Capitalizar el paro es una alternativa que tienen aquellos desempleados que desean montarse su propio negocio. Porque es una opción que te permite pedirle al SEPE el cobro por adelantado de la prestación por desempleo.
De esta manera, percibirías en un pago único todo o parte de lo que te quede por cobrar de la prestación por desempleo (a nivel contributivo). Por esa razón, te contaré con los requisitos generales que has de reunir, en qué puedes utilizar ese dinero y las respuestas a las dudas más frecuentes.
¿Para qué se puede capitalizar el paro?
1) Financiar un proyecto de autoempleo
En este caso puedes solicitar el 100% de la prestación por desempleo que te quede pendiente de cobrar para conseguir la cantidad que necesitas invertir para crear tu propio negocio.
Para ello, tendrás que justificar previamente los gastos. Y posteriormente, los tendrás que justificar documentalmente. (aportando facturas, contratos, etc). Lo que no puedes hacer con este dinero, es crearte un fondo de reserva para cubrir gastos futuros.
Por otra parte, si te haces autónomo o autónoma, también tienes la posibilidad de capitalizar el paro para cubrir las cargas tributarias y los gastos de puesta en funcionamiento de la actividad. Además, puedes utilizar hasta el 15% del pago único para contratar servicios de asesoramiento y formación con el fin de emprender con mayores conocimientos.
¿Y si deseo crear una sociedad mercantil o incorporarme a una?
- En caso de ser una sociedad cooperativa, el capitalizar el paro te puede servir para pagar la cuota de ingreso de la cooperativa o realizar la aportación exigida (con independencia de que sea voluntaria u obligatoria). Pero ten presente que tendrías la obligación de acreditar documentalmente la cantidad aportada.
- Si se trata de una sociedad laboral, también puedes utilizar este dinero para:
- Adquirir acciones o participaciones de dicha sociedad.
- Pagar gastos de constitución y funcionamiento.
- En el supuesto de que tu objetivo sea aportar al capital social de una sociedad mercantil, es imprescindible que sepas que se ha tratar de una sociedad recién constituida o que lo haya sido en los 12 meses anteriores a la solicitud del pago único. Asimismo, también podrías usar este importe para gastos de constitución y puesta en marcha de la entidad.
2) Pagar las cuotas de la Seguridad Social
A la hora de abrir tu propio negocio es posible que no necesites capitalizar el paro para financiar la inversión. Pero sí que te puede venir bien usar dicho dinero para pagar las cuotas mensuales de cotización como autónomo o autónoma a la Seguridad Social.
Por esa razón, existe esta modalidad. Para que puedas utilizar el dinero que te queda por cobrar del paro para cubrir las cuotas de la Seguridad Social.
Para esto, debes pedir la capitalización del paro antes de darte de alta como autónomo o autónoma y presentar los justificantes de cotización a la Seguridad Social del mes de inicio de la actividad. A partir de entonces, el SEPE comenzaría a abonarte mensualmente el importe que hubieras acreditado de la cuota de autónomos.
En cambio, si quieras ejercer una actividad profesional sujeta a un Colegio Profesional o una Mutualidad de Previsión Social, no puedes utilizar el pago único para pagar estas cuotas. Debido a que se trata de sistemas alternativos al Sistema Público de Seguridad Social. Por consiguiente, no podrías capitalizar el paro para subvencionar esas cuotas.
3) Sistema mixto. Permite financiar la inversión y pagar las cuotas de la Seguridad Social.
Esta última alternativa te permite utilizar el pago único para financiar la inversión. Y con el dinero que te sobre, usarlo para pagar las cuotas de autónomo a la Seguridad Social, hasta consumir el 100% de lo que te quede pendiente de cobrar por la prestación.
Para tener acceso a esta modalidad, es imprescindible vayas a desarrollar la actividad con carácter estable. Es decir, no temporal.
Requisitos para poder capitalizar el paro
Tienes derecho a acogerte a esta medida si estás cobrando el paro y cumples los siguientes requisitos:
- Que te quede por cobrar como mínimo 3 meses de prestación, en la fecha de la solicitud.
- No haberte beneficiado del pago único de la prestación por desempleo, en cualquiera de sus modalidades, en los 4 años inmediatamente anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de aprobación del pago único. Sin embargo, una vez que realices esta solicitud ya puedes iniciar la actividad y darte de alta en la Seguridad Social, aunque todavía no tengas la resolución.
- No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con el cobro del paro, en los 24 meses anteriores a la solicitud de capitalizar el paro.
- Si hubieras interpuesto demanda contra la empresa para la que trabajabas por no estar de acuerdo con el cese de la relación laboral, debes esperarte a tener la resolución de este procedimiento para poder presentar la solicitud del pago único.
- En caso de que tuvieras previsto entrar en una cooperativa en la que en sus estatutos indique que sus socios o socias tienen que superar un periodo de prueba, tienes que superar dicho periodo para poder capitalizar el paro.
¿Dónde solicitar el pago único del paro?
Para capitalizar el paro debes presentar la solicitud del pago único en la oficina de empleo del SEPE más cercana a tu domicilio habitual o a través de Internet, entrando en la sede electrónica de dicho organismo.
Pero es recomendable que lo hagas presencialmente por las dudas que te puedan surgir, ya que podrás recibir la orientación de un funcionario en este trámite.
Asimismo, te presente que puedes solicitar el pago único a la vez que solicitas la prestación por desempleo. Aunque también puedes pedirlo posteriormente, en cualquier otro momento.
¿El pago único tributa?
Al capitalizar el paro y cobrar el paro en la modalidad de pago único, el 100% de la cantidad que percibas estará exenta de tributar por IRPF.
No obstante, para conseguir este beneficio fiscal será necesario que mantengas la actividad durante 5 años. Si no pudieras hacerlo porque tuvieras que cerrar el negocio nada más comenzar y antes de presentar la declaración de la renta, sería aconsejable que declararas lo percibido como rendimiento del trabajo.
¿Qué pasa al capitalizar el paro si un proyecto fracasa?
Si tu negocio no ha ido bien y no capitalizaste toda la prestación, podrías reanudar su cobro. Aunque no todo el mundo puede hacerlo. Porque para volver a esta situación es necesario que:
- La actividad que hayas desarrollado por tu cuenta no haya superado los 60 meses de duración.
- Y que como mínimo, haya transcurrido el tiempo que hubieras estado cobrando mensualmente la prestación, si no hubieras capitalizado el paro.
En cambio, si hubieras agotado la prestación, podrías acceder a subsidios como el SED o la RAI, siempre que cumplieras con los requisitos establecidos. Aunque también podrías beneficiarte de la prestación por cese de actividad, si hubieras cotizado por esta contingencia mientras eras autónomo o autónoma.
Buenas noches
¿Puedo capitalizar el subsidio por desempleo que me corresponde para montar un negocio?
El funcionario del INSS me dice que no.
Es que no cobro el paro por desempleo.
¿Es verdad lo que me dicen ellos?
Gracias.
Angelina.
Hola Angelina,
Siento decirte que en la actualidad no se puede capitalizar el subsidio por desempleo. Solo pueden recibir el pago único para montar un negocio las personas beneficiarias de la prestación contributiva por desempleo.
Un saludo.