El preaviso es algo a tener muy en cuenta por el bien de tu bolsillo, tanto si eres quien decide irse antes de la fecha de fin de contrato pactada, como si es la empresa la que decide no querer continuar con la relación laboral. Aunque también es imprescindible saber en qué casos no existe esta obligación.
Por eso, te voy a contar cuando tiene la empresa la obligación de dártelo y cuando debes de ser tú quien lo dé. Porque en ambos casos, es algo que puede afectar directamente a tu finiquito. E incluso, en situaciones muy particulares la empresa podría llegar a reclamar daños y perjuicios.
¿Qué es el preaviso?
El preaviso es el plazo de tiempo que tiene tanto el empresario como el trabajador para comunicar la finalización de la relación laboral. Aunque también se ha de respetar en otros casos, como por ejemplo, cuando el trabajador desea solicitar una excedencia, el empresario quiere cambiarle los horarios, etc.
Normalmente este plazo viene señalado en el Convenio Colectivo o en el contrato de trabajo, así que sería cuestión de que le echaras un vistazo. De esta manera, sabrás los días mínimos que han de mediar entre la comunicación y la extinción de la relación laboral.
Si es un despido objetivo y no dicen nada sobre este aspecto ni tu contrato ni tu convenio, el plazo será el establecido en la ley. Es decir, el famoso preaviso de 15 días. Asimismo, durante ese plazo, la empresa tendrá derecho a retractarse del despido si cambiara de opinión.
¿Los 15 días de preaviso son naturales o laborables?
Por norma general se entienden como días naturales, salvo que el Convenio Colectivo diga lo contrario. Es decir, que se computan todos los días de dicho periodo sin tener en cuenta si son laborables o festivos.
Cuando te den la carta de despido es importante que veas en ella la fecha en la que se producirá el fin de la relación laboral. De esta forma, podrás comprobar si la empresa ha cumplido con su obligación.
Por ejemplo, en el supuesto de que te quieran despedir el 30 de marzo, te tienen que dar la carta al menos el 15 de marzo. De no ser así, podrías reclamar económicamente los días que falten.
¿Y si la empresa incumple el preaviso en el despido objetivo?
Las empresas son conscientes de que están obligadas a realizar el preaviso. Porque tienen que darte ese margen tiempo para que puedas ir buscándote otro trabajo. Pero en la práctica, para evitar represalias, suelen asumir el coste de su incumplimiento con el fin de que la salida del trabajador sea lo más rápida posible.
Si es ese tu caso, el empresario te tendrá que abonar en el finiquito los días que falten. Y si no te los paga, podrás exigírselos a través de una reclamación de cantidad. Por ejemplo: Una empresa que está pasando por dificultades económicas decide despedir a uno de sus comerciales. Debe comunicárselo al trabajador con una antelación mínima de 15 días. Pero ante el miedo a que en cuanto lo sepa pueda llevarse información valiosa de clientes, hacen efectivo el despido el mismo día en que se lo comunican. Así que, le pagan esos 15 días en el finiquito (como si hubieran sido de trabajo).
Y cuidado con los despidos disciplinarios. Porque el empresario puede extinguir la relación laboral el mismo día que te entrega la carta de despido, sin necesidad de mediar preaviso alguno. En consecuencia, no podrías reclamar el abono de estos días. Lo mismo sucedería con los despidos considerados improcedentes.
En caso de despido, presta mucha atención a estas recomendaciones a la hora de firmar la carta de despido, para que la empresa no pueda engañarte.
¿Tengo que preavisar en caso de comunicar mi baja voluntaria a la empresa?
En caso de dimitir, sí que tienes que realizar el preaviso conforme a lo establecido en tu Convenio Colectivo o contrato de trabajo. Por esa razón, lo primero que tienes que hacer, es comprobar lo que dice. De esta manera, podrás organizarte para poder darlo en el momento que creas oportuno. Y en caso de que ambos documentos no indiquen nada sobre este tema, tendrás que dar 15 días de preaviso.
Una consulta que nos llegó hace poco al despacho, nos planteó algo que también te podría suceder. El contrato de trabajo decía que tenía que dar el preaviso con al menos 30 días de antelación, y el Convenio Colectivo con 15 días. De ocurrirte esto, tienes que regirte por las condiciones laborales que establezca tu Convenio Colectivo. Porque el contrato de trabajo no puede establecer condiciones inferiores a las del convenio.
