Años atrás era impensable que se utilizarán los emails como prueba en un juicio porque son fácilmente manipulables. Pero a esto ya se le ha encontrado solución. De ahí, que algunas empresas tengan miedo de los trabajadores que pretenden usar los correos electrónicos para defenderse.
Por eso te voy a dar la orientación necesaria para que puedas beneficiarte de esta prueba, aunque te hayan hecho firmar un contrato de confidencialidad. Y qué ocurriría en caso de que la empresa afirmara que has manipulado el contenido del email.
¿Es legal sacar los emails de la empresa?
Esta es la pregunta que más nos suelen hacer los trabajadores cuándo desean demandar a la empresa y necesitan recopilar pruebas. Porque puede parecer un delito grave sacar dicha documentación privada de la empresa.
Sin embargo, la jurisprudencia reconoce que no es delito hacerlo. Y gracias a ello, en la actualidad, los correos electrónicos se utilizan con bastante frecuencia como prueba en el ámbito procesal laboral. Se han convertido en un recurso ideal para acreditar determinados hechos o incumplimientos laborales. Esto es debido a que ahora existen medios que certifican la veracidad del contenido de los emails. También puedes ver los Whatsapps como prueba.
¿Qué correos electrónicos pueden servir de prueba?
Lo que tienes que tener en cuenta para poder sacar los correos electrónicos de la empresa, es lo siguiente:
- Tienen que ser emails en los que tú hayas participado. Es decir, que exclusivamente te servirán los que hayas recibido y los que hayas enviado. Así como la documentación adjunta que los acompañe en ambos casos. Esto significa, que no puedes utilizar emails de terceras personas, salvo que te hubieran enviado una copia de estos.
- Solamente podrás usar los correos electrónicos cómo prueba en el juicio. ¡Mucho cuidado con esto!, porque conocemos el caso de un trabajador que indignado con su empresa le dio por mostrar el contenido de los emails que le enviaban, en redes sociales y a terceras personas. Y lo único que ha conseguido es meterse en un lío muy gordo, porque con ello vulneró la intimidad de la empresa.
¿Son siempre válidos los correos electrónicos como prueba?
No son siempre válidos, ya que será el juez, mediante las reglas de la sana crítica quien decida si son admitidos como prueba. Y lo hará, aunque un perito demuestre que tal comunicación se ha dado de una cuenta a otra, debido a que ha de valorar otras circunstancias adicionales.
Por ejemplo, imagínate el caso de un trabajador qué ha recibido un email de su jefe. En principio se puede acreditar este hecho y darlo como cierto. Pero es posible que esté trabajador haya conseguido dicho correo electrónico entrando en el ordenador de su superior, cuando se encontraba solo en la oficina. Si el juez tuviera indicios de este hecho, podría dar la prueba como no válida.
Para conseguir los emails ¿vale utilizar cualquier medio?
¡Ojo con esto! Porque tienes el deber de conseguir los correos electrónicos de forma lícita, sin violar ninguno de los derechos fundamentales. Es decir, que puedes aportar los que hayas recibido o enviado, pero en ningún caso puedes entrar en el correo de la otra persona para reenviártelos o algo similar.
¿Y si tengo una cláusula de confidencialidad?
Aunque en su momento firmaras en tu contrato de trabajo una cláusula de confidencialidad, no tienes por qué preocuparte. Ya que dicha cláusula te obliga a guardar los secretos de la empresa frente a terceros. Pero por encima de todo está el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. Por consiguiente, esto implica que puedes usar sin ningún problema esos emails en caso de que denuncies o demandes a la empresa. Sin embargo, ten presente que exclusivamente deja de aplicarse esta cláusula, en esos dos casos. Esta excepción tiene como objetivo evitar que las empresas se amparen en esta cláusula con el fin de ocultar cualquier incumplimiento que estuvieran cometiendo.
¿Cómo se han de presentar los emails en el juzgado?
