La mayoría hemos estado escuchando que las empresas no pueden despedir a sus trabajadores después de un ERTE. Pero si eres de las personas que han despedido tras un ERTE, seguro que querrás saber si puedes impugnarlo y si tu indemnización por despido será menor por haber estado en esa situación.
Por esa razón, en este artículo te voy a comentar, entre otras cosas, en qué consiste el compromiso de mantener el empleo que adquieren las empresas que se acogen a un ERTE. Qué consecuencias tiene el incumplimiento de esta obligación, cuando se inicia el plazo de los 6 meses, y en qué casos la empresa no es penalizada por realizar un despido después de un ERTE, antes de agotar dicho plazo.
La obligación de mantener el empleo durante 6 meses, después de un ERTE
Si tu empresa ha realizado un ERTE por fuerza mayor o un ERTE ETOP (es decir, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), y por ello, se ha beneficiado de descuentos en las cuotas a pagar a la Seguridad Social por sus trabajadores, estará obligada a mantener el empleo de sus trabajadores durante 6 meses, a partir de la fecha en la que reanude la actividad.
En cuanto a lo que se entienda por el “mantenimiento de empleo”. Significa que la empresa ha de conservar el contrato de trabajo de los trabajadores afectados por el ERTE. Así que, no podría extinguir ningún contrato durante ese periodo de 6 meses. Sin embargo, en otros casos, el “mantenimiento del empleo” se ha referido al número de empleados (es decir, que si por ejemplo, una empresa tiene 8 trabajadores en ERTE, la empresa debería conservar esos 8 empleos, aunque esos trabajadores sean despedidos y sustituidos por otros). Por tanto, se trata de una clausula que intenta evitar el despido de los trabajadores tras el ERTE.
¿Qué ocurre si la empresa empieza a despedir una vez acabado el ERTE?
Si tu empresa realiza un despido después del ERTE, antes de finalizar el plazo de los 6 meses, la Seguridad Social le reclamará la devolución de todas las exoneraciones que haya disfrutado en favor de su plantilla. Es decir, no solo le reclamará el reintegro de las exoneraciones de las cuotas a pagar a la Seguridad Social del trabajador que haya despedido antes de tiempo. Sino que además, tendrá que devolver las del resto de trabajadores afectados por el ERTE. Teniendo que asumir también, el pago de un recargo del 20% y los intereses que se generen.
Ejemplo de incumplimiento del mantenimiento del empleo y consecuencias
Una fábrica ha realizado un ERTE que ha afectado a 50 trabajadores, de los 80 trabajadores que son en total. Y ha despedido a 15 de ellos en los 3 meses siguientes a su reincorporación.
Aunque solo haya despedido a 15 trabajadores, la empresa tendrá que devolver todas las exoneraciones de las que se haya beneficiado durante el periodo de ERTE por esos 50 trabajadores afectados por esta medida. Más el pago de intereses y recargos que se pudieran producir.
¿Todas las empresas deben mantener el empleo durante 6 meses tras un ERTE?
No. Solamente están obligadas a cumplir este compromiso aquellas empresas que se han beneficiado de las exoneraciones de las cuotas a pagar a la Seguridad Social. Por tanto, las empresas que no han sido receptoras este beneficio, a pesar de haber realizado un ERTE, pueden despedir en cualquier momento a sus trabajadores sin ser penalizadas por la Seguridad Social.
¿Cuándo empieza a computar el plazo de los seis meses?
El plazo comienza a contar a partir del momento en que la empresa reanuda la actividad. En otras palabras, empezará desde el momento en que la empresa saque del ERTE de forma total o parcial a algún trabajador, para reincorporarlo a su puesto de trabajo.
Consecuencias de un despido tras el ERTE si aún no han pasado 6 meses
- La empresa deberá asumir el coste económico adicional que acarrea un despido después de un ERTE. Porque estará obligada a devolver las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social de las que haya disfrutado. Y además, tendrá que pagarle el salario completo (del 70% al 100%) a los trabajadores afectados por el ERTE
- Si el despido se produce después del ERTE, no podrá ser considerado automáticamente como nulo o improcedente por haber tenido lugar antes de acabar esos 6 meses. Así que, nada impide que la empresa pueda despedir durante dicho periodo. Ya que la única penalización que tiene la empresa al despedir de esa manera al trabajador, es la económica, comentada en el punto anterior.
¿Qué ocurre si mi contrato temporal termina antes de esos 6 meses?

En caso de que tengas un contrato temporal, la empresa sí que puede poner fin a la relación laboral antes de que pasen esos 6 meses, en cuanto llegue la fecha acordada o cuando finalice la obra o servicio por el cual te contrataron. Ya que esto no supondría un incumplimiento del mantenimiento de empleo.
Pero si el contrato está en fraude de ley y la empresa decide extinguirlo, sí que estaría incumpliendo esta obligación. Así que, en este último supuesto, no pueden despedirte tras el ERTE mientras que no transcurran esos 6 meses.
¿La empresa me puede hacer un despido disciplinario dentro de esos 6 meses?
