Aunque estés embarazada, hay casos en los que el empresario tiene derecho a extinguir la relación laboral que tiene contigo. Pero lo que nunca puede hacer, es, despedirte del trabajo a causa de tu embarazo.
Porque si te despiden del trabajo por el embarazo, el despido será nulo de pleno derecho. Eso significa, que la empresa estaría obligada a readmitirte. Así que, sería imposible que te despidieran por ese motivo. Entonces, para que no te queden dudas sobre este asunto, te voy a explicar en qué casos el empresario puede despedirte de forma legal, y cuándo sería ilegal que lo hiciera.
¿Tengo una protección especial frente al despido durante el embarazo?
En España, el empresario puede despedirte si existe una causa justificada para ello. Pero despedir a una trabajadora embarazada es más complicado, porque la ley ofrece una protección especial a las trabajadoras que están en esta situación, para que no sean discriminadas por razón de sexo (art. 14 de la Constitución Española).
Esta protección consiste en lo siguiente:
Cualquier trabajador que sea despedido sin una causa legal que lo justifique, puede demandar al empresario para impugnar ese despido que sería considerado improcedente. De ocurrir esto, el empresario podría despedirlo abonándole la indemnización máxima que establece el Estatuto de los Trabajadores o la que señale el convenio colectivo al que pertenezca.
En cambio, si fuera una trabajadora la que demanda al empresario por haberla despedido de su trabajo durante el embarazo, debido a una causa injustificada, el despido sería considerado nulo. Así que, el empresario no podría despedirla aunque estuviera dispuesto a pagarle una indemnización a cambio de su despido. Porque estaría obligado a reincorporarla a su puesto de trabajo, porque así lo establece la ley.
La trabajadora goza de esta protección especial tanto si la empresa sabe que está embarazada como si no lo sabe.
¿Cuánto dura esta protección en el trabajo por el embarazo?
Esta protección especial en el trabajo por el embarazo, dura desde que te quedas embarazada hasta que transcurran 12 meses después de dar a luz. Y puede prolongarse en el tiempo mientras disfrutas de la reducción de jornada (hasta que el menor cumpla doce años) o la excedencia por cuidado de hijos.
Por tanto, aunque la ley no te obligue a comunicarle al empresario que estás embarazada, sí que te conviene hacerlo (preferentemente de alguna forma que puedas dejar constancia de esta comunicación – burofax, quedándote una copia firmada y sellada por el empresario, etc.-). Ya que si el empresario te despidiera del trabajo por el embarazo, además reclamar que sea considerado nulo, también tendrías la posibilidad de exigirle una indemnización de daños y perjuicios cuya cuantía podría estar entre los 3.000 y 6.000 €.
Ten en cuenta, que solamente estás obligada a informar al empresario de que estás embarazada cuando tu puesto de trabajo sea incompatible con tu estado de embarazo, por razones de seguridad y salud.
¿Cuándo me pueden despedir del trabajo durante el embarazo?
El empresario puede despedirte del trabajo durante el embarazo, aunque tengas un contrato indefinido, por las siguientes razones:
- Económicas, técnicas, organizativas o de producción. En este supuesto también se incluyen las trabajadoras embarazadas afectadas por un ERE. Este tipo de despido recibe el nombre de despido objetivo. Y en la carta de despido que te entregue el empresario, tendrán que indicarte de forma detallada la causa que justifica la procedencia del despido y por qué te han elegido a ti, en vez de a otro trabajador o trabajadora.
- Disciplinarias. Si has tenido un comportamiento grave y culpable en tu trabajo, el empresario puede llegar a sancionarte con el despido disciplinario. Por ejemplo, por ofensas verbales o físicas al empresario.
¿Cuándo no pueden despedirme del trabajo durante el embarazo?
El empresario no puede despedirte del trabajo durante el embarazo si no existe una causa legal que justifique esa decisión. Porque el despido de una mujer embarazada es nulo de pleno derecho (conforme indica el art. 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores). Y es nulo aunque el empresario hubiera tomado esta decisión sin saber que estabas embarazada (debido a que así lo establece La Ley 39/1999, de 5 de noviembre).
Por tanto, si te despiden durante el embarazo de manera injustificada, tienes derecho a exigir que el despido sea considerado nulo, tanto si se trata de una decisión discriminatoria como si no lo es.
