Como persona desempleada, tienes tus derechos. Así que, puedes hacer una reclamación en el SEPE, por cualquier decisión que haya tomado hacia ti y que te perjudique. Es la vía adecuada para comunicar tu desacuerdo en el caso de que el SEPE te haya notificado que te van a sancionar por algún motivo inexistente o injustificado. Además, la puedes utilizar en el supuesto de que te haya revocado alguna prestación o derecho, sin que exista una razón para ello.
Una vez que hayas presentado la reclamación, la Administración estudiará tu caso y las pruebas presentadas (si tienes alguna). Y si tienes razón, deberá reconocerte los derechos que te pertenecen. Por esa razón, en este artículo te voy a contar, entre otras cosas, en qué casos conviene presentar una queja o una reclamación previa, dónde recoger el formulario de la queja y dónde presentarlo, qué contenido ha de tener el escrito de la reclamación y qué plazo tiene la Administración para contestarte.
Índice del artículo
La queja contra el SEPE
Lo primero que conviene que sepas, es que la queja es un mecanismo que permite al ciudadano comunicar su descontento al SEPE por alguno de sus servicios. Esto sucede cuando ha sufrido las consecuencias de alguna irregularidad o mal funcionamiento.
Asimismo, la presentación de una queja es compatible con la presentación de:
- Una reclamación en el SEPE.
- Un recurso administrativo.
Es decir, nada impide que se puedan presentar simultáneamente, ya que estas dos vías últimas tienen un objetivo distinto y común, que es hacer valer tus derechos ante la Administración. En cambio, la queja tiene como objetivo comunicarle al SEPE tu descontento, con el fin de intentar mejorar la actuación de los Servicios Públicos de Empleo. En otras palabras, la queja no sirve para reclamar un derecho que te pertenezca. Por ese motivo, la interposición de una queja, no interrumpe el plazo legalmente establecido para presentar una reclamación en el SEPE o interponer un recurso administrativo.
Las quejas más frecuentes, suelen ser, por haber sido citado una hora y después de estar allí, tener que esperar un largo periodo de tiempo para ser atendido; cuando el funcionario o el trabajador con el que ha hablado, le ha dado una información errónea, o no ha sabido contestarle o ha tenido una mala actitud hacia su persona; por tener que hacer cola en un sitio donde no hay asientos suficientes, etc.
Cómo presentar una queja
Para presentar una queja contra el Servicio Público de Empleo, existen tres opciones. Elige, la que más te interese:
- Acudir personalmente a la oficina de empleo. Una vez allí, puedes pedirle al funcionario que te atienda, que te dé el formulario de quejas para poder cumplimentarlo y presentarlo allí mismo. Además, puedes solicitarle las explicaciones que creas necesarias, si tienes aún te queda alguna duda sobre este procedimiento.
- Enviar por correo postal, un escrito firmado. En él deberán constar tus datos personales (además de tu dirección, a afectos de notificaciones) y la irregularidad o mal funcionamiento del servicio que quieres dar a conocer a la Adminstración.
- A través de Internet, entrando en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo y pinchando la opción de «quejas y sugerencias». Para tener accesos a esta aplicación, es necesario que tengas certificado digital, DNI electrónico, o el usuario y contraseña de la plataforma Clave.
Plazo que tiene la Administración para contestar a la queja
Una vez que ya has presentado la queja, la Oficina de Empleo tendrá un plazo de 20 días para contestarte. En su respuesta, tendrán que informarte de las actuaciones que han realizado y las medidas adoptadas para solucionar o mejorar el servicio. Sin embargo, en la práctica, es posible que no te contesten o lo hagan fuera de plazo. Si no recibes respuesta por parte del SEPE, puedes dirigirte a la Inspección General de Servicios de dicho organismo, para conocer por qué no te han contestado y para que la Inspección pueda proponer a los órganos competentes las medidas que crea oportunas para solucionar o mejorar el mal funcionamiento del servicio.
