Si quieres comunicar a tu empresa la baja voluntaria porque deseas dejar de trabajar en ella y cobrar el paro, debes pensártelo muy bien, porque no podrás percibir la prestación por desempleo al irte de la empresa.
Ten en cuenta, que al presentar la baja voluntaria perderás la posible indemnización que te pudiera corresponder al finalizar la relación laboral y la prestación por desempleo que hubieras generado. Pero existen determinados casos en los que sí podrás cobrar el paro que tienes acumulado. Así que, paso a comentártelos.
¿Puedo cobrar el paro después de una baja voluntaria?
Inmediatamente después de irte voluntariamente de la empresa, no podrás cobrar el paro. Porque legalmente no estarías en situación de desempleo. Ya que para estar en dicha situación, sería necesario que hubieras perdido el trabajo por causas ajenas a tu voluntad.
Ten presente, que, las prestaciones del SEPE solo protegen a aquellos trabajadores que quieren y pueden trabajar, pero han perdido el empleo por haber:
- Sido despedidos por la empresa.
- Sufrido un perjuicio por parte de la empresa que justifique la rescisión del contrato.
- Finalizado la duración del contrato de trabajo.
¿Cómo se entera el SEPE de que he dejado el trabajo voluntariamente?
Una vez que comuniques tu baja voluntaria a la empresa, esta última, tendrá que cumplimentar un documento llamado «certificado de empresa» y se lo tendrá que enviar al SEPE.
En dicho documento la empresa tiene que poner la fecha en la que se pone fin a la relación laboral y la causa que ha provocado la extinción del contrato. El motivo de la finalización de la relación laboral lo deberán poner a través de un código. En concreto, la empresa tendrá que señalar en la causa de la extinción, código “21″, que significa baja voluntaria del trabajador.
Por esa razón, en cuanto la empresa le envíe el certificado de empresa al SEPE, este último sabrá que has sido tú quién ha abandonado la empresa. Y por ello, te denegará el acceso a la prestación o subsidio por desempleo.
¿Cuándo podré cobrar el paro que tengo acumulado?
Tras la baja voluntaria, podrás cobrar el paro cuando encuentres un trabajo en el que te hagan un contrato de una duración mínima de 3 meses y que finalice por causas ajenas a tu voluntad. O cuando encadenes varios contratos temporales que permitan sumar ese tiempo mínimo de cotización y no termines por una baja voluntaria.
Lo de los 3 meses no es algo que venga recogido en la ley. Es un periodo de tiempo que se deduce:
- Las distintas sentencias de tribunales que se han pronunciado sobre este asunto.
- La experiencia de otros trabajadores que se han encontrado en esta misma situación.
Dicho plazo tiene como objetivo evitar el fraude, ya que algunos trabajadores solo buscan que le hagan un contrato de muy corta duración, para trabajar lo menos posible y cobrar el paro que tienen acumulado.
Por ejemplo, Ernesto le pide a su mejor amigo que lo contrate por un día en el restaurante que tiene con el único objetivo de poder cobrar la prestación por desempleo.
Cuidado con llevar este tipo de prácticas, porque la Administración las está persiguiendo. Y si te pillan, seréis sancionados tanto tú como el empresario.
¿En qué consistiría la sanción?
Tu sanción consistiría en que perderías la posibilidad de cobrar la prestación por desempleo. Así que, tendrías que volver a cotizar un mínimo de 360 días para volver a generar este derecho.
El criterio de los 3 meses ¿es una regla de exhaustiva aplicación?
No, porque se trata de una medida que se aplica con cierta discrecionalidad, debido a que no existe un criterio único en este sentido. De hecho, aunque hayas tenido un contrato de trabajo de una duración superior a 3 meses, si la Administración ve indicios de fraude, también te puede investigar.
Entonces, ¿puedo pedir el paro si he trabajado menos de 3 meses?