¿La empresa puede reclamarme algo si no lo doy?
El Convenio o contrato de trabajo pueden señalar las consecuencias de no preavisar. Pero si no indican nada, te quitarán un día de salario del finiquito por cada día que no hayas dado de preaviso.
Por otra parte, en situaciones excepcionales, la empresa podría llegar hasta demandar al trabajador por daños y perjuicios.
¿Es obligatorio el preaviso en los contratos temporales?
Es una pregunta que nos suelen hacer con frecuencia debido a la alta tasa de temporalidad que hay hoy en día y la falta de información. El Estatuto de los Trabajadores dispone que cuando el contrato temporal supera el año, en el momento que la empresa quiera extinguirlo, tendrá que darle el preaviso al trabajador con una antelación mínima de 15 días.
Ahora bien, el hecho de que la empresa incumpla este deber no supone la renovación automática del contrato. La única consecuencia es que tendrían que pagarte esos 15 días o los que hayan faltado, como si hubieras ido a trabajar.
Por consiguiente, el preaviso que tiene que dar la empresa no es obligatorio para contratos de duración inferior al año.
Pero si es el trabajador el que quiere dimitir para poner fin a su contrato temporal, sí que tiene el deber de preavisar a la empresa.
¿Preaviso estando en periodo de prueba?
¡Mucho cuidado con esto! El último caso que tuvimos era de un trabajador que no le gustó la empresa que le había contratado y se marchó sin darles el preaviso. Tan solo llevaba 3 meses trabajando allí y todavía estaba en periodo de prueba. Pero la empresa con la excusa de que no les había preavisado le descontó 15 días de salario del finiquito. Así que tuvo que reclamar para que le devolvieran esa cantidad. Porque durante el periodo de prueba del contrato no existe el deber de preaviso, ni por parte de la empresa ni por la del trabajador. Sin embargo, para que esto sea así, tienes que entregarle un escrito a la empresa con tus datos, en el que conste que «finalizas la relación laboral por no superar el periodo de prueba». Porque si pusieras que se trata de una baja voluntaria, sí que tendrías el deber de preavisar.
Hola, tenía un contrato indefinido con un mes de prueba. A los dos meses decidí irme sin dar los 15 días de preaviso. Entregué la baja voluntaria el día 29, y el 30 fue mi último día. Cobré el 29 el mes. Al haber cobrado todo el mes, ahora me han modificado la nómina y me han quitado los 15 días de no dar el preaviso, y les tengo que abonar la mitad de nómina. Si no abono el importe que me indican, ¿qué puede pasar? Es que no me cuadra todo el dinero que me han quitado.
Gracias. Un saludo.
Hola Sara,
En caso de duda, es recomendable que un graduado social o un abogado laboralista revise la nómina para poder comprobar si es correcta la cuantía que reclama la empresa. De ser correcta, conviene devolverlo, porque la empresa puede acudir a la vía judicial para reclamarle al trabajar/-a el dinero que ha cobrado de más, porque estaría transgrediendo los artículos 1.895 y 1.901 del Código Civil. Y no cabe duda de que la empresa tendría las de ganar. Por lo que además de tener que devolver esa cantidad cobrada de forma indebida, tendría que asumir otros gastos derivados del juicio y el pago de determinados importes que pudiera estimar el juez.
Un saludo.
Vale, muchísimas gracias, un saludo!
Buenas tardes, he dado los 15 días de preaviso en la empresa, pero el décimo día he decido modificar la fecha de la baja a este día, con lo cual he incumplido en 5 días los 15 días de preaviso.
¿Qué repercusión tiene? Mi convenio es el del comercio de grandes almacenes.
Un saludo.
Buenos días Jonatan.
Para saberlo, sería necesario ver lo que dice el convenio colectivo o tu contrato de trabajo.
Por una cuestión de tiempo, en esta sección de comentarios no podemos revisar convenios colectivos particulares. Pero me imagino que te será fácil encontrarlo a través Google, o en la web de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.
Un saludo.
Buenas noches,
Me gustaría saber si la empresa puede echar a un trabajador una vez presentada una baja médica, por lo que tengo entiendo podrían hacerlo siempre y cuando aleguen otras causas. ¿En esa caso, durante la baja médica tendrían que avisarme con 15 días de antelación, o no sería necesario?
