Hay empresas que están imponiendo a sus trabajadores la reducción de jornada laboral de manera fraudulenta. Si eres una de las personas afectadas por esta práctica, es fundamental que conozcas las alternativas que tienes.
Por esa razón, te voy a contar en qué casos no pueden obligarte a reducirte la jornada, qué ocurre si ya tienes un contrato a tiempo parcial y te lo quieren reducir, y cómo puedes defenderte de una situación así.
A)¿Me pueden cambiar de jornada completa a tiempo parcial?
Esta suele ser una duda muy habitual entre los trabajadores. Se trata del típico caso en que la empresa le dice al trabajador que tiene que realizarle una reducción de jornada laboral, con cualquier excusa.
Pero si eres de las personas que tienes un contrato a tiempo completo, y es tu empleador el único que quiere pasarte a tiempo parcial, porque tu no deseas ese cambio, que sepas que la ley está de tu parte. Porque tal conversión solo podrá llevarla a cabo si consigue tu consentimiento expreso (por escrito). Es decir, en este caso la empresa no puede obligarte a cogerte la reducción de jornada laboral.
Así que, por mucho que te digan que tienes que firmarles la conversión del contrato, eres completamente libre de aceptar o rechazar esa propuesta. Ya que al tener una jornada a tiempo completo, la empresa no tiene derecho a realizarte una modificación sustancial de las condiciones de trabajo para cambiarte a una jornada a tiempo parcial.
Por ejemplo: Raquel tiene un contrato de 40 horas a la semana en un restaurante. Pero como el negocio no marcha bien, el dueño le dice que le va a reducir la jornada a 20 horas a la semana. En este supuesto, Raquel tiene que saber que la medida que le está queriendo imponer su jefe es ilegal. Por tanto, si el dueño aplica esta medida en contra de su voluntad, podría demandarlo ante Juzgado de lo Social .
Ahora bien, si Raquel estuviera de acuerdo con esa reducción de jornada laboral, podría aceptarla sin problema alguno. Además, de ser así, aunque se produzca una reducción en el número de horas de trabajo, en ningún momento ese cambio podrá suponer la pérdida de la antigüedad que tuviera en la empresa.
Ahora bien, el empresario sí que podrá reducirte la jornada sin tu consentimiento, si por razones justificadas decide hacer un ERTE de reducción de jornada, como está ocurriendo ahora en muchas empresas con la crisis del coronavirus.
¿Puedo negociar de alguna manera la reducción de jornada laboral?
Si la situación económica de la empresa es delicada, aunque tienes derecho a que la empresa te mantenga a jornada completa, corres el riesgo de que te puedan realizar un despido objetivo por causas económicas. Por eso, en determinadas ocasiones, puede ser recomendable acordar con la empresa una reducción de jornada laboral temporal. Dicho pacto es conveniente tenerlo por escrito, firmado y sellado por la empresa. En él, es importante que se indique a partir de qué fecha o de qué momento, la empresa tendrá devolverte a tu jornada completa.
De esta forma, ese documento te servirá de prueba para exigir lo acordado, en el supuesto de que la empresa incumpla con su parte. Así, podrías evitar un despido y te garantizarías el retorno a la jornada completa.
¿Por qué no puede el empresario imponerte la reducción de jornada laboral?
Porque así lo indica el art. 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores, al decir que la conversión de un trabajo a tiempo completo a uno a tiempo parcial o viceversa, solo podrá realizarse mediante la aceptación voluntaria del trabajador.
Por tanto, si el empresario quiere reducirte la jornada y tu no estás de acuerdo, solo podrá reducírtela mediante la aplicación de un ERTE. De lo contrario, podrías eligir entre:
- Demandar al empresario ante el Juzgado de lo Social, para que te devuelva de manera permanente a tu jornada completa de trabajo.
- Solicitar a la empresa la extinción de tu contrato de trabajo. En este supuesto, tendrías derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado y derecho a paro o subsidio por desempleo (si reúnes los requisitos que exige la ley).
