El permiso por hospitalización de un familiar suele ser un derecho desconocido por la mayoría de los trabajadores. Por lo que muchos empresarios suelen aprovecharse de esta situación. Así que, vamos a explicarte las claves de este permiso para que puedas disfrutar de él cuando lo necesites.
Lo primero que debes tener en cuenta, es que el permiso por hospitalización es un permiso retribuido. Eso significa, que la empresa tendrá la obligación de pagarte esos días como si hubieras ido a trabajar. De esta manera, podrás estar a lado del familiar hospitalizado sin tener que preocuparte del trabajo. Pero solo puedes solicitar estos días cuando se trate de un familiar muy cercano.
¿Qué es el permiso por hospitalización de familiar?
El permiso por hospitalización de un familiar es un permiso retribuido que se concede a la persona trabajadora para que pueda conciliar la vida familiar con su trabajo. Por tanto, si lo solicitas, podrás ausentarte unos días de tu puesto de trabajo para atender a un familiar hospitalizado, sin dejar de percibir tu sueldo. Ya que el art. 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores te reconoce este derecho.
¿Qué salario cobraré durante el permiso por hospitalización?
La empresa tendrá que pagarte lo mismo que si hubieras ido a trabajar, es decir, tu sueldo no debe variar. Así que, deben incluirte los complementos salariales que cobras habitualmente. Porque así lo indica el Tribunal Supremo en la sentencia de 23 de junio de 2021.
Sin embargo, existe una excepción con algunos complementos no salariales que tratan de compensar una circunstancia concreta (por ejemplo, dietas, gastos de locomoción, plus de distancia, etc. ). Ya que la jurisprudencia permite eliminarlos mientras dure el permiso. Porque al no ir a trabajar durante esos días, se entiende que la empresa no tiene que compensarte esa circunstancia concreta, por no estar expuesto o expuesta a ella.
¿Qué grado de parentesco debe existir para solicitarlo?
Según ley, tienes derecho a solicitar el permiso por hospitalización cuando se trate de algún pariente de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad.
Para que lo entiendas mejor, tendrán que concedértelo cuando el familiar ingresado sea uno de estos:
- Primer Grado: Padres, hijos, cónyuge, pareja de hecho, suegros, yerno o nuera.
- Segundo Grado: Abuelos, abuelos políticos, nietos, hermanos, cuñados, cónyuges de los nietos.
Mucho cuidado, porque los concuñados no tienen relación de parentesco. De ahí que no generen este derecho. Para que entiendas mejor qué es un concuñado, te voy a poner un ejemplo: Dos hermanas, Ana y Pilar. Ana está casada con Rodolfo y Pilar con Arturo. Si tienen que operar a Rodolfo, Arturo no podrá solicitar este permiso por no reunir el requisito de parentesco.
¿Cuántos días pueden darme de permiso por hospitalización?
Según ley, te pertenecen 5 días de permiso por hospitalización. Por consiguiente, tanto si tienes que desplazarte como si no, tienes derecho a disfrutar de 5 días de permiso por este motivo. Salvo que tu convenio colectivo mejore este aspecto y amplíe dicho número de días. Por eso, antes de solicitar el permiso por hospitalización de un familiar conviene que compruebes lo que dice tu convenio.
¿Cómo se computan los días del permiso por hospitalización?
En muchas webs verás que dicen que este permiso se computa en días naturales. Pero si lees el art 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores, podrás observar que la propia ley omite cómo computa este permiso en concreto. Si te fijas bien, solo dice expresamente que son naturales los días de permiso por matrimonio o registro de pareja de hecho. Por consiguiente, esto lleva a interpretar que para el resto de supuestos los días de permiso se consideran laborales.
Así que, tiene su lógica pensar que los días de permiso por hospitalización son laborables. De hecho, carecería de sentido coger el permiso un día que fuera de descanso, ya que no habría ningún problema ese día a la hora de conciliar. Por eso, sentencias como la de la Audiencia Nacional, de junio de 2018, o la sentencia de 24 de febrero de 2022 del Tribunal Supremo, han dejado claro que el permiso debe empezar a computar en un día laborable. Por tanto, si el primer día en el que se produce el hecho causante cae domingo, por ejemplo, al ser un día de descanso, tu permiso de hospitalización empezaría a computar a partir del lunes, por ser el día laborable más inmediato que tienes. Ahora bien, a partir de ese día ya debes computar ese plazo en días naturales, con independencia de que exista algún festivo o día de descanso entremedias.
Por otra parte, también hay que destacar que debes disfrutar de estos días de permiso de forma consecutiva. Es decir, no puedes alternar días de permiso con días de trabajo, salvo que tu convenio colectivo te lo permita.
Además del permiso por hospitalización de un familiar
En el supuesto de que necesites más tiempo para cuidar de tu familiar, también puedes solicitar:
- La reducción de jornada para poder atenderlo.