Aunque hayas tenido un contrato de duración inferior a 3 meses, tras una baja voluntaria, es recomendable que solicites la prestación por desempleo o el subsidio. Porque en ocasiones, el SEPE ha llegado a reconocer este derecho a personas que solo han tenido un contrato temporal de 15 días. Todo depende de los indicios de fraude que la Administración pueda detectar. Así que, no pierdes nada por intentarlo.
¿Cuándo puede el SEPE sospechar que estás cometiendo un fraude para intentar cobrar el desempleo?
Determinados hechos, pueden levantar las sospechas del SEPE. Los más frecuentes suelen ser los siguientes:
- Que te hayan realizado un contrato para un puesto de trabajo que nunca habías desempeñado o que ni siquiera tienes la cualificación necesaria. Por ejemplo, sí toda la vida has estado trabajando de auxiliar administrativo y tu cuñado te ha contratado durante un tiempo para trabajar en su carnicería, cuando ni siquiera sabes filetear.
- Al pactar con un conocido o familiar la existencia simulada de una relación laboral, cuando ni siquiera has ido ni un día a trabajar a esa empresa.
- Cuando es demasiado corta la duración del contrato que te han hecho.
Tras una baja voluntaria, ¿cuánto tiempo de cotización por desempleo puedo acumular?
Solo puedes acumular las cotizaciones por desempleo que no hayas consumido en los últimos 6 años. Por consiguiente, si después de una baja voluntaria te hacen un contrato de una duración superior a 6 años, perderías las cotizaciones por desempleo que tuvieras acumuladas del trabajo anterior y que no pudiste utilizar. Porque ese derecho habría caducado.
Otras situaciones de baja voluntaria
Me quieren prorrogar el contrato, pero yo ya no quiero seguir en la empresa
Ante una propuesta de prórroga por parte de la empresa, si eres tú quién decide irse, también tiene la consideración de baja voluntaria, con las consecuencias que ello acarrea.
Tras la baja voluntaria he encontrado otro trabajo temporal, pero no he superado el periodo de prueba
El cese de la relación laboral se produce por la no superación del periodo de prueba. Es decir, no estaríamos hablando de una baja voluntaria. Sin embargo, para evitar el fraude, la Ley General de la Seguridad Social establece que en este caso solamente se puede solicitar el paro cuando hayan transcurrido al menos 3 meses desde la baja voluntaria hasta el momento en que la empresa le haya comunicado al trabajador la no superación de periodo de prueba.
Por ejemplo, si empiezas a trabajar el 1 de abril y el 15 de mayo la empresa te comunica que no has superado el periodo de prueba, aunque termine la relación laboral, no se considerará que estás en situación de desempleo. Porque no han transcurrido más de tres meses desde que presentaste la baja voluntaria en la empresa anterior.
En cambio, si por ejemplo, trabajas desde el 1 de abril y te comunican la no superación del periodo de prueba el día 1 de agosto, sí que tendrás derecho a cobrar la prestación de desempleo al finalizar la relación laboral. Debido a que ya habrían pasado más de 3 meses desde la baja voluntaria.
Y evidentemente, una baja voluntaria durante el periodo de prueba tampoco te daría derecho a cobrar el paro o el subsidio.
Situaciones excepcionales en las que sí se puede cobrar el paro tras irte de la empresa
El Estatuto de los Trabajadores regula una serie de situaciones en las que el trabajador sí que puede solicitar la baja voluntaria e inmediatamente después pedir la prestación por desempleo. Esto sería así en caso de:
- Movilidad geográfica del centro de trabajo.
- Modificaciones sustanciales del contrato de trabajo por parte del empresario.
- Impago o retrasos en el pago de salarios.
- Maltrato de una mujer víctima de violencia de género, que se ve obligada a cambiar de puesto de trabajo.
Hola,
Tengo dos trabajos, uno a tiempo completo de hace 3 años y otro a tiempo parcial de hace 6 meses. Quiero darme la baja voluntaria del completo por motivos de salud, pero no estoy segura de que en enero me renueven del otro trabajo a tiempo parcial por la bajada en la hostelería. ¿Tendría derecho a paro? ¿Y me influiría en algo el tipo de prestación?
