La cotización para la jubilación mientras que se cobra la prestación por desempleo o el subsidio, suele ser uno de los temas que más preocupa a los desempleados. Y más entre los jóvenes, ante la inestabilidad que suelen tener en el empleo.
Por eso, te voy a contar en qué casos concretos tendrías este beneficio estando en el paro. Otro asunto que también inquieta a cualquier desempleado, son las causas por las cuales se queda sin cobrar el paro este mes y cómo solucionarlo.
La prestación contributiva por desempleo ¿cotiza para la jubilación?
Sí, durante el tiempo que estés cobrando el paro estarás cotizando a la Seguridad Social para la jubilación. Y también lo harás para las siguientes contingencias: incapacidad temporal, invalidez permanente, muerte y supervivencia, protección a la familia y asistencia sanitaria.
En cambio, durante dicho periodo no cotizarás por accidente de trabajo, enfermedad profesional, desempleo, Fondo de Garantía Salarial, y Formación Profesional.
¿Cuánto cotizo a la Seguridad Social para la jubilación estando en el paro?
Es una de las preguntas que más nos suelen hacer porque es un tema que preocupa especialmente a los desempleados con una edad próxima a la jubilación. Ya que, cuanto mayor sea la base de cotización que se haya tenido años atrás, mayor será la pensión de jubilación a percibir, y viceversa. Por tanto, la duda estaría en qué base de cotización elige el SEPE a la hora de cotizar por ti mientras que cobras la prestación por desempleo. Ten en cuenta que antes de perder tu empleo has podido tener distintas bases, por ejemplo, por haberse producido un cambio de convenio, un aumento de categoría profesional, etc.
La respuesta es muy sencilla. El SEPE calculará la media de las bases de cotización qué tuviste en los últimos 180 días de trabajo. Y el resultado obtenido será la base que te asignará. Aunque también tienes otra vía más fácil para conocer la base por la cual cotizarás. Consiste en comprobar la base reguladora que te han reconocido en la prestación por desempleo, ya que esta última será la misma que la base de cotización. Por otra parte, es importante que sepas que dicha base no estará sujeta a ningún tope mensual, ni máximo ni mínimo.
En el supuesto de que hubieras tenido un trabajo a tiempo parcial, es posible que te hubieran reconocido la prestación parcial por desempleo. De ser así, la base de cotización se te reduciría en la misma proporción que la jornada que tenías. Por ejemplo, si el contrato de trabajo que se te ha acabado fuera de 24 horas semanales. Significaría qué has estado haciendo el 60% de la jornada (suponiendo que la jornada completa era de 40 horas a la semana). Por consiguiente, la base te la reducirían en la misma medida. En otras palabras, en este caso tendrías derecho a que te reconocieran el 60% de la base de cotización correspondiente.
¿Me bajará la futura pensión el tiempo que he estado cobrando el paro?
Como acabo de comentarte, mientras que estés cobrando la prestación contributiva, seguirás cotizando a la Seguridad Social. Y lo harás por un importe igual o similar al que tenías cuando trabajabas. Por tanto, si accedes directamente desde el paro a la jubilación, es muy probable que la cuantía de la pensión no se vea reducida por haber estado ese tiempo desempleado o desempleada.
¿Quién paga las cotizaciones a la Seguridad Social durante el cobro de la prestación contributiva por desempleo?
El SEPE y tú seréis los responsables de pagar las cuotas a la Seguridad Social por la base de cotización que te hayan reconocido.
De modo, que cada uno tendréis que ingresar el siguiente importe:
- El SEPE tendrá que pagar el 23,60% de la base. Este es el porcentaje que venía pagando la empresa por ti antes de finalizar la relación laboral.
- Tú, como desempleado o desempleada, deberás pagar el 4,70% de la base. Por esa razón, podrás ver que cada mes te descuentan de la nómina del paro este importe, además de otras cuantías, como el IRPF.
En consecuencia, aunque estés en el paro, seguirás pagando a la Seguridad Social el mismo porcentaje (4,70%) que si estuvieras en activo. Y el SEPE irá abonando 23,60%, por ser la aportación que realizaba la empresa por ti mientras estabas trabajando.
Años atrás, los desempleados tenían una cobertura mayor, ya que antes de la reforma laboral de 2012, no tenían que pagar ese 4,70% en su totalidad. Porque el SEPE asumía parte del abono de esa cuota. En concreto, se hacía cargo de un 35% de ese 4,70%.
¿Existe cotización para la jubilación en los subsidios?