- La excedencia por cuidado de familiares, que tiene la misma repercusión que la excedencia por cuidado de hijos.
- Y si tuvieras que atender a tu hijo/-a por una enfermedad grave, también podrías pedir la prestación por hijo con enfermedad grave o cáncer.
Y si desgraciadamente no lograra sobrevivir, podrías pedir unos días de permiso por fallecimiento en el trabajo.
¿Cómo le solicito a mi empresa esta licencia?
Avisándole por escrito y con la suficiente antelación para que puedan organizarse. Pero si tu convenio colectivo no dice nada al respecto, lo más recomendable es que preavises a la empresa 15 días antes como mínimo (siempre que sea posible por las circunstancias. Porque evidentemente, en caso de que tu pariente, por ejemplo, haya sufrido un accidente, no será necesario que respetes ese plazo de preaviso).
Del mismo modo, tendrás que justificar tu solicitud aportando un certificado del hospital. Este último, deberá señalar que el familiar se encuentra ingresado.
¿Cuándo puedo disfrutar del permiso por hospitalización?
Cuando tengas a un pariente de hasta segundo grado hospitalizado puedes cogerte este permiso en el momento que te venga mejor. Es decir, mientras dure la hospitalización podrás disfrutar de esos días cuando quieras. De hecho, ni siquiera es necesario que los cojas durante los primeros días del ingreso. Sin embargo, tu convenio colectivo podría señalar alguna fecha concreta. Por eso, sería conveniente echarle un vistazo antes.
En el supuesto de que la empresa sufriera algún perjuicio organizativo por la fecha que has elegido, podrían intentar pactar contigo otra distinta. Pero si no llegas a un acuerdo con ellos, no podrán denegarte el permiso en los días solicitados.
¿Y si un mismo familiar sufre varias hospitalizaciones?
Cada vez que se repita el ingreso de un mismo pariente (aunque sea por la misma enfermedad) se tiene derecho a un nuevo permiso por hospitalización. Así que, aunque ya hayas disfrutado anteriormente de uno, por norma general, el empresario no podrá denegarte el siguiente.
Ahora bien, existe una sentencia reciente que ha incluido una excepción. Se trata de la Sentencia nº 1034/2016, de 30 de noviembre, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En este caso, un trabajador había vuelto a pedir un segundo permiso retribuido porque habían vuelto a ingresar a su suegra. Pero en esta ocasión, la empresa se lo denegó, por lo que el trabajador presentó la correspondiente demanda.
Previsiblemente parecía que el Tribunal le daría la razón al empleado, pero no fue así porque existía un pequeño matiz. El convenio colectivo al que pertenecía le reconocía el derecho a disfrutar de una licencia sin sueldo para atender a un familiar con enfermedad grave mientras que estuviera hospitalizado.
Por ese motivo, se entendía que una vez agotado el permiso por hospitalización retribuido, ya no se podía volver a solicitarlo de nuevo en caso de recaída, porque existía esa otra alternativa. Entonces, sería aconsejable que leyeras tu convenio colectivo por si tuviera alguna peculiaridad como esta.
¿Y si tengo varios familiares hospitalizados?
Como los sujetos causantes son distintos, cada uno genera un derecho diferente. Por ejemplo: si tu madre está ingresada y tu hermana también, puedes pedirte un permiso por hospitalización para atender a tu madre y otro para cuidar de tu hermana.
¿Qué sucede con las parejas de hecho?
Tras la reforma que introdujo el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, las parejas de hecho también pueden disfrutar del permiso por hospitalización. Esto no ocurría con la normativa anterior. Así que, la situación de pareja de hecho se ha equiparado a la de matrimonio a la hora de poder beneficiarte de este permiso.
Buenas a mi hermano lo ingresaron el 19 de septiembre y el 21 entra para operación,pero no lo operan por problemas de obesidad y asma cuántos días me pertenece.
Hola Jorge,
Si no operan al familiar, solo se puede pedir este permiso si debe seguir hospitalizado. De ocurrir esto último, serían 5 días de permiso (aunque el convenio colectivo puede reconocer más días).
Un saludo.
Buenas tardes
A mi suegra la ingresan el jueves 7 de septiempre del 2023 para una operación y lo mas seguro le den de alta esa tarde o el viernes. Cuantos días me pertenecen.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola Ismael.
Con la nueva normativa que entró en vigor hace poco, entiendo que con que exista hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario, es suficiente para tener derecho a 5 días laborables de permiso. En caso de que concurran las dos circunstancias a la vez, la normativa no entra en detalle sobré qué es lo que pasaría. Pero desde mi punto de vista, si el familiar es hospitalizado y después necesita reposo domiciliario, entiendo que sí se puede disfrutar de esos 5 días. Por ejemplo, 2 por hospitalización y 3 por el reposo domiciliario.
Un saludo.