Sí. Aunque no haya terminado el período en que la empresa se compromete a mantener el empleo, si has incumplido con alguna de las obligaciones que tienes como trabajador o trabajadora, la empresa podría realizarte un despido disciplinario tras un ERTE. Siempre que dicho despido sea procedente. Es decir, que se haya producido debido a una causa justificada.
¿Qué sucede si quiero poner fin a la relación laboral antes de que acaben esos 6 meses?
Si deseas dejar de trabajar voluntariamente por jubilación, incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez) o baja voluntaria, podrás hacerlo sin que la empresa incumpla por ello el deber de mantener el empleo.
En qué otros supuestos se puede producir el despido tras un ERTE sin esperar a los 6 meses
- Cuando la empresa esté en riesgo de entrar en concurso de acreedores, no es necesario que espere a que pasen los seis meses para empezar a despedir a sus trabajadores.
- Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la empresa podrá proceder al despido de los trabajadores tras el ERTE, siempre que pueda acreditar esos motivos.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido tras el ERTE?
Para evitar que las empresas puedan utilizar el ERTE para abaratar los despidos, la indemnización se ha de calcular de la siguiente manera:
- En el supuesto de haber tenido la jornada reducida durante el ERTE, la empresa deberá calcular la indemnización por despido tras el ERTE, como si hubieras estado trabajando a jornada completa.
- Si te afectó un ERTE de suspensión, la indemnización por despido se calculará en base al salario que venías percibiendo antes de estar en el ERTE.
Y si la empresa es insolvente, se hará cargo de pagarte la indemnización por despido el FOGASA.






Buenas tardes y gracias por tanta y buena información. Quería saber por favor, si tal como yo he estado en ERTE desde el inicio de la pandemia, al ser despedido ahora, este tiempo de ERTE cuenta para la disminución de tiempo de subsidio de desempleo. Me comentaran que desde la ultima prorroga, que este tiempo ya iba a restar en el tiempo que tengo acumulado de subsidio de paro. Muchas gracias.
Hola Juan.
Hasta el 30 de septiembre de 2020 las personas que estaban en ERTE cobrando la prestación por desempleo no consumían el paro que tenían acumulado. Pero a partir del 1 de octubre de 2020, sí que empezaron a consumir el paro acumulado, excepto si se solicita la prestación por desempleo después del 1 de octubre de 2026 o antes del 1 de enero de 2023, si la causa de la extinción de la relación laboral es por fin de contrato temporal, despido improcedente o despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Un saludo.
Buenas tardes, he estado en erte hasta el 31 de Marzo. La empresa me ha rescatado, pero yo no me encuentro bien trabajando aquí. ¿Hay algún despido que se pueda llevar a cabo para finalizar la relación laboral?
Tengo una antigüedad de 11 años.
Un saludo. Gracias.
Hola Natalia.
Cuando se habla de despidos es la empresa la que tiene que poner fin a la relación laboral por una causa debidamente justificada. Pero cuando es la persona trabajadora la que desea marcharse de la empresa, ahí ya estaríamos hablando de una baja voluntaria, con las consecuencias negativas que esto acarrea (las principales, no tener derecho a cobrar la indemnización correspondiente, ni la prestación por desempleo).
Un saludo.
Hola. He estado en ERTE desde que comenzó la pandemia. El caso es que como ya no habrá prórroga para que se alargue, tendré que volver y mi empresa quiere reducirnos la jornada. En mi caso, tengo contrato fijo con mis horas.
Si me quieren quitar horas ahora que me reincorpore y yo no estoy de acuerdo, ¿me pueden despedir, o tienen que obligatoriamente dejarme con mis horas por lo menos en el plazo de los 6 meses?
Hola Karla.
La empresa podría despedir a sus trabajadores sin ser sancionada por no respetar el plazo de los 6 meses, si existe riesgo de concurso de acreedores. Así que, depende de la causa del despido.
Un saludo.
Yo trabajo en una pizzería. Estuve en ERTE, pero supuestamente me llamaron, sigo trabajando. No sé qué chanchullo han hecho, aparezco dada de alta a la Seguridad Social pero no cotizan por mi. Y me pagan por transferencia bancaria.
Hola María.
Cuando hay una irregularidad en el tema de cotizaciones, lo primero que le conviene hacer a cualquier trabajador/-a, es hablar primero con la empresa para que le puedan aclarar la situación, por si se tratara de un error que pudieran solucionar.
Pero si una empresa estuviera incumpliendo de forma deliberada su deber de cotizar, el trabajador/-a podría denunciar a la empresa ante la Inspección de Trabajo, aportando como prueba sus nóminas.
Un saludo.
Si la empresa se ha acogido a tres ERTE´s diferentes, ¿serían 18 meses los que han de pasar antes de echarme?
¿Se acumulan los meses o serían 6 meses a contar después de la financiación del último ERTE?
Hola Sara.
Los meses se acumulan. De hecho, la empresa que haya encadenado varios ERTE´s puede llegar a acumular hasta 24 meses de salvaguarda de empleo.
Un saludo.