Ante la gran cantidad de preguntas que nos están llegando sobre este tema, te voy a enseñar las posibles causas por las cuales no has cobrado el paro este mes o te han ingresado menos de lo que te pertenecía, para que pueda servirte de ayuda.
A continuación, te comentaré qué es lo que suele ocurrir en estos casos, qué es lo que puedes hacer para saber cuál es tu problema y las distintas opciones que tienes para poder reclamar el cobro del paro en caso de que exista alguna incidencia.
¿Por qué no me han pagado el paro o el subsidio este mes?
El SEPE suele pagar el paro, los subsidios y las ayudas extraordinarias entre el día 10 y el 15 de cada mes, y normalmente suele ser bastante puntual en los ingresos.
Aunque debido a la situación sanitaria que vivimos estos años atrás, el Gobierno permitió que las entidades bancarias adelantaran el pago, por lo que la mayoría de bancos realizaban este abono entre el día 3 y 5 de cada mes. Sin embargo, a día de hoy, los bancos ya no están obligados a anticipar dicho pago. Así que, hay bancos que sí pagan antes de que llegue el día 10 de cada mes, y otros, en los que hay que esperar a cobrar en la fecha habitual.
Y si estamos a mediados de mes, y todavía no has recibido el ingreso en tu banco, puede ser porque:
1) La Seguridad Social te ha reconocido una pensión
Algunas pensiones de la Seguridad Social, son incompatibles con el cobro del paro. Por ejemplo, la de incapacidad permanente absoluta. De ahí, que el SEPE te corte automáticamente el paro que venías percibiendo, si existe incompatibilidad.
2) La oficina de empleo tiene en tu expediente la clave de «no pagar»
Cuando se suspende el cobro del paro por algún motivo (por ejemplo, porque te han realizado un contrato temporal), en el momento que finalice esa causa, deberás ser tú quien le solicite al SEPE que te reactive la prestación.
De lo contrario, llegará el día 10 y verás que no te han ingresado el importe.
3) El SEPE ha detectado un cobro indebido
Esto sucede cuando dicho organismo se da cuenta de que en un periodo anterior te realizó un pago mayor del que realmente te correspondía.
Por tanto, para compensar el cobro indebido el SEPE te hará un descuento en la cuantía del paro hasta que cubra el importe pendiente. En un caso así, lo normal es que recibas una notificación en la que te informen del importe económico que te van a retener.
Y si no puedes hacer frente al pago, tienes la posibilidad de solicitar su aplazamiento o fraccionamiento. Para ello, tendrás que solicitar cita previa en la sede electrónica del SEPE.
4) No te han pagado el paro del ERTE
Muchas oficinas de empleo del SEPE están saturadas por la cantidad de solicitudes y reclamaciones que están recibiendo, y no están funcionando de forma adecuada. Por esa razón, hay desempleados que al llegar la fecha en la que tienen que percibir el cobro del paro, se dan cuenta de que el SEPE no les ha ingresado nada. Si estás en una situación así, puedes ponerle solución siguiendo los pasos siguientes:
4.1- Consultar el estado de la prestación en la Sede Electrónica del SEPE
En primer lugar, conviene que compruebes en tu expediente online si el SEPE:
- Te ha aprobado la ayuda por desempleo.
- Y en qué fecha deben abonarte el paro
Para ello, tienes que entrar a través de Internet en la Sede Electrónica del SEPE. Pulsando posteriormente sobre el apartado «Personas». Y a continuación, sobre «Consulte los datos y recibo de su prestación», seguido de «Consultas de la prestación». Una vez allí, tan solo tienes que introducir los datos personales que te solicite el SEPE, y podrás acceder a la información que hay sobre tu prestación.
4.2- En caso de que exista algún error o incoherencia en tu expediente, puedes ponerte en contacto con el SEPE
Llamando al número de teléfono gratuito 900 81 24 00 (de lunes a viernes de 8h a 20h), para que un gestor del SEPE pueda atenderte, y así reclamar el pago del paro de tu ERTE o saber en qué estado se encuentra tu solicitud. Aunque también puedes acudir presencialmente a tu oficina de empleo para que te atiendan allí (pero antes deberás solicitar cita previa).
