Es posible que te surja algún trabajo esporádico estando cobrando el paro o el subsidio. ¿Pero qué ocurre con la ayuda por desempleo que estás percibiendo cuando lo que te ofrecen son días sueltos de trabajo?, ¿y si solo es un día de trabajo?, ¿podrías reanudar el paro o el subsidio cuando se termine el contrato temporal?…pronto conocerás la respuesta a esas cuestiones y otras muchas más.
Porque en este artículo, te contaré las ventajas e inconvenientes que tiene aceptar trabajos de este tipo, de qué manera repercuten en la prestación por desempleo o subsidio, y que trámites tienes que hacer para poder reanudar el cobro de la prestación por desempleo o el subsidio.
¿Puedo trabajar días sueltos si estoy cobrando el paro o el subsidio?
En caso de que te surja algún trabajo ocasional para trabajar unos días sueltos (e incluso unas horas), puedes aceptarlo sin que esto suponga perder definitivamente la ayuda económica por desempleo que estás percibiendo. Ya que la aceptación de este tipo de trabajos, solo supone la suspensión temporal de la prestación económica mientras estés trabajando.
Así que, una vez que termines el contrato temporal que te han hecho, podrías pedir en el SEPE reanudar el paro o el subsidio que estabas cobrando. Eso sí, siempre que vayas a trabajar de esta manera, tienes la obligación de informar al Servicio Público de Empleo para que puedan formalizar tu baja. Esta comunicación la puedes hacer:
- Desde casa, haciendo este trámite a través de la «Sede Electrónica» que hay en su página web. O llamando directamente por teléfono al SEPE. Esta última opción suele ser la más práctica.
- Presencialmente, acudiendo a la Oficina de Empleo Público que te pertenezca. Para esto, será necesario que solicites cita previa.
Es fundamental que cumplas con este deber de información, como desempleado o desempleada. Porque no puedes compaginar estos pequeños trabajos a jornada completa con seguir percibiendo la prestación por desempleo o el subsidio, ya que es salgo incompatible. De lo contrario, el SEPE podría detectar que se trata de un cobro indebido. Y de ocurrir esto, te sancionaría poniendo fin a tu prestación y obligándote a devolver todo el importe económico que hayas estado percibiendo de forma indebida.
Ventajas e inconvenientes de tener que reanudar el paro
Cada vez hay más desempleados que dejan de cobrar el paro para poder trabajar determinados días sueltos, especialmente aquellos que consiguen empleos a través de ETT´s. Suele ocurrir con más frecuencia, por ejemplo, cuando llega la campaña de Navidad y las empresas necesitan incorporar puntualmente: mozos de almacén, dependientas, limpiadoras, camareros, etc. O en verano, con la contratación de camareras de piso, animadores, comerciales, etc.
¿Pero realmente merece la pena dejar de cobrar el paro por un día suelto o varios de trabajo? No hay una respuesta genérica a esta pregunta, ya que depende de los intereses que pueda tener cada persona.
a) Ventajas de trabajar días sueltos y reanudar el paro
El hecho de trabajar días sueltos se traduce en que estarás cobrando durante más días, y eso es algo a tener muy en cuenta. Es decir, que si por ejemplo, la prestación por desempleo se te termina el 10 de junio y te sale un trabajo esporádico de 8 días, el SEPE te paralizará la prestación durante ese periodo. Y en cuanto vuelvas a solicitar reanudar el paro, en lugar de finalizar el 10 de febrero como estaba previsto, terminarás el 18 de junio.
Además, otro aspecto positivo que debes tener presente, es que irás acumulando las cotizaciones de esos días de trabajo. En consecuencia, tardarás menos en generar derecho a otra ayuda por desempleo.
b) Inconveniente de reanudar el paro
En cuanto a los inconvenientes de tener que reanudar el paro de vez en cuando, en lugar de cobrarlo todo seguido, los usuarios nos suelen comentar los siguientes:
- En algunos casos, hay trabajadores cuya cuantía diaria de prestación por desempleo es más elevada que la que puedan llegar a cobrar por trabajar esos días sueltos. Por tanto, al coger estos trabajos ocasionales, ven disminuidos sus ingresos mensuales.
