Perder la pensión de viudedad es algo que sigue preocupando a aquellas personas que quieren casarse de nuevo. Estos años atrás, en el momento que el beneficiario/-a de la prestación volvía a casarse, se extinguía automáticamente su prestación. Pero en la actualidad, existen una serie de excepciones.
Ahora puedes casarte o tener pareja de hecho de nuevo sin tener que perder la pensión de viudedad, siempre que cumplas con lo que establece la ley. A continuación, te comento los requisitos.
¿Por qué la ley hacía perder la pensión de viudedad al casarse de nuevo?
La pensión de viudedad fue creada en España en 1955 para dar amparo a aquellas mujeres que se quedaban sin recursos económicos tras morir su marido.
Hay que tener en cuenta que en aquella sociedad los maridos eran los que traían el dinero a casa, porque las mujeres se encargaban del cuidado de los hijos y el hogar.
Más adelante, se aprobó la Constitución Española, y con ella la prohibición de discriminar por razón de sexo. Con lo cual, los viudos pasaron a tener los mismos derechos que las viudas. Y posteriormente ha ido evolucionando el concepto, de modo que también fueron adquiriendo la condición de beneficiarios los:
- Separados.
- Divorciados.
- Parejas de hecho.
En resumen, ha sido y sigue siendo una prestación polémica y en constante cambio. Pero se sigue entiendo que al casarse de nuevo la persona ya no se encuentra desamparada, porque cuenta con el apoyo económica de su nueva pareja. Por lo que deja de tener ese beneficio de la Seguridad Social.
Ahora bien, existen determinadas excepciones que te permitirían contraer un nuevo matrimonio o constituirte en pareja de hecho, sin tener que perder la pensión de viudedad.
Excepciones para poder casarte sin perder la pensión de viudedad
Para que esto suceda es necesario que cumplas con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 61 años o si tienes menos de esa edad, tener reconocida una incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, o tener una discapacidad igual o superior al 65 %.
- La pensión de viudedad debe ser la fuente principal de ingresos. Eso significa, que como mínimo, la pensión ha de suponer el 75% del total de los ingresos.
- Además, es imprescindible que ambos tengáis unos ingresos anuales inferiores al doble del salario mínimo interprofesional.
También tendrás que cumplir con estas mismas condiciones si estás pensando en hacerte pareja de hecho.
Causas extinción de la pensión
Estos son los motivos por los que te podrían quitar la pensión:
- Por contraer nuevo matrimonio o constituir pareja de hecho, salvo que cumplas con los requisitos comentados en el apartado anterior.
- Cuando fallezcas.
- Si por sentencia firme, fueras declarada o declarado culpable de la muerte de tu pareja.
- Al demostrarse que el trabajador desaparecido en un accidente y dado por muerto, realmente no falleció.
- En caso de que te condenen por la comisión de un delito de homicidio.
¿Con qué es compatible la paga de viudedad?
Lo que conviene que tengas claro, es que la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo.
Y esto tiene como consecuencia, que también la puedes compaginar con cualquier prestación que venga a sustituir al salario que percibes por el trabajo que desempeñas. Por tanto, puedes cobrar la paga de viudedad y a la vez recibir:
- Las ayudas económicas por desempleo.
- La prestación por incapacidad temporal en caso de enfermedad o accidente. Incluso puedes llegar a compaginarla con la pensión por incapacidad permanente.
- El subsidio de maternidad o paternidad en el supuesto de nacimiento de hijos. Además, puedes beneficiarte de las prestaciones de riesgo durante el embarazo o de la lactancia.
- La pensión de jubilación, cuando por edad dejes de trabajar. Sin embargo, la suma de la cuantía de ambas pensiones no deberá sobrepasar el tope que la ley establece cada año.
Hola, llevo 10 años con un señor viudo y ahora que tiene 64 años nos queremos casar. Yo no cobro nada desde hace años, ¿le quitarían la pensión de 1090€? Gracias, perdón, mi nombre es Carmen.
Buenos días Carmen,
Si el pensionista es mayor de 61 años, su pensión es su principal o única fuente de ingresos (porque representa al menos el 75% del total de los ingresos que tiene), y los ingresos de este (más los que aporte su pareja), no superan los 28.000 € al año, se puede casar sin ningún problema, porque no perdería la pensión de viudedad.
Un saludo.
Cobro pension de viudedad desde 1983, soy pareja de hecho, si mi pareja fallece, ¿puedo elegir entre la que cobro y la de mi pareja de hecho? Gracias.
Buenos días Begoña.
Efectivamente, cuando ya se cobra una pensión de viudedad y se genera el derecho a poder cobrar otra pensión de viudedad, como ambas pensiones no se pueden percibir a la vez, se puede elegir entre una pensión u otra.
Un saludo.
Soy autónoma y vivo a 6 años con un viudo. Me quiero casar. Pero, ¿él perderá el subsidio por viudedad? Merci.
Hola Sirlene.
Cualquier pareja que se quiera casar, tiene que reunir lo requisitos concretos que se comentan en el apartado 2 de este artículo «Excepciones para poder casarte sin perder la pensión de viudedad», para poder hacerlo sin perder la pensión.
Y si te refieres al subsidio temporal de viudedad, solo dura 2 años. A partir de entonces, ya se puede contraer matrimonio sin problemas.