La reclamación en el SEPE
Si lo que deseas, es, reclamar un derecho que te pertenece y que crees que han vulnerado, lo debes hacer presentando un escrito de reclamación en el SEPE. Este escrito es conocido con el nombre de reclamación previa, por ser el paso previo necesario, para poder demandar posteriormente a la Administración si te interesara hacerlo. Suele utilizarse, por ejemplo, cuando:
- El SEPE te reclama que le devuelvas el dinero de la prestación que has cobrado indebidamente y no estas de acuerdo con esta resolución.
- Recibes la notificación de que te han denegado una prestación o subsidio.
- Estás en desacuerdo con algún aspecto de la resolución que te ha llegado, relacionada con la prestación que has solicitado. Ya sea porque han calculado mal su cuantía, existe un error en la duración, la fecha en la que debe comenzar no se ajusta a lo previsto en la ley, etc.
- De manera injustificada, has recibido una sanción por parte del Servicio Público de Empleo, y necesitas presentar las alegaciones oportunas para evitar que te apliquen dicha sanción.
Necesito abogado para presentar una reclamación en el SEPE
No es necesario, ya que una reclamación en el SEPE es un trámite que puede realizar cualquier persona. Sin embargo, aunque no sea necesario, sí que es recomendable hacerlo con la ayuda de un profesional (Graduado Social o Abogado), ya que las alegaciones que realices en dicho escrito, son muy importantes en caso de que la Administración no te dé la razón. Porque si posteriormente decides demandar al Servicio de Empleo por la injusticia que están cometiendo contigo, en la demanda solo podrás poner lo que hayas alegado en la reclamación al SEPE. Así que, si te has equivocado en alguna de tus alegaciones o te ha faltado razonar algún aspecto importante, puedes correr el riesgo de perder el juicio.
Ten en cuenta, que el SEPE estará representado por el Abogado del Estado, que tiene un amplio conocimiento sobre estos temas. Por consiguiente, necesitas una defensa que pueda estar a la altura.
¿Cómo hago el escrito de reclamación al SEPE?
Esta es una de las cuestiones que más les suele preocupar a los desempleados. Debido a se encuentran ante un folio en blanco y no saben exactamente qué es lo deben poner para presentar un escrito de reclamación en el SEPE. Por ese motivo, a modo de guía, te voy a decir lo que te recomiendo que contenga tu escrito:
- Tus datos identificativos (nombre, apellido, dirección, y DNI o NIE) y la dirección a la que quieres que te envíen la respuesta.
- El acto que quieres recurrir y la causa por la que quieres impugnarlo. En esta parte, debes intentar omitir todo aquello que sea una interpretación personal. Es decir, debes señalar hechos concretos, sin entrar en cuestiones personales.
- Una especie de índice, en el que aparezca la documentación que vas a presentar junto a este escrito, para poder probar tus argumentos. En él deberás enumerar e identificar cada documento que presentas.
- Un apartado en el que manifiestes lo que solicitas.
- La parte final, ha de contener el lugar, la fecha y tu firma, y el órgano, centro o unidad administrativa a la que diriges la reclamación.
¿Dónde se presenta la reclamación al SEPE?
Lo más conveniente es que presentes la reclamación al SEPE en tu oficina de empleo. Allí se encargarán de enviarla a la Dirección Provincial, para que puedan resolverla. Pero también se puede presentar por correo postal, mediante carta certificada, o a través de su página web. Pero estas dos últimas opciones son menos recomendables.
Plazo para presentar la reclamación previa
A partir del día de siguiente en el que recibes la resolución (con la que no estás de acuerdo), tienes un plazo de 30 días hábiles (es decir sin contar, sábados, domingos ni festivos) para presentarle la reclamación al SEPE.
Ahora bien, también puede suceder que no hayas recibido ninguna carta dentro del plazo legalmente establecido para ello. De ser así, se entenderá que tu solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. En este último caso, puedes presentar una reclamación en el SEPE, siempre que hayan transcurrido más de 3 meses desde que presentaste la solicitud.
En qué plazo debe contestar el SEPE a la reclamación
Una vez presentada la reclamación en el SEPE, dicho organismo deberá de contestar a reclamación en el plazo máximo de 45 días. Si transcurriera ese plazo y no recibieras contestación alguna por parte de la Administración, se entendería que han desestimado tu reclamación por silencio administrativo.
