El derecho de opción sobre 2 prestaciones por desempleo es una alternativa que te ofrece el SEPE para poder quedarte con la prestación que más te interesa. Para ello, debes tener una prestación antigua que no hayas llegado a agotar y el derecho a acceder una nueva prestación (por el último trabajo que hayas realizado).
Este derecho de opción te permite elegir entre continuar con la prestación que te quedó pendiente de cobro (cuando encontraste otro trabajo) o cobrar la nueva prestación (que has generado en ese último empleo). Así que, en este artículo te voy a explicar como funcionan las nuevas reglas sobre el derecho de opción que entraron en vigor el 28 de diciembre de 2020.
¿Qué requisitos hay que reunir para tener el derecho de opción en la prestación por desempleo?
Para tener el derecho de opción, con el fin de poder elegir entre cobrar la prestación por desempleo antigua o la nueva que hayas generado, es imprescindible que reúnas dos requisitos.
Esos dos requisitos son los siguientes:
- Haber suspendido temporalmente el cobro del paro que venías percibiendo por haberte incorporado a trabajar antes de que terminara la prestación. Es decir, haberte dejado días de prestación pendiente de cobro.
- Haber trabajado en un nuevo empleo (de manera ininterrumpida o teniendo periodos de inactividad en los que hayas ido reanudando la prestación por desempleo antigua) durante un periodo de tiempo igual o superior a 12 meses, mediante un contrato de trabajo o varios. Y haber finalizado la última relación laboral por causas ajenas a tu voluntad (despido, fin de contrato temporal, etc.). Esto hará que tengas la cotización mínima que exige la ley para poder cobrar una nueva prestación por desempleo.
- Años atrás, era necesario no reanudar la prestación por desempleo antigua durante los periodos de inactividad o trabajar de forma ininterrumpida durante esos 360 días de trabajo o más. Pero afortunadamente, han flexibilizado este requisito. Así que, hoy se pueden beneficiar más personas del derecho de opción sobre la prestación por desempleo.
¿Y si he trabajado durante un periodo inferior a 12 meses?
Si dejaste de cobrar el paro por trabajar durante un periodo inferior a 12 meses, el cobro de dicha prestación simplemente se habrá quedado suspendido durante ese tiempo que has estado trabajando. Por tanto, si tu contrato ya ha terminado, puedes solicitarle al SEPE que te reanude la prestación por desempleo que venías percibiendo.
Porque solamente se tiene derecho a cobrar un nuevo paro cuando se trabaja durante 12 meses o más.
¿Qué dos opciones tengo?
El derecho de opción sobre dos prestaciones por desempleo te permitirá elegir entre:
- Opción A – Reanudar el cobro del paro antiguo: Si al ejercer el derecho de opción eliges cobrar la prestación por desempleo antigua, no perderás las nuevas cotizaciones por desempleo que hayas realizado, cosa que no ocurría antes. Por tanto, si terminas de cobrar la prestación por desempleo antigua y te sale un trabajo (cuya duración sea inferior al año), en cuanto finalice esa relación laboral por causas ajenas a tu voluntad, tendrás derecho a cobrar la nueva prestación por desempleo que generaste.
- Opción B – Solicitar la nueva prestación por desempleo. ¡Mucho cuidado con esta opción!, porque al elegir cobrar la prestación por desempleo nueva, se extinguirá automáticamente la prestación por desempleo antigua a la que tenías derecho. Es decir, las perderás. Y el SEPE ya no tendrá en cuenta para el cálculo de una futura prestación esas cotizaciones por desempleo no consumidas (de la antigua prestación por desempleo). Así que, analiza bien si te compensa renunciar al paro antiguo.
¿Cuál de esas dos alternativas me interesa más?
Para saber con qué prestación por desempleo (la antigua o la nueva) obtendrías una cuantía económica mayor, tendrás que hacer tus cálculos. Así que, con la calculadora en mano, calcula el importe total de una y otra, teniendo en cuenta:
- Las bases de cotización de cada una.
- Los porcentajes que se aplican a las bases reguladoras.
- Los topes correspondientes.
- La duración de la prestación antigua y de la nueva.
- Las circunstancias personales.
Por ejemplo, a Javier solo le quedaban 2 meses de paro cuando lo volvieron a contratar en otra empresa. Al incorporarse a esa empresa, la prestación quedó suspendida. En este nuevo empleo ha estado trabajando durante año y medio. Por consiguiente, podrá elegir entre:
- Reanudar el paro antiguo. De hacer esto, seguiría cobrando durante 2 meses los 1.175 € mensuales que venía percibiendo.
