluntaria?
No. La empresa puede proponerte que la firmes, pero en ningún caso podrá obligarte a firmarla. Porque la baja voluntaria del trabajador, como su propio nombre indica, es voluntaria. Es decir, se basa en una decisión que toma libremente, por alguna cuestión personal.
Pero si la causa de la baja voluntaria del trabajador fuera a consecuencia en una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o debido al acoso que está recibiendo en la empresa, la persona trabajadora podría dejar de trabajar en la empresa a través de otras vías distintas a la baja voluntaria, que son más beneficiosas a nivel económico.
En resumen, si la empresa te dice que tienes que firmarles la baja voluntaria, lo más recomendable es que no lo hagas. Porque así no perderás el derecho a cobrar la indemnización, ni la prestación por desempleo que te pudiera corresponder, entre otros derechos. Así que, si la empresa tiene tanto interés en echarte, que te despida respetando todos los derechos que te pertenecen.
La baja voluntaria del trabajador estando de baja médica
Como trabajador o trabajadora puedes presentar la baja voluntaria en cualquier momento, e incluso aunque te encuentres de baja médica. Y como la empresa sabe que aunque te vayas de la empresa, seguirá pagándote la baja por la incapacidad temporal la mutua o el INSS, es posible que te digan que les firmes la baja voluntaria por cualquier motivo, a cambio de prometerte que van a contratarte de nuevo en cuento te recuperes.
¿Y sabes qué efectos tiene la baja voluntaria del trabajador estando de baja médica? el principal efecto sería que perderías bastante dinero, por diferentes motivos (Ver baja voluntaria del trabajador estando de baja médica). E incluso, la prestación que cobrarías por la incapacidad temporal es muy probable que sea menor si tu dolencia deriva de un enfermedad común o de un accidente no laboral. Asimismo, no tienes ninguna garantía de que vayan a contratarte de nuevo. Además, hay empresas que no quieren volver a contratar a personas que en algún momento determinado se han cogido una baja médica.
¿Podré cobrar el paro cuando me den el alta médica?
No, cuando el médico te dé el alta médica, no podrás ir al SEPE para que te den la prestación por desempleo o el subsidio. Porque tras la baja voluntaria del trabajador, se pierde el derecho a cobrar cualquier prestación por desempleo.
Así que, tendrías que volver a trabajar durante al menos 3 meses y perder ese trabajo por causas ajenas a tu voluntad, para poder cobrar la prestación por desempleo o el subsidio.
¿Qué hacer si la baja voluntaria del trabajador ha sido firmada antes de ser contratado?
Algunas empresas a la hora de contratar a un trabajador, le hacen firmar antes su baja voluntaria (indicando o no, la fecha de fin la relación laboral), cómo requisito imprescindible. De esta forma, pueden despedir al trabajador cuando quieran, sin tener que pagarle la indemnización por despido.
Si la empresa te obliga a hacer algo así, una vez que hayas firmado la baja voluntaria, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo denunciando este hecho. Así, cuando la empresa decida despedirte utilizando la excusa de la baja voluntaria del trabajador, no podrán salirse con la suya. Porque tendrás una prueba que demuestre que no se trata de una baja voluntaria real, si no que se trata de un despido encubierto.
Por ese motivo, el despido tendrá la consideración de improcedente.
¿Qué hago si me veo obligado a firmar la baja voluntaria?
Si la empresa quiere conseguir la baja voluntaria del trabajador bajo amenazas (por ejemplo: que si no lo hace, no le darán los papeles del paro, despedirán a algún familiar suyo, no volverán contratarlo para la próxima temporada, etc.), el trabajador puede optar por firmar la baja voluntaria tomando las siguientes precauciones:
- Hacer una firma distinta a la suya, para que a efectos legales no tenga ninguna validez.
- Hacer una grabación oculta de la reunión que se tenga para firmar la baja voluntaria, con el fin tener una prueba de las presiones o amenazas recibidas por la empresa.
- Intentar que haya una persona de confianza presente cuando se firme la baja voluntaria del trabajador. De esta forma, si demandas a la empresa, podrás pedirle a esa persona que sea tu testigo en el proceso judicial, para poder demostrar la coacción ejercida por la empresa.
¿La empresa puede tramitar la baja voluntaria del trabajador si no va a trabajar?
No. Si dejas de ir a trabajar la empresa no puede tramitarte la baja voluntaria. Porque en ese caso, la empresa debe hacerte un despido disciplinario o someterte al procedimiento sancionador que establezca el convenio colectivo.
¿Cuándo suele tramitarse una falsa baja voluntaria del trabajador?
Hay ciertas empresas que deciden tramitar una falsa baja voluntaria del trabajador, en su beneficio.
Por ejemplo, es habitual encontrarse con algunas empresas que no dejan entrar al trabajador a su centro de trabajo, para aparentar que ha sido el empleado el que ha dejado de asistir a su puesto de trabajo por voluntad propia, mientras tramitan su baja voluntaria.
También, hay otras empresas que desaparecen de un día para otro. Y cuando los trabajadores de esas empresas van a pedir el paro, se encuentran que la empresa ha tramitado sus despidos como una baja voluntaria. En consecuencia, se quedan sin indemnización y sin poder cobrar el paro.
¿Qué se puede hacer ante una falsa baja voluntaria del trabajador?
Ante una falsa baja voluntaria del trabajador, es recomendable, que en primer lugar, el trabajador contacte con la empresa para pedirle que cambie el motivo del cese en el certificado de empresa. De esta manera, cuando ya no aparezca «baja voluntaria del trabajador» como causa del cese, el trabajador ya podrá cobrar la prestación por de desempleo sin problema.
En segundo lugar, si la empresa no está dispuesta a hacer ese cambio, se puede denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo para que investigue los hechos. Así, un Inspector podrá comprobar que la baja voluntaria del trabajador no es real, y podrá pedirle a la empresa que cambie la causa del cese.
A su vez, también se puede presentar una demanda por despido contra la empresa. Para ello, tendrás un plazo de 20 días hábiles desde el día que se causó la baja voluntaria o desde el día en que tuviste constancia de la baja. Con esta demanda, en cuanto salga la sentencia a tu favor, podrás conseguir que te reconozcan el derecho a cobrar una indemnización por despido improcedente y podrás acceder a la prestación por desempleo (si reúnes los requisitos para ello).
¿Pueden sancionar a la empresa por tramitar una falsa baja voluntaria del trabajador?
Sí, en caso de que la Inspección de Trabajo compruebe que la empresa ha tramitado una falsa baja voluntaria del trabajador, podrá sancionarla con una multa que puede oscilar entre los 626 € y los 6.250 €, por ser una falta grave, según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, artículo 22.6.
A mi me engañaron el año pasado estando en ERTE. Me dieron de baja voluntaria en octubre 2020 y la firmé en diciembre con la promesa del empresario que haría más horas en la otra que estoy trabajando. Tenía 15+15 horas en dos restaurantes que tienen. Y me quedé con las 15 horas y trabajando horas extra, pagándome a negro. Y ahora estoy de baja por ansiedad.
Hola Ovidiu.
– Cuando un trabajador solicita la baja voluntaria por engaño, puede demandar a la empresa para solicitar que la extinción de la relación laboral sea reconocida como un despido improcedente o nulo, con los beneficios que esto acarrea. Pero solamente se puede presentar la demanda en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha en la que se extinguió la relación laboral. Si ha pasado ese plazo, ya no se podría demandar.
– Si la empresa está cometiendo irregularidades, el trabajador puede denunciar la situación ante la Inspección de Trabajo.
Un saludo.