Hola Ana.
Al pedir la baja voluntaria en uno de los dos trabajos, aunque el otro contrato termine por decisión de la empresa o porque ha llegado a su fin, es posible que el SEPE entienda que no se está en situación de desempleo. Por esa razón, es probable que pueda haber problemas a la hora de acceder a la prestación por desempleo.
Un saludo.
Hola, buenas tardes!!! Tengo una duda. Si me despiden antes de los 3 meses desde que cause baje voluntaria en mi antiguo trabajo, ¿tengo derecho a paro? Es decir, yo dejé mi trabajo el 16 de septiembre, y el 5 de octubre empecé en otro trabajo con 2 meses de prueba. Hoy me han comunicado el despido.
Gracias
Hola Carmen.
Si la relación laboral termina después de haber superado el periodo de prueba, no es necesario que transcurran más de tres desde que se causó baja voluntaria. Porque en ese caso, lo que el SEPE tiene en cuenta para poder cobrar el paro, es la duración del último contrato de trabajo (por norma general, tras la baja voluntaria, es necesario haber tenido un contrato de trabajo cuya duración haya sido de 3 meses como mínimo. Aunque ha habido casos en los que el SEPE ha concedido la prestación por desempleo a personas que han tenido un contrato de trabajo de una duración inferior a esos 3 meses de referencia). Así que, depende de cada caso en concreto.
Un saludo.
Hola, en mayo firmé mi baja voluntaria (por motivos personales). Y ahora, he encontrado un trabajo con duración de 4 meses (en el mismo sector donde trabajé durante 20 años). Después de ese tiempo, si me despiden, ¿tendría derecho a cobrar el paro acumulado durante esos 20 años? Gracias!
Hola Maribel.
No hay una ley que establezca un plazo concreto para poder cobrar el paro tras una baja voluntaria. Pero por norma general, para cobrar el paro que se tiene acumulado, suele ser suficiente con encontrar un trabajo que dure al menos 3 meses y que termine el contrato por decisión de la empresa.
Por tanto, si el contrato dura más de tres meses, es muy probable que el SEPE resuelva de forma favorable la solicitud de la prestación por desempleo, teniendo derecho a cobrar todo el paro que se tiene acumulado.
Un saludo.
Hola!
Causé baja voluntaria el 16 de septiembre porque me cambié de provincia a vivir con mi pareja. Empecé a trabajar el 5 de octubre en mi nuevo domicilio y hoy me han despedido. ¿Tengo derecho a cobrar el paro?
Hola Sandra.
Si el último trabajo ha tenido una duración inferior a 3 meses, es posible que el SEPE no conceda el paro. Sin embargo, no se pierde nada por intentar solicitarlo, ya que el SEPE suele estudiar cada caso en concreto para determinar si puede haber indicios de fraude. Y en determinadas circunstancias, el SEPE sí que ha concedido la prestación por desempleo a personas que no han llegado a trabajar esos 3 meses.
Un saludo.
Lo que no me queda claro, perdóname, es si son 3 meses desde que causé baja voluntaria o mínimo 3 meses desde que han contratado de nuevo hasta que me han despedido. Porque yo si he superado el periodo el prueba, que era de 2 meses. Pero a los 2 meses y medio me han despedido.
Hola Sandra,
Cuando el despido en el último trabajo se produce después de haber superado el periodo de prueba, no es necesario que pasen más de tres meses desde que se causó la baja voluntaria para poder cobrar el paro. Porque al superar el periodo de prueba, lo que tiene en cuenta el SEPE, es lo que ha durado el nuevo contrato.
Un saludo.
Hola, buenas. Tengo 20 años y me hicieron firmar mi propia baja voluntaria porque estaba embarazada. Con mi letra, diciéndome lo que tenía que escribir. Y como yo no sabía lo de la firma, inmediatamente pregunté a un abogado y denunciamos a la empresa. ¿Puedo pedir algún subsidio al SEPE o no?
Hola Alicia.
