Si eres español, te fuiste a trabajar al extranjero y ahora regresas a España, es posible que puedas cobrar el subsidio para emigrantes retornados. Ya que el SEPE ofrece esta prestación asistencial a aquellas personas que tras regresar a España se encuentran en una situación de necesidad económica.
A continuación, te cuento los requisitos que tienes que reunir, cómo puedes solicitarlo, la cuantía de esta ayuda económica y durante cuanto tiempo puedes cobrarla.
¿Quién tiene la consideración de emigrante retornado?
Se considera emigrante retornado todo aquél trabajador que tuviera adquirida la nacionalidad española (porque naciste en España, porque te casaste con una española, etc.) antes de emigrar al extranjero. Y la ha mantenido mientras que ha estado trabajando en otro país.
Aclaraciones importantes sobre el subsidio para emigrantes retornados:
- Para cobrar este subsidio, el país al que emigraste no ha de formar parte de la Unión Europea, ni del Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza.
- No te podrían dar esta ayuda si dicho país tuviera un convenio que permitiera que te reconocieran las cotizaciones realizadas en él, para percibir las ayudas por desempleo en España.
¿Cuánto se cobra por el subsidio para emigrantes retornados?
El importe económico de esta ayuda es el equivalente al 80% del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento. En este 2023, dicha cuantía es de 480 €. Así que, eso sería lo que cobrarías este año por el subsidio emigrantes retornados. Normalmente te ingresarán esa cantidad en tu cuenta entre los días 10 y 15 de cada mes.
¿Cuál es la duración de ayuda económica?
En principio su duración es de 6 meses. Lo que ocurre es que puedes prorrogar este subsidio por otros dos periodos de igual duración. Por tanto, es posible que puedas percibir está ayuda económica durante 18 meses como máximo.
Requisitos para cobrar el subsidio para emigrantes retornados
- Estar desempleado al regresar a España. Así que, deberás permanecer inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes. El conocido «mes de espera». Y también, deberás suscribir el compromiso de actividad. Por el cual, tendrás la obligación de buscar activamente empleo, participar en las acciones de formación y cumplir con el resto de obligaciones que te vaya señalando el SEPE.
- Haber trabajado fuera de España como mínimo 12 meses (no es necesario que sean consecutivos) en los últimos 6 años.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- En este año 2023 el salario mínimo interprofesional es de 1.080 € al mes. Con lo cual, tus rentas no han de ser superiores a 810 € al mes. Si no reúnes este requisito, ten en cuenta que podrías solicitar este subsidio cuando lo cumplieras, siempre que pudieras acreditarlo en el plazo de un año desde la fecha del hecho causante.
- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuvieras acumuladas en los 6 años anteriores a tu salida de España.
¿Cómo solicito este subsidio?
Para solicitar el subsidio para emigrantes retornados es imprescindible que al regresar a España realices los siguientes trámites:
- Obtener el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) si todavía no lo tienes, ya que será necesario para hacer el resto de las gestiones.
- Empadronarte donde estés residiendo en España. Para inscribirte en el Padrón Municipal es posible que tengas que solicitar cita previa, eso ya dependerá del municipio al que pertenezcas. Tendrás que llevar tu DNI o pasaporte, y los documentos que justifiquen que estás usando la vivienda (recibos de luz, agua, alquiler etc.).
- Una vez empadronado o empadronada en el municipio, podrás acudir al Servicio Público de Empleo que te corresponda para poder apuntarte como demandante de empleo. Este trámite lo tendrás que hacer dentro del primer mes que estés aquí, en España.
- Deberás estar un mes como demandante de empleo. Durante el cual, no podrás rechazar oferta de empleo adecuada, ni tampoco te podrás negar a participar en cursos de formación, excepto si existe alguna causa que pueda justificar tu rechazo.
- Ir a la Tesorería General de la Seguridad Social para que te den el número que te pertenece de la Seguridad Social.
- Solicitar el subsidio para emigrantes retornados una vez que hayas permanecido un mes como demandante de empleo. Ten presente que lo tendrás que pedir en los 15 días siguientes a la finalización de ese mes. De esta forma, podrás cobrar esta ayuda económica de forma íntegra. Porque si se te pasara este plazo, ya te descontarían los días que hubieras tardado en solicitarla.
Te voy a poner un ejemplo para que lo entiendas mejor:
Imagínate que has estado como demandante de empleo desde el 1 de julio hasta el 31 de julio. De ser así, ya habrías cumplido el mes de espera. A partir de entonces, tendrías que solicitar este subsidio para emigrantes retornados. Es decir, que deberías pedirlo antes del 15 de agosto. Ya que, si lo hicieras fuera de plazo, por ejemplo, solicitándolo el 5 de septiembre, perderías los días de pago que van desde 1 de julio hasta el 4 de septiembre. Y empezarías a cobrar el resto a partir del 5 de septiembre, que es cuando lo solicitaste.
¿Qué documentos tengo que presentar para solicitar el subsidio para emigrantes retornados?
Para solicitar el subsidio para emigrantes retornados, tendrás que presentar en la oficina del SEPE que te corresponda según su código postal los siguientes documentos:
- Modelo oficial de solicitud del subsidio para emigrantes retornados.
- DNI
- Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta del que seas titular. En esa cuenta te ingresarán mensualmente el importe de este subsidio.