Hola, al final, ¿qué pasó? porque a mi me esta pasando lo mismo y no soy capaz de hablar con ellos. Gracias. Pedí cita y me la dan para tres meses. Me dijeron de cobrar 430 € y me pasan 107 €, ¿por qué?
Hola Miguel,
La primera vez que se cobra el subsidio normalmente se cobra menos, porque no suele cobrarse el mes entero. Ya que en el primer abono el SEPE paga a partir de la fecha en la se reconoce la ayuda por desempleo. Es decir, que si por ejemplo, reconocen el subsidio el día 20, solo se cobrarán 10 días. Y a partir del mes siguiente ya se percibe el 100%. Pero si no es el caso, es mejor contactar directamente con el SEPE para saber la causa.
Un saludo.
Hola! Me despidieron con su correspondiente indemnización y pedí la prestación través de Internet. Me quedaba un mes de prestación anterior y ya tenía derecho a una prestación nueva porque he trabajado más de un año. En mi solicitud marqué alta nueva, y no sabía que tenía que marcar opción por nuevo derecho, y ahora me han aprobado la reanudación de la prestación que me quedaba, solo un mes. He mandado una incidencia por el modelo de pre solicitud, es suficiente para que me lo cambien y me aprueben una prestación nueva o tengo que hacer una reclamación formal? En ese caso donde accedo para mandarla?
Hola Bea,
Cuando surgen incidencias así, lo más recomendable es contactar directamente con el SEPE (teniendo bastante paciencia, porque la mayoría de oficinas de empleo están colapsadas) para ver si pueden darle solución.
Un saludo.
En el mes de noviembre trabajé el día 12 solo un día. Cobró la ayuda familiar,430 €. Y este mes diciembre he cobrado solo 172, ¿los días que me faltan los cobraré en enero?. No me cogen el teléfono para pedir cita. También el día 15, dos días del 12,me saque el documento del darde por Internet.
Hola José Antonio.
Cuando se va a trabajar un día suelto, es imprescindible comunicar esta situación al SEPE para que suspenda temporalmente el subsidio. Y posteriormente, una vez finalizado el trabajo, es necesario avisar al SEPE de esto, para pedir la reanudación del subsidio (con el fin de que solo descuenten ese día de trabajo de la nómina). De lo contrario, el subsidio quedaría suspendido hasta que se volviera a solicitar su reactivación.
Un saludo.
Hola. Tengo un contrato fijo discontinuo pero me despidieron por el covid. He solicitado la nueva prestación para fijos discontinuos la han denegado. No sé que hacer. Puesto que según tengo entendido cumplo con todos los requisitos para obtener esta ayuda.
Hola Rocío,
Si no se está de acuerdo con la resolución en la que se deniega la prestación, se puede presentar una reclamación previa por escrito ante el SEPE, indicando el motivo.
Dicha reclamación previa se puede presentar en el plazo de 30 días, desde que se recibe la notificación de la resolución.
Un saludo.
Hola, por favor. Si estuve un año de contrato y de ese año me mandan 3 meses al ERTE por COVID-19 ¿No tengo derecho a paro de 4 meses?. Eso es lo que me ha pasado.
Hola Rosa,
Por norma general, durante un ERTE las empresas están obligadas a seguir cotizando por el trabajador a todos los efectos, incluido el desempleo. Por tanto, si se suman al menos 360 días de cotización, se tiene derecho a cobrar 4 meses de paro.
Un saludo.
Hola, he solicitado una ayuda por desempleo después de terminar el paro. Y me han mandado un creo electrónico donde ponen que tendré que mandar documentos. Envié todos los documentos, y después me mandaron una carta en la que ponía que me denegaban la solicitud. Me dijeron que no tenía familia a cargo. Y yo he presentado libro de familia y NIE de mi hija de 3 años, y todo lo que me pidieron. Por favor, quiero saber qué tendría que hacer. Gracias.
Hola Meriam.
Desde la notificación de la resolución del SEPE, en la que se deniega la prestación, la persona desempleada tiene un plazo de 30 días como máximo, para poder presentar una reclamación previa en el SEPE. En ella, deberá constar sus datos y la razón por la no está de acuerdo con esa resolución. Es recomendable, adjuntar a dicha reclamación, la documentación que pueda ser útil para probar los hechos.