- Solicitar la nueva prestación que ha generado durante ese año y medio de trabajo. En este caso, tendría derecho a cobrar durante 6 meses un paro cuyo importe económico sería de 1.250 € al mes.
Javier, pensando que le será difícil encontrar un nuevo empleo a corto plazo, prefiere elegir cobrar la nueva prestación, para contar con un mayor tiempo de protección económica aunque pierda la antigua prestación.
¿Qué plazo tengo para elegir la opción que me interesa?
A partir del momento en que te llegue la resolución en la que te informan que te han aprobado la nueva prestación por desempleo, tienes un plazo de 10 días para comunicarle por escrito al SEPE cuál de las dos prestaciones por desempleo prefieres cobrar, la antigua o la nueva.
Y si ya tienes cita para que te atiendan en tu oficina de empleo, pero no puedes acudir por cualquier motivo, puedes anular la cita previa del SEPE, y solicitar otra fecha que te venga mejor.
Si finalizo de trabajar cuenta propia ¿tendría derecho de opción?
En caso de que dejaras de cobrar la prestación para empezar a trabajar en tu propio negocio, y posteriormente cesaras en dicho trabajo, también podrás disfrutar del derecho de opción. Este derecho te permitirá elegir entre la prestación que no llegaste agotar y la nueva que has generado.
Asimismo, ten presente que si optas por reanudar la prestación que quedó pendiente de cobro, perderás las cotizaciones que hayas realizado durante tu último trabajo por cuenta propia. Por tanto, el SEPE no tendrá en cuenta dicho periodo a la hora reconocerte una prestación posterior. Y viceversa, si eliges cobrar el nuevo paro, perderás definitivamente el paro antiguo y con ello, sus correspondientes cotizaciones.
Hola, tengo una duda que nadie sabe contestarme.
En Enero cogí el paro (de 8 meses) hasta Junio. Trabajé de Julio a Octubre (4 meses) y reanudé el paro (que me quedaban 2 meses). De Noviembre a Enero gasto el paro restante y en Febrero trabajo 2 meses.
(Fechas aproximadas y futura situación hipotética)
Mi duda:
Esos 4 meses que trabajé entre los dos paros (Julio a Oct) y los 2 posteriores (Febrero a Abril), ¿se suman?. Y entonces, podría acceder al subsidio por desempleo sin cargas familiares (por tener 6 meses cotizados acumulados) o solo se tendrían en cuenta los últimos 2 meses y, por ende, debería cotizar 6 meses seguidos?
Millones de gracias.
Hola María,
– Se suman todas las cotizaciones de todos los trabajos que se vayan realizando entre paro y paro.
– Al tener 6 meses cotizados se puede solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización. Lo que pasa es que hay que pedirlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de finalización de la relación laboral. De lo contrario, se perderían tanto días de subsidio como días se haya tardado en solicitarlo fuera de plazo. Por consiguiente, si hace tiempo que se acabó el contrato, habría que volver a trabajar de nuevo, aunque solo fuera un día, y perder ese trabajo por decisión de la empresa, para poder cobrar el subsidio o el paro por las cotizaciones que se tienen acumuladas.
Un saludo.
Buenas, soy vigilante y tras trabajar de manera intermitente en varias empresas volví al paro. Me llamaron notificándome con haber generado un nuevo derecho, que si elegía el nuevo perdería el antiguo; y si elegía el antiguo no perdería el nuevo «si no trabajo más de un año seguido». ¿Eso es cierto? ¿O puedo dar por perdido el muevo desempleo?
Hola Salva.
Según indica la información que aparece en la web del SEPE, es cierto lo que te han comentado. Por eso he actualizado ahora mismo el artículo, para que los demás usuarios conozcan las nuevas reglas que existen sobre el derecho de opción.
Un saludo.
Buenas, estaba cobrando el paro y empecé a trabajar. Me quedaba como unos 3 meses. Tengo entendido que si hago un año cotizado me dan el derecho de opción, pero al empezar a trabajar, teniendo paro, ¿lo que se cotiza es para el nuevo paro o para el antiguo? Muchas gracias.
Hola Antonio.
Las nuevas cotizaciones que se vayan acumulando pueden ser utilizadas para cobrar futuras prestaciones por desempleo. Es decir, no se usan para el paro antiguo, pero sí para el paro nuevo.