Gracias!!
Buenos días Cristina.
– Efectivamente, la baja médica no puede ser el motivo del despido, pero la empresa sí que puede despedir por otras causas.
– Depende del tipo de despido que sea. Si es un despido por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción), la empresa debe respetar los 15 días de preaviso. Pero si se trata de un despido disciplinario, la empresa no está obligada a respetar ningún plazo de preaviso.
Un saludo.
Buenos días,
Ante todo, gracias por su respuesta. El “problema” sería, ¿cómo se puede justificar que el despido viene de otras causas y no de la baja médica? Porque entiendo que sería un poco extraño que despidan al trabajador el mismo día de presentar una baja aunque aleguen otro motivo.
Por otro lado, si se da ese caso, como bien ha comentado, si alegasen por ejemplo, falta de adaptación al puesto, ¿En ese caso tendrían que avisar con 15 días?
¿Cuando sería un despido disciplinario?
Gracias de nuevo por su labor.
Un saludo.
– En una demanda por despido es la empresa la que está obligada a probar delante del juez que la causa del despido es justificada. La persona trabajadora no tiene que demostrar ese hecho.
– La falta de adaptación al puesto, es un despido objetivo. De producirse este despido, la empresa debe respetar los 15 días de preaviso.
– El despido disciplinario se produce cuando el trabajador incumple con sus obligaciones laborales mediante un comportamiento «grave y culpable».
Saludos!
Buenos días, tengo contrato indefinido. Llevo 8 años con la empresa. Presento mi baja voluntaria con 15 días de antelación. ¿Tengo derecho a la indemnización de esos 8 años? Gracias.
Buenos días Alex,
Aunque se respete el plazo de preaviso, al presentar la baja voluntaria, se pierde el derecho a cobrar la indemnización por extinción de la relación laboral y la prestación por desempleo a la que se pudiera tener derecho. Pero la empresa sí que estará obligada a abonar en el finiquito las retribuciones que adeude (horas extras sin pagar, vacaciones que hayan quedado pendientes de disfrutar, etc.).
Un saludo.
Hola,
Me quiero dar de baja en mi empresa sin dar preaviso ya que he encontrado un nuevo empleo que requiere incorporación inmediata. Mi empresa no se rige por ningún convenio colectivo, está limitada al estatuto de los trabajadores. Además, dispongo de 20 días de vacaciones no disfrutadas. Ante esta situación, ¿qué me podrían decir?
Gracias de antemano.
Hola Inma,
– Si el convenio colectivo no indica nada sobre el plazo de preaviso, regirá el plazo de preaviso que se haya acordado en el contrato de trabajo. Y si en el contrato de trabajo tampoco viene recogido ningún plazo de preaviso, el plazo será de 15 días.
– En caso de que la persona trabajadora incumpla dicho plazo, la empresa podría descontarle del finiquito tantos días de salario como días le han faltado de dar el preaviso. Y en determinados casos muy excepcionales, la empresa podría demandarla por daños y perjuicios, si su decisión hubiera causado un perjuicio importante a la empresa.
– El finiquito debe incluir el salario que la empresa deba (ya sea por horas extras, vacaciones pendientes de disfrutar, etc.).
Un saludo.
Hola. Me ha vuelto a contratar una empresa con la que ya trabajé, con el mismo puesto y funciones. Por contrato, estoy en periodo de prueba, aunque tengo entendido que en este caso no es legal al haber trabajado ya allí. En caso de que quiera terminar mi relación laboral con esta empresa, ¿se considera que estoy en periodo de prueba? Gracias
Hola Marta.
El periodo de prueba del nuevo contrato es nulo si anteriormente ya se realizaron las mismas funciones en la empresa. Así que, no puede existir un nuevo periodo de prueba, y en caso de presentar la baja voluntaria habría preavisar a la empresa dentro del plazo establecido.
Un saludo.
Buenas tardes! Si tengo un contrato temporal que cumple el 28 de abril y quiero dejar el trabajo, ¿tengo que avisar a la empresa con 15 días? Gracias.
Hola Ana.
Cuando se presenta la baja voluntaria antes de que llegue la fecha de fin del contrato temporal, hay que preavisar en el plazo que indique el contrato de trabajo o el convenio colectivo. Y si ninguno de estos documentos señala nada al respecto, habría que respetar los 15 días de preaviso que establece la ley.
