Existe la falsa creencia de que al trabajar sin papeles en España – por no tener permiso de trabajo ni de residencia -, no se tiene ningún derecho laboral. Y esto es algo que conviene aclarar. Porque cualquier extranjero irregular que esté trabajando en este país, tiene los mismos derechos que cualquier trabajador español o extranjero regularizado.
Así que, el de hecho trabajar sin papeles, no deja al trabajador extranjero desprotegido. Ya que goza de la protección que le ofrece a todos los trabajadores la legislación laboral española y la Constitución. Por consiguiente, estás en tu derecho de poder reclamar los salarios que te deba el empresario, las cotizaciones a la Seguridad Social, la indemnización por despido y otras cuestiones que veremos a continuación. En este artículo, encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes que no suelen hacer sobre este tema.
¿Qué sucede si no tengo un contrato de trabajo por trabajar sin papeles?
Que aunque el empresario no te haya dado a firmar un contrato de trabajo para intentar ocultar la relación laboral que existe entre ambos, a efectos jurídicos, la relación laboral existe.
En consecuencia, puedes reclamar cualquier derecho que te pueda corresponder como trabajador, aunque seas una persona extranjera en situación irregular. E incluso podrías acceder a las prestaciones derivadas de lo acordado en los convenios internacionales.
Al trabajar sin papeles, ¿puedo reclamar la indemnización por despido o fin de contrato?
Sí, puedes reclamarle al empresario que te pague la indemnización correspondiente. Porque aunque en principio, el contrato de trabajo de un trabajador extranjero irregular es nulo (por trabajar sin papeles), la ley sí que te permite exigirle al empresario los derechos que has generado durante el tiempo que has estado trabajando.
Por tanto, como la finalización de la relación laboral te supone una pérdida del poder adquisitivo, el empresario está obligado a indemnizarte por ello, porque así lo indica el Estatuto de los Trabajadores.
Ahora bien, si deseas impugnar el despido por considerar que es improcedente, debido a que no existe una causa que lo justifique, ahí sí que tendrás una desventaja respecto al resto de trabajadores. Ya que en estos casos, si el juez dicta sentencia en favor del trabajador español o extranjero regularizado, el empresario puede elegir entre readmitir al trabajador (pagándole los salarios de tramitación) o abonarle la indemnización por despido, dando por finalizada la relación laboral. Pero al trabajar sin papeles, por no tener permiso de trabajo ni de residencia, el empresario no tiene la opción de readmitirte. Porque de hacerlo, estaría cometiendo una ilegalidad por tu situación irregular en España. Así que, el empresario solo podría optar por pagarte la indemnización por despido.
Y si la sentencia declarara el despido nulo, en lugar de improcedente, se sustituirá la obligación de readmitirte, por pagarte la indemnización por despido, más los salarios de tramitación.
¿Qué pruebas tengo que aportar en el juicio para reclamar la indemnización?
Al trabajar sin papeles, es conveniente que aportes pruebas que puedan acreditar principalmente, que has estado:
- Percibiendo una retribución regular por tu trabajo.
- Cumpliendo un horario concreto de trabajo, y que has estado bajo las órdenes e instrucciones del empresario.
De esta manera, podrás demostrar que ha existido una relación laboral entre el empresario y tú, para poder cobrar la indemnización por despido o fin de contrato.
Al salir la sentencia a mi favor, ¿puedo solicitar el arraigo laboral?
Sí, puedes solicitar el arraigo laboral en España si la sentencia judicial reconoce que ha existido una relación laboral entre tú y el empresario, durante al menos 6 meses.
El arraigo laboral es un tipo de permiso de residencia temporal en España, que tiene una validez de un año y que puede renovarse conforme se vayan cumpliendo dichos periodos.
Para solicitar este tipo de arraigo, tienes que reunir los siguientes requisitos:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
- No tener prohibida la entrada en España.
- Carecer de antecedentes penales por delitos recogidos en el ordenamiento jurídico español, tanto en España como en otros países de residencia en los que hayas estado anteriormente.
- Haber permanecido en España durante al menos 2 años continuados. Esto último significa, que dentro de ese tiempo, no hayas estado fuera de este país más 90 días.
Si el empresario es insolvente, ¿puede acudir al FOGASA?
Sí. Así que, el hecho de trabajar sin papeles no te afectará en este tema.
Porque en caso de que el empresario sea insolvente y no pueda hacer frente al pago de la indemnización o los salarios que te deba, puedes solicitarle al FOGASA dicho pago (teniendo en cuenta los límites económicos de dicha prestación).
¿Y si el empresario me ha contratado sin saber que soy irregular o me vencen los permisos durante el contrato de trabajo?
De darse alguna de estas dos circunstancias, el empresario podría realizarte un despido objetivo por ineptitud sobrevenida, recogido en el art. 52 a) del Estatuto de los Trabajadores. Así que, tendría la obligación de pagarte por ello, una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado.