Un saludo.
Hola, buen día.
Mi situación es que el SEPE no me ha ingresado el mes de noviembre. Teniendo en cuenta que en este mismo mes cambié de oficina por cambio de municipio, solicité cambio de cuenta bancaria. Pero ya estamos a 12 de diciembre y no he recibido el pago ,no sé ¿si me han pagado en la cuenta que ya esta cancelada que sucedería? Porque el día 3 de diciembre entre con clave personal y aún no me habían cambiado la cuenta y la cambié ese día con sistema clave.
Hola Daniellys,
Si el cambio de cuenta se ha realizado cuando ya han cerrando las nóminas, es posible que no hayan podido grabar la nueva cuenta todavía. Por tanto, probablemente ingresarán este mes y el otro, al mes siguiente. De todos modos, esto es una suposición, porque puede haber otros motivos…(que haya caído fin de semana, que se tarde más en recibir la transferencia al ser otro banco, etc.). Así que, es aconsejable consultarlo directamente en el SEPE.
Un saludo.
Hola, mi nombre es Amira. En junio me he quedado sin empleo, he realizado la pre-solicitud por desempleo en la pagina del SEPE como habían dicho que se realizaba debido al covid. Supuestamente harían todo el trámite y solo te llamarían si faltaba algún dato etc. Lo primero, es que cuando realizo la pre-solicitud y llego al final, a la hora de descargar el documento no lo hace, pienso que me lo enviaran al correo como en algunos casos pero tampoco. Pasa mas de 1 mes y no sucede nada, me dicen que saque una cita porque no me darán respuesta de la pre-solisitud, bueno, al llegar el día de la cita le informo a la funcionaria lo sucedido y ella me dice, que sin ese documento no podía buscarlo en el sistema, que si encontraba el documento pusiera una reclamación para recuperar los días perdidos de mi prestación, ya que sería efectiva a partir del día de la cita en las oficinas. Mi pregunta es, ¿cómo es posible que siendo un trámite que realizarían ellos online, sin necesidad de que la persona estuviera presente, ahora no tengan forma de verlo? Voy a poner la reclamación correspondiente, sabiendo que voy con la de perder.
Hola Amira,
Como el problema deriva de una cuestión informática, no te sabría decir el motivo. Pero me imagino que es algo que habrá afectado a otros muchos usuarios. Lo complicado es poder demostrarlo.
Un saludo.
Buenas,
Presenté una RECLAMACIÓN PREVIA y he recibido un correo electrónico supuestamente relacionado con el tema. El correo sólo indica mi NIF y un número de registro, y el contenido es una especie de disclaimer.
Normalmente, ¿cómo responde el SEPE a las reclamaciones?
Saludos.
Hola Carlos
Lo normal es que el SEPE conteste de forma expresa enviando una carta al domicilio. En caso de duda, es recomendable entrar en la Sede Electrónica del SEPE (utilizando el DNI electrónico, certificado digital o clave) para ver el estado de la presentación de la reclamación previa. Allí se puede comprobar si sigue en tramitación o ya hay resolución (se podría descargar).
Un saludo.
Buenos días.
Imagino que como muchos… estoy teniendo problemas por decirlo «humildemente» para contactar con el SEPE…
Con todo esto de la pandemia por desgracia quedé desempleado. Y desde el día 16/06/2020 presenté a través del formulario que habilitaron la solicitud para la prestación por desempleo. Pero desde ese 16/06 no he recibido respuesta del SEPE por ningun medio.
Podríais por favor, indicarme cómo puedo reclamar o que vías quedan disponibles en esta situación para que me reconozcan la prestacion?.
Es lamentable la gestión administrativa en todos los sentidos de este país. Y me gustaría conocer qué herramientas burocráticas tendría en esta situación para aplicarlas con todo el peso.
Muchas gracias por ofrecer un servicio como este.
Hola Sua,
En estos casos conviene comprobar si existe algún tipo de error en la tramitación, entrando la página web del SEPE a ver el expediente.
