Es posible que te surja algún trabajo esporádico estando cobrando el paro o el subsidio. ¿Pero qué ocurre con la ayuda por desempleo que estás percibiendo cuando lo que te ofrecen son días sueltos de trabajo?, ¿y si solo es un día de trabajo?, ¿podrías reanudar el paro o el subsidio cuando se termine el contrato temporal?…pronto conocerás la respuesta a esas cuestiones y otras muchas más.
Porque en este artículo, te contaré las ventajas e inconvenientes que tiene aceptar trabajos de este tipo, de qué manera repercuten en la prestación por desempleo o subsidio, y que trámites tienes que hacer para poder reanudar el cobro de la prestación por desempleo o el subsidio.
Índice del artículo
¿Puedo trabajar días sueltos si estoy cobrando el paro o el subsidio?
En caso de que te surja algún trabajo ocasional para trabajar unos días sueltos (e incluso unas horas), puedes aceptarlo sin que esto suponga perder definitivamente la ayuda económica por desempleo que estás percibiendo. Ya que la aceptación de este tipo de trabajos, solo supone la suspensión temporal de la prestación económica mientras estés trabajando.
Así que, una vez que termines el contrato temporal que te han hecho, podrías pedir en el SEPE reanudar el paro o el subsidio que estabas cobrando. Eso sí, siempre que vayas a trabajar de esta manera, tienes la obligación de informar al Servicio Público de Empleo para que puedan formalizar tu baja. Esta comunicación la puedes hacer:
- Desde casa, haciendo este trámite a través de la «Sede Electrónica» que hay en su página web. O llamando directamente por teléfono al SEPE. Esta última opción suele ser la más práctica.
- Presencialmente, acudiendo a la Oficina de Empleo Público que te pertenezca. Para esto, será necesario que solicites cita previa.
Es fundamental que cumplas con este deber de información, como desempleado o desempleada. Porque no puedes compaginar estos pequeños trabajos a jornada completa con seguir percibiendo la prestación por desempleo o el subsidio, ya que es salgo incompatible. De lo contrario, el SEPE podría detectar que se trata de un cobro indebido. Y de ocurrir esto, te sancionaría poniendo fin a tu prestación y obligándote a devolver todo el importe económico que hayas estado percibiendo de forma indebida.
Ventajas e inconvenientes de tener que reanudar el paro
Cada vez hay más desempleados que dejan de cobrar el paro para poder trabajar determinados días sueltos, especialmente aquellos que consiguen empleos a través de ETT´s. Suele ocurrir con más frecuencia, por ejemplo, cuando llega la campaña de Navidad y las empresas necesitan incorporar puntualmente: mozos de almacén, dependientas, limpiadoras, camareros, etc. O en verano, con la contratación de camareras de piso, animadores, comerciales, etc.
¿Pero realmente merece la pena dejar de cobrar el paro por un día suelto o varios de trabajo? No hay una respuesta genérica a esta pregunta, ya que depende de los intereses que pueda tener cada persona.
a) Ventajas de trabajar días sueltos y reanudar el paro
El hecho de trabajar días sueltos se traduce en que estarás cobrando durante más días, y eso es algo a tener muy en cuenta. Es decir, que si por ejemplo, la prestación por desempleo se te termina el 10 de junio y te sale un trabajo esporádico de 8 días, el SEPE te paralizará la prestación durante ese periodo. Y en cuanto vuelvas a solicitar reanudar el paro, en lugar de finalizar el 10 de febrero como estaba previsto, terminarás el 18 de junio.
Además, otro aspecto positivo que debes tener presente, es que irás acumulando las cotizaciones de esos días de trabajo. En consecuencia, tardarás menos en generar derecho a otra ayuda por desempleo.
b) Inconveniente de reanudar el paro
En cuanto a los inconvenientes de tener que reanudar el paro de vez en cuando, en lugar de cobrarlo todo seguido, los usuarios nos suelen comentar los siguientes:
- En algunos casos, hay trabajadores cuya cuantía diaria de prestación por desempleo es más elevada que la que puedan llegar a cobrar por trabajar esos días sueltos. Por tanto, al coger estos trabajos ocasionales, ven disminuidos sus ingresos mensuales.
- La molestia de tener que informar al SEPE continuamente de las altas y las bajas en el cobro del paro, que se producen a lo largo del mes. Sin embargo, esto tiene solución, en el apartado siguiente te contaré como hacerlo de una sola vez, para evitar que tengas que ir tantas veces al SEPE dentro del mismo periodo.