- La molestia de tener que informar al SEPE continuamente de las altas y las bajas en el cobro del paro, que se producen a lo largo del mes. Sin embargo, esto tiene solución, en el apartado siguiente te contaré como hacerlo de una sola vez, para evitar que tengas que ir tantas veces al SEPE dentro del mismo periodo.
¿Cómo reanudar el paro de una forma más cómoda?
Es posible que durante un mismo mes, hayas tenido varios contratos de trabajo (esto suele ser habitual en profesiones como camareros, mozos de carga y descarga, etc.). Y en consecuencia, que hayas estado yendo al SEPE en diferentes ocasiones para informarles de tu situación como desempleado o desempleada.
Para evitarte todos estos desplazamientos y molestias, me gustaría comentarte que el SEPE te permite reanudar el paro de todos esos periodos a la vez, con tan solo realizarle una comunicación al final del mes. Para ello, tendrás que solicitar la «reanudación agrupada» de la prestación por desempleo o el subsidio que estás cobrando. Esto implica tener que cumplimentar el formulario oficial correspondiente a la «reanudación agrupada» que facilita el SEPE y presentarlo. En él tendrás que indicar, entre otras cosas, los periodos concretos en los que has estado trabajando.
¿Qué trabajadores pueden solicitar la reanudación agrupada?
Pueden reanudar el paro a través de este sistema, los trabajadores:
- Fijos-discontinuos.
- Afectados por un ERE o ERTE.
- Que tengan contratos sucesivos procedentes de la misma empresa o sector de la actividad, dentro de un mismo mes.
¿Qué plazo tengo para reanudar el paro de esta forma?
Para pedir la reanudación agrupada tienes un plazo de 15 días hábiles como máximo, a contar a partir de la fecha en la que finalices la relación laboral.
En caso de presentar esta solicitud fuera de plazo, la reanudación del paro se producirá partir de la fecha en la que presentes la solicitud. Por consiguiente, perderías el cobro de la prestación por desempleo o el subsidio, desde el día en que se hubiera iniciado la reanudación (si se hubiera presentado en plazo la solicitud) hasta el día anterior a la fecha en la que presentaste dicha solicitud, si se trata de la prestación por desempleo. O hasta el mismo día en que la presentaste, si fuera un subsidio.
Si te interesa reanudar el paro o el subsidio a través de la «reanudación agrupada», puedes llamar por teléfono al SEPE o pedir cita previa, para que un gestor te pueda informar cómo funciona este sistema. Una vez que aclare todas tus dudas, ya sabrás cómo hacerlo cada vez que lo necesites.
Ver derechos laborales de trabajadores en pluriempleo.
Hola, si estoy cobrando el subsidio por desempleo, y me llaman para trabajar dada de alta solo un día, y después reanudó el subsidio, ¿tardaría mucho en hacerme el pago? Gracias.
Hola Saray,
Depende de en qué fecha se presente la solicitud de la reanudación. Si por ejemplo, solo se ha trabajado el día 5 de septiembre de 2023, el día 10 de octubre de 2023 (o antes, si el banco te adelanta dicho pago) el SEPE te pagará el importe mensual del subsidio, al cual le descontará ese día de trabajo. Pero si solicitas la reanudación a finales de mes, lo más probable es que el SEPE solo te pague el importe del subsidio que hayas generado hasta la fecha en la que lo has suspendido. Porque el SEPE suele cerrar las nóminas, normalmente, a partir del día 20 de cada mes. Pero lo que haya quedado pendiente de cobro, lo percibirías al mes siguiente. Es decir, que lo cobrarías con retraso.
Un saludo.
Empecé a trabajar en septiembre del 2022, acabé de trabajar el dos de febrero 2023. Tenía 5 meses cotizados para pedir subsidio. Soy fija discontinua, pero al ir al paro me dijeron que me quedaban dos meses del anterior subsidio que había parado para ponerme a trabajar en septiembre, que tenia que cobrarlos. Ahora lo he terminado y en el paro me dicen que para cobrar los 5 meses trabajados de subsidio tengo que volver a trabajar. No puedo empalmar un subsidio con otro. Y yo pregunto, ¿cuánto tiempo tengo que trabajar?, ¿hay una cantidad obligada o con una semana, un mes, dos meses?, no sé, para poder pedir el subsidio de los 5 meses que trabajé de septiembre 2022 a enero 2023.
