Muchos trabajadores optan por hacerse un plan de pensiones con el fin de crearse unos ahorros para cuando llegue el momento de la jubilación. Además, se trata de un producto financiero que ofrece importantes ventajas fiscales.
Sin embargo, a lo largo de la vida se puede dar alguna circunstancia en la que necesite recuperar el dinero que se ha aportado en él para conseguir liquidez. Por esa razón, te voy decir los requisitos que tienes que reunir para poder rescatarlo estando en el paro y otros aspectos importantes de este tema.
¿Qué es un plan de pensiones y cómo funciona?
El plan de pensiones es un producto de ahorro que se contrata voluntariamente en una entidad gestora (banco, asociación, sindicato etc.) con el fin de completar la pensión pública que te corresponda al jubilarte. Es una buena alternativa para no ver mermados tus ingresos en un futuro.
Y funciona como una hucha en la que vas depositando aportaciones económicas periódicas (mensuales, trimestrales, etc.) o puntuales, para generar unos ahorros que podrás recuperar en el momento de retirarte de la actividad profesional. Asimismo, el plan tiene la ventaja de que se puede suspender y reanudar en cualquier momento.
Por otro lado, debes tener en cuenta que la aportación anual que hagas al plan de pensiones, no podrá sobrepasar los 8000 €. Excepto si tuvieras reconocida una discapacidad física o psíquica igual o superior al 65%, ya que en este caso el límite anual sería de 24.250 € al año. En dicho importe ya irían incluidas las aportaciones que hicieron en tu favor terceras personas.
Requisitos para poder rescatar un plan de pensiones
El plan de pensiones está diseñado para cubrir la jubilación. Por eso, se trata de una inversión económica que es intocable hasta que llegue ese momento. Sin embargo, existe una serie de circunstancias muy concretas en las que la ley sí que le permite al titular del plan poder recuperar el capital acumulado hasta el momento.
Según la normativa actual, los planes de pensiones solo se pueden rescatar por:
Invalidez
En este caso, podrás recuperarlo cuando la Seguridad Social te reconozca un grado de invalidez total y permanente para realizar tu profesión habitual, una invalidez absoluta o gran invalidez.
Enfermedad grave
Cuando una dolencia o lesión te incapacite temporalmente durante un periodo mínimo de 3 meses seguidos, y tengan que realizarte una cirugía mayor o tratamiento en un centro hospitalario. También puedes rescatar el plan de pensiones si tienes una dolencia con secuelas permanentes que te impiden trabajar, aunque la Seguridad Social no te haya reconocido una incapacidad permanente. Para eso, será necesario que presentes en la entidad gestora un certificado medico y cualquier otra documentación que te puedan requerir. Debes saber que esta vía suele ser la más difícil para recuperar la inversión realizada.
Fallecimiento
Si muere el titular del plan de pensiones dicho plan pasará a manos de las personas que haya designado como beneficiarias o en su defecto, a sus herederos legales. De manera que, estos últimos deberán elegir entre rescatarlo o mantenerlo.
Pasados 10 años desde la primera aportación
A partir del 1 de enero del año 2025, podrás solicitar el rescate de las aportaciones que hayas realizado a tu plan de pensiones sin necesidad de acreditar ninguna causa excepcional. Por tanto, de esa fecha en adelante podrás conseguir la liquidez que necesitas a través de aquellas aportaciones que tengan una antigüedad mínima de 10 años.
Paro
Puedes pedir el rescate de tu plan de pensiones si estás en el paro por haber perdido tu trabajo de manera no voluntaria. En el apartado siguiente conseguirás información más detallada sobre este asunto.
Requisitos para rescatar el plan de pensiones por estar en paro
El art. 3 del Real Decreto 1299/2009 le reconoce el derecho a recuperar estos ahorros a las personas que se encuentran en situación de desempleo de larga duración. Por tanto, para recuperar tu plan de pensiones por estar sin trabajo, tienes que:
- Estar en el paro por haber finalizado la relación laboral por causas ajenas a tu voluntad (fin de contrato, ERE, despido etc). Es decir, en el supuesto de que hubieras dejado voluntariamente el trabajo, no te estaría permitido rescatar el capital acumulado.