¿Cómo reanudar el paro de una forma más cómoda?
Es posible que durante un mismo mes, hayas tenido varios contratos de trabajo (esto suele ser habitual en profesiones como camareros, mozos de carga y descarga, etc.). Y en consecuencia, que hayas estado yendo al SEPE en diferentes ocasiones para informarles de tu situación como desempleado o desempleada.
Para evitarte todos estos desplazamientos y molestias, me gustaría comentarte que el SEPE te permite reanudar el paro de todos esos periodos a la vez, con tan solo realizarle una comunicación al final del mes. Para ello, tendrás que solicitar la «reanudación agrupada» de la prestación por desempleo o el subsidio que estás cobrando. Esto implica tener que cumplimentar el formulario oficial correspondiente a la «reanudación agrupada» que facilita el SEPE y presentarlo. En él tendrás que indicar, entre otras cosas, los periodos concretos en los que has estado trabajando.
¿Qué trabajadores pueden solicitar la reanudación agrupada?
Pueden reanudar el paro a través de este sistema, los trabajadores:
- Fijos-discontinuos.
- Afectados por un ERE o ERTE.
- Que tengan contratos sucesivos procedentes de la misma empresa o sector de la actividad, dentro de un mismo mes.
¿Qué plazo tengo para reanudar el paro de esta forma?
Para pedir la reanudación agrupada tienes un plazo de 15 días hábiles como máximo, a contar a partir de la fecha en la que finalices la relación laboral.
En caso de presentar esta solicitud fuera de plazo, la reanudación del paro se producirá partir de la fecha en la que presentes la solicitud. Por consiguiente, perderías el cobro de la prestación por desempleo o el subsidio, desde el día en que se hubiera iniciado la reanudación (si se hubiera presentado en plazo la solicitud) hasta el día anterior a la fecha en la que presentaste dicha solicitud, si se trata de la prestación por desempleo. O hasta el mismo día en que la presentaste, si fuera un subsidio.
Si te interesa reanudar el paro o el subsidio a través de la «reanudación agrupada», puedes llamar por teléfono al SEPE o pedir cita previa, para que un gestor te pueda informar cómo funciona este sistema. Una vez que aclare todas tus dudas, ya sabrás cómo hacerlo cada vez que lo necesites.
Hola. Me aprobaron un subsidio de tres meses, del cual solo lo utilicé 19 días y lo pare para trabajar. He trabajado durante unos 126 días. Por lo que he creado un nuevo subsidio, pero al 60% porque no estaba dada de alta las 40 horas. Mi pregunta es, si cojo el subsidio que tenía parado y lo termino, y luego me vuelven a llamar para trabajar, ¿el que he creado de 126 días se pierde? ¿O ese lo puedo cobrar una vez agotado el primero?
Gracias.
Buenos días Jessica.
Al reanudar el subsidio antiguo y agotarlo, no se pierden los días nuevos cotizados. Por tanto, se conservarán y podrán utilizarse para pedir en un futuro una nueva prestación o subsidio, en cuanto se vuelva a perder un trabajo.
Un saludo.
Hola!
Soy actriz, así que paso continuamente de un contrato a otro. Tengo un paro abierto que voy reanudando, pero se supone que mientras tanto voy generando uno nuevo. Cuando finalice el paro que tengo abierto, ¿Cuánto tiempo tendría que estar contratada para poder cobrar el nuevo que estoy generando?
Muchas gracias por su atención.
Buenos días Ainara.
Para poder cobrar el paro nuevo es necesario acumular 360 días de cotización o más. Dichas cotizaciones se pueden alcanzar por los días trabajados en un solo contrato. Aunque también se pueden conseguir si se han tenido varios contratos que sumen en total un mínimo de 360 días de cotización (siempre que no se haya cobrado ninguna ayuda por desempleo en los periodos de inactividad).
Un saludo.
Hola, me han tardado 3 meses en aceptarme el paro, situación COVID19. Si ahora vuelvo a trabajar durante 1 mes, al volver a pedir el paro, ¿me podría tardar otra vez tanto? ¿O ya sería más rápido al estar en la base de datos o algo así…?
Hola Pol.
