Hay empresas que han sorprendido a alguno de sus trabajadores cometiendo un delito de hurto o robo. En estos casos, lo que suelen hacer las empresas es realizar un despido disciplinario al trabajador de forma inmediata, con las consecuencias que esto acarrea para este último. Hasta ahí todo bien, el problema está en que algunas empresas se inventan hechos así en su propio beneficio.
Porque ciertos empresarios, con tal de no pagarle la indemnización por despido al trabajador, son capaces de acusarlo falsamente de haber cometido algún hurto o robo en la empresa. Y esto es un grave atentado contra los derechos fundamentales y laborales del trabajador. Porque además del perjuicio económico y moral que le supone, más adelante, esta acusación le puede afectar a la hora de encontrar otro trabajo. Por esa razón, te voy a explicar qué es lo que puedes hacer si estás siendo víctima de una acusación así.
¿Qué diferencia hay entre hurto y robo?
La diferencia que existe entre robo y hurto, es que en el hurto el trabajador se apropia de un bien ajeno perteneciente a la empresa sin utilizar violencia, intimidación o fuerza. En cambio, en el robo el trabajador sí que utiliza, violencia, intimidación o fuerza, para conseguir apoderarse del bien de la empresa.
Por esa razón, el robo es un delito más grave que el hurto.
Ejemplo de hurto
Una dependienta que trabaja en una tienda de de ropa, mientras que está colgando las prendas en las perchas, cuando cree que no la ven,coge una falda muy llamativa de marca, que mete en su bolso para llevársela a casa. Se trataría de un hurto porque se ha apropiado de la falda sin necesidad de utilizar violencia, intimidación o fuerza. Es decir, sin forzar ninguna cerradura, sin romper ningún escaparate, etc.
Ejemplo de robo
Un camarero que trabaja en un cafetería sabe que los sábados la caja registradora acumula mucho dinero. Así que, aprovecha un descuido para forzar la apertura del cajón de la caja registradora y fingir que ha sido atracado. Como el empleado ha utilizado la fuerza para para abrir la caja registradora, se trataría de un robo.
¿Qué consecuencias tiene que me acusen de hurto o robo?
Si la empresa te acusa de hurto o robo, puede hacer dos cosas contra ti:
- Hacerte un despido disciplinario, por el cual te echarían de la empresa sin indemnización alguna. Pero al ser una acusación falsa, el despido no estaría justificado. Por tanto, en una situación así, podrías demandar a la empresa ante la Jurisdicción Social para reclamar el pago de la indemnización que te corresponde. Al ser ella quién te acusa del robo o el hurto, tendrá el deber de presentar en el juicio las pruebas necesarias que acrediten este hecho. Y cuando no pueda hacerlo por carecer de esas pruebas, el tribunal calificará de improcedente el despido. En consecuencia, la empresa se verá obligada a pagarte la indemnización por despido, e incluso podría llegar a tener la obligación de abonarte una indemnización por los daños y perjuicios que te haya podido causar, si por ejemplo, este hecho hubiera afectado a tu honor, tu salud psíquica, etc.
- Presentar una demanda contra ti por la vía penal. Pero sin tener pruebas, difícilmente puede acudir a esta vía. Además, si la empresa presentará pruebas o testigos falsos correría un grave riesgo, ya que estaría cometiendo un delito.
Asimismo, acusarte de un robo o un hurto que no has cometido, a sabiendas de ello, constituye un delito de injurias y calumnias por el que podrías ponerles una querella.
Engaño habitual que utilizan algunos empresarios contra los trabajadores
Como has visto, si la empresa te acusa de hurto o robo para intentar despedirte sin derecho a indemnización alguna, al acusarte de un hecho delictivo, también podría presentar una demanda contra ti por la vía penal. Así que, suelen utilizar esta situación para presionar al trabajador para salirse con la suya, diciéndole cosas como:
- «Firma el despido disciplinario, si no quieres que te acuse de robo y vaya a por ti por la vía penal».