Consecuencias de rechazar la reducción de jornada laboral
Si decides no firmarle a la empresa la conversión del contrato, de jornada completa a tiempo parcial, esta última no podrá tomar represalias contra ti. Porque el articulo 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores te da una protección especial en esta situación. De manera, que la empresa no podrá despedirte, sancionarte o causarte algún perjuicio, si cualquiera de estas acciones estuviera basada en tu rechazo a la reducción de jornada laboral.
Una vez que decidas no darle tu conformidad respecto a la reducción de jornada laboral, la empresa solo tendrá dos opciones:
- Hacerte un ERTE para reducirte la jornada, pero únicamente de manera termporal.
- Extinguir tu contrato si existen causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que justifiquen dicha medida. En este caso, te deberían abonar una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades (salvo que convenio señale otra cuantía mayor).
Y cuidado con que la empresa te haga firmar una baja voluntaria falsa con la promesa de que ya te volverán a contratar en cuanto tengan más trabajo, porque aceptar algo así te haría perder tus derechos.
B) ¿Me pueden imponer una reducción de jornada laboral si tengo un contrato a tiempo parcial?
Si eres de las personas que tiene un contrato a tiempo parcial y aún así, la empresa desea realizarte una reducción de jornada laboral, esta última lo podrá hacer sin necesidad de tener que pedirte tu consentimiento a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Por tanto, se diferencia de la anterior situación en lo siguiente:
a) Cuando implica pasar de un contrato a tiempo completo a uno a tiempo parcial
Se requiere la aceptación voluntaria del trabajador.
Es decir, la empresa no puede imponer su voluntad porque dicha propuesta supone una conversión del contrato de trabajo y el trabajador ya tiene unos derechos adquiridos que no le pueden arrebatar. Por consiguiente, para que se produzca la reducción de jornada laboral es necesario que el trabajador firme la novación del contrato de trabajo.
Entonces, si que estás de acuerdo con la reducción de jornada laboral que te propone la empresa, debes leer muy bien el documento del acuerdo que vas a firmar. Porque con la novación del contrato, podrías estar renunciando a tu antigüedad. E incluso podrías estar aceptando un salario inferior al que realmente te corresponde. De manera, que podrías estar dejando en manos del empresario la posibilidad despedirte sin apenas indemnización, después del acuerdo.
b) Si la reducción de jornada laboral se hace sobre un contrato a tiempo parcial
Conforme indica el art. 12.4 e) del Estatuto de los trabajadores, la empresa necesita llegar a un acuerdo con el trabajador para convertir su contrato a tiempo parcial en un contrato a tiempo completo. Es decir, la empresa necesita el consentimiento del trabajador para realizar esa variación de jornada.
Pero la empresa podrá imponer su voluntad (no necesitará el consentimiento del trabajador), si aumenta o disminuye las horas de tu jornada a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Siempre, eso sí, que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen dicha medida. De lo contrario, el trabajador podría demandar a la empresa.
Al demandar a la empresa, ya será el juez el encargado de valorar la situación y decidir si es procedente o no esa reducción de jornada laboral.
Por ejemplo:
Juan tenía una jornada de trabajo de 25 horas a la semana, y su empresa le ha reducido su jornada a 15 horas a la semana por causas económicas. Al existir razones que justifican esta medida, la empresa podrá imponer su voluntad. Y ese cambio en las condiciones laborales será definitivo. Por tanto, Juan ya no podrá exigirle a la empresa volver a las 25 horas de trabajo a la semana.
Además, si tienes un contrato a tiempo parcial, el empresario tiene la posibilidad de reducirte la jornada de otra forma. Mediante la aplicación de un ERTE temporal de reducción de jornada de trabajo. Esta opción supondría que te podría reducir la jornada y el salario entre el 10% y el 70%. Pero en cuanto finalice el periodo de duración que acuerdes con el empresario, tendrás que volver a tu jornada anterior.
¿Qué opciones tienes como trabajador o trabajadora?
- Aceptar la reducción de jornada laboral.
- Demandar a la empresa en el plazo de 20 días hábiles si consideras que no son ciertas las razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que alega la empresa. Si la sentencia sale tu favor porque el juez considera que la reducción de jornada laboral resulta injustificada, el ERE, el ERTE o el despido individual será declarado improcedente, o nulo (si vulnera los derechos fundamentales y libertades públicas).