Pero si el empresario te ha permitido trabajar sin papeles, sabiendo desde el principio que eras una persona extranjera en situación irregular, el despido tendría la consideración de improcedente. Por tanto, en ese caso, te debería pagar una indemnización económica mayor por despido. En concreto, 33 días de salario por año trabajado.
Al terminar de trabajar sin papeles, ¿puedo cobrar el paro?
No, al terminar de trabajar sin papeles – por no tener permiso de trabajo ni de residencia – no tienes derecho a cobrar el paro. Porque el 262.1 LGSS, señala que solo tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo, aquellas personas que «pudiendo y queriendo trabajar» han perdido el empleo. Por consiguiente, si estás en situación irregular, según ley, no puedes trabajar. Así que, incumplirías ese requisito.
Además, para poder cobrar esta prestación es imprescindible suscribir el compromiso de actividad, que acarrea una serie de obligaciones, como “estar en búsqueda activa de empleo y aceptar la colocación adecuada”. Eso es algo que tampoco puedes hacer, ya que al ser un extranjero irregular, no puedes realizar ninguna actividad.
Por tanto, el tiempo que hayas estado trabajando en situación irregular, no será tenido en cuenta por el SEPE para poder cobrar el paro. Y esto será así, incluso aunque posteriormente regularices tu situación. Es decir, que solo podrás cobrar la prestación por desempleo cuando empieces a trabajar legalmente y acumules el tiempo de cotización necesario para poder acceder a esta prestación . Pero en ningún caso, podrás reclamar el cobro del paro por el tiempo que estuviste trabajando sin permiso de trabajo ni de residencia.
Sin embargo, aunque no tengas derecho a la protección por desempleo, sí que puedes exigirle al empresario una indemnización para resarcir los daños y perjuicios causados, por haber incumplido con sus obligaciones como empresario, al haberte permitido trabajar sin papeles.
¿Puedo beneficiarme de la asistencia jurídica gratuita al trabajar sin papeles?
Si deseas demandar al empresario y quieres un abogado sin tener que pagarlo, es probable que puedas acceder al servicio público de asistencia jurídica gratuita. Ver asistencia jurídica gratuita.
Estoy en Madrid desde marzo por motivos de pandemia no pude volver a mi país y trabaje de emoleada de hogar de interna y hace un mes de externa. en hasta hace 4 días que me despidieron sorprendentememte sin ningún motivo, yo les había pedido que me legalice, pero no lo quisieron hacer ya tenía trabajando 2 años y 7meses. Me pagaron 2, 100 es lo justo? Puedo denunciar aún?? Nadie me quiere dar trabajo no tengo papeles. Espero su respuesta. Gracias
Hola Iris,
Aunque se esté en situación irregular, si no se está de acuerdo con la extinción del contrato (aunque sea verbal) se puede demandar al empleador en el plazo de 20 días hábiles desde que se hizo efectivo el despido. Y además, se pueden reclamar las diferencias salariales que existan y las cotizaciones a la Seguridad Social no abonadas. También se puede solicitar el arraigo laboral, si se reúnen los requisitos necesarios para ello.
Un saludo.
Buenas noches.
Las conversaciones de WhatsApp con el jefe sobre el trabajo (mensajes, audios, y unas llamadas grabadas) son pruebas bastantes para demostrarle al juicio que hayas trabajado?
Bueno, yo trabajé con un señor durante cuatro años repartiendo publicidad. Y al final me despidió de una manera indirecta. Pero el problema es que él no tiene Autónomo, tampoco papeles. Porque se los quitaron ( y tiene antecedentes) antes el Autónomo lo tenía a nombre de su amigo, que cerró por deudas y en el último año, el Autónomo esta a nombre de su mujer. Y yo presenté la denuncia ante los tres, y tengo una llamada grabada con su mujer diciéndole que he trabajado con ellos 4 años. Y ella mi dice que sí, pero no me puede regularizar, y que tiene el Autónomo nuevo… Bueno, en general, son gente problemática y son extranjeros también. ¿Puedo ganarles en este caso?
Espero su respuesta y muchas gracias.
Hola Hosni.
Aquí puedes ver qué valor tienen las conversaciones de WhatsApp como prueba.
Un saludo.
Hola buenas, estuve trabajando en una empresa más de 3 años. Cuando mí jefe, después una mes de trabajo, me despidió sin motivo. ¿Qué tengo que hacer ya?
Hola Alassane.
Puedes ir al Colegio Profesional de Graduados Sociales o al Colegio Profesional de Abogados de tu provincia, para que te puedan asesorar de forma personalizada de las alternativas que tienes en una situación así. Allí también te podrán informar de los requisitos para acceder a la justicia gratuita. Un saludo.
Buen día!
Por fvr, como demuestro q e cumplido con un horario laboral(si lo hago desde casa) y q estoy bajo las órdenes del empresario.
Gracias
Buenos días Raveh.
