En esta entrada te voy a enseñar cómo se calcula la indemnización por despido, para que sepas cómo hacerlo. De esta manera, sabrás lo que te debe pagar la empresa en caso de que decida prescindir de tus servicios. Así, te será más fácil detectar si la empresa ha cometido algún error de cálculo o te intenta engañar, para que puedas reclamar lo antes posible la cuantía que te pertenece.
Además, es fundamental que conozcas qué tipo de despido te van a realizar, ya que cada modalidad tiene una indemnización diferente. Por esa razón, te voy a decir qué importe económico te corresponde en cada caso, y qué otros factores se han de tener en cuenta a la hora de calcular la indemnización por despido.
¿Cuando tengo derecho a cobrar la indemnización por despido?
Cuando se trate de un despido improcedente, por causas objetivas (económicas, técnicas organizativas o de producción) o por los motivos que te señalo en el siguiente epígrafe, en el que también te comentaré la indemnización que te pertenece en función del tipo de despido que sea.
Pero si se trata de un despido disciplinario procedente, es decir, si la causa del despido está justificada, no tendrás derecho a cobrar la indemnización por despido. En este último caso, solo podrás percibir el finiquito.
¿Qué factores hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido?
1) El tipo de despido
- Improcedente o por resolución de un incumplimiento grave del empresario: la indemnización por despido será de 33 días de salario bruto por año trabajado, con un tope máximo de 24 mensualidades.
- Por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción), disolución de la empresa, fuerza mayor o colectivo: la indemnización por despido será de 20 días de salario bruto por cada año trabajado, con un tope máximo de 12 mensualidades.
- Debido a la finalización de la obra o servicio acordado: 12 días de salario por cada año de servicio.
- Por fallecimiento, incapacidad o jubilación del empresario: 30 días de salario, con independencia de los años que hayas estado trabajando para la empresa o el empresario.
- A causa del fallecimiento del trabajador: 15 días de salario, sin que se tenga en consideración el tiempo que llevabas prestando tus servicios en la empresa.
- Por decisión unilateral del trabajador, si te ha afectado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que haya hecho la empresa: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.
2) El salario
La indemnización por despido se calculará en base al salario bruto total de los últimos 12 meses.
3) Antigüedad en la empresa
A la hora de calcular el tiempo que llevas en la empresa, lo has de hacer por meses completos, con independencia del número de días que hubieras trabajado en el mes.
Por ejemplo, si entraste a trabajar el 20 de febrero de 2020 y te despidieron el 1 de enero de 2021, tendrás una antigüedad de 13 meses (aunque no hubieras trabajado el mes completo de febrero, ni el mes completo de enero).
4) Si el contrato de trabajo comenzó antes o después del 12 de febrero de 2012
Porque es la fecha en la que entró en vigor la reforma laboral que abarató los despidos.
¿Qué ocurre con la indemnización por despido de los contratos que comenzaron antes del 12 de febrero de 2012?
Que en el caso de que el despido sea improcedente y el contrato hubiera comenzado antes de esa fecha, tendrás derecho a cobrar una indemnización mayor desde el inicio del contrato hasta esa fecha en concreto.
Así que, desde la fecha en que empezaras a trabajar hasta el 12 de febrero del 2012, tendrás derecho a percibir una indemnización por despido de 45 días de salario bruto por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades (que es a como se pagaba la indemnización por despido improcedente, antes de que entrara en vigor la reforma laboral que abarató el despido).
Y por el tiempo que hayas estado trabajando del 12 de febrero de 2012 en adelante, ya tendrán que pagarte una indemnización por despido menor, equivalente a 33 días de salario bruto por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.
¿Cómo calculo la indemnización por despido?
Para obtener la cuantía exacta de la indemnización por despido que te corresponde, has de seguir estos tres pasos:
1º Calcula tu salario diario
Para calcular la indemnización por despido, es fundamental saber cuál es tu salario diario. Para ello, deberás sumar el salario bruto de todas las nóminas que tengas de los últimos 12 meses de trabajo (incluyendo las de las pagas extra). El resultado de esa suma te dará el salario bruto anual que ganas. Dicho importe, lo tendrás que dividir posteriormente entre 12 meses que tiene el año, para obtener el salario medio mensual.
Después, el salario medio mensual lo tendrás que dividir entre 30 días que tiene un mes. Y el resultado de esa división, será tu salario diario.
Para que lo entiendas mejor, te voy a poner un ejemplo. Imagina que has ganado 22.000 € brutos al año, y en ese importe ya van incluidas las pagas extras. El salario diario sería:
- 22.000 € / 12 meses del año= 1833,33 € al mes.
- 1.833,33 € brutos al mes / 30 días que tiene el mes= 61.11 € de salario diario.