- Solicitar a la empresa la resolución del contrato de trabajo si decides no aceptar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Al rescindir voluntariamente tu contrato por no estar de acuerdo con la reducción de jornada laboral, tendrías derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 9 meses.
Hola, tengo un contrato de 20h semanales y mi empresa me hace hacer 18h para irse guardando esas horas que faltan para otro día/mes que les conviene, ¿es legal eso, si yo no estoy de acuerdo?
Buenos días Cristina,
En casos así, hay que ver lo que dice el convenio colectivo sobre este tema para saber si la jornada que quiere imponer la empresa es legal o no.
Un saludo.
Hola,
En 2019 me hicieron indefinida con un contrato parcial de 20 horas semanales. Llevaba encadenando contratos temporales mes a mes desde 2012 pero nunca me reconocieron dicha antigüedad. Me dijeron que no era importante. En mayo hicieron indefinidos a tiempo parcial con la nueva ley a mas de 50 personas. Y ahora se dan cuenta de que no hay trabajo para tantos y nos quieren reducir la jornada a todos. Cómo ya he leído es legal aunque sea por una mala gestión de la empresa. Mi pregunta es, ¿si pido la extinción voluntaria de mi contrato, ¿deberían respetarme la antigüedad desde que entré, o como ellos dicen, cuando me hicieron indefinida?
Muchas gracias.
Hola Marta.
La antigüedad se debe computar teniendo en cuenta todos los contratos de trabajo que se han tenido con la empresa (incluyendo los temporales también), siempre que entre contrato y contrato no haya pasado más de un mes, para que exista continuidad de la relación laboral.
Los únicos trabajos que no se tienen en cuenta para el cálculo de la antigüedad, son, los trabajos realizados como becario o como prácticas curriculares o extracurriculares.
Un saludo.
Buenos días: A mi hijo le contrataron mediante una ETT para trabajar seis meses ocho horas diarias.
Ahora cada día le mandan a casa a las tres o como mucho cuatro horas de trabajo, porque dicen que no hay trabajo. ¿Es legal que hagan eso?
Unos días trabaja 4 horas, otros días 3 horas y otros días la jornada completa. ¿Qué se puede hacer?
Muchas gracias por su contestación.
Isabel.
Hola Isabel.
Si la empresa manda al trabajador a casa antes de tiempo porque no tiene suficiente trabajo, la ETT está obligada a seguir pagándole el salario al trabajador en función de las horas acordadas en el contrato de trabajo. Ya que si no trabaja por ese motivo, es por culpa de la empresa, no del trabajador. Así que, la ETT tiene que asumir ese coste. Salvo que acuerde con la persona trabajadora una modificación del contrato. Por tanto, el trabajador tendría derecho a reclamar esos salarios tanto por vía extrajudicial, como por vía judicial.
Un saludo.
Hola. Tengo un contrato de 34h/semanales y quiere bajarme a 25h/semanales. ¿Puedo negarme?. Tengo paro acumulado. ¿Puedo cobrar el paro después de negarme a la reducción de contrato?
Hola Elisa.
Se puede renunciar al cambio de jornada que pretende realizar la empresa, solicitando la extinción voluntaria de la relación laboral por modificación sustancial de las condiciones de trabajo. De ser así, legalmente se pasaría a estar en «situación de desempleo», conforme indica el art. 267.2 de la Ley General de la Seguridad Social. Por ese motivo, en ese caso, sí que se podría cobrar la prestación por desempleo. Pero si el cambio se produce a través de un ERTE, al pedirle a la empresa la extinción del contrato, no se tendría derecho a cobrar el paro.
Un saludo.
Hola, tengo un contrato de 40 horas y un contrato fijo. Me quieren reducir jornada a 35 horas. Podrían hacer eso? Por favor, ayuda, necesito saber ¿qué beneficios podría tener o no los tendría?
Buenos días Lili.
Conforme indica el art. 12.4.e) del ET, que viene a matizar lo que señala el art 41.1 a) del ET, la empresa no puede pasar al trabajador/-a de jornada completa a jornada parcial, porque sería ilegal. Así que, solo podría hacer ese cambio si cuenta con el consentimiento del trabajador/-a. Y si el trabajador/-a se niega a que la empresa le haga ese cambio (porque, entre otras cosas, perjudica sus futuras prestaciones), el empresario no podrá despedirlo/-a por ese motivo, como represalia, ni aplicarle sanción alguna, ni causarle ningún perjuicio. Sin embargo, sí que podría despedir al trabajador/-a si existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justificaran esa medida.