4.3- Presentar una reclamación previa
Si ya has contactado con el SEPE y no te han dado ninguna solución, o ni siquiera te han respondido y sigues sin cobrar el paro, puedes presentar una reclamación previa ante la Dirección Provincial del SEPE.
4.4- Si tras la reclamación previa el SEPE te sigue denegando el cobro del paro, puedes demandar a este organismo ante el Juzgado de lo Social.
Para ello, podrías beneficiarte de la asistencia jurídica gratuita.
5) Te están aplicando una sanción
Al cobrar el paro, tienes el deber de cumplir con una serie de obligaciones como desempleado o desempleada. Si incumples alguna de ellas, por ejemplo no sellar el paro en la fecha señalada, el SEPE te podrá aplicar una sanción. Esta sanción puede implicar dejar de cobrar el paro durante un periodo concreto. E incluso puede acarrearte la pérdida completa de la prestación. Eso ya dependerá de la gravedad de la infracción que hayas cometido.
El SEPE te enviará una notificación por correo postal a tu domicilio, para informarte de la sanción que te va a aplicar. Y si existe alguna causa que puede justificar tu incumplimiento, puedes motivarlo en los 15 días hábiles siguientes, con el fin de evitar esta penalidad. Para ello, tendrás que presentar en la oficina de empleo algún documento que pueda acreditar esa circunstancia. Por ejemplo, un certificado de baja médica, de asistencia algún curso, etc.
6) El día de pago del paro ha caído en sábado, domingo o festivo
De ser así, el ingreso te lo harán efectivo el primer día laborable.
7) Has agotado el paro o la ayuda por desempleo
Una vez que finalice el periodo por el que te concedieron la prestación, el SEPE te cortará el paro o la ayuda.
En esta situación, lo más recomendable es acudir a tu oficina de empleo. Porque allí te podrán informar de si tienes la posibilidad de solicitar alguna prórroga u otra ayuda económica distinta.
8) Tu banco es distinto al que utiliza el SEPE
Por ese motivo, la transferencia te puede llegar con uno o varios días de retraso.
9) Has comenzado a trabajar por cuenta ajena o cuenta propia
Por norma general, las prestaciones por desempleo son incompatibles con el trabajo. Así que, ese puede ser motivo por el cual no te han hecho el ingreso en el banco.
Sin embargo, existen 2 situaciones en las que se puede compatibilizar el trabajo con las prestaciones por desempleo:
- En caso de que tengas un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial.
- Si eres un autónomo menor de 30 años.
De ser así, te reducirán la cuantía que venías cobrado del subsidio o el paro, en proporción a la duración de la jornada laboral que tengas.
Pero si por el trabajo que realizas por cuenta ajena a tiempo parcial, percibes un salario superior 75% SMI, perderías la prestación.
¿Porque me han pagado menos paro o subsidio?
Otra cosa que te puede suceder, es que veas que te han hecho un ingreso en cuenta de un importe inferior al que venías percibiendo por el paro o el subsidio. La causa puede ser alguna de estas:
1) Es el primer mes que cobras el paro o el subsidio
Porque el primer mes que cobras una de estas ayudas, percibes la parte proporcional correspondiente al día que te la concedieron. En otras palabras, que si te reconocen la prestación, por ejemplo, el 15 de junio, cuando llegue el 10 de julio, solamente cobrarás 15 días. Por tanto, el primer mes recibirás el 50% de la prestación.
2) Estás compaginado el cobro del paro con un contrato a tiempo parcial
Como has visto en el apartado anterior, el importe de la prestación por desempleo se reducirá en proporción a la jornada laboral que estés desarrollando.
3) Es el último mes que cobras el paro o el subsidio
Puede sucederte alguna de estas dos situaciones, que:
- Te abonen los días que te quedan pendientes de cobrar del primer mes.
