Algunos subsidios por desempleo tienen una duración inicial de 6 meses. Pero si la persona que está en el paro acredita que sigue reuniendo los requisitos para seguir percibiendo esta ayuda económica, puede pedir la prórroga del subsidio por desempleo, para seguir cobrándola. Por esa razón, te contaré qué plazo tienes para pedir la prórroga y cómo puedes hacer este trámite.
Para pedir la prórroga del subsidio por desempleo, tendrás que presentar en el SEPE la solicitud de prórroga y la documentación que acredite que sigues cumpliendo los requisitos que dan acceso a la ayuda económica que has estado percibiendo hasta ahora. En esta entrada, te explicaré los detalles más importantes sobre este tema.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar la prórroga del subsidio por desempleo?
Para poder solicitar la prórroga del subsidio por desempleo que vienes percibiendo, es necesario que sigas cumpliendo con los requisitos que te dieron acceso a esta ayuda. Por ese motivo, será imprescindible que demuestres que sigues reuniéndolos.
Y si ha habido un cambio en tus circunstancias o en las de tu unidad familiar, deberás comunicarlo al SEPE (por ejemplo, si uno de tus hijos se ha emancipado, si tu pareja ahora está trabajando, si has recibido una herencia, etc.). En ese sentido, has de tener presente que si ha habido un incremento en las rentas:
- De tu unidad familiar, que ha hecho que sobrepaséis la renta media máxima permitida en la unidad familiar (el 75% de salario mínimo profesional, que en 2023 es 810 € euros al mes),
- Tuyas propias, superiores a 810 € al mes.
En cualquiera de los dos casos, habrás dejado de cumplir con el requisito de carencia de rentas. De ser así, el SEPE te denegará la prórroga del subsidio por desempleo. Y cuidado con ocultar las variaciones de tus circunstancias para seguir cobrando el subsidio. Porque si te pillan, tendrás que devolver todo lo que hayas cobrado de forma indebida.
¿Qué plazo tengo para pedir la prórroga del subsidio por desempleo?
A partir del día en el que se agota el periodo de 6 meses del subsidio que te ha reconocido el SEPE, tienes un plazo máximo de 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos, ni festivos) para pedir la prórroga del subsidio por desempleo que vienes percibiendo. Ten presente, que este plazo es desde que termina el subsidio. Es decir, no es desde que se recibes el último cobro.
¿Puedo perder el subsidio si presento la prórroga fuera de plazo?
Si por descuido presentas la solicitud de prórroga del subsidio por desempleo fuera de esos quince días hábiles de plazo, no perderás el derecho a cobrar la ayuda económica si sigues reuniendo los requisitos. Pero sí que tendrás un penalización en la que perderás dinero. Porque, en ese caso, el subsidio solamente tendrá efectos económicos a partir del día en el que hayas presentado la solicitud de prórroga. En consecuencia, no cobrarías los días de subsidio que van desde la fecha de vencimiento de esta ayuda hasta el día en que hayas presentado la solicitud de prórroga fuera de plazo.
¿Y si la fecha de vencimiento del subsidio cae en un día inhábil?
Si la fecha de vencimiento del subsidio cae en un día inábil (en sábado, domingo o festivo), dicha fecha de vencimiento pasará al primer día hábil siguiente.
Por ejemplo, si la fecha de vencimiento cae en sábado, se considerará que la duración del subsidio vence el lunes.
Si el subsidio vence el 20 de agosto y solicito la prórroga dentro de los 15 días siguientes ¿cobraré el 10 de septiembre el mes completo o me quedaré sin cobrar?
Depende de la fecha en la que presentes la solicitud de prórroga del subsidio por desempleo. Porque si el SEPE te la aprueba antes de que finalice el mes, lo más probable es que a partir del día 10 de septiembre cobres el subsidio completo. Si no es así, en dicha fecha, recibirás la parte proporcional de esta ayuda hasta el 20 de agosto. Y en el siguiente pago, a partir del 10 de octubre, percibirás el subsidio que te queda pendiente de cobrar de agosto y septiembre.
¿Qué sucede si el subsidio vence al cumplir la edad jubilación anticipada si todavía no puedo jubilarme?
Si estás cobrando el subsidio y el SEPE te envía una carta para comunicarte que próximamente cumples los 61 años y que por ello se extinguirá en esa fecha el subsidio (porque se entiende que ya te puedes jubilar anticipadamente), en caso de que no ser así, por no haber cotizado lo suficiente, tendrás que ir al INSS para solicitar un certificado que te permita acreditar que todavía no reúnes los requisitos necesarios para poder percibir la pensión de jubilación. Una vez que tengas dicho documento, podrás presentarlo en el SEPE para solicitar la prorroga del subsidio. De esta manera, podrás seguir cobrándolo hasta llegar a la edad legal en la que te corresponda jubilarte.
¿El SEPE me enviará una carta para comunicarme que vence el subsidio?