Un saludo.
Hola!
Estuve 5 años trabajando en una empresa cuando me despidieron. Así que, empecé a cobrar una prestación por desempleo. Me contrataron por 9 meses en otra, y cuando me despidieron adquirí el paro antiguo, ya que no tenía opción a un paro nuevo.
Mi pregunta es, me quedan dos meses de prestación, ¿esos 9 meses cotizados los pierdo o podría pedir un subsidio por desempleo?.
Gracias.
Hola Alba.
Al no haber podido ejercitar el derecho de opción, las nuevas cotizaciones no consumidas se acumulan y se pueden usar para pedir futuras prestaciones por desempleo. Es decir, no se pierden. Pero habría que volver a trabajar de nuevo y perder ese trabajo, para poder cobrar el subsidio o una nueva prestación por desempleo.
Un saludo.
Buenas tardes, trabajé 6 años en una empresa donde la base de cotización era bastante alta, en esta empresa pedí una excedencia voluntaria y de forma inmediata me incorporé a otra empresa donde la base de cotización era mucho más baja, y en esta nueva empresa me han dejado parado después de 6 meses . Mi pregunta es , yo nunca he cobrado prestación, pero ahora podría pedir la prestación generada por la cotización de la primera empresa?? Y que me interesa por la base de cotización más alta
Hola Cristian,
Lamentablemente no se puede elegir la base de cotización que se desea. Porque la prestación por desempleo siempre se calcula de la misma manera, es decir, teniendo en cuenta la base de cotización de los últimos 180 días cotizados.
Un saludo.
Buenas, estoy trabajando en dos empresas diferentes. En una voy a dejarla voluntariamente y en otra me van a despedir. En esa situación, ¿tendré derecho a paro? muchas gracias.
Hola Antonio.
Al presentar la baja voluntaria en uno de los dos trabajos, es posible que el SEPE deniegue el cobro del paro. Porque dicho organismo puede considerar que no se está en situación de desempleo al haber pedido la baja voluntaria en uno de los trabajos, aunque el otro trabajo se haya perdido por un despido.
Un saludo.
Hola, soy Javier, mi duda es la siguiente. Tengo un paro antiguo que lo aplacé por incorporarme a trabajar. De ese paro antiguo me queda poco tiempo para que termine, he estado 11 meses trabajando ininterrumpidamente con varios contratos, en total 351 días cotizados. Mi pregunta, es, si tengo derecho a un nuevo paro por este tiempo trabajo. ¡Gracias!
Buenos días Javier.
Para poder ejercer el derecho de opción, es necesario haber generado una nueva prestación por desempleo. Y para generarla, es necesario haber trabajado por cuenta ajena un mínimo de 360 días.
Por tanto, si no se llega a cotizar esos 360 días como mínimo, esas nuevas cotizaciones generadas quedarán guardadas (no se perderán) y solo se podrá reanudar la antigua prestación por desempleo.
Un saludo.
Hola. Tengo una consulta. Tengo prestación por desempleo de un trabajo anterior, de la cual gasté la mitad de los meses. Luego empecé otro trabajo en el que llevo más de un año y ahora lo tengo que dejar voluntariamente por qué mis gastos de desplazamiento son más altos y no cobro mucho. ¿Podría reanudar el paro anterior, si me estoy yendo voluntariamente de mi trabajo actual?
Gracias
Hola Rosa.
Para poder reanudar el paro anterior es imprescindible estar en situación legal de desempleo. Y esto sucede cuando la persona trabajadora pierde el trabajo por causas ajenas a su voluntad (por ejemplo, porque llega la fecha de fin acordada en el contrato, por despido, por no superación del periodo de prueba etc.). Por tanto, cuando una persona trabajadora deja el trabajo voluntariamente, no tiene derecho a reanudar el paro anterior. Solo recuperaría ese derecho al trabajar de nuevo y perder ese nuevo trabajo (siempre que dicha pérdida no fuera voluntaria).
Un saludo.
Buenos días,
Voy a terminar de cobrar mi prestación que me concedieron en 2019. Durante estos años he ido trabajando y reanudando la prestación entre los distintos contratos. Mi pregunta es, una vez que termine esta prestación, si luego trabajo X meses y me vuelvo a quedar en paro, podré solicitar nueva prestación con todas cotizaciones que he generado desde 2019 hasta ahora (son más de 1 año)? . Gracias y un saludo
Hola Miriam,
Efectivamente, cuando ya se ha agotado la antigua prestación por desempleo, la próxima vez que se pierda un trabajo ya se puede solicitar, sin ningún problema, la nueva prestación por desempleo por todas las cotizaciones que se han ido acumulando y que todavía no se han consumido.