Ejemplos de despido nulo del trabajo por embarazo
Siendo fijo discontinua no me llaman para el trabajo por el embarazo
En cuanto llegue la época en la que realizan el llamamiento a los trabajadores fijos discontinuos, el empresario está obligado a realizarte el llamamiento con el fin de manifestar su voluntad de incorporarte al trabajo aunque estés en situación de embarazo. Y ya eres tú la que decides libremente, si quieres incorporarte al trabajo durante el embarazo o prefieres suspender la relación laboral porque has pensado en pedirte la baja por maternidad.
Si no te realizaran el llamamiento a causa del embarazo, se entendería que te han hecho un despido ilegal.
No me renuevan el contrato de trabajo por el embarazo
Si el empresario te hace un contrato temporal, y cuando llega la fecha de la renovación, no te renuevan el contrato de trabajo debido al embarazo, te estarían discriminando. Por consiguiente, se trataría de un despido prohibido.
Lo más habitual, es que al no renovarte el contrato de trabajo por el embarazo, el empresario haya contratado a otra persona para cubrir el puesto de trabajo que estabas ocupando. Porque es un puesto que necesita tener cubierto. De ocurrir esto, será bastante difícil que el empresario pueda acreditar ante el juez que no ha tenido un conducta discriminatoria hacia ti.
Finalización del contrato temporal antes de tiempo
Si te han hecho un contrato temporal o formativo, y antes de llegar la fecha de fin o antes de terminar la causa que motivó el contrato, el empresario te despide del trabajo por el embarazo, el despido también será considerado nulo.
Además, si el contrato temporal que te hicieron está en fraude de ley, en ese mismo proceso, también podrás reclamar que la relación laboral sea considerada indefinida.
La no subrogación en el trabajo por embarazo
En el supuesto de que te esté afectando una sucesión de empresas, si la nueva empresa está obligada a contratarte y te deja sin trabajo por el embarazo, el despido será ilegal.
No superación del periodo de prueba por embarazo
Es posible que la empresa te haya hecho un contrato de trabajo que incluya un periodo de prueba. Si durante ese periodo de prueba la empresa considera que no eres válida para el puesto que estás desempeñando, puede poner fin a la relación laboral alegando que no ha superado el periodo de prueba; sin que esta medida pueda ser considerada como un despido nulo
Pero tras la reforma laboral del año 2019, la empresa no tiene tan fácil despedirte del trabajo por embarazo, ya que la nueva redacción del art. 14.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que si es el empresario el que pone fin a la relación laboral por considerar que no has superado el periodo de prueba, dicha extinción será considerada nula por razón de embarazo. Salvo que el empresario pueda demostrar existe una o varias causas que justifican esta decisión, que no están relacionadas con el embarazo.
¿Cómo puedo impugnar el despido del trabajo por embarazo?
Para impugnar el despido del trabajo por embarazo y solicitar su nulidad, primero tendrás que presentar la papeleta de conciliación laboral ante el órgano correspondiente. Y si el empresario no reconoce este hecho, y no está dispuesto a readmitirte, ya podrás interponerle una demanda ante el Juzgado de lo Social.
Tanto si tienes un contrato temporal como si tienes un contrato indefinido, tienes un plazo de 20 días hábiles (a contar desde el momento en que el empresario haya hecho efectiva la decisión de extinguir la relación laboral o el despido) para presentar la demanda por vía judicial.
Durante el tiempo que dure este proceso, podrás estar cobrando el paro o el subsidio por desempleo que pueda corresponderte. Si la sentencia sale a tu favor y declara el despido nulo (nunca podrá recibir la calificación de improcedente), el empresario tendrá la obligación de:
- Readmitirte en las mismas condiciones que venías disfrutando.
- Pagarte los salarios de tramitación (que son los salarios que has dejado de percibir desde el día del despido hasta la fecha de tu reincorporación efectiva al trabajo). Pero ten presente, que al cobrar los salarios de tramitación tendrás que devolverle al SEPE la totalidad de la prestación por desempleo o subsidio que hayas percibido durante ese tiempo, ya que ambos ingresos son incompatibles.
- Abonarte las cotizaciones a la Seguridad Social de ese periodo que te debe.
Y si no aceptas esta reincorporación, se considerará que has pedido la baja voluntaria con todas las consecuencias perjudiciales que te acarrearía. Porque no tendrías derecho a cobrar ninguna prestación por desempleo, ni indemnización por despido.
Me ha propuesto contratarme más adelante, ¿lo demando?
Cuidado con aceptar la extinción de tu contrato de trabajo por embarazo a cambio de que el empresario te haga una promesa de futura contratación. Ya que es posible que lo único que quiera es que se te pase el plazo que tienes para impugnar esta decisión, con el fin de que no puedas demandarlo.
Además, ten presente que nadie te garantiza que vaya a cumplir esa promesa.