El «convenio especial para los parados de larga duración afectados por la crisis» intentó mejorar la cuantía de algunas pensiones. Pero solo estaba destinado a aquellas personas que estuvieran en situación de desempleo durante el año 2008 y siguientes, para que pudieran recuperar parte de su vida laboral. Ya que permitía adquirir hasta 2 años más de cotización adicional.
Ten en cuenta, que conseguir esos 2 años extra de cotización podría suponer, por ejemplo, el acceso o no a la prestación contributiva de jubilación (si has cotizado durante muy pocos años). Sin embargo, se trata de una medida social que estaba prevista aprobar en el año 2019, pero no salió adelante. Y no se sabe si algún día se volverá a abordar este tema.
¿Quién podría acceder a este convenio especial de cotización?
Según la Orden Ministerial que preparó el Departamento de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, podrían beneficiarse de este convenio especial las personas que cumplieran estos dos requisitos:
- Acreditar que tenían una edad comprendida entre los 35 y 43 años en el año 2019 (que fue cuando se esperó que entrara en vigor esta norma reglamentaria). Aunque también podrían acceder a este convenio las personas que cumplieron 44 años en los 3 meses anteriores a la entrada de esta norma, por el tiempo de “demora”.
- No haber cotizado durante al menos tres años, entre el 2 de octubre de 2008 y el 1 de julio de 2018.
¿Para qué serviría el periodo de cotización realizado a través de este convenio?
La persona que se suscribiera a ese convenio especial a cambio de pagar una cuota mensual, podría beneficiarse de hasta 2 años más de cotización a la Seguridad Social. De esta manera, podría mejorar la futura pensión que pudiera corresponderle.
Dicha cotización adicional le serviría a la hora de obtener una prestación por:
- Jubilación
- Incapacidad permanente.
- Muerte y supervivencia.
Asimismo, hay que tener presente que esta modalidad de “convenio especial para afectados por la crisis económica” fue concebida para que durara un tiempo. Por consiguiente, se esperaba que se extinguiera en cuanto hubiera transcurrido el plazo previsto.
¿Dónde se hubiera podido suscribir este convenio especial?
En la Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Qué objetivos tenía esta medida social?
Durante el periodo de crisis económica (2008- 2018), muchas personas perdieron su trabajo por causas ajenas a su voluntad. En consecuencia, tienen lagunas de cotización a la Seguridad Social debido al tiempo que estuvieron en situación de desempleo. A simple vista, parece un hecho que carece de importancia, pero la realidad es que cuando estas personas lleguen a la edad de jubilación y vayan a solicitar su pensión, se van a encontrar con un problema. Porque, por una parte, unos verán reducida la cuantía económica de la pensión de jubilación que les podría corresponder al disminuir el tiempo de cotización que tienen acumulado. Y los peor parados, ni siquiera podrán acceder a la pensión contributiva de jubilación por no haber cotizado durante el tiempo mínimo necesario que exige la ley. Así que, tendrán que conformarse con solicitar una pensión no contributiva.
Ten presente, que para poder cobrar la pensión contributiva de jubilación de por vida es imprescindible haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos 15 años. Porque si lo haces por un periodo inferior, aunque hayas cotizado durante 14 años y 364 días, no tendrás derecho a la pensión contributiva de jubilación.
De ahí, que se intentara crear este «convenio especial de cotización para los afectados por la crisis», para amortiguar los efectos negativos de no haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo largo de tiempo, por estar en desempleo. Pero al no salir adelante esta medida, de momento no existe la posibilidad de suscribir este acuerdo voluntario con la Seguridad Social, que te hubiera permitido recuperar hasta 2 años de cotización a cambio de pagar una cuota mensual.
¿En qué otro aspecto era beneficioso este convenio especial de cotización?
En el acceso al subsidio de mayores de 52 años, porque para acceder a él es necesario acreditar haber cotizado por jubilación un mínimo de 15 años, dos de los cuales han de estar dentro de los 15 años anteriores a la solicitud del subsidio. En este sentido, este convenio especial para los afectados por la crisis, hubiera permitido cotizar esos 2 años necesarios para acceder a este subsidio en caso de tener una laguna de cotización durante ese periodo.
Resulta incomprensible que no haya salido esta propuesta. Todo dependía de su desarrollo reglamentario y los partidos políticos la han dejado en espera sacrificando a miles de personas afectadas por la crisis. A los bancos se le ayudó, a los ciudadanos volvemos a ver que no.