Hay dos tipos de empleados que tienen derecho en estos momentos una protección especial por desempleo. Se trata de los trabajadores fijos discontinuos y los trabajadores que realizan trabajos fijos y periódicos, que se repiten en fechas concretas. Esta medida está destinada principalmente a empleados que tienen trabajos estacionales, como ocurre por ejemplo, con los trabajadores del sector turístico.
En esta entrada te contaré qué trabajadores fijos discontinuos pueden acceder a esta prestación extraordinaria, cuánto se cobra por ella, cómo se tiene que solicitar, qué duración tiene, si se puede compatibilizar con otro trabajo, qué plazo hay para solicitarla, etc.
Índice del artículo
- 1 ¿Cuánto se cobra por esta prestación extraordinaria?
- 2 ¿Qué fijos discontinuos tienen derecho a esta ayuda por desempleo?
- 3 ¿Qué duración tiene esta ayuda por desempleo?
- 4 ¿Los fijos discontinuos pueden interrumpir esta prestación extraordinaria?
- 5 ¿Puedo seguir cobrando esta prestación extraordinaria si me sale un trabajo?
¿Cuánto se cobra por esta prestación extraordinaria?
Los trabajadores fijos discontinuos a los que el SEPE les reconozca el derecho a cobrar esta ayuda por desempleo, percibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora. Conviene aclarar, que el SEPE tomará como base reguladora la misma que tuvieran en la última prestación por desempleo que percibieron.
¿Qué fijos discontinuos tienen derecho a esta ayuda por desempleo?
Los trabajadores fijos discontinuos y los trabajadores que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas concretas, que:
- Se hayan visto afectados por un ERTE ETOP o de fuerza mayor debido al COVID-19, durante todo o parte del último periodo, y la empresa los haya sacado del ERTE al llegar la fecha en la que hubieran finalizado la actividad, en una situación normal.
- Pueden cobrar esta prestación extraordinaria aunque no tuvieran cotizaciones suficientes para acceder a la prestación contributiva por desempleo ordinaria.
- En este caso, es la empresa la que debe solicitar esta ayuda por desempleo al SEPE para que los trabajadores fijos discontinuos puedan cobrar esta prestación.
- No estuvieron incluidos en un ERTE pero cobraron el paro durante la pandemia porque:
- Empezaron a trabajar, pero la empresa ceso su actividad a causa del COVID-19.
- No llegaron a incorporarse a su puesto de trabajo a consecuencia de la pandemia.
Y ya agotaron su prestación por desempleo o la van a terminar antes del 28 de febrero de 2022, y siguen en el paro. Es decir, pueden cobrar esta prestación extraordinaria los fijos discontinuos que ya no tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo ni a nivel contributivo ni asistencial.
En este supuesto, son las personas trabajadoras (y no las empresas) las que deben tramitar esta ayuda por desempleo.
¿Cómo pueden solicitar esta prestación?
Los trabajadores fijos discontinuos pueden solicitar esta ayuda extraordinaria a través de la Sede Electrónica de la página web del SEPE o solicitando cita previa para ser atendido por un gestor del SEPE.
¿Qué duración tiene esta ayuda por desempleo?
La prestación extraordinaria para trabajadores fijos discontinuos durará hasta el 28 de febrero de 2022, fecha en la que además, se pondrá fin a los ERTE.
¿Los fijos discontinuos pueden interrumpir esta prestación extraordinaria?
Sí, los trabajadores fijos discontinuos pueden interrumpir el cobro de esta prestación extraordinaria si vuelven a trabajar:
- Porque reinician la actividad en la empresa en la que estaban de ERTE. En este caso, el trabajador no debe preocuparse de comunicar esta situación al SEPE, ya que es la empresa la que está obligada a comunicarle al SEPE qué trabajadores vuelven a la actividad, con el fin de suspenderles esta ayuda extraordinaria por desempleo mientras que estén trabajando.
- Comienzan a trabajar en otra empresa distinta a la que estaban de ERTE. En este supuesto, son los trabajadores fijos discontinuos los que deben comunicarle al SEPE que van a empezar a trabajar. De lo contrario, la prestación no se interrumpiría y el trabajador estaría percibiendo un cobro indebido, que podrá ser reclamado por el SEPE en cualquier momento.
En cuanto terminen el trabajo de forma involuntaria y vuelvan a encontrarse en situación de desempleo, los fijos discontinuos podrán solicitarle al SEPE la reanudación de la prestación extraordinaria. Eso sí, lo tienen que hacer antes del 28 de febrero de 2022, que es cuando finaliza esta ayuda por desempleo.
¿Puedo seguir cobrando esta prestación extraordinaria si me sale un trabajo?
Esta es una de las principales novedades del Real Decreto Ley 30/2020. Ya que dicho Real Decreto permite compatibilizar el cobro de esta prestación extraordinaria con un trabajo a tiempo parcial. Ahora bien, el SEPE deducirá de la cuantía de la prestación la parte proporcional del tiempo trabajado. Es decir, que si por ejemplo trabajas a media jornada, el SEPE te descontará el 50% de la prestación mientras que estés en esta situación.
Por tanto, si ya tenías un trabajo a tiempo parcial (no afectado por un ERTE) o te sale uno nuevo, podrás cobrar a la vez el salario que te corresponda y esta ayuda por desempleo.