– Lamentablemente, cuando se firma la baja voluntaria (aunque se haya hecho por engaño), no se puede cobrar ninguna prestación por desempleo al terminar la relación laboral.
– En cualquier caso, no se puede despedir a una trabajadora por el hecho de estar embarazada, el despido sería nulo. Así que, la empresa estaría obligada a readmitir a la trabajadora y a pagarle los salarios de tramitación.
Un saludo.
Buenos días, tengo un gran problema. He sido carpintero y trabajado en una fábrica de madera que cerró por deudas hace 4 años. Desde entonces trabajé en la automoción y luego con la pandemia ya me metí en el campo a recoger fruta. Mi último trabajo que fue largo en 2021 fue de zapatero, nunca estuve, pero estuve 5 meses. Este año 2022, me llamaron otra vez y estuve desde agosto hasta el 2 de diciembre. Creo que el 16 de noviembre entregué la carta de baja voluntaria, ya que me llamaron de una nueva empresa del sector de la madera y me hacían contrato indefinido, cosa que aquí era para 6 o 7 meses solo. Entonces di el preaviso de los 15 días, porque cuando me llamaron me dijeron de empezar sobre primeros de diciembre. Al ser días festivos imaginé que se empezaría el día 12,pues llame el día 7 y mi sorpresa fue que me dijeron que ahora empiezan a mitad de mes de enero del 2023.Ahora estoy en situación de no tener nada y estas fechas son malas. Solo puedo encontrar días sueltos. Mi pregunta es, si aun trabajando un día suelto o una semana según me llamen las ETT´s a trabajar, ¿podría pedir la prestación por desempleo ya que tengo para acumulado? ¿O que podría hacer?.Muchas gracias.
Hola Oscarg.
Después de trabajar algunos días, tras un baja voluntaria, se puede solicitar la prestación por desempleo. Pero es muy probable que el SEPE no lo conceda, aunque no se pierde nada por intentarlo.
Lo habitual es tener que trabajar durante al menos tres meses y perder ese trabajo por decisión de la empresa, para poder cobrar el paro.
Un saludo.
Buenos días
El 16 de Noviembre dejé de forma voluntaria mi anterior empresa y el 17 de Noviembre empecé a trabajar en otra empresa que justo ayer me comunicó que no había pasado el periodo de prueba. Según entiendo, no puedo solicitar el paro todavía, ¿pero lo podré solicitar el 17 de Febrero?
Gracias por vuestra ayuda
Buenos días Rafa.
Si no pasan más de tres meses entre que se deja un trabajo y se empieza otro en el que no se supera el periodo de prueba, no se puede cobrar el paro. Y el hecho de esperar tres meses más para solicitarlo, no cambia la situación.
Por tanto, es necesario volver a trabajar (en principio, durante al menos 3 meses) y perder ese trabajo por decisión de la empresa, para poder cobrar el paro.
Un saludo.
Buenos días, si dejo un trabajo en periodo de prueba porque psicológicamente no me veo capacitada para él y me esperaba otra cosa y está a más de 30km de mi domicilio, ¿tengo derecho a paro? Gracias.
Hola Alba,
Si se deja el trabajo durante el periodo de prueba, no se tiene derecho a cobrar el paro, porque se interpreta como una baja voluntaria.
Un saludo.
Hola, buenas tardes,
Una pregunta que tengo, es relacionado con lo que se comenta en el artículo, referente que mínimo tienen que ser 3 meses de contrato para que te den el paro por baja voluntaria. Pero, ¿es indiferente si es de solo los fines de semana o jornadas de trabajo parciales?
Muchas gracias por todo.
Hola Juan.
Tanto el tipo de contrato (solo fines de semana, toda la semana a tiempo parcial, etc), como la duración del mismo, no son determinantes para saber si se tiene derecho a cobrar el paro tras una baja voluntaria. Ya que todo depende de los indicios de fraude que pueda detectar el SEPE. Así que, se puede solicitar el cobro del paro aunque no se haya trabajado a tiempo completo durante esos tres meses como mínimo, que se toman de referencia, y luego ya el SEPE se encargará de resolver esa solicitud. Aunque evidentemente, siempre será más sospechoso para el SEPE un empleo en el se haya trabajado, por ejemplo, solo los fines de semana.