Un saludo.
Hola, llevo desde el 15 de septiembre trabajando de camarero y hasta el día 9 no me hicieron el contrato porque me estaban probando y el contrato que tengo yo ahora es de pruebas, de 3 meses, resulta que lo quiero dejar.
¿Tendría q avisarles?
Hola Fernando.
– Dentro del periodo de prueba no es necesario preavisar. Hay que revisar las cláusulas del contrato de trabajo para confirmar si aun se está en periodo de prueba.
– Si aun se está en periodo de prueba, es recomendable comunicarle esta decisión por escrito a la empresa. Manifestando en dicho escrito la intención de poner fin a la relación laboral «por no superar el periodo de prueba». En el escrito no debe aparecer que se solicita «una baja voluntaria», porque de lo contrario, sí que se tendría el deber de dar el preaviso.
Un saludo.
Y si de por medio hay horas extras no pagadas ¿habría algún cambio?
En casos así, se podría intentar llegar a un acuerdo con la empresa.
Saludos.
Hola!!
Yo no sabía de esto. Empecé a trabajar en el mes de Noviembre día 2 y tuve que dejar el trabajo el día 3 de Diciembre.
Cuando lo vi en la nómina que me quitaron bastante dinero, fui a preguntarles y me dijeron que es por no avisar 15 días.
¿Esto se puede hacer? Lo tendrían que poner en el contrato, ¿no?
Aun no entiendo nada.
Debo añadir a esto, que me contrataron por ETT.
Y pensé que como no tenemos derecho a finiquito, pues no creía que fueran a descontármelo de la nómina.
Hola Fátima.
– Si ni el contrato de trabajo ni el convenio colectivo de la empresa usuaria (es decir, de la empresa para la que se presta el servicio -no la ETT-) no indican nada sobre el plazo de preaviso, se ha de respetar el plazo de 15 días de preaviso que establece el Estatuto de los Trabajadores.
– Los trabajadores de ETT, tienen los mismos de derechos que cualquier trabajador: finiquito, vacaciones, permisos, etc.
Un saludo.
Hola, firmé un contrato de 15 días. Me llamaron de otra empresa para un trabajo mejor y de más duración, pero requiere incorporación inmediata. Me quedan 11 días de contrato. ¿Qué debería hacer para poder cambiar de trabajo?¿Puedo hacerlo de un día para otro?
Hola Pablo.
– Si se está en periodo de prueba no es necesario dar el preaviso. De lo contrario, sí es necesario darlo.
– En caso de que un trabajador/-a se vaya de un día para otro, la empresa podría aplicar la penalización que viniera señalada en el convenio, que normalmente acarrea la pérdida de tantos días de salario como días hayan faltado de dar el preaviso. En consecuencia, la empresa podría reclamar el pago de esos días.
Un saludo.
Hola, tengo una duda, hace 15 días empecé a trabajar en una empresa cubriendo una baja. Pero ahora me ha salido una oportunidad laboral de larga duración y la quiero aceptar. Para dimitir, tengo que dar un preaviso de 15 días? gracias.
Hola Davinia.
Depende, ya que si todavía se está en periodo de prueba no es necesario dar el preaviso. Pero si no se está en periodo de prueba, sí que hay que respetar el deber de preaviso. De lo contrario, la empresa podría descontar del finiquito tantos días de salario como días hayan faltado de dar el preaviso.
Un saludo.
En un contrato temporal, sin causa justificada y teniendo pruebas de ello, siendo totalmente el despido improcedente por la empresa y humillante. En la liquidación y finiquito han de pagarme el preaviso ¿no? Ya que el contrato terminaba dentro de un mes. Y ese mismo día de irme hasta el próximo mes, y para colmo tengo al jefe diciéndome que me cambiaba el horario de ese día, para que fuera quedándome solo y encargado de los cierres y apertura. Gracias. Un saludo.
Hola Juan.
Si se trata de un despido disciplinario el empresario no tiene deber de preavisar, y por ello, no está obligado a pagar esos días en el finiquito. Ni tampoco se tendría derecho a cobrar indemnización por ese despido.
Ahora bien, si se tienen pruebas de que el despido disciplinario es injustificado, se podría presentar una papeleta de conciliación e incluso demandar a la empresa, para que se reconozca su improcedencia, y así poder cobrar la indemnización correspondiente.