- «Firma la baja voluntaria, si no quieres que llame a la policía para que te detenga por el robo o el hurto».
- «Firma el despido y no me demandes, porque si no, haré todo lo posible para que no te vuelva contratar en ninguna empresa».
Si la empresa intenta presionarte de esta manera, estaría cometiendo un delito coacción, tipificado en el Código Penal. Así que, podrías demandar a la empresa tanto por la vía laboral (por despido injustificado) como por la vía penal (por coacción). Tan solo necesitarías recoger pruebas que pudieran acreditar estos hechos. No tienes por qué aceptar algo así.
¿Qué hacer ante una acusación falsa de hurto o robo?
Si empiezas a percibir que la empresa te quiere acusar falsamente hurto o un robo, puedes hacer lo siguiente:
- Recoger todas las pruebas posibles que puedan demostrar las intenciones de la empresa. Para ello, puedes recurrir a hacer grabaciones ocultas, recopilar prueba documentales, mensajes de WhatsApps, emails, etc.
- Interponer una querella contra la empresa por injurias y calumnias, por haberte acusado de un hurto o un robo que no cometiste.
- En caso de que en la carta de despido aparezca como causa del despido el hurto o el robo de algún bien de la empresa, es recomendable no firmar nada hasta que un graduado social o un abogado laboralista pueda ver esta documentación y te pueda aconsejar cuál es la mejor estrategia a seguir. Así que, puedes coger tranquilamente la carta de despido y el finiquito, sin firmar, para que te puedan asesorar. Porque no tienes obligación de firmar estos documentos por mucho que te presione la empresa.
- Presentar una demanda contra la empresa ante el Juzgado de lo Social, por despedirte de manera injustificada. Así, podrás reclamar el pago de la indemnización por despido e incluso una indemnización por daños y perjuicios. Para ello, es posible que puedas acudir a la justicia gratuita.
- Pero ten en cuenta, que, si le has puesto a la empresa una querella por injurias y calumnias, no podrá dictarse sentencia por la vía laboral para solucionar el tema del despido, hasta que no se resuelva el caso por injurias y calumnias, por la vía penal.
Hola, la empresa me dice que falta una cantidad de dinero por ingresar en el banco. Yo no sé si falta o no por ingresar. Pero ese dinero no está. ¿Qué puede pasar?. Yo no cogí ese dinero, pero soy supuestamente responsable del dinero de la tienda. ¿Me pueden acusar de robarlo?
Hola María,
Para que una acusación por hurto o robo prospere es necesario que la empresa tenga pruebas válidas de ello. De lo contrario, estaría vulnerando los derechos fundamentales del empleado o empleada que está acusando. Y si aplicara el despido como sanción, además de ser considerado improcedente o nulo, la persona trabajadora afectada podría llegar a reclamarle una indemnización a la empresa por los daños y perjuicios ocasionados.
Un saludo.
¿Te pueden grabar sin permiso en tu centro de trabajo y usar esas grabaciones como pruebas? ¿Y con audios?, espero su respuesta, gracias.
Hola Juan,
Excepcionalmente, la empresa puede grabar temporalmente al trabajador sin contar con su consentimiento previo, si tiene sospechas fundadas de que está cometiendo algún acto ilícito.
Según la reciente sentencia (119/2022) del Tribunal Constitucional, la empresa puede aportar como prueba grabaciones de imágenes de cámaras de videovigilancia. Pero la empresa no tiene permitido grabar audios.
Un saludo.
Buenas tardes. Llevaba 27 años en la empresa. Me notifican despido objetivo con efectos 2 meses después, por cierre centro de trabajo. 10 días antes del cese me anulan ese despido, y me notifican uno disciplinario, cuando jamás tuve una amonestación, y con acusaciones falsas. ¿Pueden hacer esto?
