Si has recibido una sanción por parte de la empresa que consideras injusta, porque crees que te están acosando o te quieren despedir, te voy a contar qué puedes hacer para defenderte. Además, esta guía también te servirá en el supuesto de que hayas cometido alguna infracción, pero que no estés de acuerdo con la gravedad alegada por la empresa.
Ten en cuenta que la ley le reconoce a la empresa el poder de dirección. Por consiguiente, cualquier incumplimiento del trabajador, puede ser sancionado directamente por la empresa. Pero este poder está sujeto a unos límites. De hecho, la empresa tiene el deber de seguir el procedimiento sancionador que señale la ley o el convenio colectivo.
¿Qué es una sanción disciplinaria?
La sanción disciplinaria es el mecanismo que tiene la empresa para castigar el comportamiento del trabajador, que de manera voluntaria, decide incumplir alguna de sus obligaciones. Por tanto, tiene una finalidad disuasoria, para intentar evitar que los trabajadores tengan conductas inapropiadas.
Aunque algunas empresas suelen utilizar este mecanismo de manera fraudulenta, especialmente a la hora de ir preparando el despido de un trabajador. Ya que imponen sanciones de manera reiterada e injustificada, para llegado el momento, despedir de forma disciplinaria al trabajador que haya sido víctima de esta práctica. De esta manera, se ahorran tener que pagarle la indemnización por despido. Por eso, es importante que el trabajador pueda reaccionar y defenderse ante este tipo de abusos.
¿Qué sanción disciplinaria me puede imponer la empresa?
En función de la falta que has cometido (leve, grave, o muy grave), la empresa puede imponerte alguna de las sanciones señaladas en la ley o en el convenio colectivo.
Aunque normalmente es el convenio colectivo el que recoge el tipo de sanciones que se pueden aplicar, teniendo en cuenta incluso las peculiaridades del sector.
Así que, en la práctica, las empresas suelen imponer este tipo de sanciones:
- Falta leve: una amonestación. Sin embargo, en algunos casos, puede tratarse de una pequeña suspensión de empleo y sueldo.
- Falta grave: Suspensión de empleo y sueldo inferior a un mes. Es decir, que durante ese tiempo no tendrás que ir a la empresa, ni cobrarás tu salario.
- Falta muy grave: Entre otras sanciones, puede suponer el traslado a otro centro de trabajo, la suspensión de empleo y sueldo durante un periodo de varios meses. Y en los casos más graves, la empresa puede llegar a imponer el despido disciplinario.
¿Qué tipo de sanciones no puede aplicar la empresa?
Según el art. 58.3 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa no podrá imponerte una sanción que consista en reducirte la duración de tus vacaciones, quitarte días de descanso o que tengas que pagar una multa económica.
¿Las faltas prescriben con el tiempo?
Sí. Por esa razón, si has cometido una infracción, el empresario tiene un determinado periodo de tiempo para imponerte una sanción. Transcurrido ese tiempo, si no te ha sancionado, ya no podrá hacerlo.
Esto es así, porque la ley trata de proteger al trabajador de los posibles abusos que se pudieran dar si no existiera la prescripción de la falta. Para que lo entiendas mejor, si no existiera esta norma, un trabajador, por ejemplo, podría cometer una falta muy grave y el empresario no decir nada, para que siga trabajando con él y cuando ya no lo necesite, despedirlo de forma disciplianriapor una falta que cometió mucho tiempo atrás, con la finalidad de no tener que pagarle la indemnización por despido. Sería injusto…¿verdad?
Los plazos que tiene la empresa para imponerte una sanción, desde que tiene conocimiento de la falta que has cometido, son los siguientes (según el art. 60 del ET):
- Falta leve: 10 días naturales.
- Falta grave: 20 días naturales.
- Falta muy grave: 60 días naturales.
Además, aunque la empresa no tenga conocimiento de los hechos, la falta prescribirá en cualquier caso, una vez transcurridos 6 meses desde la fecha en la que se cometiera la infracción. Salvo que el trabajador hubiera ocultado de forma maliciosa y persistente, esos hechos. Porque si ocurriera esto último, cambiaría la fecha inicial del cómputo de este plazo.
¿Qué procedimiento ha de seguir la empresa para imponer una sanción?
La empresa tendrá que seguir el procedimiento establecido para ello en el convenio colectivo. Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores señala que si se trata de una falta grave o muy grave la empresa debe comunicar esa sanción por escrito al trabajador, indicando la fecha y los hechos que la motivan. Pero lo más habitual es que la empresa comunique cualquier sanción por escrito al trabajador, ya sea la falta leve, grave o muy grave. Porque es la principal forma de poder demostrar que ha sancionado al trabajador.
