En este artículo te enseñaré los fraudes más frecuentes que suelen cometer los empresarios, para ahorrarse unos cuantos euros en las pagas extras del trabajador. Recuerda que puedes demandar a la empresa en cualquier momento por esto, e incluso cuando te despidan, finalice tu contrato o te vayas voluntariamente de la empresa.
Por otro lado, muchos trabajadores creen que por tener paga extras cobra más, pero nada más lejos de la realidad. Los grandes beneficiados de esta forma de pago, es el empresario y el sistema nacional. Al final de este artículo, verás en qué perjudica este mecanismo de pago al trabajador, y en qué beneficia a la actividad empresarial.
¿Qué fraudes suelen cometer los empresarios con las pagas extras?
Algunos empresarios suelen engañar a sus trabajadores con el tema de las pagas extras (con independencia de que las cobren aparte o prorrateadas a lo largo del año), utilizando alguno de estos métodos:
Importe de las pagas extras incorrecto
Lo más habitual es que la cuantía de las pagas extras sea igual a la que se percibe en una paga ordinaria. Pero esto no tiene por qué así. Debido a que a que hay convenios colectivos que reconocen el derecho a algún tipo de plus salarial, que incrementa el salario base.
Teniendo en cuenta, que dicho complemento salarial puede cobrarse de manera puntual o de forma consecutiva todos los meses, la empresa puede intentar ahorrarse el pago de una parte de la paga extra de dos formas:
- No incluyendo el plus salarial, dándole al trabajador solo el importe correspondiente al salario base.
- Haciendo voluntariamente un cálculo incorrecto del plus salarial.
E Incluso puede darse el caso, de que aunque el trabajador solo tenga derecho al salario base, el empresario le pague menos de lo que establece el convenio colectivo. Por ejemplo, si el convenio le reconoce al empleado 2 pagas extras de 1.500 €, y las percibe de forma prorrateada, cada mes tendría que cobrar 250 €. Pero si en lugar de pagarle 250 €, el empresario le paga 190 €, estaría pagando un importe por las pagas extras inferior al que le correspondería.
Haciéndoles creer que solo tienen derecho a dos pagas extras al año
El artículo 31 del Estatuto Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a dos pagas extraordinarias, una en verano y otra en Navidad. Pero, ¡ojo con esto!, porque lo que intenta decir este artículo, es que se tiene derecho a dos pagas extras como mínimo. De hecho, hay convenios colectivos que pueden reconocer 3 pagas extras al año, por ejemplo.
Pero lo que normalmente suele ocurrir, es que el trabajador comience a trabajar en la empresa dando por hecho de que le deben pagar dos pagas extraordinarias. Porque no se ha parado a leer lo que dice su convenio. De forma, que, el empresario se beneficia de este desconocimiento.
Ver cómo reclamar el pago de las pagas extras que te deban.
Usar un convenio o puesto de trabajo distinto
En ocasiones, hay empleadores que de manera fraudulenta, dicen pertenecer a un convenio colectivo distinto al que les corresponde. Lo habitual es que elijan algún convenio con unas tablas salariales inferiores a las que deberían de pagar. De esta manera, consiguen pagarle un salario inferior al trabajador, sin que este se percate. Se trata de una práctica completamente ilegal, porque el empresario no puede elegir libremente el convenio colectivo que más le guste, ya que viene determinado por la actividad económica que realice.
Otro engaño muy frecuente por parte de los empresarios, es ponerle al trabajador una categoría profesional inferior a la que está desarrollando en su puesto de trabajo. Por ejemplo, estar trabajando de cocinero en un restaurante (con la responsabilidad y los conocimientos que dicho puesto acarrea), y que en el contrato aparezca que es auxiliar de cocina. Esto hace que el salario y las pagas extras que cobre, estén muy por debajo de lo que le pertenecería.
Ver cómo reclamar la categoría profesional para cobrar lo que te pertenece.
Estafa en las pagas extras en la base de cotización
Este es otro timo que utilizan ciertos empresarios, para pagar menos por las cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador. Perjudicando esta acción al trabajador, que cuando vaya a solicitar en un futuro alguna de las prestaciones a las que cree que tiene derecho, sufrirá las consecuencias.
El engaño consiste en lo siguiente. En las nóminas ordinarias que de cada mes, siempre aparece la cuantía que se cobra por las pagas extras (aunque éstas se perciban aparte). El timo estaría en poner en la nómina un importe de las pagas extras inferior al que luego percibe el trabajador en Navidad y verano. De esta forma, el empresario, al pagar un salario inferior, las cotizaciones que tiene que abonar a la Seguridad Social también serán menores.
Cuando se prohíbe el prorrateo de las pagas extras por convenio colectivo
Existen convenios colectivos que prohíben que se prorratean las pagas extras. Por consiguiente, el empresario tiene la obligación de pagarlas aparte. Sin embargo, hay empleadores a los que les viene mejor pagar cada mes la parte proporcional de las pagas extras que le corresponden al trabajador, para no tener que desembolsar de golpe dicha cuantía en verano y Navidad.
Por consiguiente, si utiliza esta forma de pago, y fuera contraria a lo regulado en el convenio colectivo, el trabajador podría demandarle.
¿Por qué perjudican las pagas extras al trabajador?
Porque es un mecanismo que beneficia principalmente al empresario y al sistema nacional, mientras que al trabajador le supone una pérdida de liquidez. Debido a que cada mes, el empresario le retiene al trabajador parte de su salario por las pagas extras (que cobrará posteriormente en verano y Navidad). Sin embargo, el trabajador tiene que pagar los impuestos derivados de la retribución, cada mes, como si ya hubiera percibido esas pagas extras que todavía están por llegar.
Por tanto, se encuentra que tiene un mayor gasto, y una menor liquidez. No es lo mismo cobrar, por ejemplo, 1.300 € al mes durante todos los meses del año (teniendo las pagas extraordinarias prorrateadas), que cobrar 1.100 € al mes y percibir las dos pagas extras aparte. Ya que hay familias, que cobrando esta última cantidad no llegarían a fin de mes.
Por consiguiente, se trata de una forma de pago en la que el trabajador financia la actividad del empresario. Es decir, al cobrar las pagas extras aparte, el empleado le hace al empresario un préstamo al 0% de interés. Y lo peor de todo, es que normalmente no lo hace de manera voluntaria.
En consecuencia, se trata de un mecanismo que en lugar de fomentar el ahorro, fomenta el consumo, en beneficio de las empresas. Sin embargo, el trabajador debería ser libre para elegir si prefiere un mecanismo u otro. Es decir, tendría que tener derecho a decidir si desea tener las pagas extras prorrateadas para tener un nivel de vida mejor o cobrarlas prorrateadas para verse forzado a ahorrar.
Hola, buenos días.
Tengo una serie de problemas sobre mi nómina, respecto a lo que son las pagas y el salario. Y creo que me están haciendo un fraude de economía salarial, puesto que no me pagan dos de las tres pagas que pone en convenio. Y que no han actualizado los salarios base a lo que marca el convenio colectivo del 2017. Y pienso que se están pasando ya con este tema.
Sé que voy a reclamar y me iré a la calle, pero trabajo para ganar dinero.
Buenos días Oscar.
En cuanto a la reclamación de cantidad, se puede hacer para reclamarle a la empresa las cuantías de los últimos 12 meses. Es decir, no se pueden reclamar deudas salariales de más de un año. Y si la empresa despide a la persona trabajadora por haberla demandado, dicho despido carecerá de validez, porque será considerado nulo.
Un saludo.