Aunque es evidente que no existe riesgo de transmisión del VIH en el lugar de trabajo, todavía hay muchas personas que siguen sufriendo discriminación o acoso por parte de sus jefes y compañeros de trabajo, y no saben cómo afrontarlo.
Por eso, te voy a contar qué derechos tienes y qué puedes reclamarle a tu empleador si te discriminan o acosan por tener VIH. Porque cuantas más personas denuncien este tipo de hechos, antes llegará el momento en el que ya no se estigmatice esta enfermedad en el entorno laboral.
¿Tengo obligación de contar que tengo VIH en la entrevista de trabajo o en el trabajo?
La ley no te obliga a tener de comunicarle que tienes VIH a tus compañeros de trabajo, a tu empleador o a tus clientes. Porque no pones en riesgo la salud de las personas que trabajan contigo. Además, es un tema que pertenece a tu vida privada. Por consiguiente, estás en tu derecho de no contárselo a nadie, si así lo deseas.
Y si alguna persona de la empresa se entera de que tienes VIH, no te preocupes por ello. Porque si se le ocurriera desvelar esta información a alguien, podrías interponerle una demanda. Ya que estaría vulnerando el derecho fundamental a la intimidad, que te reconoce la Constitución Española.
¿Tiene derecho la empresa a hacerme la prueba del VIH en un reconocimiento médico laboral?
No, por norma general ninguna empresa puede imponerte que te hagas la prueba del VIH, ni siquiera en la revisión médica anual. Porque tienes derecho a que te respeten tu integridad física e intimidad. Y si te realizaran esa prueba de forma encubierta, sin que tú tuvieras conocimiento de ello, podrías denunciarlos. La empresa, excepcionalmente, solo puede hacerte la prueba del VIH, si:
- Das voluntariamente tu consentimiento para ello.
- Existe una causa legal que justifique la realización de esta prueba (solo se da esta situación en casos muy concretos).
Esto significa, que, eres libre de decidir si te sometes a esta prueba o no, porque la ley te ampara. En la mayoría de casos, suele ser aconsejable no aceptar someterse a este tipo de prueba, por ser innecesario e injustificado.
Salvo en determinados puestos de trabajo muy concretos, para los que sí que hay que hacerse la prueba del VIH si se quiere acceder a ellos. Por ejemplo, si quieres formar parte del personal sanitario que realiza Procedimientos Invasivos Predisponentes a Exposiciones (PIPES), porque podrías poner en riesgo a otras personas si tuvieras VIH.
¿El empresario conocerá el resultado del reconocimiento médico?
No. Cuando te sometes a un reconocimiento médico laboral, la entidad que se encarga de hacerlo, solo podrá comunicarle al empresario si eres una persona apta o no para trabajar en ese puesto de trabajo (sin entrar en más detalles).
Porque los resultados médicos son de índole confidencial y están protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos. Por tanto, nadie puede dar esa información a un tercero, sin tu consentimiento.
Así que, aunque hubieras dado tu consentimiento al servicio de prevención de riesgos laborales o a la mutua para que te hiciera la prueba del VIH, no podrán comunicarle a la empresa el resultado de esa prueba.
¿Qué puedo hacer si me acosan en el trabajo por tener VIH?
Si en el trabajo se han enterado que tienes VIH, y desde entonces te están acosando o te están tratando de manera vejatoria, puedes hacer lo siguiente:
- Recoger todas las pueblas posibles del acoso (realizando grabaciones ocultas en el centro de trabajo, recopilando emails, WhatsApp, etc.) y denunciar esta situación ante la Inspección Provincial de Trabajo. Puedes hacerlo presencialmente o a través de la página web de este organismo.
- Si tras investigar el caso la Inspección de Trabajo confirma que realmente se ha producido un acoso, le abrirá un expediente sancionador a la empresa, por incumplir con sus obligaciones.
- También puedes solicitar extinción de la relación laboral con derecho a la indemnización prevista para el despido improcedente (es decir, 33 días de salario por año de servicio). Además, tendrás derecho a cobrar el paro si reúnes los requisitos necesarios. Ya que el art. 50 del Estatuto de los Trabajadores te reconoce este derecho.
¿Qué puedo hacer si me despiden por tener VIH?
Un empresario o una empresa no puede despedirte por tener VIH. Porque la causa del despido sería discriminatoria. Así que, carecería de justificación. Por tanto, dicha medida empresarial iría en contra del art. 17 del Estatuto de los Trabajadores que reconoce el principio de no discriminación, y también del art.14 de la Constitución Española. En consecuencia, el empresario o la empresa estaría vulnerando el derecho fundamental a no ser discriminado. Por consiguiente, podrías solicitar judicialmente que se declarara nulo el despido y una indemnización para reparar los daños o perjuicios que te hubiera ocasionado esta medida.
Para ello, tendrás demandar a la empresa ante el Juzgado de lo Social. Y si no tienes recursos económicos suficientes para demandar, podrás solicitar un abogado del turno de oficio para que lleve tu caso.
¿Qué conseguiré si el tribunal declara nulo el despido?
Si el tribunal comprueba que la causa del despido ha sido por tener VIH y declara el despido nulo, la empresa tendrá que:
- Reincorporarte de nuevo a tu puesto de trabajo.
- Pagarte los salarios de tramitación (para compensar la pérdida de ingresos) y cotizar por ti a la Seguridad Social, desde la fecha de efectos del despido hasta la fecha de la notificación de la sentencia.
- Abonarte la indemnización adicional que te pueda corresponder por los daños o perjuicios que te hubieran ocasionado.
Si tengo VIH, ¿puedo formar parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o de las Fuerzas Armadas?
Años atrás, las personas que tenían VIH no podían entrar en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado ni en las Fuerzas Armadas. Pero tras el acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de noviembre de 2018, se han actualizado los cuadros de exclusiones médicas de las distintas convocatorias. Así que ahora, en la mayoría de ofertas de empleo público de este tipo, ya no se puede excluir a nadie del proceso de selección por tener VIH.
Sin embargo, todavía existen determinados cuerpos a los que todavía no ha llegado está modificación. Es el caso, por ejemplo, del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Pero con el tiempo, dicho cambio llegará a las otras ofertas de empleo público en las que todavía no se ha modificado los cuadros de exclusiones médicas.