Un saludo.
Buenas tardes.
Mi consulta es que tengo acumulado un año de para de mi anterior empleo del que me fui voluntariamente, han pasado ya 5 meses y he hablado con una chica del SEPE y me ha dicho que si trabajo aunque sea 1 día en un contrato de fin de obra, si que me darán el paro acumulado.
Quería saber si es verdad.
Muchas gracias.
Hola John,
No existe un tiempo mínimo de trabajo para poder cobrar el paro tras una baja voluntaria. Pero es muy probable que el SEPE deniegue la prestación si solo se ha trabajado un día, para evitar posibles fraudes.
Un saludo.
A mí me pasó algo similar, deje un trabajo por otro. Como no habían pasado 3 meses no me daban la prestación. Sin embargo, me dijeron que si trabajaba al menos un día me darían la prestación. Tiempo después conseguí un contrato temporal que se acabo a las 2 semanas por el covid y pude percibir el paro sin ningún tipo de problema.
Probablemente sea cierto.
Hola buenas, en primer lugar quisiera felicitar a todo el equipo de Laboralink por la labor que hacéis al sacarnos de dudas a todos los usuarios de este página. Quisiera exponer mi caso:
Trabajé durante dos años en una residencia con contrato fijo. Pero debido a problemas mentales de Salud me di de baja. Durante la baja también tuve problemas con empleados de dicha residencia, acusándome de cosas que yo no hice, lo que provocó que me tuviera que ir por mi voluntad, debido a la tensión y el malestar que me provocaba.
Siendo consciente de que tendría que renunciar a posibles indemnizaciones y la correspondiente prestación por desempleo.
En un mes posiblemente me contraten como cuidador de una persona mayor, evidentemente con mi situación no puedo renunciar al trabajo y aquí viene mi duda:
¿Con ese tipo de contrato que seguro será para seis meses podría acceder a su finalización al paro acumulado que tengo generado en la residencia donde trabajé?
Muchas gracias.
Buenos días Luis.
Normalmente con cotizar en un nuevo trabajo durante al menos 3 meses y perder ese trabajo (no a consecuencia de una baja voluntaria o de un abandono de puesto de trabajo), ya se podría cobrar el paro acumulado.
Ahora bien, el poder cobrar la prestación por desempleo dependerá de si se está contratado como cuidador profesional o como cuidador no profesional, ya que:
– Un cuidador profesional, que esté dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, estará cotizando por desempleo mientras trabaja. Por tanto, al terminar la relación laboral, podrá cobrar el paro.
– Un cuidador no profesional, estará suscrito al Convenio Especial de Cuidadores no Profesionales y no cotizará por desempleo. Por consiguiente, si pide la prestación por desempleo al acabar el trabajo, el SEPE se la podrá denegar.
Un saludo.
Buenas noches:
Causé baja voluntaria en una empresa para trabajar en otra. Pasados 17 días me rescindieron el contrato por no superar el periodo de prueba, pero en el convenio de aplicación sólo son 15 días de prueba.
Si presento demanda al SMAC, indicando que sería un despido, ¿Podría solicitar prestaciones o subsidio?
Gracias.
Hola Inma.
Si se consigue el reconocimiento de que se trata de un despido (ya sea por vía administrativa -SMAC- o judicial), habría que presentar el acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial en el SEPE para poder cobrar la prestación por desempleo o el subsidio.
Un saludo.
Hola!! Tuve una baja voluntaria donde estuve fija por 3 años y tiempo después he trabajado por 9 días y me he ido a otro lugar, donde trabaje 2 mes y 2 semanas. Luego también me he ido, y en este nuevo trabajo me han hecho contrato de 1 mes y 23 días. Todo esto en el tramo de junio a Octubre. Mi pregunta es, ¿cuando termine este contrato me darían el paro, ya que es finalización de contrato?
Buenos días Muriel.