- Certificado de emigrante retornado. En él consta la fecha de retorno y el tiempo que has estado trabajando el país al que emigraste. Este certificado será emitido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
- Las oficinas de empleo en ocasiones suelen exigir que entregues un justificante de rentas. En consecuencia, si te lo piden, tendrás que presentarlo.
¿Me pueden dar este subsidio por segunda vez?
Si una vez agotado el subsidio para emigrantes retornados, te vas al extranjero para trabajar y regresas de nuevo a España, puedes volver a cobrarlo.
Porque la legislación no prohíbe expresamente el volver a beneficiarte de esta ayuda económica. Así que, para cobrarla una segunda vez, será suficiente con que acredites nuevamente que cumples los requisitos comentados anteriormente.
Más información sobre el subsidio para emigrantes retornados.
puedo recibir algún dinero extra puntualmente por comisión en internet mientras cobro la ayuda?
Hola Joan.
Mientras que los ingreso extraordinarios no superen el 75% del SMI, es decir, mientras que no sean superiores a 723.75 € brutos al mes (sin tener en cuenta el propio subsidio), se puede compatibilizar con el subsidio. Porque de ser así, se seguiría cumpliendo con el requisitos de carencia de rentas.
Pero aunque sea compatible, siempre es recomendable preguntar en el SEPE si se debe comunicar estos ingresos a dicho organismo, para evitar posibles sanciones.
Un saludo.
Buenas tardes, ¿es posible solicitar el subsidio para retornados y el Ingreso Mínimo Vital?
Hola Rafael.
Sí, porque los subsidios por desempleo son compatibles con el Ingreso Mínimo Vital. Pero primero hay que pedir el subsidio y posteriormente, si se reúnen los requisitos necesarios para ello, el Ingreso Mínimo Vital.
Un saludo.
Hola, gracias por la información 😀.
Estoy tramitando el subsidio y tengo una duda, ¿puedo hacer una prácticas profesionales que pagan 500 € sin perder el subsidio? ¿O al dar la baja del paro, uno ya pierde la ayuda?
Muchas gracias.
Buenos días Sara.
Si se está cobrando el subsidio y se encuentra un trabajo a tiempo parcial cuya remuneración es inferior el 75% del SMI (es decir, inferior a 712,50 euros al mes), se puede optar entre:
1- Compaginar dicho trabajo con el cobro del subsidio (de ser así, el importe del subsidio se reducirá en proporción a las horas de trabajo que se realicen).
2- O suspender el subsidio mientras se trabaja (y reanudar el subsidio al terminar el trabajo, o solicitar la prestación por desempleo si se ha cotizado lo suficiente para ello).
En ambos casos, hay que comunicarle al SEPE esta situación.
Pero si se trata de un trabajo a tiempo completo, sí que se tiene la obligación de suspender el subsidio mientras se está trabajado. Y al terminar el contrato, se puede solicitar reanudar el subsidio de nuevo.
Un saludo.
Soy emigrante retornado. Estoy cobrando el RAI, se me vence en agosto (ya agotados los 18 meses). Aun sigo como demandante de empleo sin conseguir nada. Tengo 60 años, ¿puedo solicitar algún tipo de ayuda nuevamente?. Gracias.
Hola María Dolores.
Tras agotar la RAI, si se cumplen unos determinados requisitos, se puede solicitar el subsidio de mayores de 52 años. Para ello, es necesario solicitar cita previa en el SEPE. Y si no se cumplen los requisitos para percibir el subsidio de mayores de 52 años, se puede pedir el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Un saludo.
Hola felicidades por este blog! Llevo en Argentina 20 años en los cuales trabajé en blanco desde 2012 a 2017 cuando renuncié, desde abril de este año soy autónomo. Si decido regresar, ¿quién me da el certificado de emigrante retornado?. Aclaro que salí de España pidiendo una excedencia voluntaria por interés particular. Soy funcionario, sin reserva de puesto y tengo 54 años. Mil gracias!
Buenos días José.
Desgraciadamente, se trata de un tema que excede por diversas razones de las competencias de este foro. Sin embargo, te dejo el formulario de consultas online que tiene el SEPE (hay que seleccionar la opción «Prestaciones por desempleo») y el tlf. de información del SEPE 91 273 83 83, para que por un medio u otro, un gestor de dicho organismo pueda resolverte esa cuestión.
Un saludo.
Gracias!!!
Hola, quería saber, si estoy cobrando este subsidio, y consigo un trabajo por quince días, pasados esos quince días, ¿puedo seguir cobrando el subsidio?
Hola Daniel.
Efectivamente, si se está cobrando cualquiera de los subsidios por desempleo que existen y surge la posibilidad de trabajar, hay que comunicar al SEPE que se va a empezar a trabajar para que suspenda durante ese periodo el subsidio. Y al terminar el contrato, dentro de los 15 días siguientes, se puede solicitar la reanudación del cobro del subsidio para volverlo a percibir.
Un saludo.
Buen día. Quería consultarle si el importe de subsidio es mayor teniendo hijos. Gracias.
Buenos días Constanza.
El número de hijos no incrementa el importe del subsidio. Así que, cobra lo mismo una persona que por ejemplo, tiene 1 hijo, que otra, que tiene 3 hijos.
Un saludo.