Una vez comprobado esto, tanto si existe un error o incidencia como si no, se puede llamar al teléfono de atención que tiene el SEPE 900 812 400 (de lunes a viernes de 8h a 14h) para poder ser atendido por un gestor que pueda dar solución al problema. También se puede contactar con el SEPE a través del formulario de consultas que tiene en su web.
Y si no se logra contactar con el SEPE o no resuelven el problema del desempleado o desempleada, se puede presentar en el SEPE un escrito para reclamar la resolución de la prestación. Puede presentarse a través de la página web del SEPE o acudiendo presencialmente a la oficina de empleo (solicitando cita previa para ello).
Un saludo.
Muchísimas gracias por la respuesta.
He intentado contactar con ellos a través de todos esos medios tanto telefónico, como por correo e incluso intentando concertar cita directamente en las oficinas de mi zona pero nunca he recibido respuesta.
El teléfono jamás lo cogen, a los correos no contestan y en mi caso que soy de la zona norte de Madrid, no me permite concertar cita, ya que me indica la web que en este momento no es posible. Y llevan así desde que empecé con este tramite en Julio.
Para presentar dicha reclamación, ¿tendríais por casualidad alguna plantilla, texto tipo para este caso?, sería la primera vez que llegue a reclamar a una Administración Publica y ando un poco perdido con la manera de redactar coherentemente dicho escrito.
Nuevamente muchísimas gracias!!
Hola Dayan,
Siento decirte que en estos momentos no disponemos de ninguna plantilla, pero seguro que podrás encontrar fácilmente diferentes modelos de reclamación ante el SEPE a través del buscador de Google.
Un saludo.
Buenas noches. Estoy percibiendo el subsidio para mayores de 52 años desde el 2011 y nunca me han pedido la declaración de la renta puesto que no la hago porque el único ingreso que tengo es este. Ahora en octubre espero que llegue el día 10 y veo que no me lo han ingresado. He entrado a ver mi estado, y veo que pone baja. Causa, por no aportar rentas. En la copia que me quedo yo, veo que efectivamente está marcada la primera casilla sin variación de renta y/o cargas familiares. Entonces, mi pregunta es ¿por qué ha sucedido esto, un error informático? no lo sé, ya he pedido cita, ¿tengo derecho a que me ingresen este mes de octubre?, muchas gracias.
Buenos días,
José Luis, has hecho lo mejor, pedir cita para que te lo aclaren porque es posible que se deba a algún error.
En los casos en el que el SEPE comete un error que perjudica al desempleado o desempleada, si no lo resuelve, la persona afectada puede presentar un escrito de reclamación previa ante dicho organismo.
Un saludo.
Hola, buenos días. Yo estuve en ERTE desde el 14 de marzo hasta el 1 de mayo. Luego me fui al paro en otro trabajo, ya que soy fija descontinua. Ahora después de casi 4 meses me depositaran el paro y me están haciendo un cobro indebido. El cual se lleva la mitad de mi paro. Y el cobro es de 1 de abril al 30. No entiendo qué cobran, a quién le debo. Si el ERTE es un préstamo y después lo cobran del paro. Y no hay manera de contactar con el SEPE, ¿Qué tengo que hacer, escribir un correo postal? Gracias.
Hola Mirna,
Disculpa por el retraso en contestar. A algunos desempleados les está llegando un cobro indebido que no es real. El SEPE ya ha comunicando que en estos casos desaparecerá en cuanto puedan regularizar la situación. Por esa razón, recomiendan volver a consultar el estado de la prestación, más adelante, para ver si ya no aparece ese cobro indebido.
De todos modos, es fundamental comprobar la causa de ese cobro indebido, por ese motivo es conveniente contactar con el SEPE. Puedes hacerlo usando el formulario de consultas que tienen en su página web.
Un saludo.
Buenas tardes!
He trabajado en una empresa desde 2010 a 2020. De 2013 a 2014 pedí una excedencia por cuidado de hijo.
Según la página de SEPE, para calcular los 6 años para la prestación de desempleo, se retrocederá tanto tiempo como se haya estado de excedencia. En mi caso 459 días.