Los correos electrónicos se pueden presentar impresos en papel si son complementados con otros medios de prueba, como la declaración de testigos. Pero corres el riesgo de que la parte contraria ponga en duda la veracidad de estos documentos (por ser fácilmente manipulables) y los impugne. Por eso, es importante que conozcas los distintos mecanismos que pueden acreditar la validez de los emails:
- Presentándolos firmados digitalmente, porque tendría el mismo efecto jurídico que si tuvieran una firma manuscrita. El problema es que, si no contrataste este servicio de certificación antes de enviar o recibir los correos, te será imposible conseguir la firma digital ahora. De ahí que sí intuyes que la empresa te va a generar algún conflicto o tienes previsto demandarla, es aconsejable que cuentes con un servicio de emails certificados. Esto te garantizaría la validez de la prueba en cualquier proceso. Además, se caracteriza por ser un sistema sencillo y económico.
- Acudiendo a un perito informático que acredite la autenticidad de los correos electrónicos mediante la emisión de un informe. En este último, detallará toda la información que demuestre su autenticidad, integridad y envío.
Por otra parte, conviene aclarar que las actas notariales de presencia no te servirán para asegurar la autenticidad de los emails. Porque para ello se necesita tener unos conocimientos técnicos específicos, y los notarios no los tienen. De ahí que sea imprescindible la intervención de un perito informático.
¿Qué pasa si la empresa te acusa de haber manipulado los documentos?
Podría darse el caso de que la empresa en el acto del juicio impugnara alguno de los emails de los que has presentado como prueba. Porque pueden argumentar que lo has manipulado o que lo has obtenido de forma ilegal. De suceder esto, el acto del juicio continuará hasta el final. Y el juez, si considera decisiva está prueba para la resolución del asunto, no dictará la sentencia. Asimismo, le dará al interesado un plazo de 8 días para presentar una querella. Entonces, quedará a la espera de la sentencia o auto de sobreseimiento de la causa criminal, para poder dictar su sentencia.
Hola.
Me gustaría saber si en un juicio laboral se puede exigir a la empresa que presente una copia de los emails mandados y recibidos durante el tiempo que estuvo trabajando para que el juez tuviera veracidad de que existieron esos emails y si la empresa puede oponerse.
Hola Javier.
En la demanda se puede solicitar que la empresa presente copia de los emails, para que los aporte el día de la vista. Y la empresa puede usar todas las estrategias que crea convenientes para su defensa (la de oponerse no es una buena idea). Pero si el trabajador no puede probar de alguna otra manera la existencia de esos emails, la situación se complica.
Un saludo.
Me contrataron en una empresa y por email el director me dijo las condiciones tanto de salario como de duración. Me lo envió y respondí que estaba de acuerdo y respondió dando la enhorabuena.Cuando me fueron a contratar firmé el contrato en la oficina y firmé para 4 meses,cuando por email me dijeron 6. Ahora me han despedido y me pregunto si mi email tiene alguna validez ante el contrato firmado.
Habría que estudiar el caso concreto, y ver por ejemplo si firmaste el contrato por error, intimidación o dolo.
Hola. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, estoy trabajando durante un periodo temporal de 6 meses en un supermercado y tengo una boda en julio de unos amigos. Y mi duda es la siguiente: ¿puedo pedir el día por asuntos propios? ¿y como debo de hacerlo para que no le siente mal a la empresa?
Si tu convenio colectivo o contrato de trabajo te reconoce este derecho, por supuesto que puedes pedirlo. Aunque, puede ser un mes complicado para solicitarlo ya que me imagino que parte de la plantilla estará de vacaciones y es fundamental no perjudicar a la empresa. Por lo que sería aconsejable pedirlo preferentemente por escrito y con bastante antelación para que la empresa pudiera organizarse para cubrir tu puesto.
Buenos días mi pregunta es,por motivos de la empresa no míos, me han mandado un mes y medio a casa teniendo faena para mi. Y ahora me han vuelto a meter a trabajar y me reclaman todas las horas no trabajadas. Me gustaría saber si es legal. Ya que me veo con una deuda de horas muy grande y me obligan a pagar todas las horas. La decisión fue de la empresa porque no podía finalizar mi contratro ya que hay faena para donde yo estaba y por ser mujer no podía ejercer mi puesto. Soy vigilante, y ahora me imponen unas jornadas de muchos días a 12h. Gracias.
Por lo que comentas entiendo que no es legal, el art 30 del Estatuto de los Trabajadores deja bien claro este asunto:” Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato…[Respuesta enviada al e-mail del lector (ref. 114.232)