La ley prohíbe que el trabajador pueda renunciar voluntariamente a sus derechos laborales. Por tanto, si estás pensando en aceptar unas condiciones menos favorables que las que te reconoce la ley o el convenio colectivo, que sepas que no le servirá de nada al empresario ofrecerte condiciones que puedan resultar abusivas.
Porque estarías en tu derecho de demandar al empresario para exigirle la restitución de los derechos laborales que te pertenecen. En este artículo, encontrarás el motivo de por qué no se puede mercadear con estos derechos básicos que tienes como trabajador o trabajadora.
¿Puedo renunciar a alguno de mis derechos laborales?
No, porque el art. 3.5 del Estatuto de los Trabajadores prohíbe que el trabajador pueda disponer libremente de los derechos laborales que tiene reconocidos (salario, días festivos, pago de horas extras, vacaciones, derecho a huelga, etc.).
Ya que esta norma establece que los trabajadores no pueden disponer, ni antes o después de su adquisición, de los derechos que le reconozca la ley o su convenio colectivo.
Ejemplo de irrenunciabilidad de derechos laborales
- Un trabajador a cambio de ser contratado, no puede acordar con el empresario cobrar un salario inferior al salario mínimo interprofesional que garantiza la ley. Por tanto, no sería legal que cobrara 1.000 € brutos al mes en 14 pagas, en lugar de 1.080 € brutos al mes que garantiza la ley como mínimo, aunque haya aceptado voluntariamente percibir ese salario.
- Una empleada que tiene un contrato de trabajo indefinido, para evitar que la despidan, no puede acordar con la empresa tener solo 15 días naturales de vacaciones al año (en lugar de 30 días naturales que señala la ley).
¿Qué finalidad tiene el principio de irrenunciabilidad?
Tiene como finalidad garantizar que el trabajador no pueda renunciar a sus derechos laborales a consecuencia de su estado de necesidad o de ser engañado por su empleador. Ya que se encuentra en una posición de desventaja respecto al empleador. Porque este último ocupa una posición de más poder social y económico.
Así que, la ley trata de equilibrar esa desigualdad dándole una mayor protección a la parte más débil, que en este caso es el trabajador, para que no pueda perder los derechos laborales que le pertenecen.
Entonces, ¿no puedo negociar con el empresario otras condiciones laborales?
Sí que puedes hacerlo, porque aún teniendo la limitación comentada anteriormente, la ley te permite negociar con el empresario otras condiciones laborales. Siempre, eso sí, que la pérdida total o parcial de algunos de tus derechos laborales, sea a cambio de una mejora más favorable para ti, en su conjunto.
Porque según indica el art. 3.3 Estatuto de los Trabajadores, se puede llegar a un acuerdo con el empresario siempre que lo pactado respete los derechos mínimos que garantiza la ley o el convenio colectivo. Y si existe algún conflicto entre lo que te reconoce la ley o el convenio y lo que pactas con el empresario, siempre se resolverá en favor de lo que te sea más beneficioso como trabajador/-a. Es decir, en casos así, la ley siempre favorece al trabajador.
Por ejemplo, imagina que el empresario quiere quitarte una hora de trabajo al día. Pero no estás de acuerdo con esa reducción porque te afecta al salario. Así que, sería legal que por ejemplo, que acordaras con el empresario que te mantenga el mismo salario, a pesar de tener reducida la jornada, a cambio de eliminarte el plus que te venía pagando por tu productividad. Porque a pesar de perder ese plus, seguirás cobrando el mismo salario, trabajando menos horas. Por consiguiente, ese acuerdo supone una mejora de tus derechos laborales.
¿La empresa puede ponerme un salario distinto al de los demás compañeros?
Que exista una diferencia de salarios entre los compañeros que estáis trabajando para la misma empresa, no implica que la empresa este incumpliendo con el principio de igualdad que establece el art. 14 de la Constitución Española. Por esa razón, hay que estudiar cada caso en concreto para saber si se puede reclamar la igualdad de derechos laborales entre compañeros de una misma empresa.
Porque el hecho de que cada trabajador cobre una cuantía diferente, puede estar justificado por causas objetivas. Por ejemplo, si un mecánico de un concesionario de coches, cobra más que su compañero que desempeña las mismas funciones, puede estar justificado si por ejemplo, esa diferencia se debe al plus de antigüedad que está cobrando el mecánico veterano, frente al mecánico nuevo, que tan solo lleva unos meses en la empresa.
Pero lo que no puede hacer la empresa, es conceder unos derechos laborales distintos a trabajadores que se encuentran en una situación igual o similar.
Aquí puedes ver cómo denunciar una discriminación laboral.
Ejemplo de discriminación
Por ejemplo, una empresa tiene varios auxiliares administrativos en el mismo departamento, y todos cobran el mismo incentivo, excepto la única chica del departamento, que no cobra ese incentivo (teniendo la misma categoría profesional que el resto y desempeñando las mismas funciones). Debido a que en una de las cláusulas de su contrato de trabajo, se estableció que el abono de cantidades adicionales al salario, dependería de la decisión unilateral y discrecional que tomara el gerente de la empresa. Así que, quedaba excluida el sistema fijo de incentivos que disfrutaba el resto de trabajadores.
Ahí estaríamos ante un claro ejemplo de discriminación, porque en ningún caso estaría justificado que sus derechos laborales fueran inferiores al del resto de sus compañeros. Porque si existe un sistema fijo de incentivos para todos los trabajadores de la empresa, esta trabajadora debería estar incluida en él. En consecuencia, estaría en su derecho de demandar a la empresa, pudiendo pedir una indemnización por los daños y perjuicios que le hubieran ocasionado.
¿Qué ocurre si acuerdo con la empresa renunciar a alguno de mis derechos laborales básicos?
Que esa renuncia voluntaria a alguno de tus derechos laborales no tendrá validez legal. Por consiguiente, si esa renuncia viene recogida en una de las cláusulas del contrato de trabajo o en cualquier otro documento que hayas firmado, dicha cláusula será considerada nula.
En otras palabras, quedará sin efecto cualquier pacto que evite la aplicación de los derechos laborales que te reconozca la ley o el convenio colectivo al que pertenezcas.
Esto también es aplicable en el supuesto de que haya sido la empresa la que haya incluido en tu contrato de trabajo una clausula abusiva en contra de tu voluntad, y que tu hayas firmado bajo engaño, presión o miedo.
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