Si te has quedado embarazada y estás trabajando, que sepas que tienes derecho a disfrutar de estos permisos retribuidos, que te permitirán ausentarte de tu puesto de trabajo para ir a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
A continuación, te explicaré en qué consisten los permisos para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, qué duración tienen, cuánto debe pagarte la empresa durante ese tiempo, si estás obligada a preavisar a la empresa, etc.
¿En qué consiste el permiso para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto?
El permiso retribuido para acudir a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto viene regulado en el 37.3 f) del Estatuto de los Trabajadores. Y en cuanto lo solicites, el empresario no podrá denegártelo.
Consiste en poder ausentarte de tu puesto de trabajo para que puedan hacerte:
- Exámenes prenatales: tienen esta consideración los análisis de sangre y orina que tendrán que hacerte durante el embarazo para comprobar tu estado de salud y el del feto, las visitas que le hagas a la matrona y las citas que tendrás con tu ginecólogo para que te realice el correspondiente seguimiento.
- Técnicas de preparación al parto: para que puedas asistir aproximadamente a 7 clases en las que te enseñarán técnicas para facilitarte el alumbramiento.
Siempre, eso sí, que necesariamente tengas que acudir a estas citas en horas de trabajo. Y si tu puesto de trabajo pone en riesgo tu salud o la del feto, puedes pedir la baja por riesgo durante el embarazo. O si tienes alguna enfermedad derivada del embarazo, también tienes la opción de solicitar la baja temporal, hasta que des a luz y ya puedas pedir la baja maternal.
¿Me pueden hacer los exámenes prenatales en un centro privado?
Pueden hacerte los exámenes prenatales tanto en un centro público como en un centro privado. Porque la norma que te permite disfrutar de estos permisos de trabajo (art. 37.3 f) del Estatuto de los Trabajadores), no especifica si los exámenes prenatales deben realizarse en el servicio público de salud o en un centro privado.
Por tanto, la ley te da plena libertad para que elijas lo que más te interese. En consecuencia, ningún convenio puede limitar este derecho, estableciendo por ejemplo, que solo puedan disfrutar de estos permisos las madres que realicen los exámenes de prenatales o las técnicas de preparación al parto en centros pertenecientes al servicio público de salud. Porque sería ilegal. Ya que la ley no lo prohíbe expresamente, y tal prohibición atentaría contra la libertad de la trabajadora.
¿El otro progenitor puede disfrutar de este permiso?
En principio, el permiso para acudir a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto está pensado para que solo lo disfrute la madre biológica. Sin embargo, como el concepto de corresponsabilidad ha ido evolucionando a lo largo de estos años, para intentar alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres, sí que se le permite al otro progenitor disfrutar de estos permisos. Siempre, eso sí, que venga reconocido este derecho en el convenio colectivo al que pertenece.
Por consiguiente, es la negociación colectiva la que determina si el otro progenitor puede disfrutar de permisos para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto o no, y en qué condiciones los puede disfrutar. En consecuencia, hay convenios colectivos que pueden reconocer este permiso como retribuido. Y hay otros, en los que el progenitor tiene que recuperar el tiempo de trabajo que haya perdido al acudir a los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
¿El convenio colectivo me puede limitar el número de permisos?
El art. 37.3 f) del Estatuto de los Trabajadores no especifica el número de permisos que tienes como trabajadora para acudir a los exámenes prenatales o de técnica de preparación al parto. Por tanto, sería ilegal que tu convenio colectivo estableciera un número máximo de permisos a disfrutar por esos motivos.
¿Debo preavisar a la empresa de cuando necesito el permiso?
Sí, según indica el Estatuto de los Trabajadores, debes preavisar a la empresa con suficiente antelación, para que puedan ver cómo cubrir tu puesto de trabajo el día que te cojas el permiso. Entonces, como la ley no recoge un plazo concreto, lo más recomendable es que des el preaviso tan pronto como puedas.
Puedes dar este preaviso de forma verbal o escrita. Aunque lo más aconsejable es que siempre lo hagas por escrito, para dejar constancia de tu solicitud.
En el caso de los exámenes prenatales, es difícil prever en qué fecha se va a pedir un permiso por ese motivo, ya que depende de las necesidades médicas que tengas. Así que, en cuanto lo sepas, es conveniente que se lo comuniques lo antes posible a la empresa. Pero si surge una situación imprevisible por la que necesitas que te hagan urgentemente un examen prenatal, el empresario no te podrá culpar por la demora de ese preaviso.
Y en lo que respecta a las técnicas de preparación al parto, si ya conoces los días y horas concretos en los que tendrás que ir a clase, tienes la opción de presentar un solo preaviso, solicitando un permiso generalizado para poder ir a clases los días que indiques en esa única solicitud. Así te evitarías el tener que dar un preaviso por cada clase a la que tengas que asistir.
Sin perjuicio de que si hubiera algún cambio en las horas o en los días que has indicado, puedas comunicárselo a la empresa sin ningún problema, para que puedan organizarse de nuevo.
¿Cuánto dura el permiso para ir a exámenes prenatales?
La ley dice que la empresa te concederá este permiso por el tiempo indispensable. Y “por tiempo indispensable” se entiende, al tiempo que destines para ir al centro de salud, el de espera, lo que tarden en realizarte el examen prenatal, y el que necesitas para volver a tu puesto de trabajo. Sin que puedan existir retrasos que carezcan de justificación.
¿Cuánto cobraré por el permiso para exámenes prenatales?
Tanto por el permiso para exámenes prenatales como por el permiso para técnicas de preparación al parto, la empresa tendrá que pagarte íntegramente tu salario. Es decir, deberás cobrar lo mismo que si hubieras ido a trabajar.
¿Tengo que justificar que he ido a exámenes prenatales?
Sí, la empresa tiene derecho a exigirte que entregues un justificante médico del profesional o del centro público o privado que te ha realizado el examen prenatal. Dicho documento deberá indicar el día y la hora en que has realizado la visita.
¿Qué mujeres tienen derecho al permiso para exámenes prenatales?
Además de las mujeres que trabajan por cuenta ajena para una empresa privada o para un determinado empresario, también tienen derecho al permiso para exámenes prenatales la mujeres que pertenecen al personal funcionario o estatutario, porque así lo indica el art 3 de la LPRL. Así como aquellas que pertenecen a las Fuerzas Armadas.