Un saludo.
Muchas gracias por la respuesta.
Entonces no es necesario trabajar un año para cobrar el paro ¿no?. Es decir, que si yo tengo 18 meses entre distintos contratos y entre esos contratos cobre la prestación anterior, ¿podría cogerme el paro con las nuevas prestaciones?
Correcto, en casos así ya no es necesario volver a trabajar 1 año para pedir una nueva prestación por desempleo. Porque ya se cumple el requisito de tener al menos 360 días cotizados. Así que, es suficiente con encontrar un trabajo y perderlo (sin que sea a causa de una baja voluntaria) para a estar en situación de desempleo, y pedir la nueva prestación por desempleo (en la que se computarán tanto las cotizaciones por desempleo anteriores acumuladas y no consumidas, como las nuevas cotizaciones generadas en ese último trabajo).
Un saludo.
Estaba cobrando la prestación por desempleo y se vio interrumpida porque empecé un nuevo trabajo. En este nuevo trabajo he cotizado 360 días, de manera interrumpida (en dos contratos distintos), pero sin volver a cobrar el paro entre medias.
Creo que ahora tengo la opción de elegir entre el paro antiguo (el cual, es bajo y solo me quedan por consumir 60 días) o el nuevo ( donde la base de cotización es mucho más alta).
Mi duda es, si al elegir el nuevo, solo se tendría en cuenta los 360 días generados o se tiene en cuenta también la antigüedad laboral para saber la duración del derecho a la nueva prestación.
Muchas gracias.
Hola Aida.
Para calcular la duración de la nueva prestación, el SEPE solo tendrá en cuenta las cotizaciones que se hayan generado tras interrumpir la antigua prestación por desempleo.
Un saludo.
Buenas noches. En octubre del año pasado me despidieron y estoy cobrando paro. Me dieron a elegir entre el paro que me quedaba anteriormente ( 1 año) y el paro correspondiente al nuevo trabajo (9 meses porque me descontaron tiempo del ERTE). Escogí este último porque la base de cotización era bastante más alta.
Estoy buscando de forma activa trabajo, pero en 1 mes se me termina el paro. ¿Qué puedo hacer? Me han comentado algo de la prórroga del paro, pero no sé en qué consiste.
Gracias.
Hola Mery.
Solo se pueden prorrogar algunos subsidios. El paro no se puede prorrogar, ya que se cobra en función del tiempo que se haya cotizado. Pero después de agotar el paro, si todavía no se ha encontrado trabajo y se reúnen los requisitos para ello, se puede acceder a alguno de estos subsidios por desempleo:
– Ayuda familiar (si se tienen cargas familiares).
– RAI
– Subsidio para mayores de 45 años.
– Subsidio para mayores de 52 años.
– SED (si se tienen cargas familiares).
Un saludo.
Buenas tardes,
Hace 3 años empecé a cobrar el paro y antes de que se me acabara empece a trabajar en una empresa en la que he estado dos años y medio, hasta que presente una excelencia voluntaria. En este espacio tiempo de la excedencia he trabajado durante 4 meses en otra empresa en la que ha finalizado el contrato sin renovación. ¿Podría cobrar el paro de la empresa en la que llevaba dos años y medio en la cual sigo en una excelencia de un año? Muchas gracias de antemano. Es de gran ayuda.
Hola Ana.
Para poder cobrar el paro o el subsidio, el SEPE tendrá en cuenta las cotizaciones por desempleo realizadas en el último trabajo y las que ya se tenían acumuladas, pero no computará las cotizaciones realizadas a través de la empresa en la que se ha solicitado la excedencia voluntaria. Por tanto, cabría la posibilidad de reanudar la antigua prestación por desempleo que quedó pendiente de consumir, pero no se podría cobrar el paro de la empresa en la que todavía se está de excedencia.
Un saludo.
Muchas gracias por la aclaración. Por último, si solicito el fin de esa excedencia voluntaria antes del fin de contrato del otro trabajo. ¿Si se me tendría en cuenta la cotización de los dos años y medio?
Un saludo.