Al no haber trabajado durante al menos 3 meses, ya que los anteriores contratos no se pueden computar a la hora de sumar esos 3 meses, ya que terminaron por baja voluntaria, es posible que el SEPE no lo conceda. Pero no se puede saber con certeza, ya que cada oficina de empleo puede tener su propio criterio.
Un saludo.
En el caso de una baja voluntaria, si no se diera ningún contrato laboral en los 3 meses siguientes a esa baja, ¿se puede solicitar la prestación por desempleo pasado ese período de tiempo?
Hola Luis.
Tras una baja voluntaria es necesario volver a trabajar de nuevo y perder ese trabajo (siempre que no sea por baja voluntaria o dimisión) para poder cobrar el paro. Es decir, no se puede cobrar mientras que no se vuelva a trabajar.
Un saludo.
Buenas tardes:
Voy a presentar baja voluntaria en un trabajo que llevo 4 meses, ¿esos 4 meses se quedan acumulados? Ya que empiezo en otra empresa la semana que viene y tendré un contrato de dos años y si el día de mañana no me renuevan quiero saber si solo acumularía estos dos años o también el paro anterior, que tenía 6 meses trabajados + 4 de esta que me voy a ir.
Un saludo.
Hola David.
Las cotizaciones anteriores que no se hayan consumido, se acumularán a las nuevas que se realicen, y todas (antiguas y nuevas), se tendrán en cuanta a la hora de calcular una futura prestación.
Un saludo.
Hola, he estado de baja durante dos años y medio por depresion y ansiedad provocado por un acoso sexual en la empresa. Está denunciado en la Inspección Laboral, y me dieron la razón. La persona acosadora estuvo un tiempo más trabajando en mi horario hasta que pillé la baja. Ya me han dado el alta, he vuelto a trabajar y lo que pretenden es que me vaya yo de la empresa y no vea ni un duro. Y me están haciendo la vida imposible y no sé qué hacer, ¿qué puedo hacer? gracias.
Hola Rocío.
Te recomiendo acudir a un profesional que pueda estudiar tu caso, para que pueda asesorarte sobre lo que te conviene hacer en una situación así. Para ello, puedes ir a cualquier Asociación Contra el Acoso Laboral que exista en tu zona, ellos podrán ayudarte de manera personalizada.
Un saludo.
Hola, tengo un trabajo en el que llevo 5 meses, me llamaron para una sustitución en el hospital. Como era compatible con mi otro trabajo acepté pero al ir el primer día y ver que me tocaría siempre en la planta de covid y tener a mi hijo de riesgo firme la baja voluntaria.
¿El paro de mi otro trabajo se pierde por la baja voluntaria del otro? ¿ o no tienen nada que ver un trabajo con otro?
Hola Inma,
En casos así, es posible que surjan problemas a la hora de cobrar el paro cuando finalice el otro contrato. Pero si entre la fecha en la que se deja un trabajo y la fecha en la que se produce la finalización del contrato del otro, pasan más de 3 meses, se podría cobrar el paro completo.
Un saludo.
Buenas tardes. Mi consulta es que dejé mi trabajo por fin de campaña y me incorporé en otro para hacer una sustitución. Por motivos ajenos he tenido que firmar la baja voluntaria y no he estado en el trabajo ni 4 días. Me gustaría saber si tengo derecho a alguna prestación, porque el año pasado eche paro y me quedaban 4 meses para terminarlo.
Hola Encarni.
Siento decirte que tras pedir la baja voluntaria, ya no se puede cobrar ninguna prestación por desempleo. Porque el SEPE entiende que en ese caso ya no se está en situación de desempleo.
Por tanto, hay que volver a trabajar y perder ese trabajo, para poder cobrar el paro que se tiene acumulado.
Un saludo.
Hola.
Mi pregunta es, si me marcho de la empresa y no encuentro otro trabajo,
¿nunca podré cobrar el paro?
gracias
Buenos días José Luis,
Tras una baja voluntaria el SEPE entiende que no estás en situación de desempleo. Entonces, para cambiar esa situación, necesariamente hay que volver a trabajar y perder ese trabajo, para poder cobrar el paro que se tiene acumulado.
