Si te has enterado de que tu empresa está en concurso de acreedores o va a estar muy pronto, te interesa saber qué es lo que puedes hacer en cada una de las situaciones que se pueden dar. De esta manera, sabrás cómo actuar para reclamar el pago del dinero que te deba la empresa.
En este artículo, te voy a explicar en qué consiste un concurso de acreedores, quién tiene derecho a solicitarlo, por qué es importante que conozcas quién es el Administrador Concursal, que efectos tiene el concurso sobre los trabajadores y cómo solicitar el abono de las cuantías económicas que todavía no te han pagado.
¿En qué consiste el concurso de acreedores?
El concurso de acreedores es un proceso judicial que se inicia cuando la empresa, debido a su situación económica, ya no puede cumplir de forma regular con los pagos que tiene la obligación de hacer (salarios, indemnizaciones, cuotas a la Seguridad Social, impuestos, etc.).
Este proceso pretende que la empresa pueda satisfacer al mayor número de acreedores posible, sin que se llegue a cerrar la empresa. Aunque en la mayoría de ocasiones, este último objetivo no suele cumplirse.
Además, el concurso de acreedores trata de garantizar que la empresa respete el orden de pago respecto a sus distintos acreedores, para que no exista ningún tipo de arbitrariedad que pueda perjudicar al resto de acreedores. En otras palabras, la empresa no es libre de decidir a qué acreedor le paga antes la deuda, ya que deberá hacerlo en el orden y preferencia que señala la Ley Concursal.
¿Quién puede iniciar el concurso de acreedores?
El concurso de acreedores puede iniciarlo voluntariamente la empresa cuando se encuentre en una situación insolvencia inminente, debido a problemas económicos. Le interesa solicitarlo, con el fin de paralizar las posibles ejecuciones de deudas y evitar que se acumulen los intereses por demora en el pago.
Además, este proceso también puede se iniciado por los acreedores, ante el aumento continuo de la cuantía económica que les debe la empresa y el miedo a que más adelante no pueda afrontar dicho pago. Al acreedor le interesa solicitarlo porque así evitará que el impago de las deudas sigan acumulándose y podrá cobrar un 50% más que el resto de los acreedores.
Por tanto, estamos ante dos tipos de concurso de acreedores. El voluntario, que es cuando lo solicita la empresa. Y el necesario, que se produce cuando lo solicita cualquier acreedor de la empresa.
¿Cómo puedo saber si la empresa está en concurso de acreedores?
Hoy en día es muy fácil comprobar si una empresa está en concurso de acreedores o no. La forma más sencilla de hacerlo es consultando la web del Registro Público Concursal. Para acceder a esta web, pincha aquí.
Además, esta herramienta digital no solo permite confirmar si la empresa está en concurso de acreedores, ya que también permite conocer las resoluciones e incluso los acuerdos extrajudiciales a los que puede llegar la empresa.
Como trabajador es muy importante que tengas esta información, debido a que hay empresas que dicen estar en concurso de acreedores por el simple hecho de haberlo solicitado. De esta forma, intentan justificar el impago de los salarios o indemnizaciones. Pero ten en cuenta, que aunque lo hayan solicitado, solo estarán en concurso de acreedores cuando un juez del Juzgado de lo Mercantil así lo haya declarado.
¿Cómo puedo saber quién es el Administrador Concursal de la empresa?
Puedes ver el nombre el Administrador Concursal que haya nombrado el juez de lo Mercantil utilizando la herramienta digital anterior. O buscando en Internet, la declaración del concurso de acreedores en el Boletín Oficial del Estado .
Como trabajador, es fundamental que conozcas el nombre del Administrador Concursal. Porque en el momento que quieras reclamar en sede judicial el pago de los salarios e indemnizaciones que deba empresa, tendrás que demandar tanto a la empresa como a su Administrador Concursal.
Efectos del concurso de acreedores sobre trabajadores
1) La empresa está en concurso de acreedores, pero sigo percibiendo mi salario
En este caso, aunque la empresa se haya declarado en concurso de acreedores, tendrás que seguir acudiendo a tu puesto de trabajo con total normalidad. Excepto si la empresa decide despedirte o el Administrador Concursal te concede un permiso retribuido para que no tengas que ir a trabajar.
2) La empresa me debe dinero y está en concurso
Si la empresa te debe algunos meses de salario y está en concurso de acreedores, tienes la obligación de seguir acudiendo a tu puesto de trabajo. De lo contrario, la empresa te podría despedir de forma procedente. En consecuencia, perderías tus derecho. Entonces, de hacerlo así, ni siquiera tendrías derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Por esa razón, se recomienda tener paciencia y realizar las siguientes actuaciones:
- Reclamar la cuantía económica que te deba presentando una demanda de cantidad en el Juzgado de lo Social. De esta manera, quedará declarada la existencia de la deuda. Tendrías que demandar tanto a la empresa como al Administrador Concursal.
- Además, para no tener que seguir trabajando en esta situación (si la empresa se retrasa en el pago de tu salario o sigue con el impago, de manera reiterada) puedes solicitar a la vez la extinción del contrato de trabajo.
Una vez que el juez del Juzgado de lo Social dicte sentencia a tu favor, si la empresa no tiene liquidez para pagarte, podrás dirigirte al Administrador Concursal para pedirle que te dé el certificado en el que consten los conceptos e importes que te deba la empresa. Con ese certificado, podrás pedirle el pago al FOGASA. Pero ¡ojo!, porque el FOGASA no cubre la totalidad de la cuantía de la deuda de la empresa. Aquí puedes ver el límite de pago. Por consiguiente, el resto se puede perder si en la liquidación de la empresa ya no queda dinero.
3) Me han despedido por causas económicas
Si la empresa en la que trabajas ha entrado en concurso de acreedores y te ha despedido por causas económicas, para que te paguen los meses de salario e indemnización que te deben, has de hablar con el Administrador Concursal de la empresa para pedirle que te dé el certificado en el que reconozca las deudas correspondientes. Cuando tengas dicho certificado, podrás ir al FOGASA para que te pague las cantidades adeudadas. En este caso, ni siquiera tienes que ir a conciliación para solictarle el pago al FOGASA.
4) Tras despedirme, la empresa se ha declarado en concurso de acreedores
Si la empresa te ha despedido y ya has presentado una demanda en el Juzgado de lo Social contra la empresa. En el supuesto de que te enteraras posteriormente de que se ha declarado en concurso de acreedores, tendrías que ampliar la demanda para demandar también Administrador Concursal. Así, ahorrarás tiempo, ya que evitarás que se suspenda el juicio por no haber demandado al Administrador Concursal en su momento.