En la práctica, el SEPE no suele enviar una carta a todos los desempleados para comunicarles que se les acaba subsidio y que lo pueden prorrogar. Por tanto, es necesario que sepas en qué fecha acaba tu ayuda, para poder pedir la prórroga del subsidio por desempleo dentro del plazo. Así, podrás seguir cobrando la ayuda sin perder días de subsidio.
¿Cómo puedo saber en qué fecha acaba el subsidio?
Si no te acuerdas de la fecha, puedes encontrarla en la carta que te envío el SEPE cuando te reconoció el derecho a cobrar el subsidio. Ya que en ella, te viene la fecha de inicio y de fin de esta ayuda.
Pero si por cualquier motivo ya no la tienes, puedes consultarlo en tu expediente online, a través de la Sede Electrónica del SEPE. Y si no puedes hacerlo de esta manera, puedes preguntarlo directamente en el SEPE, utilizando el formulario de consultas que hay en su página web, llamando al teléfono de información que tienen para la ciudadanía o solicitando cita previa para que te atiendan presencialmente en tu oficina de empleo.
¿Cómo solicito la prórroga del subsidio por desempleo?
En el supuesto de que tus circunstancias económicas y familiares no hayan cambiado (desde que te reconocieron esta ayuda económica), puedes solicitarla a través de Internet o presencialmente en tu oficina de empleo. De ser así, solo tendrás que presentar cumplimentado el impreso que te facilitará el SEPE, marcando la casilla de prórroga del subsidio por desempleo.
Pero si ha variado el número de familiares a cargo, o las rentas propias o de la unidad familiar (por haber sobrepasado el 75% del salario mínimo interprofesional), deberás acudir a tu oficina de empleo presencialmente, para pedir la prórroga del subsidio por desempleo. Para ello, deberás solicitar cita previa través de Internet o llamando por teléfono del SEPE. Y presentar en la fecha en la que te citen, la solicitud de prórroga y la documentación necesaria para acreditar tu nueva situación (en algunos casos será necesario presentar la declaración anual de rentas).
Hola, ¿solo se puede prorrogar el subsidio si tienes cargas familiares? Si te lo han concedido sin cargas por 6 meses, ¿no se puede prorrogar?
Gracias.
Hola Irene,
Lamentablemente, en la mayoría de subsidios, al no tener cargas familiares, no se puede prorrogar esta ayuda.
Un saludo.
Hola, buenas. Me han concedido la pensión permanente total y yo tenía tramitada la prórroga del subsidio el 10 de febrero. Me han mandado una carta ahora en abril donde dice que por estar cobrando ya la pensión, se me deniega el derecho a la prórroga. Porque no es compatible. Solo una pregunta, ¿se puede cobrar también el subsidio teniendo la pensión o no? Gracias.
Hola Luis.
La Seguridad Social solo permite cobrar las dos cosas a la vez, cuando el pensionista pierde o se le suspende el trabajo compatible con su pensión. En otras situaciones, no se puede.
Un saludo.
Me finaliza la ayuda del SEPE 20/12/2020. Estoy en la misma situación, no encuentro trabajo y tengo mi hija de ocho años.
Hola Montse,
Si se agota la ayuda familiar, teniendo cargas familiares, se puede solicitar el subsidio extraordinario por desempleo (conocido como la ayuda SED). Y cuando esta última ayuda se agote, se puede pedir el nuevo Ingreso Mínimo Vital (en las oficinas de la Seguridad Social o en la Sede Electrónica de la Seguridad Social -a través de Internet-).
Un saludo.
Hola, mi prestación por desempleo se agotará este mes. No tengo cargas familiares y mi renta no supera el máximo. Mis condiciones no han variado. ¿Tengo derecho a prórroga? Gracias.
Hola Julia,
La prestación por desempleo es el «cobro del paro» y no tiene prórroga. Pero me imagino que te refieres a un subsidio. Si se trata del subsidio por cotización insuficiente, no tiene prórroga. Así que, depende del tipo de subsidio que se tenga (RAI, para mayores de 52, etc.).
Si no se tienen cargas familiares y ya no se pueden pedir más ayudas por desempleo, se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital.
Un saludo.
Hola, mi prestación contributiva finaliza el mes próximo y me gustaría solicitar por vez primera la prórroga del subsidio por desempleo. ¿A partir de qué momento puedo hacerlo? ¿A partir del último día que finalice mi prestación contributiva o debo hacerlo antes? Muchas gracias.
Hola A.C.
En cuanto se agota la prestación por desempleo, la persona desempleada puede solicitar el subsidio por desempleo que le pueda corresponder. Para ello, tendrá un plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha en la que se le agote la prestación por desempleo.
Cuando ya esté cobrando el subsidio, podrá solicitar la prórroga del subsidio entre el día siguiente a la fecha del agotamiento del periodo de los seis meses y los días siguientes a la fecha del vencimiento del periodo de pago de la última mensualidad.
Un saludo.