Si se ha acordado un plazo concreto de duración de la excedencia con la empresa, no se puede solicitar la reincorporación antes de ese tiempo. Porque se estaría incumpliendo con lo pactado. Por consiguiente, la empresa estaría en su derecho de denegar la reincorporación, sin que se pudiera cobrar la prestación por desempleo por ello. Así que, solo quedaría la opción esperar a cumplir con el plazo pactado, para poder solicitar la reincorporación, y en el momento que fuera denegada por no haber puestos disponibles, se podría pedir esa prestación por desempleo.
Saludos.
Hola!
Estaba cobrando el subsidio por agotamiento de prestación contributiva, empecé a trabajar durante 8 meses y medio y ahora al finalizar contrato me ha reanudado automáticamente el cobro del subsidio que me quedaba pendiente (3 meses), a su vez, me informaron que había generado otros 21 meses de subsidio en caso de necesitarlo, cuando acabe de cobrar el anterior, ¿hay manera de recuperarlo? o ¿los he perdido por cobrar los 3 meses del antiguo?
Hola Sara.
El derecho de opción entre la prestación antigua o la nueva solo es para la prestación por desempleo. En el caso de los subsidios no se puede ejercer el derecho de opción. Por tanto, se ha de reanudar el subsidio que haya quedado pendiente, y una vez agotado este, hay que volver a trabajar de nuevo para poder tener derecho a un nuevo subsidio o a la prestación por desempleo, que haya generado las nuevas cotizaciones (más las cotizaciones que ya se tenían acumuladas).
Un saludo.
Hola buenas tardes, el dia 14 recibi la carta de resolución de la prestación por desempleo en la que me dan opción de elegir entre la anterior (me quedan todavía 10 meses) y la nueva que son solo 4 meses. Como debo proceder a la elección del antiguo ya que la oficina esta cerrada por protocolos covid y no dan citas por lo que no puedo entregar mi elección por escrito, para hacerlo online no consigo ver por mas vueltas que doy ninguna opción para elegir el paro antiguo.
Hola luis Pellin.
Se puede solicitar presentado un escrito dirigido a la Oficina de prestaciones del SEPE a través del Registro Electrónico Red SARA, que es lo más recomendable (si no se puede hacer presencialmente) o utilizando en formulario de Pre-Solicitud de prestación individual que hay en la web del SEPE.
Un saludo.
Hola,voy a solicitar mi prestacion por desempleo despues de casi 2 años trabajando. Antes de empezar este trabajo estaba cobrando la prestacion y quiero seguir cobrando este paro antiguo que estaba cobrando antes de empezar mi ultimo trabajo. Deberia poner en la casilla de observaciones de la pre-solicitud que quiero el paro antiguo?
Hola Alfonso.
Sí se puede hacer a través de esa casilla, aunque es más recomendable hacerlo a través del Registro Electrónico Red SARA.
Un saludo.
Hola buenas reanude el paro antiguo durante 9 días, pero me salió un trabajo con el que he creado una prestación nueva. Puedo cobrar el nuevo paro?
Hola Juan.
Si tras suspender el paro anterior, se ha cotizado durante 360 días o más (sin cobrar el paro entremedias), se puede solicitar cobrar el nuevo paro generado, sin problema alguno.
Un saludo.
Hola!
Estoy en la situación que describís en el artículo. La opción de reanudar es sobre 540 días de prestación de los que he consumido 156, me quedarían 384 días de prestación. Me han despedido tras dos años de trabajo. Así que, creo que me corresponden alrededor de 180 días de prestación nueva.
Mi duda está en si, dado que a partir de los 180 días de prestación se reduce al 50%, esto afectaría a la reanudación, cobrando el 50% desde prácticamente el principio de la reanudación de la prestación.
Muchas gracias.
Buenos días Juan.
Al reanudar la prestación antigua, se reanuda por donde se quedó. Así que, a partir del día 181 de esa prestación antigua, como bien dices, se cobra el 50% de la base reguladora.
Por tanto, hay que hacer números, por si fuera más beneficioso solicitar la prestación nueva, porque no tendría esa reducción.
Un saludo.
Hola, en 2019 trabajé durante 6 meses. Después, al tener 2 hijos, me concedieron subsidio durante 21 meses. No terminé de cobrarlo y empecé a trabajar a finales de 2020 durante otros 6 meses. Una vez terminado el contrato volví a solicitar el subsido. Pensaba que me corresponderían otros 21 meses pero me han reanudado el subsidio que me quedaba del contrato de 2019, 270 días. Mi pregunta es, si tengo derecho a solicitar un subsidio nuevo o tengo que agotar este (270 días que me quedan) y no tengo derecho al otro (21 meses). Gracias.
