Si formas partes del personal laboral que presta sus servicios en el Administración Pública, tienes derecho a adquirir la condición de trabajador indefinido no fijo cuando hayas sido víctima del abuso de la contratación temporal. Por eso, te voy a contar cuándo y cómo reclamarla.
Porque el personal laboral de la Administración Pública goza de una mayor protección jurídica que los trabajadores de las empresas privadas, cuando existe un fraude de ley en la contratación temporal. E incluso la doctrina actual, posiblemente posibilitará en un tiempo el reconocimiento automático de la condición de indefinido no fijo, sin ni siquiera tener que reclamar dicha condición.
¿Qué es un trabajador indefinido no fijo?
El concepto de trabajador indefinido no fijo, fue reconocido en el año 1996 en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con el objetivo dar respuesta al abuso de los contratos temporales que estaba cometiendo la Administración Pública.
Porque muchos empleados que trabajaban para estos organismos públicos, iban encadenando de manera injustificada sucesivos contratos temporales. Y para regularizar la situación de estos trabajadores, con el fin de compensar la situación en la que se encontraban, se creó la figura del trabajador indefinido no fijo.
En definitiva, un trabajador indefinido no fijo, es un empleado público.
¿Por qué recibe este nombre?
Porque cuando un trabajador de la empresa privada demuestra ante un juez que su contrato está en fraude de ley por algún motivo, su contrato de trabajo se transforma en indefinido. Pero los empleados que trabajan para la Administración Pública no pueden reclamar la condición de indefinido cuando consideran que sus contratos están en fraude de ley, por el abuso de la temporalidad.
Ya que si se les reconociera la condición de indefinidos pasarían a ser automáticamente funcionarios de carrera. Y eso es algo que legalmente es imposible. Porque solamente se puede adquirir la condición de funcionario de carrera cuando se supera una oposición o un concurso público.
Por ese motivo, la jurisprudencia lo llamó trabajador indefinido no fijo. De esta manera, el trabajador indefinido no fijo, no adquiere la condición de funcionario de carrera. Pero sí que se le otorga un status superior al que tiene un contrato temporal.
Dentro de los empleados públicos, ¿dónde se encuentra el trabajador indefinido no fijo?
Para ubicar al trabajador indefinido no fijo dentro de la Administración Pública, es necesario que conozcas los distintos empleados públicos que prestan sus servicios en ella. Se pueden dividir en:
- Funcionarios, que a su vez pueden ser:
- De carrera.
- Interinos.
- Personal laboral, compuesto por tres tipos de empleados públicos:
- Fijos. Son aquellos trabajadores que tienen una plaza fija dentro de la plantilla.
- Indefinidos. Forman parte de este grupo los trabajadores que han adquirido la condición de indefinidos no fijos, al haber estado sus contratos con la Administración en fraude de ley.
- Temporales. La duración de la relación laboral de este tipo de trabajadores es limitada en el tiempo. Así que, sus contratos tienen fecha de fin o terminan al acabar un trabajo o servicio determinado.
Por consiguiente, el trabajador indefinido no fijo tiene un status inferior al trabajador fijo y superior al trabajador temporal.
¿Qué ventajas tiene el trabajador indefinido no fijo?
- No está sujeto a la duración de un contrato temporal que tiene una fecha de fin o a la terminación del servicio u obra para el que haya sido contratado. Porque su relación laboral tendrá carácter indefinido.
- Pero al no ser fijo, el contrato de trabajo llegará a su fin cuando se convoque a oposición o concurso ese puesto de trabajo y sea cubierto, o cuando se produzca la amortización de la plaza.
- No podrá ser cesado mediante un proceso de promoción interna o porque un funcionario de carrera quiera ocupar su puesto mediante un concurso de traslados.
- Si el cese en el trabajo se ha producido por la cobertura o amortización de la plaza que ocupa, tiene derecho a cobrar una indemnización por ello. Porque así lo reconoce la sentencia de 28 de marzo de 2017, del Tribunal Supremo.
¿Cuánto cobra de indemnización al ser cesado?
La jurisprudencia le reconoce al trabajador indefinido no fijo el derecho a cobrar una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
¿Un organismo público puede hacerme directamente un contrato indefinido no fijo?
No. No pueden hacerte directamente un contrato como trabajador indefinido no fijo. Porque solo se reconoce esta condición a aquellos trabajadores que han:
- Ido encadenando sucesivos contratos temporales de manera injustificada.
- Tenido un contrato temporal cuya duración ha sido excesiva
- Sido contratados mediante un contrato que incumple la ley en algún otro aspecto importante.
¿Cómo puedo conseguir que me hagan indefinido no fijo?
Para conseguirlo, lo primero que debes hacer es reclamar esta condición al organismo público que te ha contratado. Es aconsejable que dicha reclamación la hagas por escrito. De esta forma, ya tendrás una prueba a tu favor en caso de que quieras llevarlos a juicio, más adelante. Si tras presentar el escrito, dicho organismo está conforme con pasarte a ese tipo de contrato, ya tendrás solucionado el problema.
Y si la Administración empleadora no te reconoce esta condición, podrás demandarla ante el Juzgado de lo Social correspondiente. Una vez que salga la sentencia a tu favor, tendrán que reconocerte la condición de trabajador indefinido no fijo.
La Administración reconocerá automáticamente la condición de indefinido no fijo en un futuro inmediato
En la actualidad, es necesario que exista un fraude de ley en la contratación y que el trabajador reclame judicialmente la condición de trabajador indefinido no fijo.
Sin embargo, tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la Administración Pública tendrá la obligación de reconocer automáticamente la condición de trabajador indefinido no fijo a aquellos empleados públicos que cumplan estas 2 condiciones:
- Hayan desempeñado las mismas funciones durante más de 3 años (que señala el EBEP).
- Se hayan visto afectados por un contrato temporal de duración excesiva o hayan ido encadenando sucesivos contratos temporales. Pero ¡ojo!, solo se reconocerá automáticamente la condición de trabajador indefinido no fijo a los empleados públicos que sean contratados a partir 7 de julio de 2021. Porque así lo indica el Real Decreto-Ley 14/2021 de 6 de julio. Por tanto, hasta el año 2024 nadie podrá reclamar la condición de trabajador indefinido no fijo en caso de que Administración no conceda esta condición automáticamente.
Buenos días M.Ángeles, mi caso es el siguiente; he entrado en varias bolsas en el Ayuntamiento de mi localidad, mi primer contrato fue en Mayo del 2017 y estuve unos 45 días, al mes más o menos volví a entrar unos 18 meses y estuve sobre un mes en el paro, el 28 Octubre del 2019 entré por una vacante por jubilación en un proceso de convocatoria; concurso -oposición y estoy ocupando esa plaza desde entonces. Mi pregunta es la siguiente; ¿ A los 3 años ( que cumplirá en Octubre del 2022) puedo reclamar ser indefinido no fijo, o cual sería mi situación dado que el tribunal de la EU se pronunció por el tema de los interinos.? Muchas gracias de antemano
Buenos días Manuel.
Como hasta el año 2024 la Administración no reconocerá de forma automática la condición indefinido no fijo a los interinos, al llevar más de 3 años ocupando la misma vacante, se tendrá que demandar a la Administración para la que se trabaja para reclamar la condición de indefinido no fijo.
Un saludo.
Muchas gracias M. Ángeles por responder y aclararme un poco más la duda.
Gracias.