En estos momentos las mayoría de oficinas de empleo están desbordadas de trabajo debido a la gran cantidad de solicitudes de prestaciones que están recibiendo. Por tanto, es posible que al volver a pedir el paro, el SEPE vuelva a tardar en aprobarlo. Pero si se hace la solicitud online, a través de la Sede Electrónica del SEPE, es más difícil que se produzca un retraso, ya que el SEPE está resolviendo rápidamente las solicitudes que se envían a través de este medio.
Un saludo.
Hola. Cuento mi caso.
Al terminar trabajo B pedí el paro, pero me lo han concedido del trabajo A, ya que aun no lo tenia agotado. Después me concedieron 2 años el subsidio. Lo usé 3-4 meses .He empezado trabajo C y estuve 2 meses. Al terminar el contrato vuelvo al SEPE y me dicen que no te podemos activar el paro porque llevas 8 meses cotizados (6 meses del trabajo B + 2 del C) en vez de 12. Me vuelven a dar mi subsidio que no lo había agotado. Mi pregunta es, ¿estos 8 meses de cotización se pierden al volver activar subsidio al no poder llegar a pedir el paro?
Buenos días Josefina.
Al reanudar el subsidio antiguo las nuevas cotizaciones no se pierden. Pero para poder utilizar esas nuevas cotizaciones acumuladas es necesario volver a trabajar, y perder ese último trabajo. Por tanto, una vez que la persona vuelva a quedarse en paro, podrá pedir un subsidio (si tiene en total, menos de 360 días cotizados) o la prestación por desempleo (si ha cotizado en total, 360 días o más).
Un saludo.
Hola,
Primero de todo, decir que la información que dais es muy útil, gracias!!
Bien, mi duda es la siguiente. He esto cobrando la prestación por desempleo hasta el día 19/10/20 con normalidad. Pero desde el día 20/10/20 hasta el 8/11/20 he estado trabajando. Todavía tenía unos meses para seguir cobrando la prestación, con lo que hice la reanudación dentro de los 15 días que marca la ley. La sorpresa es que en la cita me comentan que la empresa no ha enviado el certificado de empresa. Pero la persona que me atiende me hace igualmente la solicitud simplificada de prestaciones por desempleo y me comenta que cuando les llegue el certificado harán la reanudación.
Por otro parte, llamo a mi empresa varias veces y no es hasta el día 23/11/20 que no consigo que envíen el certificado de empresa. Mi duda es, que la empresa ha tardado más de diez días en enviar el certificado (si no he calculado mal, son 11 días restando los días hábiles). ¿Me puede repercutir de alguna manera en la reanudación?
Yo he hecho la solicitud dentro de los 15 días, pero la empresa ha tardado más en enviar el certificado. En el caso que me repercuta en mi prestación (¡¡espero que no!!), ¿Cómo podría reclamar legalmente?, ya que no ha sido un error mío.
Por último, si no hay ningún problema finalmente en la reanudación de la prestación, para este próximo mes de diciembre, ¿entraría por tiempos en el pago de la prestación del día 10? (teniendo en cuento que la empresa envía el certificado el día 23/11)
Muchas gracias de antemano por su tiempo!! 🙂
Buenos días Josep,
El SEPE cierra las nóminas de prestaciones a pagar el día 25 de cada mes. Así que, para cobrar a partir del día 10 del mes siguiente, en principio, es necesario que el SEPE apruebe la prestación antes del día 25.
Sin embargo, aunque existiera un retraso en la aprobación a consecuencia de la tardanza en entregar el certificado de empresa (por parte de la empresa), el trabajador recibirá los atrasos una vez que cobre la prestación.
Un saludo.
Buenos días, quería comentar mi caso. Estuve cobrando el desempleo un tiempo, y cuando aun me quedaban 2,5 meses por cobrar comencé a trabajar durante unos meses. Dejé de trabajar en dicha empresa por motivos de producción y al día siguiente comencé en otra, pero a días sueltos. Por ejemplo, eché 4 días y supuestamente hasta dentro de una semana no me volverán a llamar para otros días. Si dejo el desempleo sin reanudar estos 5 o 7 días, sin ir a trabajar, ¿lo perdería o seguiría ahí para cuando en su momento me quede parado poder echarlo?
Hola Javier.
Si entre trabajo y trabajo transcurren días o meses, y en ese tiempo el trabajador no quiere reanudar la prestación por desempleo para acumular las cotizaciones y pedir la prestación más adelante, puede hacerlo sin sufrir ningún tipo de penalización (siempre que pierda su último trabajo por causas ajenas a su voluntad).