Me ha llegado la resolución y solo me dan año y medio de paro, no han contado ese tiempo. Voy a pedir la revisión del expediente, pero me gustaría que me confirmaran si esto es así.
Gracias!
Buenas tardes Noemi:
Efectivamente, se trata de una excepción que el SEPE ha de tener en cuenta a la hora de calcular la prestación por desempleo. Porque en el caso de la excedencia por cuidado de hijos, el tiempo que se haya estado excedencia no computa en ese periodo de 6 años. Y ese tiempo se debe retrotraer en función de lo que haya durado la excedencia.
Un saludo.
Buenos días.
El 1 de Julio mi marido presentó una solicitud para cobrar la ayuda Sed al que tenía derecho.
Nos dijeron que tuviésemos paciencia porque tardaría.
El 1 de Septiembre vamos a la oficina a preguntar y nos dicen que la persona que nos lo hizo se equivocó y que no le dio a aceptar que nos lo volverían a hacer pero con fecha de 2 de septiembre para empezar a cobrar en Octubre.
Al ser un error administrativo pusimos una reclamación con intención de que se reconozca el fallo y nos paguen la prestación con carácter retroactivo a 1 de Julio y no a 2 de Septiembre ya que si no es así sólo podremos disfrutar de un mes de ayuda ya que a mi me suben el trienio en mi empleo y me pasaría del barreño en 1,20€.
Hace ya un mes que presentamos reclamación y nadie nos ha contestado.
Cómo podemos proceder?
Gracias.
Hola Elena
Una vez presentada la reclamación previa el SEPE tiene un plazo de 45 días como máximo para contestarla. Si contesta denegando lo que se reclama, se tiene un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la notificación para presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Y si pasan más de 45 días sin respuesta por parte del SEPE, se entiende que la reclamación previa está desestimada por silencio administrativo. Por tanto, a partir de entonces, la persona interesada podría presentar la demanda en el Juzgado de lo Social.
En el colegio de abogados o en el Juzgado, facilitan la información necesaria para poder acceder a la justicia gratuita.
Un saludo.
Hola. He solicitado en dos ocasiones a través de la página web del Sepe la prestación de desempleo, dado que vía presencial en las oficinas es imposible. Hace más de dos meses y en la web no aparece nada. Que está pasando? Gracias
Hola Belén,
Desconozco la causa de las incidencias técnicas que tiene la pagina web del SEPE. Pero en una situación así, es recomendable llamar al teléfono gratuito de información del SEPE: 900 81 24 00, para que un gestor de este organismo pueda resolver esa cuestión.
Un saludo.
Tenía que cobrar la ayuda de 439 € y me ingresan 139 €, ¿qué esta pasando?
Hola Soledad,
En estos casos lo más recomendable es consultar la nómina para saber donde puede estar el posible error. Puedes consultar tu nómina en la Sede Electrónica que tiene el SEPE en su página web, en el nuevo apartado «consulte los datos y recibo de su prestación». Cuando localices el error o si no has podido ver la nómina, es aconsejable que contactes directamente con el SEPE para que puedan resolver el problema.
Un saludo.
Hola, buenos dias. Llevo varios días liada con la cuenta del SEPE por Internet. He llamado a todos los teléfonos que han dado y no contesta nadie. He pedido cita por Internet, he conseguido hacer la cartilla del paro y ahora intento ir a prestaciones. He pedido cita varias veces y cuando llego allí me dicen que no tengo cita. Les enseño la cita por Internet que tengo y no me pueden atender porque no figuro en el papel que tienen ellos, que es un fallo de la página de ellos y que tengo que pedir otra vez la cita. Es la segunda vez que me pasa y creo que se me va a pasar el plazo. ¿qué pasa si me vence el plazo?
Hola Laila,
En caso de estar sufriendo las consecuencias de una mal funcionamiento del SEPE, es recomendable poner una queja ante dicho organismo. En las oficinas del SEPE hay formularios de queja para poder cumplimentar y presentar.
El presentar la solicitud de la prestación o subsidio fuera de plazo, no supone perderla. Pero sí que puede implicar una penalización a nivel económico para el beneficiario. Porque perdería tantos días de prestación, como días medien entre la fecha en la que nació el derecho y la fecha en la que se presentó fuera de plazo la solicitud.