- Solo cobres los días que te faltan, no el mes entero.
4) Te han realizado un embargo judicial
Si por resolución judicial tienes una orden de embargo, te pueden reducir la cuantía de la prestación por desempleo o el subsidio, para ir cubriendo la deuda que tienes. E incluso podrían embargarte el total de la cuantía que cobras al mes, si la orden de embargo estuviera relacionada con la pensión alimenticia de los hijos o la pensión compensatoria a favor de tu excónyuge.
5) El SEPE te reduce el paro a partir del séptimo mes
En caso de que estés percibiendo la prestación contributiva por desempleo, es importante que sepas que a partir del séptimo mes, cobrarás menos. Porque la prestación se reduce del 70% al 50% de la base reguladora.
¿Cómo reclamar el cobro del paro?
Al no cobrar el paro este mes o haber percibido menos de lo que te correspondía, seguro que querrás saber cuál de las razones que te he comentado ha sido la causante de este problema. La forma más rápida de saberlo es accediendo a la pagina web del SEPE, entrando en su «Sede Electrónica«, clicando posteriormente sobre «Personas» y seleccionando la opción «Consulte los datos y recibo de su prestación». Ya que allí podrás consultar los detalles de tu prestación (las fechas de los pagos, las retenciones que te pueden haber aplicado, etc.).
Si ya has visto cuál puede ser el problema o todavía sigues sin saberlo, tienes 3 formas de reclamar el cobro del paro:
- Pidiendo cita previa, para que te atiendan presencialmente en tu oficina de empleo (si está abierta en estos momentos).
- Llamando en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, al teléfono oficial de información del SEPE: 91 273 83 83
- A través de Internet, entrando en «Sede Electrónica», después en «Personas», clicando sobre «Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo», posteriormente eligiendo «Comunicación de incidencia en prestación individual» y cumplimentando tu N.º de DNI o NIE. Después, tendrás que rellenar tus datos personales y en el apartado «Observaciones» explicar qué es lo que te ha pasado.
- Una vez que el SEPE reciba la comunicación de esta incidencia, revisarán tu expediente para ver qué es lo que ha podido pasar y subsanar el error, en caso de que exista alguno. Una terminado este procedimiento, el SEPE dictará una resolución en la que te informarán como ha quedado el asunto.
Y si hay un error y no te lo solucionan, puedes presentar una reclamación ante el SEPE.
Buenos días, estamos a 17 y mi marido todavía no ha cobrado el paro. Él lo arregló el 4 de marzo. En la página del SEPE consta que está aprobada y sale nómina de ingreso del 10 al 15 de abril. Un saludo
Hola Eloisa,
Muchos trabajadores que perdieron su trabajo en marzo, todavía no han podido cobrar su prestación, porque la avalancha de solicitudes por el COVID-19 ha generado un atasco burocrático en el SEPE. Así que, los desempleados afectados, en lugar de cobrar en abril, se tendrán que esperar a mayo para poder percibir la prestación por desempleo. Las entidades financieras intentarán adelantar el pago al 2 de mayo.
Un saludo.
Buenos días, una pregunta. A mi marido le tenían que ingresar el paro este mes. Hemos mirado la cuanta y no hay nada. Hemos entrado en el estado del SEPE y ahí pone que sí está aprobada. Pero por otro sitio estaba mirando que si no es afectado por ERTE no lo depositarán. Si nosotros también somos afectados por el covid-19. Tenemos 2 niñas y que pagar el alquiler. Gracias, espero sus respuestas.
Hola marioly,
El gran número de despidos y ERTES que se ha producido en tan poco tiempo, ha provocado una avalancha de solicitudes en el SEPE. Esto ha hecho que algunas oficinas de empleo se hayan visto desbordadas a la hora de tramitar las prestaciones. En consecuencia, muchos desempleados se van a ver afectados por un retraso en el pago, por lo que en lugar de cobrar en abril, lo harán en mayo. Sin embargo, es recomendable que llaméis al teléfono de información del SEPE, para que os confirmen el motivo en concreto, por si fuera otro.