Hola Sonia,
La empresa solo puede retractarse de realizar un despido durante el plazo de preaviso. Por tanto, si la relación laboral todavía no se ha extinguido, la empresa tendría derecho a retractarse. Ahora bien, si a continuación, opta por realizar otro tipo de despido carente de justificación, la persona trabajadora afectada podría demandar a la empresa en el plazo de 20 días hábiles (a partir de la fecha en la que se haga efectivo el despido).
Un saludo.
Hola Lic .hace unos meses me despidieron de mi trabajo porque
Corrió un rumor que estaba robando en una tienda cerca de mi trabajo. Por tal motivo ellos me ofrecieron un finiquito que era menos de lo que ganaba a la quincena, y ya tenía 3 años y 6 meses trabajando. Los llamé a conciliación de secretaria del trabajo y me liquidaron. Pero la constancia laboral hasta hoy no me lo dan, me tienen con puras mentiras. He querido trabajar en empresas que dan seguro social, pero me piden la constancia laboral, creo que es justo que me lo den porque ni a ellos ni a nadie les afecte en ningún momento. ¿Qué me aconseja Lic?
Hola Joel V,
Por lo que comentas deduzco que no estás en España. En consecuencia, lamento no poder ayudarte porque desconozco la legislación que existe sobre este asunto en tu país. Pero gracias por haber participado en esta web española.
Un saludo.
Hola, buenas, mi caso es el siguiente. Hace 12 días inicié el proceso de preaviso porque pedí la baja voluntaria, ya que he conseguido otro trabajo mejor. La encargada de RRHH me dio la hoja de baja voluntaria y la firme, en realidad lo acordé y necesitaba hacer mis 15 días de aviso que me iría de la empresa. Esta encargada de RRHH me dijo que a fin de mes cobraría mi sueldo del mes de octubre normal y que lo de los días pendientes de las vacaciones lo cobraría el 5 de noviembre. Pero desde ayer, todos mis compañeros han cobrado, excepto yo!. Le he escrito a administración pero no encontré respuesta. Por otro lado, me enteré por una compañera que me están acusando de hurto, cosa que no sabía ya que cabe destacar que estoy de vacaciones. Mi pregunta es, ¿ellos pueden retenerme mi dinero del sueldo de este mes y no pagármelo? ¿Ellos pueden dejar de pagarme todo lo que me deben? Esto me tiene preocupado, estoy asombrado y no sé qué hacer al respecto. Gracias. Un saludo!
Hola Carlos.
– Aunque la empresa hubiera pillado a un trabajador robando, no tiene derecho a descontarle de la nómina ninguna cuantía económica, para resarcirse del robo o hurto, porque así lo indica el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores.
– El impago de salario se puede reclamar por vía administrativa o judicial en los 12 meses siguientes desde que la empresa comenzó a deber dinero. Si se deja pasar ese plazo, ya no se podrá reclamar nada a la empresa porque la deuda habrá prescrito.
– Si se produce el impago, primero habría que presentar una papeleta de conciliación, para intentar llegar a un acuerdo con al empresa. Y si no es posible, ya se podría acudir a la vía judicial.
Un saludo.
Mi situación es algo compleja. Mi empleador alquila un espacio en una tienda de cosmética. Los que le alquilan a mi empleador me despiden. Es decir, obligan a mi empleador a despedirme, alegando que me han visto robar por las cámaras y que no facturo por los servicios que presto. En primer lugar, las veces que he sacado dinero de caja ha sido para buscar cambio y al día siguiente fue ingresado nuevamente. Al mismo tiempo, le rescinden el contrato del espacio alquilado a mi empleador. La situación es que van diciendo en todos lados que he robado cuando no es así. Y al mismo tiempo, mi empleador me despide por no renovación de contrato.
1- Se puede demandar a la empresa que alquilaba el espacio por grabarme sin consentimiento.
2- Por calumnias, ya que no es real lo que están diciendo del robo.
¿Qué es lo que puedo hacer?, ya que a la hora de conseguir trabajo esto me puede perjudicar.
Hola Carolina.