Hola Rosario,
Con trabajar al menos un día y perder ese trabajo (no por baja voluntaria o dimisión), es suficiente.
Un saludo.
Buenas tardes. Hace 3 meses pedí excedencia en mi empleo fijo para 5 años. Ahora me ofrecen un trabajo de 2 días de camarero por sustitucion. Mi pregunta es, ¿podré cobrar el paro después de este contrato de 2 dias? Ya han pasado 3 meses desde que pedí la baja voluntaria por excedencia.
Gracias.
Saludos.
Hola Manel.
La baja voluntaria tiene unos efectos distintos a la excedencia. Por tanto, si se está de excedencia, y durante ese periodo se trabaja en otra empresa, se puede cobrar el paro al finalizar dicho contrato. Pero hay que tener presente que para poder cobrarlo es necesario tener 360 días cotizados o más. Y que para dicho cómputo, el SEPE no tendrá en cuenta las cotizaciones de la empresa en la que se está de excedencia.
Un saludo.
Vaya muchas gracias, no sabía este dato. Si en vez de haber pedido la excedencia hubiera pedido baja voluntaria, ¿sí me hubieran tenido en cuenta los días cotizados en la anterior empresa? Gracias de antemano. Saludos.
Tras una baja voluntaria, si se consigue un nuevo trabajo cuyo contrato de trabajo tiene una duración mínima de 3 meses (se trata de un plazo estimado, ya que depende de la valoración y decisión que determine el SEPE), al terminar dicho trabajo por decisión de la empresa, se podría cobrar el paro. Que se calcularía teniendo en cuenta tanto las cotizaciones del tiempo que se estuvo trabajando en la empresa en la que se causó baja voluntaria, como las nuevas generadas en el último trabajo.
Un saludo.
Hola, en agosto de 2020 terminé en una empresa y pedí el paro. Me pertenecían 120 días, cobré unos 15 días y empecé a trabajar en otro sitio, y no pase el periodo de prueba. Ya no volví a solicitar los 105 días que me quedaban, empecé a estudiar y ya lo dejé ahí. Ahora una empresa me va a contratar 3 días como vigilante de seguridad para un festival. Después de esos 3 días, ¿podría solicitar el paro que me quedó pendiente?
Hola Iván.
Si es la empresa la que decidió extinguir el contrato de trabajo por no superar el periodo de prueba, con un día de trabajo, ya se podría reanudar la prestación por desempleo que ha quedado pendiente de cobro (siempre que sea la nueva empresa la que ponga fin a la relación laboral). Así que, no hay problema alguno en volver a pedir el paro tras haber realizado varios días de trabajo.
Un saludo.
Buenas tardes,
Llevaba cuatro meses cobrando paro, y me salió un trabajo en el que he finalizado contrato después de otros cuatro meses. Mi nueva prestación, ¿será la misma que recibía antes o será en base al último contrato que he acabado?
Gracias.
Hola David.
En el momento que se reanude la prestación por desempleo por el periodo que quedaba pendiente de cobro, se seguirá cobrando por la misma base reguladora y porcentaje que correspondía en el momento de la suspensión.
Las nuevas cotizaciones que se hayan generado con el nuevo trabajo, se quedarán acumuladas y podrán ser utilizadas en un futuro a la hora de solicitar una nueva prestación por desempleo o subsidio.
Un saludo.
Hola. Si me contrata ahora una ETT y me finaliza el contrato en 3 meses, ¿puedo cogerme el otro paro cotizado que he hecho o debo reanudar el viejo?
Hola Paula.
Para tener derecho al nuevo paro es imprescindible haber trabajado de forma «ininterrumpida» durante 12 meses o más. Es decir, aunque se hayan tenido uno o varios contratos temporales que sumen 360 días cotizados o más, es necesario no haber vuelto a cobrar el paro antiguo entremedias de esos 360 días o más de nuevas cotizaciones para poder ejercer el derecho de opción, y cobrar el paro nuevo.
Un saludo.