Un saludo.
Gracias por la respuesta, pero aclaro que me refiero a una prestación que estaba ya cobrando y la paré cuando comencé a trabajar. Y supongo que desde que comencé a trabajar empecé a acumular días de cotización para otra prestación diferente a la que ya cobraba. La que tengo parada ¿la puedo reanudar cuando quiera sin limite de días para reanudarla y no perderla?
Se puede reanudar la prestación siempre que se tengan cotizaciones acumuladas en los últimos 6 años. Si pasan más de 6 años sin cobrar el paro, se pierden las cotizaciones acumuladas.
Cuando se suspende la prestación por desempleo y se reanuda posteriormente:
– Si se acumulan menos de 360 días de cotización (sin haber cobrado el paro entre medias), cuando se reanuda la prestación se cobra el paro antiguo, es decir, el que se venía percibiendo.
– En el supuesto de que se haya cotizado al menos 360 días de cotización (sin haber cobrado el paro entre medias), entra en juego el «derecho de opción». Por tanto, el desempleado podría elegir entre cobrar el paro antiguo o el nuevo.
Un saludo.
Hola, hace 2 días que presenté mi reanudación de prestación por desempleo. Me gustaría saber cuanto días tardan en reactivarlo.
Estaba en el paro desde el 1 de octubre y el 12 de noviembre una ETT me ofreció un contrato, el cual rechazó la misma ETT, por falta de requisitos. La ETT como bien pone en el mensaje de la Tesorería, ellos eliminan el contrato y me dan un certificado como que ha sido error administrativo por su parte.
No habría ningún problema en reactivar mi solicitud ¿no?
Muchas gracias!
Hola Aitor.
Si la empresa que ha cometido el error le da una copia al trabajador del escrito que han presentado en la TGSS (firmado y sellado por la Tesorería General de la Seguridad Social), el trabajador puede reanudar la prestación por desempleo presentando ese escrito en el SEPE, junto a su vida laboral (en la que no aparezca ese día como trabajado). Para acreditar que ese día no fue de trabajo, para poder cobrar el paro sin problema alguno.
En cuanto a la prestación, si se solicita dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización del contrato, tendrá efectos económicos a partir del día siguiente a la extinción de la relación laboral. Y se cobrará al mes siguiente, a partir del día 10.
Un saludo.
Hola, soy monitora de comedor en los colegios y hago sustituciones, con lo cual mis contratos son muy cortos. Este verano cogí el paro, tenía 4 meses, pero cuando faltaban 5 días para acabarlo me llamaron para trabajar unos días. Como están las cosas así, me dijeron que posiblemente no podrían seguir llamándome este año. Mi pregunta es: ¿puedo volver a solicitar el paro de esos 5 días que me quedan?. Y finalizado, ¿puedo solicitar el subsidio familiar por hijos a cargo? Gracias.
Hola Marta.
Si la prestación por desempleo se suspende temporalmente para trabajar unos días, una vez que finalizado el contrato temporal, la persona trabajadora puede solicitar la reanudación de la prestación por desempleo por los días que le falten por consumir del «paro». Y una vez que agote esa prestación, si reúne el resto de requisitos, podrá acceder al subsidio de ayuda familiar.
Un saludo.
Tengo una duda. Estoy en el paro y me han ofrecido trabajar 8 días en navidad. Y luego desde el 4 al 8 de enero. En el periodo del 31 al 4 ¿tengo que solicitar la reanudación y luego otra vez el día 8 o puedo pedirlo cuando termine esos mini contratos?
Hola Sara,
Solicitar la reanudación agrupada a final de cada mes, tiene la ventaja de que la persona desempleada sigue cobrando el paro a partir de cada día 10. Pero no hay ningún problema en que la persona interesada vuelva a solicitar el paro después de haber tenido diferentes contratos. De ser así, el único inconveniente que tendría sería que la prestación por desempleo quedaría suspendida hasta que no la volviera a reanudar. Por tanto, dejaría de cobrar el paro hasta que lo volviera a reanudar.
Un saludo.