Un saludo.
Hola, buenas. Mi duda es que he trabajado un año en una empresa cuya planta de trabajo se encontraba a 100km de casa. Y de 8 horas de trabajo, más 2 de viaje, se ha transformado en 14 horas diarias, y he decidido pedir la baja voluntaria, después de 15 días. He trabajado un mes por sustituir a una persona por vacaciones. ¿Puedo solicitar el paro acumulado antes? Gracias.
Buenas tardes Iulian.
Tras una baja voluntaria no se tiene derecho a cobrar el paro (ni el acumulado, ni el actual). Para poder cobrarlo es necesario volver a trabajar durante un periodo mínimo de 3 meses y perder ese trabajo (siempre que no sea por otra baja voluntaria).
Un saludo.
Hola, ¡buenas tardes!
Estoy pensando en pedir la baja voluntaria en mi trabajo para el cuidado de mi bebe.
Tengo un paro ya empezado de otra empresa anterior, y de él he consumido dos meses. Al hacer la baja voluntaria en esta empresa nueva, ¿podría reanudar la activación del anterior paro?
Muchas gracias.
Buenas tardes Alba.
Siento decirte que si se termina un trabajo con una baja voluntaria, ni se tiene derecho a cobrar el nuevo paro que se ha generado, ni se puede reanudar el paro anterior. Pero para disponer de más tiempo, se puede solicitar a la empresa la reducción de jornada por cuidado de hijos. Lo que ocurre, que en ese caso, también se reduciría proporcionalmente el salario.
Un saludo.
Hola,
Estoy estudiando un ciclo formativo de grado superior y el mes que viene tengo que empezar las prácticas de empresa, con una duración de 3 meses aproximadamente. Mi intención es pedir una excedencia en mi trabajo actual, ya que me es imposible compaginar los dos trabajos. Mi pregunta es, si en algún momento podré tener derecho a paro, ya que las prácticas no son remuneradas y por tanto, me quedaré sin ningún tipo de ingreso.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Hola Eduardo.
Se puede pedir el paro al terminar el periodo de excedencia voluntaria, si se pide la reincorporación a la empresa, y esta última, responde que no es posible por no haber ningún puesto disponible. Ya que de ser así, se estaría en situación de desempleo.
Sin embargo, al pedir la reincorporación en un plazo tan corto de tiempo, el SEPE podría entender que hay indicios de fraude. Así que, podría haber problemas a la hora de solicitar el paro en una situación así.
Un saludo.
Buenas tardes,
Planteo mi caso.
Actualmente tengo 3 trabajos (uno de ellos, indefinido, actualmente al 50% con reducción de jornada, hasta diciembre al 100%, otro de 12h a la semana y otro de 12 h al mes).
Me ha surgido la oportunidad de un trabajo con contrato por obra y servicio, con lo que dejaría el trabajo indefinido para poder trabajar en este nuevo. Mi duda es: ¿es mejor solicitar excedencia voluntaria (en mi convenio dan la opción de guarda del puesto de trabajo durante 1 año) o mejor baja voluntaria?, ¿tendré derecho a acogerme al paro hasta que finalice el plazo de excedencia o la empresa está obligada a reincorporarme antes de la fecha fin de excedencia?. Si solicito baja voluntaria, si el nuevo trabajo son por ejemplo 2 meses de trabajo (no sé el tiempo, al ser por obra y servicio), si este finaliza antes, ¿podré solicitar el paro?
Espero se me haya entendido.
Gracias.
Buenos días Laura,
En este artículo puede ver la respuesta a todas sus preguntas, porque trata ese tema en concreto.
Un saludo.