Por otro lado, si tuvieras la condición de representante de los trabajadores y la empresa quisiera aplicarte una sanción por una falta muy grave, será imprescindible que la empresa te abra un expediente sancionador contradictorio. Hay convenios colectivos que recogen este requisito como necesario para todos los trabajadores del sector, aunque no sean representes de los trabajadores.
En el supuesto de que la empresa no siga el procedimiento establecido en el Convenio Colectivo o la ley, podrías demandar a la empresa. Y si queda demostrado en el juicio que no ha respetado el procedimiento, el Tribunal declarará la nulidad de la sanción impuesta.
¿Tengo que firmar el escrito en el que la empresa me comunica la sanción?
En el momento que la empresa te entrega la carta de sanción, es recomendable:
- Comprobar la fecha que aparece en el escrito, para confirmar que es la misma fecha en la que te lo entregan. Porque algunas empresas tratan de poner de manera fraudulenta una fecha anterior a la fecha de entrega, para intentar que se le pase el plazo al trabajador de poder demandar, con el fin de causarle indefensión.
- Tener en cuenta en qué momento cometiste la infracción, por si hubiera prescrito la falta. Y si los hechos que alega la empresa en el escrito son ciertos o no.
- Confirmar que se trata de una sanción justa y proporcional a la falta cometida.
- Constatar que la empresa ha seguido el procedimiento sancionador que viene regulado en tu convenio colectivo.
Si no estás conforme con alguno de los aspectos anteriores, y por ello, con la sanción impuesta, es recomendable que firmes la carta de sanción poniendo al lado de tu firma «no conforme». Con ello, te reservaras el derecho de poder demandar a la empresa en contra de la sanción. Asimismo, ese escrito te servirá de prueba en caso de ir a juicio. Por eso, es importante que te quedes con una copia de la carta de sanción firmada y sellada por la empresa. Y si no la tienes, puedes exigir a la empresa que te la dé.
¿Cómo puedo reclamar una sanción que considero injusta?
Si consideras que la sanción que te han impuesto es injusta o que la empresa no ha seguido el procedimiento establecido para ello, puedes impugnar dicha sanción. Para ello, dispones de un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha en la que te comuniquen la sanción.
Pero antes de presentar la demanda en el Juzgado de lo Social, será necesario que presentes una papeleta de conciliación laboral ante el SMAC (o servicio similar), dentro de ese plazo de 20 días hábiles, para intentar llegar a un acuerdo con la empresa en un acto de conciliación. Y si no llegáis a un acuerdo o la empresa no hace acto de presencia, ya podrías presentar la demanda (también dentro de esos 20 días).
Cuando llegue el juicio, el empresario será el responsable de demostrar la realidad de los hechos por los que te ha impuesto dicha sanción. Teniendo presente, que, los hechos que alegue en el juicio y que motivan la sanción, han de ser los mismos que aparecen en el escrito. Es decir, la empresa no puede alegar otros hechos distintos a los vienen recogidos en la carta de la sanción disciplinaria.
¿Qué ventaja principal tiene demandar a la empresa?
Demandar a la empresa por una sanción con la que no estás conforme, tiene la ventaja principal de que te protege de un posible despido disciplinario. Porque si la empresa le da por acumular en tu expediente las reiteradas sanciones que te va imponiendo, llegado el momento, te podría despedir de forma disciplinaria (sin derecho a cobrar indemnización alguna por ello)
Sin embargo, al demandar a la empresa no te podrán despedir por las sanciones acumuladas, con independencia de que realmente hayas cometido esas infracciones. E incluso si la empresa encuentra el modo despedirte por otra causa, tendrías derecho a cobrar tu indemnización.
¿Tengo que cumplir la sanción aunque haya demandado a la empresa?
Sí, tienes la obligación de cumplir la sanción impuesta, aunque todavía no haya llegado la fecha del juicio, ni se haya dictado sentencia. Una vez que se realice el juicio y el juez dicte sentencia, la empresa deberá pagarte el salario de la sanción y cotizar por ti a la Seguridad Social por ese periodo de tiempo.
¿Cómo eliminar el rastro de las sanciones disciplinarias?
En el supuesto de que la empresa te haya realizado un despido disciplinario por haber acumulado retiradas sanciones, si demandas a la empresa para impugnar dicho despido y el juez considera que el despido ha sido injustificado, tendrá la consideración de despido improcedente.
De ser así, si quieres eliminar el historial de sanciones que tienes en esa empresa, puedes hacerlo acudiendo a las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social para solicitar el cambio de clave del despido (ya que cada tipo de despido tiene asociada una clave). Para ello, será necesario que presentes la resolución judicial la improcedencia del despido o el acta conciliación en la que se reconoce que el despido es improcedente.
Haciendo este trámite, te será más fácil pasar el proceso de selección para ser contratado en otra empresa.
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