Un saludo.
Hola, he empezado en un trabajo hace 3 días, pero no comparto su filosofía de trabajo. Todavía no he firmado nada, estoy sustituyendo una baja. Si lo dejo, ¿tengo derecho a tener los papeles para el paro?
Hola María.
Los contratos de interinidad se han de realizar necesariamente por escrito. En consecuencia, un contrato verbal de ese tipo, se consideraría que está en fraude de ley. Por esa razón, el contrato adquiriría la condición de indefinido. Así que, al causar una baja voluntaria en ese trabajo, por voluntad propia, el SEPE entendería que no se está «en situación legal de desempleo» y no se tendría derecho a cobrar el paro.
Un saludo.
Hola.
Acabo de firmar el contrato indefinido, llevo 4 meses y medio, pero no deseo continuar en la empresa porque conseguí otro mejor.
Aún así, ¿debo cumplir los 15 días de preaviso, en un supuesto que en el contrato o convenio colectivo; de existir este, no diga nada sobre los días de preaviso?
¿Cómo debo presentar la carta, como baja de servicio, baja voluntaria, renuncia?🤔
Gracias.
Hola Freddy.
– Cuando se quiere dejar voluntariamente un trabajo en el que se tiene la condición de indefinido, sin estar en periodo de prueba, es recomendable presentar un escrito (por duplicado) a la empresa solicitándole la baja voluntaria, con el fin de que la empresa devuelva una de las copias sellada para tener una prueba de dicha solicitud.
– Si en el convenio colectivo o en el contrato no se recoge ningún plazo de preaviso, hay que avisar a la empresa con 15 días de antelación como mínimo.
Un saludo.
Buenos días, tengo que poner fin a mi relación laboral con una empresa, tengo 30 días de preaviso por contrato, que pretendo cumplir.
¿Puede la empresa obligarme a irme antes por algún motivo?
Hola Manu.
Si una empresa decide unilateralmente poner fin a la relación laboral antes de la fecha concretada en el preaviso, sería un despido, no una baja voluntaria.
Un saludo.
Hola, les escribo porque he presentado mi baja voluntaria y tengo 2 meses de preaviso. ¿Tendría que cumplir este preaviso estando ahora mismo afectado por un ERTE? Este ERTE solo aplica durante unos días en particular.
Gracias y un saludo.
Buenos días Jonatan.
Aunque durante el ERTE la relación laboral se encuentra suspendida, el empresario y el trabajador siguen teniendo una serie de obligaciones que cumplir. Entre ellas, entiendo, que el trabajador sigue estando obligado a respetar el plazo de preaviso.
Un saludo.
Buenos días!
Yo tengo un contrato de 5 meses donde no pone nada del preaviso, llevo con ellos 15 días pero encontre un trabajo mejor. En mi contrato sí que hay un periodo de prueba de un mes. ¿Debo poner yo no superar la prueba o pedirle a la empresa ponerlo? ¿Debo darle explicación a mi actual empresa de por qué me voy?
¡Muchas gracias!
Buenos días Dounia.
– Lo más recomendable es hacer uno mismo el escrito. En Internet podrás encontrar diferentes modelos orientativos.
– No existe obligación de explicarle o justificarle a la empresa el motivo de esta decisión.
Un saludo.
Hola.
He avisado a mi empresa con 15 días de preaviso de mi baja voluntaria. Pero mi empresa quiere queme vaya antes de esos 15 días. En ese caso, ¿sería un despido improcedente? ¿La empresa debe respetar los 15 días o puede despedirme antes?
Hola Sara.
La empresa debe respetar el plazo de preaviso para que tenga la consideración de baja voluntaria, salvo que ambas partes (trabajador/-a y empresa) acuerden voluntariamente otra fecha. Porque si la empresa impone unilateralmente una fecha concreta, sería un despido (que se podría impugnar judicialmente, por ser un despido improcedente, si su causa no está justificada).
Un saludo.
Hola, tengo un contrato temporal por obra o servicio y no me pone fecha de fin en el contrato. Me pone hasta fin de obra, con un período de 15 días de prueba. Entré el 31 de Agosto y mi idea es que para mitades de octubre, dejarlo. Porque me han llamado para estudiar y no me es compatible. Entonces, tengo la duda de si tengo que avisar a últimos de este mes a la empresa, de que a mitades del mes que entra me voy, o no.