Buenas, he solicitado la ayuda de fijos discontinuos. Mi pregunta es, ¿a qué base reguladora se acogen para esta ayuda? A mi en el SEPE me han dicho que se acogen a la base reguladora de mi antiguo desempleo en vez de a la de el trabajo que estoy, que es a la que se deberían de acoger, gracias.
Hola Fran.
Se calcula sobre la base reguladora que se tenía en la última prestación por desempleo que se percibió.
Un saludo.
Hola!
Soy fija discontinua y me han dicho en el SEPE que podía coger la ayuda extraordinaria ya que no acumulado para cobrar paro. En caso de que me acepten y cobre esta prestación, ¿más adelante me lo descontarían del paro?
Un saludo y gracias por su atención!
Buenos días Laura:
Todo el tiempo que se haya consumido de desempleo desde septiembre de 2020, no computará (es decir, no lo descontarán del futuro paro) si se produce un despido por cualquier causa a partir del 1 de enero de 2023.
Un saludo.
¿Se renovarán las ayudas para los fijos discontinuos del 30 setiembre que no nos hemos reincorporado y no nos han incluido en un ERTE?
Hola Maria.
Los sindicatos están pidiendo mantener las ayudas hasta el 31 de enero y CCOO ha solicitado recuperar la prestación extraordinaria para fijos discontinuos. Pero habrá que esperar unos días para saber en qué queda el resultado de las negociones.
Un saludo.
Hola! Han discontinuado mi contrato laboral el 30 de diciembre pasado y no me han vuelto a llamar para reincorporarme. Pero si han tomado nuevos empleados. Pasaron 6 meses y 7 días. ¿Me corresponde finiquito? ¿Cómo debería actuar?
Hola Marcos.
– El finiquito lo debe abonar la empresa en cuando termina cada periodo de trabajo. Así que, me imagino que te refieres a la indemnización por despido, que es otra cosa distinta.
– En cuanto no se produce el llamamiento en la época habitual, se entiende que el trabajador ha sido despedido. Por tanto, el trabajador tendría derecho a demandar a la empresa por despido improcedente (para reclamar el pago de la indemnización más alta que reconoce la ley) o por despido nulo.
Para demandar por despido, el trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles desde que tuvo conocimiento de la falta de llamamiento, según ley. Si se pasa ese plazo, ya no se podría demandar a la empresa.
Un saludo.
He solicitado mi jubilacion anticipada. Pero sigo cobrando la prestación extraordinaria para fijos discontinuos. Mi empresa ya me ha finiquitado y también ha recibido la carta de mi cese voluntario. Mi pregunta es si es normal seguir cobrando esta paga hasta que se resuelva el tramite de solicitud de jubilación.
Hola Antonia.
Como es una prestación nueva, que ha sido regulada recientemente, en algunos aspectos es posible que existan vacíos legales. Por ese motivo, te recomiendo que los consultes directamente en el SEPE, para saberlo con certeza.
Un saludo.
Hola, voy a volver a trabajar a tiempo parcial y quiero seguir cobrando la prestación. ¿tengo que ponerme en contacto con alguien?¿se hace automaticamente la deducción de la cuantía? ¿o es mi empresa quien tiene que hacer algún tramite? Gracias
Hola Irene.
– La persona que desee seguir cobrando la prestación mientras trabaja a tiempo parcial en otra empresa, debe solicitar en el SEPE la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial. Con la nueva normativa, en la mayoría de casos, ya no produce el descuento sobre la prestación.
– Pero si se vuelve a trabajar para la misma empresa por la que se está cobrando la prestación, es la empresa la que se encarga de hacer el trámite.
Un saludo.
Buenas. ¿Ya saben si los fijos discontinuos aun no llamados entraremos en ERTE automáticamente? No sé si debemos nosotros hacer algún tramite o es automático. Por favor, si tienen información, está muy difícil informarnos.
Hola Claudia.
Las empresas que no puedan reincorporar a sus trabajadores, deberán avisar a los trabajadores para incluirlos en un ERTE.
En cuanto a su tramitación, es preciso preguntarlo en el SEPE, porque todavía no tenemos noticias.
Un saludo.
Se me termina la ayuda el día 2 de junio. Por favor, si saben algo publiquen por favor.
Es posible que la semana que viene ya haya noticias sobre este asunto. Estamos a la espera.
Un saludo.
Estoy en la misma situación. Se me acaba el día 2 de Junio, ya se sabe si hay prórroga?
Buenos días Jocelyn.
Sí, hay buenas noticias. El Gobierno, los sindicatos y los empresarios ya han acordado prorrogar los ERTE hasta el 30 de septiembre.
Un saludo.
Hola.
El 2 de junio se agota la prestación extraordinaria para fijos discontinuos, pero ¿qué hacemos los trabajadores a quienes aún no se nos haya hecho el llamamiento?
Gracias.
Hola María Mañogil.
Se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Pero afortunadamente, el Gobierno en estos momentos está negociando la prórroga de estas ayudas hasta el 30 de septiembre. Así que, me imagino que en unos días sabremos si se podrá seguir cobrando esta ayuda.
Un saludo.
Hola, ¿Dónde podemos informarnos si se aprueba la prorroga de la ayuda extraordinaria?. No encuentro información en ningún lugar,
¿podrían ustedes publicarlo? gracias.
Hola claudia eliz,
En cuanto tengamos noticias de la posible prórroga, actualizaremos este artículo con las novedades.
Un saludo.
Buscad trabajo! basta ya de paguitas y mantenidos…