Por ley, el empresario está obligada a registrar la jornada de todos sus trabajadores, con independencia de que trabajen desde casa o en el centro de trabajo, sin que pueda falsear el registro de horas. Estos registros deben estar a disposición de los trabajadores. Es decir, cualquier trabajador tiene derecho a ver el registro diario de la jornada trabajada. Si el empresario incumple alguna de estas obligaciones, el trabajador podría denunciar al empresario ante la Inspección de Trabajo.
Para demostrar que se está a las órdenes del empresario habría que conseguir pruebas que acreditaran el pago periódico del salario, el material que facilita el empresario para el trabajo, las órdenes que se reciben del empresario, etc.
Un saludo.
Tengo una duda. Mi pareja lleva 3 años en España. Tenemos la solicitud de pareja de hecho. Y ella está cobrando en dinero negro y trabajo sin contrato. ¿Se puede hacer un contrato a mi parejas después de 3 años acá y en esta situación?
Hola Francisco Javier.
Los extranjeros en situación irregular tienen los mismos derechos que el resto de trabajadores. Por tanto, se puede pedir al empleador que formalice la relación laboral realizando un contrato de trabajo (para dejar de trabajar en negro). Y si no quiere hacerlo, se podrían tomar medidas legales contra el empleador.
Un saludo.
Quiero legalizar a una señora que cuida de mi madre. No tiene papeles pero lleva trabajando ya seis meses. Lleva un año y medio en España. Pero no he visto manera de poder Hacerlo. ¿Qué puedo hacer?
Hola Jordi
Las personas extranjeras sin papeles, deben acreditar haber permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de 3 años para regularizar su situación, solicitando para ello, el arraigo social.
Un saludo.
Hola. Soy irregular en España. Llevo más de 2 años trabajando en negro cuidando a un señor dependiente. Y me despidieron por no vacunarme.
Hola Andrés.
Conforme al art. 36.5 de la Ley de Extranjería, si un extranjero en situación irregular es despedido de forma improcedente, tiene derecho a exigirle a su empleador cobrar la indemnización correspondiente. Porque aunque se esté en situación irregular, el contrato es válido respecto a los derechos que se tiene como trabajador extranjero.
Un saludo.
Hola, he trabajado en negro durante 5 meses y luego me hicieron contrato. Pero no me pagaron la indemnización de esos 5 meses, ¿aun puedo reclamar?
Buenos días Daini.
Para poder reclamarle al empresario la indemnización por despido hay de plazo un año como máximo (desde que se generó la deuda). Por tanto, si todavía no ha pasado un año se puede reclamar.
Pero si no ha habido ninguna interrupción de la relación laboral, es decir, si no se ha puesto fin a la relación porque se ha seguido trabajando sin perder ni un solo día de trabajo, no se puede reclamar la indemnización, puesto que la relación laboral no se extinguió en ningún momento (con contrato o sin él).
Un saludo.
Buenos días:
Una persona extranjera trabajando en España sin permiso de trabajo ni residencia ha recibido una notificación de expulsión del territorio. Si recurre judicialmente la expulsión, ¿en ese momento puede decir que está trabajando y cobrando en dinero negro?, aunque según he leído, aunque tiene derechos laborales, ¿se arriesgaría en sede judicial a que se confirmara la expulsión o a la multa del art. 53.1 b), teniendo en cuenta que la Subdelegación autora de la expulsión va a enterarse?,
Un saludo y muchas gracias.
Hola Youseffef,
– Habría que estudiar el caso concreto para responder a algo así.
– Aunque se encuentre en situación irregular en España, puede beneficiarse de la justicia gratuita. Por esa razón, puede solicitar un abogado de oficio en el Colegio de Abogados de la Provincia para que le pueda ayudar.
Un saludo.
Una persona que cuida a un anciano sin papeles lleva 2 años, y se ha quedado embarazada, ¿se le puede despedir?
Hola Rogelio.
– Aunque una persona extranjera esté trabajando en situación irregular, se le deben respetar sus derechos como trabajador o trabajadora.
– Si la causa del despido es el embarazo de la trabajadora, el despido sería ilegal.
– Contratar a una persona extranjera en situación irregular está considerado como una infracción muy grave, por lo que en caso de ser denunciado el empleador, tendría que pagar una multa que podría ir desde los 6.001 € hasta 60.000 €.
Un saludo.
Hola, buenas tardes. A una persona irregular que esté trabajando buscándose la vida, sin problemas de antecedentes, integrado a la sociedad, ¿le pueden abrir un expediente o multa por trabajar en negro honradamente?
Muchas gracias, por favor, si sería amable de responder para saber, gracias.
Buenos días Yosley.
Una persona irregular tiene los mismos derechos laborales que cualquier trabajador. Ahora bien, una cosa son los derechos laborales y otra muy distinta, las consecuencias administrativas que tiene el estar trabajando «sin papeles». Porque según el artículo 53.1 b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, la persona extranjera que esté trabajando en negro en España, sin contar con permiso de trabajo ni de residencia, puede ser sancionada con una multa de 501 euros como mínimo y 10.000 € como máximo. E incluso, como sanción alternativa a pagar la multa, podrían ordenar la expulsión del territorio español.
Un saludo.