Para responder a algo así, se necesitarían más detalles de la situación. Puedes acudir al Colegio Profesional de Abogados de tu provincia para que te puedan orientar, e incluso, que te puedan informar si tienes derecho a la justicia gratuita en caso de que quieras demandar.
Un saludo.
Hola. Me gustaría saber si una empresa puede alegar un hurto que se ha producido hace 2 años para despedirte, con la excusa de que ellos no eran conscientes hasta el día de hoy, para hacer un despido disciplinario en 2021 y ahorrarse la indemnización. O sea, ¿Cuándo prescriben las faltas de hurto o robo en una empresa?. Aparte me gustaría saber cuanto te podrían suspender como máximo una empresa de empleo y sueldo por una falta grave o muy grave. Y si durante ese periodo de suspensión te pones enfermo, si tienes derecho a darte de baja y cobrar prestación. Gracias.
Hola Álvaro.
Si la empresa tiene conocimiento de la falta cometida cuando ya han transcurrido más de 6 meses desde que se cometió (con independencia de su gravedad), la empresa ya no podrá sancionar laboralmente al trabajador. De lo contrario, el trabajador podría demandar a la empresa.
Un saludo.
Buenas tardes. Mi mujer trabaja en una empresa que se dedica a la venta de cocinas.
Cambiamos la nuestra de casa, y lógicamente la compramos allí porque los empleados tienen un descuento por serlo.
El material lo trajo a casa incluso un vehículo de la empresa. Tenemos una hoja del pedido, y la sorpresa hoy llega cuando le dicen que no tenía intenciones de pagarla y que está despedida por robo.
Que firmase y no le cobran la cocina. Pero que es por la indemnización que le tocaría.
Ella lleva siete años fija y es un despido a mi parece improcedente totalmente y 33 días por año trabajado que la empresa pretende solucionarlo con una cocina de valor 800 euros, intentado meter miedo de que no tenía intenciones de pagarla(lamentable todo).
Me gustaría me asesorarais al respecto.
Saludos.
Hola Rafeal.
La empresa no puede reconocer de entrada la improcedencia del despido, porque los despidos express están prohibidos desde la reforma laboral del año 2012. Por eso, muchas empresas intentan hacer creer que van a hacer un despido disciplinario por cualquier motivo que se inventen para llegar a un acuerdo con el trabajador/-a. Pero es una práctica ilegal.
Para que sea improcedente, hay que ir al acto de conciliación administrativo (presentando la papeleta de conciliación) o a juicio para que reciba tal calificación. Si no se hace así, es posible que no se pueda cobrar el paro y tener problemas con Hacienda.
Por tanto, si no se está de acuerdo con el despido, se puede demandar a la empresa. Por ese motivo, es recomendable pedir asesoramiento a un graduado social o abogado de tu zona, ya que en esta sección solo podemos dar orientaciones genéricas. Y si no se tienen recursos económicos suficientes, se puede acudir al Colegio Profesional de Abogados para pedir un abogado del turno de oficio.
Un saludo.
Hola. Si he robador 900 euros en mi trabajo, ¿he de firmar la baja voluntaria?
Hola Mónica.
En casos así, la trabajadora no está obligada a firmar la baja voluntaria, y muncho menos si la empresa la está intimidando para ello. Porque si la empresa la quiere despedir, puede hacerlo a través de un despido disciplinario por la falta que ha cometido. Es decir, la baja voluntaria, como su nombre indica, «es voluntaria», no puede ser impuesta por la empresa. Así que, la trabajadora es libre de firmarla o no.
Un saludo.
Me despidieron hace 10 días y estoy en juicio, ya que me despidieron de manera verbal. Ahora, después de 10 días desde que me despidieron, quieren acusarme de robo. Entonces, ¿me pueden denunciar después de 10 días de haber agarrado ese dinero?
Hola Juan.
– Mientras que el acto ilícito no prescriba, la empresa tiene derecho a denunciar al trabajador.
– El despido verbal (como no tiene validez), puede ser declarado improcedente.
Un saludo.