Un saludo.
Hola!! Actualmente estoy trabajando como dependienta a 30h semanales y en un mes me vence el contrato y tendrían que hacerme fija. Pero quieren hacerlo a 20h semanales. ¿Puedo decidir no renovar el contrato por esta reducción de jornada y seguir teniendo derecho a paro??
Hola Lucía.
Si la empresa esta dispuesta a continuar con la relación laboral, pero lo hace ofreciendo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, se puede solicitar a la empresa la extinción de la relación laboral por modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si no la concede, se podría demandar a la empresa.
Un saludo.
Trabajo en una empresa de limpieza. Mi jornada es de 30 horas pero actualmente tengo una reducción por guarda legal y trabajo 26 horas aproximadamente.
La empresa que nos tiene subcontratada quiere reducir el tiempo de servicio por lo que mi empresa me avisa de que nos van a reducir la jornada. ¿En mi caso es aplicable? Yo ya sufro una reducción de sueldo por mi reducción por cuidado de hijo, consiste en salir 45′ antes. Si la reducción fuera de 1 hora pudiendo salir antes, ¿podrían obligarme a levantar esa reducción?
¿Podría rescindir el contrato?
Un saludo.
Hola Lydia.
Cuando se tiene una jornada de trabajo a tiempo parcial, aunque se esté con una reducción de jornada por guarda legal, la empresa podría disminuir aún más la jornada (si existe una causa justificada para ello) a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si no se está de acuerdo con esta medida, se puede impugnar por vía judicial. Aunque también se tiene la opción de poner fin a la relación laboral de forma voluntaria, con derecho a indemnización y prestación por desempleo (si se ha cotizado el tiempo suficiente).
Un saludo.
Hola, tengo reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave. La empresa cierra, y me extingue el contrato. Si en la carta de despido no logra argumentar las causas del despido, ¿podría un juez declarar despido improcedente en vez de despido nulo, ya que no habría posibilidad de readmisión en la empresa al estar estar ya cerrada?
Hola Lorena.
Al ser imposible la readmisión porque la empresa ya está cerrada, el juez podrá declarar extinguida la relación laboral; obligando a la empresa a pagar una indemnización equivalente a la del despido improcedente y los salarios de tramitación (es decir, los salarios que debe la empresa desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción de la relación laboral). Porque así lo indica el art. 286.2 de la LRJS.
Un saludo.
Hola. Llevo casi 8 años trabajando 40 horas a la semana en una empresa de limpieza. Nos quiere hacer un ERE de 50% de la jornada laboral. ¿Qué pasa si no firmo?
Buenos días Natalia.
Cuando no se está de acuerdo con un ERE de reducción de jornada, se puede presentar una demanda contra la empresa en el plazo de 20 días hábiles desde que se recibe la notificación de la empresa.
Un saludo.
Buenos días, trabajo en una empresa desde hace 5 años con contrato fijo de 40 horas. A raíz de la pandemia me incluyeron en un ERTE con una reducción de jornada de 28 horas y se me comunicó que una vez finalizado dicho ERTE no recuperaría mi jornada completa y me harían una reducción de jornada definitiva de 32 horas. Llegado el momento me dieron a firmar un documento que decía que YO solicitaba a la empresa la reducción de jornada y cuando comenté que yo no la había solicitado y que por lo tanto no quería firmarla me dijeron que era eso o prescindir de mis servicios, me bloqueé y firmé. Mi pregunta es: ¿al ser yo quien supuestamente solicita la reducción de jornada puede verse afectada de alguna forma mi jubilación o liquidación? ¿Puedo retractarme y alegar que se me coacciona para firmar?
Hola Sara.
Efectivamente, cuando la persona trabajadora acepta una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en la que se reduce de forma definitiva su jornada de trabajo, se verán afectadas sus futuras prestaciones y la indemnización por despido, al tener que percibir menos de lo que le correspondería si tuviera la jornada completa.