Un saludo.
hola, mi paro se terminaba el dia 26 de enero, y tenia que sellar el 29 y se me olvidó. El día 10 cobre lo correspondiente a los días hasta que se me terminó el paro el 26. ¿Tendré que devolver el dinero correspondiente?
Buenas días Ana,
Puedes acceder a tu expediente online, a través de la «Sede Electrónica del SEPE» en internet. Allí podrás ver si tienes alguna sanción por ello. Y si no aparece nada, lo más recomendable es que vayas lo antes posible a tu oficina de empleo para que informen de las consecuencias concretas de no haber sellado en esa fecha.
Un saludo.
Hola,
Me acabo de dar cuenta revisando las nóminas del SEPE que durante los 180 primeros días he cobrado al día menos del 70% de la retribución diaria correspondiente (teniendo en cuenta las retenciones) Qué puedo hacer al respecto? Me abonarán lo que falta?
Muchas gracias
Hola Beatriz,
En un caso así, es recomendable acudir personalmente a la Oficina de Empleo para pedir información de lo que puede haber ocurrido. Si existe un error y no te lo solucionan, puedes presentar una reclamación administrativa. Y si persiste, posteriormente, podrías presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social para poder reclamar el cobro de lo que te deban.
Un saludo.
Yo tenía un paro 4 meses. El primer mes cobré el 50% por el mismo motivo que cuentas. Y el mes 4, día 10, cobré. Pero mi prestación es hasta el día 15. Mi pregunta es ¿cobro el mes siguiente día 10 el porcentaje del primer mes más los 5 días de prestación?
Hola Pablo,
Si la prestación se te acaba el día 15, el próximo día 10 cobrarás la parte proporcional de tu prestación que va desde el día 1 al día 15.
Un saludo.
¿Y el primer mes que cobré el 50%? ¿no me lo pagan ?
Por lo que cuentas, cobraste el primer mes el 50%. Y en estos momentos, esos 15 días que tienes pendientes de cobro, es el otro 50% que te falta por cobrar y que te pagarán ahora. La cuestión es que en total, te han de pagar los 4 meses de prestación que te reconocieron.
Saludos.
Hola buenas, este mes es el primero que he cobrado del paro y me han pagado solo 562,00 euros. El día 6 de diciembre fue cuando realicé el trámite para poder cobrar el paro, en el papel que me enviaron pone, cuantía inicial diaria 24,09.
Estoy angustiado, no sé por qué el primer mes me han, pagado tan poco.
Me gustaría que alguien me pueda ayudar por favor. Gracias.
Hola Dioni,
No cobras el 100% en enero porque tu solicitud no fue el 1 de diciembre. Por tanto, al ser el 6 de diciembre cuando la presentaste, cobrarás la parte proporcional de ese mes. Y si te siguen sin cuadrar las cuentas, es recomendable que revises en el recibo de tu nómina las deducciones de IRPF y Seguridad Social que te están aplicando, por si fuera ese el motivo. Puedes ir al SEPE a hacer esta consulta, o cómodamente desde casa, puedes entrar a consultar tu expediente online, entrando en la Sede Electrónica de la página web del SEPE.
Un saludo.
Hola, yo metí la ayuda en octubre y el día 10 no me ingresaron.
Hola Maver,
No te preocupes, porque como el día 10 cayó domingo, es normal que se produzca un pequeño retraso. Además, el plazo que hay para cobrar es del día 10 al día 15.
Un saludo.
A mi me paso que arreglé el paro el 15 de septiembre y cobré el dia 10 de octubre menos el 50 % , quería saber si ese dinero me lo devuelven el último mes de paro, los días que me faltan por cobrar.
Hola Ariadna,
Como se cobra a mes vencido, al apuntarte de mediados de septiembre, cobras solo la mitad de ese mes. Pero no te preocupes, porque como dices, cuando vayas a terminar, te pagarán el medio mes que te falta.
Un saludo.