Por norma general los subsidios por desempleo no cotizan para la jubilación. Así que, no cotizan: el subsidio por desemplo, la ayuda familiar, el nuevo subsidio SED, etc.
Pero excepcionalmente sí que cotizan para la jubilación los 3 siguientes:
- El subsidio para mayores de 52 años.
- El subsidio para trabajadores fijos discontinuos en mayores de 52 años.
- El subsidio para trabajadores fijos discontinuos en menores de 52 años siempre que hayan cotizado al menos 180 días. En este caso, solo cotizarán para la jubilación los primeros 60 días del cobro del subsidio.
Sin embargo, ¡ojo!, porque el tiempo que estés cotizando a través de cualquiera de estos tres subsidios, no será tenido en cuenta para acceder a la pensión de jubilación. Simplemente se tendrá en consideración con el fin de calcular la base reguladora de la pensión de jubilación y el porcentaje que se te aplicará.
¿Y si estoy inscrito como demandante de empleo, pero sin cobrar ninguna ayuda?
En ese supuesto, no tendrás derecho a ningún tipo de cotización. Lo que sí tendrás derecho es a la asistencia sanitaria pública y gratuita.
¿Hay alguna forma de seguir cotizando en estos casos?
Si estás en el paro y ninguna de las prestaciones que percibes cotiza para la pensión de jubilación o quieres aumentar tu base de cotización, tienes la opción de suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social.
De esta forma, podrías seguir cotizando por tu cuenta. Anteriormente, ya hablamos detalladamente de este Convenio Especial en otro artículo.
Buenos días, mi pregunta es; estoy en el paro contributivo, tengo 64 años y más de
40 años cotizados. Según dice la seguridad social puedo jubilarme el día de mi cumpleaños (65). Pero tengo paro hasta 7-11-23, dos meses después de cumplir. ¿Puedo seguir en el paro y así conseguir alguna mejora en mi pensión de jubilación?
Gracias, un saludo.
Buenos días Manuela,
Al cumplir la edad de jubilación, solamente se puede continuar cobrando la prestación por desempleo si no se reúnen los requisitos necesarios para poder cobrar la pensión contributiva de jubilación. Es decir, que en cuanto se reúnen los requisitos para poder acceder a la pensión de jubilación, ya no se puede prologar voluntariamente el cobro del paro porque se pierde ese derecho.
Un saludo.
Hola, se me acaba el paro después de dos años, ¿Cuándo cobre el subsidio me cotizará, ya que tengo doce años y medio?
Hola Adela.
Si no se tiene al menos 15 años cotizados, no se puede acceder a subsidio para mayores 52 años. Pero se podría solicitar cobrar la RAI. Aunque la RAI no cotiza para la jubilación. De todos modos, como es el INSS quién determina el tiempo que se lleva cotizado para la jubilación, antes de pedir el subsidio para mayores de 52, es recomendable consultar en el INSS los años ciertos que se tienen cotizados, para saber con certeza a qué subsidio se puede optar.
Un saludo.
Hola, buenas tardes. Finalicé mi contrato por definición en julio de 2020, ya que mi contrato era de asistenta. Tengo 11 años de aporte y 62 años de edad. ¿Qué subsidio puedo solicitar? gracias.
Hola Silvia,
Me imagino que ahora estarás cobrando la prestación por desempleo, y si no es así, todavía estás a tiempo de solicitarlo. En cuanto al subsidio que se puede percibir posteriormente:
Si no se tienen 15 años de cotización acumulados no se puede pedir el subsidio para mayores de 52 años, que es el único que cotiza para la jubilación.
Una vez descartado el anterior subsidio, con esa edad, solo quedarían estas dos opciones:
1- Si se tienen cargas familiares se podría solicitar el subsidio de ayuda familiar.
2- Y si no se tienen responsabilidades familiares, se puede pedir el subsidio para mayores de 45 años.
Un saludo.
Buenas noches. Mi pregunta es, ¿cuál es la cuantía que cotiza el SEPE por el subsidio de mayor de 52 años?
Hola Francisco,
El SEPE cotiza por quienes perciben el subsidio de mayores de 52 años, el 125% de la base de cotización mínima que hay vigente cada año.
Un saludo.
Buenas, quería preguntarle que estoy desempleada desde el 15 de febrero y estoy cobrando una ayuda que empecé el 10 de marzo durante 6 meses. Por la situación actual, ¿me cuentan los meses que estemos en alarma el país? Gracias y un saludo.
Hola Juana,
En principio, las ayudas por desempleo no se van a prorrogar por el estado de alarma. Es decir, seguirán contándose los meses de la misma manera.
Un saludo.