Hola Diana.
Cuando es la persona trabajadora la que presenta la baja, ha de dar el preaviso en el plazo que señale el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Y si en dichos documentos no se indica nada sobre este tema, se ha de respetar los 15 días de preaviso que señala la ley.
Un saludo.
Buenas tardes, tengo una duda. En mi empresa actual tengo contrato por un año, y en el convenio pone que por norma general hay que avisar con 15 días de antelación. Ahora estoy de vacaciones y me quedan 15 días de vacaciones y me han ofrecido otro trabajo para empezar como muy tarde en una semana. Al quedarme 15 días de vacaciones, podrían ser los de preaviso o por el contrario, si empiezo en otra empresa en 7 días, ¿me descontarían los 8 restantes del finiquito?. Por otro lado, al estar de vacaciones y renunciar a ellas, ¿tendría alguna posibilidad de recibir el pago de las no disfrutadas?
Buenos días Pablo.
– Durante el periodo de vacaciones se puede presentar la baja voluntaria en cualquier momento para dar los 15 días de preaviso, y así evitar cualquier tipo de penalización.
– A lo largo de esos 15 días de preaviso que se está de vacaciones, se puede trabajar en otra empresa sin ninguna penalización (salvo que en el contrato existiera una cláusula de exclusividad).
– Si durante el preaviso no se han consumido todos los días de vacaciones que quedaban pendientes, la empresa tendrá que pagarlos en el finiquito.
Un saludo.
Hola, una duda, si doy el preaviso de 15 días, por ejemplo, digo que el 29 es el último día que trabajo. Pero al final me marchó unos días antes, por ejemplo, el 23, ¿qué ocurre?. ¡Muchas gracias!
Hola Raúl.
En casos así, la empresa puede penalizar al trabajador de la forma que indique el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Normalmente, descontando un día de salario por cada día que haya faltado de preaviso.
Un saludo.
Ayer me dieron de alta en una empresa en la que trabajo, ¿puedo renunciar al trabajo sin preaviso?
Hola Irene.
Depende del contrato que se haya firmado. Si incluye un periodo de prueba, durante el periodo de prueba no existe deber de preavisar. Por tanto, es suficiente con que el trabajador/-a le comunique a la empresa por escrito «la no superación del periodo de prueba». Pero si el contrato no incluye un periodo de prueba, sí que existe obligación de dar preaviso.
Un saludo.
Hola, llevo casi dos meses en el trabajo y me quiero ir.
Tengo un contrato de 60 horas al mes y ya tengo echadas 69 en lo que va de mes.
Ya pedí el preaviso de los 15 días, pero me es imposible combinar el nuevo trabajo con este.
¿Puedo dejar de ir al trabajo por tener ya las horas echadas del contrato?
Hola María.
Aunque se haya excedido las horas del contrato, mientras que la relación laboral siga vigente, existe la obligación de respetar el deber de preaviso. De lo contrario, la empresa podría descontar del finiquito los días que hayan faltado de preaviso.
Un saludo.
Buen día.
Firmé un contrato de trabajo de 2 meses. Pero solo estuve una semana, no quise ir más. La empresa me escribió que tengo que ir a firmar el finiquito para poder cobrar los días trabajados y presentar un escrito de baja voluntaria. ¿Tengo que hacerlo o no es necesario? Es que la verdad no quisiera ir a la empresa hacer este trámite. Tuve una mala experiencia y por eso no quise seguir en mi puesto de trabajo.
Hola Diana.
Si se pone fin a la relación laboral durante el periodo de prueba, para evitar posibles problemas, siempre es recomendable entregar un escrito a la empresa en la que se comunique que se decide poner fin a la relación laboral por “no superación del periodo de prueba”. En estos casos, nunca se debe presentar un escrito en el que se indique que es una «baja voluntaria». Porque ello, acarrearía reconocer que había que respetar un plazo de preaviso (aunque durante el periodo de prueba no existiera), con las consecuencias económicas que conllevaría.
Siempre es mejor ir firmar el finiquito (si la empresa da un documento en el que aparezcan todos los conceptos desglosados), porque es una forma de evitar retrasos en el ingreso y se puede reclamar si hay algo que no cuadra (poniendo en dicho documento «no conforme»).
Un saludo.