Pero si la causa del retraso ha sido a consecuencia de fallos técnicos o de gestión del SEPE, se puede presentar una reclamación previa para poder reclamar los días perdidos de prestación o subsidio.
Un saludo.
Por qué no he cobrado el paro y si voy a cobrar y cuándo. Y por qué motivo no he cobrado.
Hola Agustín,
En la página web del SEPE puedes entrar en la pestaña que pone «Sede Electrónica» para poder consultar tus datos y ver si existe algún tipo de incidencia por la que no has podido cobrar todavía el paro. También puedes ponerte en contacto con el SEPE, para que un gestor entre en tu expediente y te pueda decir qué es lo que ha podido pasar con tu prestación.
Un saludo.
Buenos días,
He decidido ponerme en contacto con el servicio de Quejas y Reclamaciones del SEPE. Pero por el momento parece que hay una problema en poder confirmar la reclamación planteada. Por este motivo, de momento solo he podido comunicar esto a través del formulario de contacto.
Por eso, me gustaría saber si es posible que el SEPE pueda agilizar este tipo de situación al respecto, espero ayuda al respecto.
Un saludo.
Hola Víctor,
Para saber el motivo de por qué no has podido volver a cobrar ninguna otra ayuda por desempleo y el estado de tu reclamación, es conveniente que contactes con el SEPE, para que un gestor pueda entrar en tus datos y te pueda dar la información que necesitas.
Un saludo.
Me he visto afectada por un ERTE. Yo trabajo 36 horas a la semana desde noviembre de 2019 y el SEPE me paga como si trabajara 20 horas. Al parecer mi empresa no ha notificado el cambio de jornada en seguridad social, en la vida laboral aparece 50% de jornada. ¿Cómo debo proceder? ¿O es la empresa la que debe solicitar la rectificación? Los teléfonos del SEPE ninguno contesta.
Hola Gabriela,
Entiendo que es la empresa la que debe comunicar la rectificación de este error al SEPE y a la Seguridad Social.
Un saludo.
Buenos días, tengo un gran problema. Debía haber sellado el paro el día 10-03-2020. Se me pasó, y el día 16 lo intenté y ya me decía que se me había pasado el plazo. Insistí en sellar, y ya debo sellarlo el día 16 de Junio. Se me ingresó el dinero el día 2 de Abril, entonces no sé en qué situación estoy, llevo llamando desde el día 16 a «todos los teléfonos que me proporcionan y páginas web del SEPE y no me contestan por saturación. ¿De qué manera puedo saber en qué situación estoy? Un saludo y gracias.
Buenos días David,
Puedes ver en qué situación te encuentras consultado tu expediente online. Para ello, has de entras en la web del SEPE, y darle al botón superior derecho que pone «Sede Electrónica». Después hacer clic en «Personas», e ir a «Consulte los datos y recibo de su prestación». Entrar posteriormente en «Consultas de la prestación», seguido de «Datos de contraste».
Un saludo.
Hola, mi nombre es Alexander Sabillon Lara, necesito ayuda por favor. Me han dicho que este fin de mes no voy cobrar el paro y con esta situación que estamos de alerta por el covi19 mi mujer también se ha quedado en paro. Yo necesito cobrar para pagar el alquiler, tengo dos niños pequeños de 6 años y 4 años. Por favor, necesito que me ayuden, no puedo quedarme este mes sin esa pequeña entrada de dinero.
Hola Alexander,
Comprendo lo difícil que es estar en una situación así, y más, con niños pequeños. Nos están llegando muchos comentarios de personas que están en una situación similar por el COVID-19. El problema está en que el SEPE tiene sus plazos para gestionar las prestaciones. Pero puedes intentar llamar por teléfono a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento y a los de tu comunidad autónoma, por si dispusieran de alguna ayuda urgente de la que te pudieras beneficiar.
En cuanto al alquiler, lo más probable es que el Gobierno apruebe una serie de medidas la semana que viene, para aquellas personas que no puedan pagarlo durante este periodo. Mucho ánimo y suerte, a ver si van saliendo más ayudas.
Un saludo.