A los trabajadores que tienen la jornada partida les beneficia el hecho de tener un comedor de empresa a su disposición. Ten en cuenta, que en la mayoría de casos, los empleados solo cuentan con unas 2 horas para ir a comer a casa. Por tanto, si el domicilio se encuentra lejos del centro de trabajo, como suele ocurrir en las ciudades grandes, tener un sitio donde poder comer cerca de tu puesto de trabajo resulta necesario.
Parece ser una cuestión sin importancia, pero en la práctica muchas empresas tienen conflictos con los trabajadores por este asunto. Y en algunos supuestos, se ha tenido que acudir a los Tribunales para resolver este problema. Por esa razón, te voy a explicar si es un derecho laboral que tiene el trabajador y si se lo pueden quitar una vez reconocido.
¿Tener un comedor en la empresa es un derecho laboral?
Hasta hace poco, el tener un comedor en la empresa, sí que era un derecho laboral que podían exigir los trabajadores. Este derecho era reconocido por una antigua ley que data de 1938. Ya que fue durante la Guerra Civil Española cuando el Gobierno Franquista aprobó esta ley (Decreto de 8 de junio de 1938 de comedores para obreros del ministerio de organización y acción sindical y la orden que lo desarrolla de 30 de junio de 1978).
¿Qué empresas debían disponer de comedor?
Esa antigua ley, obligaba a las empresas a habilitar un espacio en el centro de trabajo que pudiera ser utilizado como comedor por los trabajadores. Ese espacio debía estar provisto de mesas, asientos, agua potable y hornillas para poder calentar la comida. Sin embargo, no todas las empresas tenían esta obligación. Según la norma de 1938, las empresas estaban obligadas a tener un comedor en la empresa cuando:
- Tenían una plantilla de más de 50 trabajadores, en un local permanente.
- El descanso para comer era inferior a 2 horas.
- Al menos un 50 % de los trabajadores de la empresa hubiera solicitado la creación un espacio para comer.
- Se tratara de trabajos eventuales al aire libre, excepto los agrícolas.
Por tanto, cuando los trabajadores llegaban a juicio, las sentencias solía salir a su favor, ya que se apoyaban en esta ley que existía. Pero ahora ya no es así.
¿Sigue vigente el derecho a tener un comedor en la empresa?
Tras numerosas batallas judiciales, el criterio seguido hasta hace pocos años ha cambiado radicalmente en favor de la empresa tras la sentencia del 13 de diciembre de 2018, del Tribunal Supremo. Porque esta sentencia derogó el contenido del Decreto de 8 de junio de 1938 y su orden de desarrollo, por considerar que en la actualidad no existe ninguna norma en vigor que indique que el empresario está obligado a poner a disposición de los trabajadores un comedor de empresa. En consecuencia, los trabajadores ahora ya no tienen derecho a exigir que exista un comedor en el centro de trabajo.
Ahora bien, sí que existe obligación por parte de la empresa de tener un comedor en la empresa, si se hubiera reconocido este beneficio en el convenio colectivo que es de aplicación o si la empresa hubiera llegado a un acuerdo sobre este asunto con los Representantes de los Trabajadores.
¿La empresa puede quitarnos el comedor que tenemos?
Si por cualquier motivo ya vinierais disfrutando del comedor de la empresa que tuviera en sus instalaciones, a la empresa ya le sería más difícil hacer determinados cambios en este sentido. Por ejemplo, imagínate que quiere: cerrarlo para utilizar ese espacio para otros fines, empezar a cobraros un menú que hasta ahora había sido gratuito, excluir de este beneficio a determinados trabajadores en función de su categoría profesional, quitar el televisor que siempre ha estado allí, etc.
En caso de que se le ocurriera hacer alguna modificación de estas, que os perjudicara, lo más probable es que no puediera realizarla. Ya que la ley protege los derechos que han sido adquiridos con el tiempo por cada trabajador, a través del concepto de «condición más beneficiosa». Por tanto, todos aquellos beneficios que la empresa os haya reconocido voluntariamente, normalmente ya no pueden ser eliminados o cambiados por decisión unilateral de la empresa. Entonces, si quieren llevar a cabo una modificación así, necesitarán vuestro consentimiento.
¿Qué podemos hacer si nos deniegan el comedor que tenemos reconocido?
Tenéis la opción de reclamar el comedor en la empresa utilizando la vía judicial, presentando una demanda en el Juzgado de lo Social. E incluso podéis denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo. Ya que el incumplimiento de esta obligación por parte de la empresa podría tener la consideración de falta grave. Por lo que la empresa podría ser sancionada económicamente, teniendo que pagar entre 300 y 3000 €. El importe exacto de la sanción vendrá determinado por la gravedad de los hechos.
Beneficios de tener un comedor en la empresa
Para el trabajador
- Le supone un ahorro económico y de tiempo, porque no tiene que desplazarse a su domicilio a la hora de la comida. Además, en caso de que exista un servicio de comidas, es posible que le salga más rentable comprarse la comida allí (por los precios tan asequibles que suele haber), que hacérsela en su domicilio. E incluso hay empresas que ofrecen el menú de forma gratuita a sus trabajadores.
- El comedor de la empresa también es un espacio de encuentro entre empleados, para descansar, hacer amistades y desconectar de lo laboral.
Para la empresa
- Puede considerarse como una inversión. Porque suele disminuir la rotación de personal, los problemas que acarrea el tener que comer en el domicilio (posibles accidentes in itinere, retrasos en la llegada al puesto de trabajo, etc.) y aumenta el buen ambiente entre compañeros. Así que, tener un comedor en la empresa suele incrementar la productividad del personal.
- Es posible que pueda beneficiarse de deducciones fiscales si cumple una serie de normas.
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