2º Calcula los años de antigüedad que llevas en la empresa
Para calcular el tiempo que llevas en la empresa, has de seguir la regla de que los meses que no hubieras trabajado el mes entero, los has de redondear y computar como si hubieras estado trabajando todo el mes completo. Porque en periodos inferiores al año, el prorrateo se ha de realizar por meses. Nunca se ha de hacer por días.
Entonces, por ejemplo, si has estado trabajando del 15 de enero de 2019 al 2 de enero de 2020, siguiendo esta regla de redondeo para calcular tu indemnización por despido, a efectos de antigüedad, es como si hubieras estado trabajado desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de enero de 2020. Teniendo en cuenta esas dos fechas, ahora tienes que coger un calendario y contar los días que van del 1 de enero de 2019 al 31 de enero de 2020. Serían 396 días de antigüedad.
3º Aplica la indemnización que te corresponde, según el tipo de despido
Una vez que ya tienes el salario diario y la antigüedad que tienes en la empresa, ya puedes calcular la indemnización que te pertenece en función del tipo de despido que te hayan hecho. Al inicio de esta entrada, pudiste ver la indemnización que pertenece a cada tipo de despido.
Por ejemplo, si la empresa te despidió, la demandaste y el juez ha reconocido que el despido es improcedente, la indemnización que te corresponderá será de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.
Entonces, una vez obtenido los resultados de los dos cálculos anteriores – salario diario y antigüedad-, ahora solo te quedará hacer los siguientes:
1º Multiplicar los días de salario que te pertenecen de indemnización, por los días de antigüedad que llevas en la empresa. Y el resultado dividirlo entre 365 días que tiene el año, para obtener el número de días que te debe indemnizar la empresa.
- 33 días x 396 días de antigüedad= 13.068 días
- 13.068/ 365 días= 35,80 días que cubre la indemnización.
2ª Calcular el salario de esos días de indemnización por despido. Como ya tienes los días de salario que tienes derecho a cobrar, tendrías que multiplicarlos por el salario diario que has estado ganando en los últimos 12 meses en la empresa:
- 35,80 días que cubre la indemnización x 61.11 € de salario diario= 2.187,74 € de indemnización por despido improcedente.
¿Me pueden hacer un descuento en la indemnización si anteriormente ya había cobrado otra indemnización?
Si has ido encadenando diferentes contratos laborales en fraude de ley porque temporalidad de la relación laboral no estaba justificada, podrías demandar a la empresa (en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha en la que se produzca el despido), con el fin de que te reconozcan que se trata de un despido improcedente.
En caso de que en el acto de conciliación o en la sentencia te den la razón, y reconozcan la improcedencia del despido, la empresa tendrá dos opciones, readmitirte o pagarte la indemnización por despido que te corresponda.
Si elige la opción de pagarte la indemnización por despido, solo podrá descontarle de dicho importe la indemnización del último contrato temporal que hayas tenido. Porque así lo indican las distintas sentencias del Tribunal Supremo como, por ejemplo, la de 14 de febrero de 2019. Siempre, eso sí, que dicho descuento sea alegado por la empresa en el acto del juicio y que demuestre el importe de la indemnización que pagó en el último contrato. De lo contrario, no podrá aplicar descuento alguno en la indemnización por despido que tenga que pagarte.
Por ejemplo, imagina que una misma empresa te ha hecho 4 contratos temporales, y a la finalización de cada contrato temporal te ha abonado una indemnización. Como la empresa solo puede descontarte la indemnización que hubieras percibido por tu último contrato temporal, no te podrá descontar las indemnizaciones que cobraste en los 3 contratos temporales anteriores.
¿Qué ocurre si he tenido la jornada reducida por cuidado de un menor o familiar?
Que la empresa estará obligada a calcularte la indemnización por despido como si hubieras estado trabajando con la jornada de trabajo que tenías antes de la reducción. Porque el hecho de haberte reducido la jornada para cuidar de una menor o una familiar, no te ha de perjudicar a la hora de cobrar la indemnización por despido que te corresponda.
Hola, vengo de subrogarme de una empresa de auxiliares de servicios a otra de sector muy distinto al de cultura. Llevo desde el 1 de noviembre en esta nueva empresa. Mi antigüedad es de 3 años en la empresa saliente. Y en estos días, la empresa entrante me ha dado razones de baja afluencia de visitantes al servicio donde presto mis servicios. Estoy en lista de posibles ERE, tengo 61 años. ¿Pueden hacerlo?. Gracias. Un saludo.
Hola María del Carmen,
La nueva empresa puede realizar despidos individuales o colectivos si existe alguna causa económica, técnica, organizativa o de producción sobrevenida que justifique esta medida. Si no existiera dicha causa, los trabajadores podrían demandar a la empresa.
Un saludo.