Buenas tardes. Solicité una baja voluntaria en septiembre del año pasado para irme con mi familia a Inglaterra. Después de casi 6 meses, hemos trabajado en varios sitios aquí, pero la situación ha empeorado. Estamos pensando en volver ya que al menos allí tenemos a la familia, ¿tendríamos derecho a cobrar paro si lo solicitamos? Ya que en este caso, no hay ninguna intención de fraude y tenemos tanto yo como mi mujer todo el paro acumulado, porque nunca lo hemos cobrado. Gracias.
Hola Sergio.
Para poder cobrar el paro después de haber trabajado en cualquier país de Europa, es necesario, entre otros requisitos:
1- Cotizar en España después de venir del extranjero (aunque solo sea un día). Es decir, no se puede cobrar directamente el paro al regresar a España.
2- No haber dejado el trabajo en el extranjero a través de una baja voluntaria. Además, es fundamental traer del país en donde se ha estado, el documento que acredite las cotizaciones que se han realizado allí.
3- Tener al menos 360 días cotizados. Se pueden sumar las cotizaciones no consumidas en España con las realizadas en el extranjero.
Un saludo.
Buenas.
Tengo una duda. Dejé mi anterior empleo hace un mes y unos días por baja voluntaria. Al día siguiente empecé en otro trabajo. Llevo un mes y unos días (el periodo de prueba eran solo 30 días). He oído a varias compañeras diciendo que van a echar a gente y me temo que al ser la última probablemente sea a mi. Si ya no estoy en periodo de prueba, ¿podré solicitar el paro a pesar de que no hayan pasado esos 3 meses?
Gracias de antemano.
Hola Andrea.
Sí que se puede solicitar el paro, aunque no sepas cierto si te lo van a conceder o no.
Como no existe un criterio único, no pierdes nada por intentarlo, ya que hay personas que han pedido el paro después de haber trabajado menos de 3 meses y el SEPE se lo ha concedido.
Un saludo.
Hola, me tuve que dar de baja voluntaria el 13 de octubre. No podía conciliar la vida laboral con la familiar, por ser cuidadora de mi madre. Y ahora no puedo reactivar la prestación de 52 años que percibía antes de este trabajo. Tendría que volver a trabajar para poder reanudar la prestación me dice el SEPE. ¿Qué solución tendría y que duración mínima de días trabajaría? Gracias.
Hola Victoria.
Cuando una persona trabajadora deja voluntariamente su trabajo, pierde el derecho a percibir cualquier ayuda por desempleo. Por tanto, para volver a generar ese derecho, es necesario trabajar de nuevo por un tiempo y que la causa de la finalización del contrato, sea ajena a su voluntad.
Normalmente, es necesario trabajar más de 3 meses para que el SEPE interprete que no existe fraude en la relación laboral. Pero al no ser un criterio único, la persona trabajadora puede intentar solicitar la ayuda por desempleo si ha tenido un contrato de duración inferior a esos 3 meses, por si se la concedieran.
Un saludo.
Buenos días.
Una pregunta si me puede ayudar.
Tengo un contrato fijo discontinuo y, como no estoy trabajando hasta el año que viene, voy a pedir el mini paro durante los próximos 4 meses (el lo que he cotizado hasta ahora). Después quiero pedir el subsidio para los de 52 años, como cumplo todo los requisitos aparte de no tener este tipo de contrato. No voy a volver a este trabajo el año que viene, y por eso quiero romper el contrato de manera baja voluntaria.
La pregunta es, si hago la baja voluntaria durante los primeros semanas del pago de mini paro ¿qué pasa? ¿van a pagar los pagos? Y al fin de este periodo de 4 meses, ¿puedo pedir el subido de los del 52 años si no tengo el contrato y ha pasado bastante tiempo?
Gracias por ayudarme.
Jane.
Hola Jane,
Si la persona que tiene un contrato fijo discontinuo presenta la baja voluntaria antes de que le hagan el llamamiento, es muy probable que deje de cobrar el paro a partir de esa fecha, porque tiene que la obligación de informar de este hecho al SEPE. Y al dejar de estar en situación de desempleo por haber presentado la baja voluntaria, ya no tendría derecho a ningún tipo de ayuda por desempleo, hasta que volviera a trabajar de nuevo.
Un saludo.