Un saludo.
Buenas noches, soy viuda de 54 años y con un hijo con discapacidad del 100%. Me gustaría casarme y formalizar mi estado por mi hijo. ¿Perdería también mi pensión de viuda o hay excepciones por tener un hijo con esta discapacidad? Muchas gracias.
Hola Rosi.
Al ser menor de 61 años, si se contrae matrimonio, se pierde la pensión. No hay excepciones por tener un hijo con discapacidad.
Un saludo.
Hola, gracias por su respuesta, pero la pensión de España es una pensión no contributiva, ¿quiere decir que es igual?
Hola Patricia,
La pensión de viudedad es una pensión contributiva en España porque así lo considera la Seguridad Social, ya que es necesario que la persona fallecida haya cotizado durante un periodo mínimo de tiempo para generar este derecho en la persona beneficiaria. Solo existen dos tipos de pensiones no contributivas en España, la de invalidez y jubilación (no la de viudedad).
Un saludo.
Hola. Tengo 55 años, 9 años de viuda cobrando 224 € de pensión y 700 de pensión de Suiza. ¿Podría casarme nuevamente? Aunque ahora mi pareja está en el paro, pero no recibe prestaciones, ya que se le ha agotado. O esperar mis 61 para hacerlo, ya que yo le llevo a mi pareja 8 años.
Hola Ángela,
Para que una persona que está cobrando la pensión de viudedad se pueda volver a casar sin perder la pensión, es imprescindible que cumpla rigurosamente los tres requisitos que se detallan en el artículo. Porque nada más que incumpla uno de los requisitos, ya será motivo suficiente para que la Seguridad Social le deje de pagar.
Un saludo.
Hola, buenas tardes. Mi pregunta es, mi pareja está en prisión y para tener un vis a vis con él, tengo que hacerme pareja de hecho. Pero me gustaría saber si puedo perder mi paga de viuda. Muchas gracias.
Hola Andrea Inmaculada,
El hacerse pareja de hecho acarrea la pérdida de la pensión de viudedad, salvo que se cumplan los requisitos que aparecen en este artículo, puedes echarle un vistazo para conocerlos.
Un saludo.
Hola,tengo 59 años,soy viudo y cobro una pensión de 515 euros al mes, más 430€ de subsidio. Si me caso con una señora que trabaja en servicio domestico y cobra 950 euros al mes, ¿pierdo mi pensión de viudedad? Gracias y un saludo.
Hola Rafael,
En mi opinión, la perdería, ya que la pensión de viudedad parece no ser la fuente principal de ingresos.
Un saludo.
Muchas gracias por contestarme. Perdóname quiero preguntarte, si la señora deja de trabajar y vivimos solo con lo que gano yo, ¿igual voy a perder la pensión de viudedad? Gracias.
El problema es el mismo. Entiendo que se perdería, porque la pensión de viudedad no supone como mínimo el 75% del total de los ingresos.
Saludos.
Tengo 78 años y cobro más de pensión de viudedad que por la mía de autónomo. Si me casara nuevamente con alguien sin recursos económicos, ¿perdería la pensión de viudedad al ser esta casi el 50% de mis ingresos?
Buenas tardes Manuel,
En mi opinión, sí que la perdería. Porque para poder casarse sin perder la pensión, es necesario que demuestre que el importe anual de su pensión de viudedad, supone al menos, el 75% del total de sus ingresos en cómputo anual. Y por lo que comenta, parece que no alcanza ese %.
Un saludo.
Buenos días, me llamo Jose, soy viudo y tengo 40 años. Me gustaría saber, ¿si formo pareja de hecho pierdo mi pensión de viudedad? Gracias ante todo. Un saludo.
Buenos días Jose,
En mi opinión, si quieres hacerte pareja de hecho sin perder la pensión de viudedad, es imprescindible que cumplas con los requisitos que te indico en el artículo. De todos modos, para confirmar que sucedería en tu situación particular u quedarte más tranquilo, puedes llamar al teléfono de información de la Seguridad Social: 901 16 65 65 en horario de lunes a viernes (no festivos) de 9 a 20h.
Un saludo.
Buenos días, tengo 65 años, sin ningun tipo de prestacion. Soy chilena, 11 años en España. Mi pareja española, 82 años, viudo y sin hijos.¿Podemos hacer pareja de hecho sin perder pensión de viudedad otorgada en Suiza?
Hola Antonia. Se trata de una circunstancia tan especial, que no sabría contestarte sin tener más datos. Por consiguiente, lo más recomendable es que lo preguntes directamente en el INSS. Un saludo.
Tengo 54 años y soy viuda. Percibo 542 euros de viudedad y tengo una discapacidad del 41%. Si me caso en Cuba con un cubano, ¿pierdo mi paga de viudedad?
Hola Rosa,
Al ser menor de 61 años, la pensión de viudedad se pierde en todo caso al contraer matrimonio.
Un saludo.
Excelente reporte sobre la pension por viudas. La mayoria de las personas no lo saben y por eso dicen que prefieren vivir con una nueva pareja sin casarse, para no perder el beneficio.
Muchas gracias Janh, comparto completamente tu opinión. Hay muchas parejas que desconocen esta excepción y evitan por todos los medios formalizar su relación, por ese miedo que comentas.