Hola Ana.
El derecho de opción solo se puede ejercer sobre la prestación por desempleo. Es decir, el derecho de opción no existe en los subsidios. Por tanto, cuando se interrumpe el subsidio para trabajar, al volver al paro, siempre se reanuda el que se venía cobrando. Así que, las nuevas cotizaciones se irán acumulando y servirán para pedir una nueva ayuda por desempleo (cuando se agote el anterior subsidio y se vuelva a trabajar y perder ese trabajo).
Un saludo.
Buenas tardes. El 1 de marzo me fui al paro tras trabajar durante 4 años a media jornada y me concedieron (265 euros) durante 16 meses. Cobré un mes y me contrataron para una sustitución por covid para trabajar durante un mes. Al reactivar mi prestación lo hice 2 días antes y me mandaron un comunicado de denegación.
Ante el caos que hay para pedir la cita previa, hice una presolucitud de renovación de mi prestación y no he vuelto a cobrar.
En la web del sepe no figuran las presolicitudes enviadas y ante la duda si consta la que realicé en junio, he vuelto a realizar otra online por si perdía la prestación. Mi gran temor es si he perdido mi derecho a cobrar dicha prestación, porque si no consta la de junio quizás esté fuera de plazo. Gracias.
Hola Pedro.
En casos así, es recomendable comunicar la incidencia o el error al SEPE lo antes posible, para ver si lo pueden solucionar.
Las incidencias o errores se pueden comunicar entrando en la web del SEPE, en la Sede Electrónica, pinchando en «Personas», y posteriormente en «Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo», clicando sobre «Formulario». Luego habrá que rellenar el DNI y pinchar sobre «Comunicación de incidencia en prestación individual». De ser necesario, un gestor del SEPE contestará a esa incidencia por tlf o email.
Un saludo.
Buenas tardes:
Tengo una duda que no consigo aclarar online. En 2020 estaba cobrando prestación contributiva y lo paré al empezar un nuevo contrato, el cual duró 2 meses., después reanudé la prestación anterior hasta finalizarla. Posteriormente inicié un nuevo contrato que duró 11 meses.
Mi pregunta es, ¿lo acumulado entre prestaciones se anula o por el contrario me serviría para pedir una nueva prestación?
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola Maria.
Las cotizaciones pendientes de disfrutar, por no haberlas usado para cobrar cualquier ayuda por desempleo, se acumulan. Por ese motivo, se pueden utilizar en un futuro para solicitar una nueva prestación.
Un saludo.
Hola, tengo una pregunta o varias!!
Trabaje desde 2013 hasta 2017. Me fui del país. Volví en 2019, trabajé de nuevo hasta 2020. Pedí el paro y me lo dieron por 16 meses. Cobré paro 6 meses y luego empecé a trabajar de nuevo durante 10 meses. Ahora me he quedado sin trabajo. Tengo un paro nuevo acumulado entre el trabajo de 2019 y el 2020?o me reanudan el que deje de cobrar? Muchas gracias! lo pregunto porque el nuevo me interesa ya que he cotizado más.
Hola Flo
Tras cobrar el paro, al no haber llegado a cotizar un año, el SEPE reanuda la prestación por desempleo antigua. Y las nuevas cotizaciones se quedan acumuladas para poder disfrutarlas en una futura prestación.
Un saludo.
Hola,
Mi duda es la siguiente: estuve cobrando el paro unos meses, luego trabajé 4 meses y luego volví a cobrar el paro. Pero antes de agotar el paro (me quedaban dos meses) encontré trabajo durante 8 meses. Por lo que he leído, no tengo derecho de opción ya que no he trabajado ininterrumpidamente durante 12 meses. Por lo que estoy obligado a reanudar el paro que me queda, que son dos meses. Mi pregunta es la siguiente: Cuándo agote los dos meses de paro que me quedan, ¿tengo derecho a la nueva prestación (serían 4 meses de paro que corresponden a los 4+8 meses trabajados)? ¿O bien debería de volver a trabajar (aunque solo fuese un día) para poder tener derecho a la nueva prestación?
Muchas gracias!
Saludos.
Sergio.
Hola Sergio.
Es necesario volver a trabajar, aunque solo sea un día, para poder tener derecho a una nueva prestación por desempleo por las cotizaciones que se tienen acumuladas.
Un saludo.