Hola
He tenido un problemón, me mandaron un contrato de una ETT para empezar a trabajar. Pero no me interesaba por las formas del trabajo y rechace el contrato. La cosa es que aunque rechacé el contrato, se me ha dado de alta a la Seguridad Social. Pero he llamado a la ETT y me pone que consta como que al final se anuló. Yo estaba cobrando una prestación desde el mes de mayo y por esto se me ha dado de baja. Entonces, lo que quiero es volver a cobrar dicha prestación. ¿Cómo puedo poder hacerlo para reactivar mi demanda de empleo y poder volver a cobrar la prestación?
Un saludo.
Hola Fátima,
Cuando una persona trabajadora rechaza un trabajo antes de incorporarse a él, hay empresas que cometen el siguiente error, la dan de alta en la Seguridad Social el día que previsiblemente se va a incorporar, y cuando se enteran que realmente no lo va a hacer, en lugar de anular el alta, la dan de baja. Por tanto, al tener un alta y una baja ese mismo día, se considera que ha sido un día de trabajo, repercutiendo en su derecho a paro.
Para solucionar este error, la empresa puede presentar un escrito en Tesorería General de la Seguridad Social explicando el error cometido y solicitando la anulación del alta. La Tesorería sellará la copia de este escrito y se la devolverá a la empresa, que podrá entregársela al trabajador/-a para que la presente junto a su vida laboral (en la que ya no aparezca ese día como trabajado) en el SEPE.
Pero si la empresa sí que hubiera realizado la anulación del alta, el trabajador/-a puede presentar en el SEPE la vida laboral, para acreditar que ese día no fue de trabajo.
Así, la persona trabajadora podría volver a cobrar el paro.
Un saludo.
Hola! Mi marido está cobrando un subsidio y le han ofrecido trabajar unos cuatro días con contrato. ¿Qué debe hacer? ¿Puede perder el subsidio?
Hola Mónica,
En caso de que a un trabajador le salga un trabajo de días sueltos estando cobrando el subsidio, si quiere ir a trabajar esos días, debe comunicar al SEPE (por teléfono, a través de la página web del SEPE, o presencialmente, con cita previa) el día en el que comenzará a trabajar para que le suspendan el pago del subsidio. Y cuando termine de trabajar, debe comunicarlo al SEPE también para que le reactiven el pago del subsidio. De esta manera, el subsidio quedaría suspendido solo durante los día de trabajo y se reanudaría al terminar de trabajar.
Un saludo.
Hola! Tengo más de 365 días cotizados y no puedo cobrar la pestación de desempleo por no haberla solicitado a tiempo al finalizar mi último trabajo. Me dicen que para poder cobrarla tengo que volver a trabajar, para así encontrarme de nuevo en situación de desempleo y poder cobrarlo. Mi pregunta es, ¿cuánto es el mínimo de días que debo trabajar? Me han ofrecido un trabajo de un día o dos y me preguntaba si esto sería suficiente para reanudar la prestación.
Muchas gracias!
Hola Claudia,
La ley no señalada nada sobre el tiempo que es necesario trabajar para volver a tener derecho a cobrar el paro. Pero en la práctica, el SEPE, para evitar fraudes, normalmente requiere volver trabajar durante un periodo mínimo de tres meses (de forma continua o interrumpida).
Un saludo.
Muy útil la información, muchas gracias. Tengo una duda, en mi caso, tengo más de 365 días cotizados. No he podido tramitar mi prestación online en el SEPE porque falta información y tengo que ir presencialmente a final de noviembre. Mientras me han ofrecido trabajar algún día suelto, dándome de alta por días (jornada completa 8 h o media 4 h). Este tipo de contratos de un día me sigue permitiendo solicitar la prestación? O tiene que ser porque acabe un contrato de una duración mayor? No encuentro esta información en el SEPE.
Muchas gracias, saludos y gran trabajo informativo!
Hola Isa,
Si se ha cotizado más de 365 días, los días sueltos que se trabajen se acumulan a las cotizaciones anteriores, permitiendo de esta manera, alargar la duración de la prestación que se va a solicitar.
Ahora bien, los desempleados que están en una situación así, han de comunicarle al SEPE el día que presentan la solicitud de la prestación por desempleo, los días sueltos que han estado trabajando, para que sean descontados de la prestación. Porque los días en los que han estado trabajando la prestación se entiende que ha estado suspendida. Así que, se alarga la duración de la prestación por desempleo, en tantos días como se haya estado trabajando.
Muchas gracias por tu comentario y por participar en la web.
Un saludo.