Es posible que tu empleador desee pagarte parte de tu salario en especie. Este tipo de salario también recibe el nombre retribución flexible. Y se encuentra regulado en el Estatuto de los trabajadores para evitar que pueda generar perjuicios en el trabajador.
Por esa razón, te voy a contar cuando puede tu empleados pagarte así (porque no puede hacerlo de cualquier manera), el límite que existe, los requisitos que debe reunir esta retribución y en qué se diferencia de la retribución extrasalarial.
¿Qué es el pago de salario en especie?
Cuando prestas tus servicios para un empresario, es evidente que tiene que pagarte, pero no es necesario que lo haga íntegramente en dinero. Porque existe la posibilidad de que parte de ese salario te lo pueda pagar en especie.
Esto último, significa que podría retribuirte a través de la entrega de productos o servicios de cualquier clase. Pero esta forma de pago no puede ser impuesta unilateralmente por el empresario, para evitar perjuicios para el trabajador.
Por ese motivo, para darte un salario en especie, es preciso que lo permita la ley, el convenio colectivo que te sea de aplicación o el acuerdo individual al que llegues con tu empleador (ya sea verbal o escrito).
Límites del salario en especie
La ley prefiere que la mayor parte del salario se perciba en metálico, para evitar los posibles abusos que se podrían dar si se diera libertad al empleador de pagar cualquier cantidad como quisiera.
Por tanto, permite que se pueda pagar una pequeña parte del salario en especie, siempre que respeten estos dos límites:
- La cuantía de la retribución en especie no puede superar el 30% del salario total del trabajador.
- El salario en dinero nunca puede ser inferior al salario mínimo interprofesional (SMI). En otras palabras, el empresario debe pagarte el salario mínimo interprofesional en dinero, como mínimo, y a partir de ahí, ofrecerte mejoras en especie. Pero lo que no puede hacer, es incluirte la retribución en especie dentro del salario mínimo interprofesional.
Ejemplo para comprender esos límites
Alberto cobra en 14 pagas al año un salario mensual cuyo valor total es de 1.400 €. De esa cuantía, 1.100 € al mes se los pagan en dinero y los otros 300 € al mes en especie.
Si tienes presente los dos límites que te he comentado, verás que está dentro de la legalidad la retribución en especie que cobra Alberto. Observa los motivos:
- El salario en especie que percibe equivale al 21,43% de su salario. En consecuencia, es correcto porque no sobrepasa el límite máximo del 30% que señala el artículo 26.1 Estatuto de los Trabajadores.
- El salario mínimo garantizado en 2022 es de 1.000 € al mes. Por tanto, el empresario debe pagarle como mínimo 1.000 € en dinero. Obligación que cumple al pagarle 1.100 euros al mes en metálico.
Otro aspecto que debes tener en cuenta es, que, cualquier pacto que no respete estos límites será nulo. Es decir, será como si ese acuerdo nunca hubiera existido.
Condiciones del pago en especie
El salario en especie ha de cumplir las siguientes condiciones:
- Ha de ser cuantificable en dinero.
- El derecho a esta retribución se genera por la existencia de una relación laboral.
- Computa a la hora de calcular la indemnización por despido y también para la base de cotización. Si no se tuviera en cuenta para determinar la indemnización por despido objetivo, este último sería declarado improcedente.
- La empresa te ha de entregar el bien o servicio del pago en especie de manera individualizada. Es decir, no puede entregarse de manera indiferenciada a un grupo de trabajadores.
- La obtención o disfrute del bien o servicio debe ser a un precio inferior al que existe en el mercado e incluso puede ser gratuito.
- Podrán beneficiarse de su uso o prestaciones el trabajador y su familia.
Ejemplos de salario en especie
La retribuciones en especie más habituales son las siguientes:
- Coche de la empresa, que también puede ser utilizado por el trabajador en su vida privada.
- Casa de empresa. Este salario en especie se suele conceder a trabajadores que han tenido que desplazarse para llevar a cabo su actividad profesional. De manera que la empresa le facilita una casa para que pueda vivir gratis en ella o pagando un alquiler inferior al que pagaría a precio de mercado.
- Servicio de guardería.
- Préstamos económicos con mejores condiciones a los ofrecidos por los bancos. Normalmente a un interés inferior al del mercado.
- Pago de la conexión a internet en casa, para que el trabajador tenga este servicio gratis.
- Ordenador portátil o teléfono de la empresa, con el fin de que el empleado pueda darle también un uso personal.
- Plaza de garaje o parking, que puede ser utilizada en cualquier momento, incluso fuera de su jornada laboral.
- Planes de pensiones.
- Acciones de la empresa.
Qué no es salario en especie
Según el art. 42 de la Ley 35/2006, no se considera salario en especie, entre otros, a:
- Las acciones o participaciones de la propia empresa que se le entregan al trabajador de forma gratuita o a un precio inferior al normal de mercado. Siempre que no exceda para cada empleado de 12.000 € anuales.
- Los productos que se realicen en cantinas o comedores de empresa o economatos de carácter social, a precios rebajados.
- Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado.
El pago en especie es distinto a las retribuciones extrasalariales
Es importante que conozcas la diferencia que hay entre pago en especie y las retribuciones extrasalariales. Porque pueden parecer lo mismo, pero en realidad no tiene nada que ver.
Ten en cuenta que las retribuciones extrasalariales las paga la empresa para compensar o indemnizar los gastos directos que tengas al desarrollar actividad profesional. Además, el importe económico que percibas por tal concepto, no computa para el abono de los periodos de descanso ni se tiene en cuenta a la hora de calcular la indemnización por despido.
Sin embargo, el pago en especie:
- Te lo han de entregar de forma periódica cada mes, con independencia de que tengas gastos o no derivados del trabajo.
- Computa para calcular la indemnización por despido. Y también para determinar la cuantía de otras prestaciones, tanto de la Seguridad Social como por desempleo.
Lo que tienen en común el salario en especie y las retribuciones extrasalariales es que ambos conceptos cotizan a la Seguridad Social y tributan a efectos del IRPF.