- Permanecer inscrito como demandante de empleo en el SEPE durante más de un año.
- Encontrarte percibiendo algún subsidio por desempleo o sin recibir ningún tipo de ayuda económica. Pero ¡ojo!, porque si estuvieras cobrando el paro, es decir, la prestación contributiva por desempleo, no podrías solicitar que te devuelvan el dinero que has metido en el plan.
¿Cuánto tendrás que pagar a Hacienda al rescatar tu plan?
Has de tener presente que el plan de pensiones tributa en el IRPF como renta del trabajo. Por consiguiente, en la declaración de la renta tendrás que poner lo que has ganado por tu trabajo, más la cuantía económica que tenías acumulado en este producto financiero. Además, el hecho de que el IRPF sea un impuesto progresivo, supone que cuanto mayor sean tus ingresos en ese año, mayor será el porcentaje que te aplicará Hacienda a la hora de pagar dicho impuesto.
Por esa razón, es conveniente que consultes a un asesor financiero antes de solicitar el rescate de tu plan de pensiones. De esta manera, podrás saber la repercusión económica que puede tener el hecho de recuperar tus ahorros.
Formas de rescatar un plan de pensiones
El plan de pensiones pueden ser recuperado en forma de:
- Capital, recibiendo en un pago único el 100% del capital tuvieras acumulado, más los intereses que te hubieran generado.
- Renta, percibiendo periódicamente (mensual, trimestral, semestral o anual) una determinada cuantía económica que puede ser fija o variable.
- Mixto, compatibilizando capital y renta en el rescate. De modo que al principio percibirías una parte de los ahorros, y después irías recibiendo una renta periódica.
Tipos de planes de pensiones que existen en España
En España existen tres tipos de planes de pensiones, en función de quién los promueve. Y serían los siguientes:
- Plan de pensiones individual: es el que ofrecen las distintas entidades financieras para ser contratado por el trabajador, a título personal.
- Plan de pensiones empleo: es el que puede ser promovido por la empresa para la que estás trabajando. En este caso, la aportación puede ser realizada por la propia empresa o bien puedes ser tú de manera individual, quien se encargue de hacerla.
- Plan de pensiones asociado: las asociaciones, sindicatos o profesionales suelen contar con este tipo de plan de pensiones, para sus afiliados o miembros. Siendo los titulares, los únicos responsables de realizar las aportaciones económicas necesarias.
Disculpar, soy Olga. Me dice algún entendido que lo que tengo que notificar al SEPE son las ganancias, por llamarlo de alguna manera. Es decir, si tengo 9000€ de beneficios,4500 me corresponden a mi, ya que estamos casado en bienes gananciales si 4500÷12= 375 + 430 del sepe serian 805, me pasaría. Esto si lo rescato en un solo plazo, pero si esa misma cantidad la rescato por ejemplo 200 €, en rentas mensuales, serían 630 mensuales contando con el subsidio, ¿Sería posible hacerlo así para que solo se suspendiera el mes de rescate y no se extinguiera durante un año? Gracias.
Hola Olga,
Lo que es bueno para una cosa no es tan rentable para otra. Cuando se rescata en un solo plazo el plan de pensiones, la Agencia Tributaria se lleva una parte importante de ese dinero, porque se concentra todo en un mismo ejercicio. Así que, teniendo en cuenta eso, hay que calcular con qué opción se pierde menos dinero.
Un saludo.
Hola. Soy Olga, estoy cobrando el subsidio de los 52 años y mi marido se jubila en unos meses. Queremos rescatar un plan de pensiones de él. Nuestra idea es hacerlo en forma de rentas mensuales pero en realidad no sabemos si así podría afectar a mi subsidio, ¿cómo deberíamos rescatarlo para que no me afecte y pierda el subsidio? Muchas gracias.
Hola Olga,
Los ingresos mensuales de un rescate, tienen la consideración de rentas del trabajo. Por tanto, si las rentas resultasen superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, el SEPE suspendería el derecho al percibo del subsidio.
Por tanto, es recomendable pedir asesoramiento en la entidad en la que se tenga contratado el plan de pensiones, para que hagan los cálculos del importe a rescatar, sin que afecte al subsidio.
Un saludo.