Lo complicado de situaciones así, es que es difícil probar que ha habido coacción si no se tienen testigos, grabaciones ocultas, emails, etc. que puedan acreditar este hecho.
Un saludo.
Buenos días, tengo una duda, y me trae de cabeza. Mi contrato es de 1 año a jornada de 30h a la semana y bonificado por tema de minusvalía. Mis jefes, cuando no hay trabajo(según ellos), o bien me mandan antes a casa, o me hacen entrar más tarde y me dan y quitan horas a su antojo. En realidad, lo hacen con todos en la empresa. Como ahora viene el periodo navideño, han decidido que recupere las horas que ellos han decidido quitarme (sin más justificación que un WhatsApp, pidiendo que entre más tarde o me marche antes) por aumento del volumen de trabajo(es un restaurante), ¿puedo negarme a trabajar más de lo que dice mi contrato? ¿Es legal que me reclamen ahora varios meses, después esas horas que ellos mismos nos quitan sin justificar como es debido?
Muchísimas gracias por adelantado.
Hola Antonio.
El art. 34.2 del Estatuto de los Trabajadores le reconoce el derecho a la empresa de poder distribuir de forma irregular hasta el 10% de la jornada de trabajo anual. Además, por convenio colectivo o acuerdo de empresa, se puede ampliar ese porcentaje de distribución irregular de jornada.
Por tanto, habría que ver si la empresa está respetando ese 10 % de la jornada, que como máximo, puede distribuir de forma irregular. Y comprobar, si por convenio colectivo o por acuerdo de empresa, se ha pactado un porcentaje mayor de distribución irregular de la jornada, para saber si la empresa está respetando dicho límite o no.
Asimismo, la empresa tiene el deber de informar al trabajador de esa distribución irregular de la jornada con 5 días de antelación como mínimo.
Un saludo.
Hola. Estoy en convenio 50%. Llevo así 3 meses por falta de material, si no firmo convenio, ¿qué me pasaría? Y si pido mi renuncia ¿cómo sería mi finiquito? Tengo contrato indefinido.
Hola Luz.
Por lo que comentas deduzco que no estás trabajando en España. Así que, lamento no poder ayudarte, debido a que desconozco la legislación laboral que existe en tu país.
Un saludo.
Buenos días.
Mi empresa me indicó que tiene que reducirme la jornada a 20 horas por las perdidas que hemos tenido en la empresa con el Covid. Me reduce la jornada durante todo el año menos los 4 meses de verano (que es nuestra temporada fuerte) donde estaré trabajando a jornada completa.
Si me despide dentro de 6 meses por ejemplo, ¿en qué me afecta en el paro y cómo seria mi indemnización?, puedo solicitar yo la reducción de jornada por cuidados de un menor?. ¿Esto último me beneficiaria más que la reducción de jornada que me propone la empresa?¿se puede hacer?
Saludos.
Hola LQC.
La empresa no puede cambiar una jornada a tiempo completo por otra a tiempo parcial, salvo que lo acuerde con el trabajador o la trabajadora (o lo haga a través de un ERTE). Si dicha modificación no se hace a través de un ERTE, supone un perjuicio económico para el trabajador/-a, porque cobraría mucho menos salario, indemnización, paro, etc. Además, ese cambio sería definitivo.
La reducción de jornada por cuidado de un menor conlleva una serie de ventajas importantes, y se puede solicitar en cualquier momento, siempre que esté justificada la necesidad de cuidar de un menor.
Un saludo.
Buenas tardes.
Necesito ayuda. Llevo 10 años en una empresa con contrato a jornada completa, he estado en ERTE desde el 14/03/20 y ahora mi empresa quiere hacerme una reducción de jornada a 30 horas y no estoy de acuerdo.
¿Puedo rescindir el contrato y recibir indemnización?
Y mi empresa, ¿debería devolver las exoneraciones a la Seguridad Social?
Hola Maria jesus.
Cuando una empresa lleva a cabo una reducción de jornada mediante un modificación sustancial de las condiciones de trabajo, se puede solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a cobrar la indemnización, el finiquito y la prestación por desempleo que pudiera corresponder. Pero si dicha reducción de jornada se realiza a través de un ERTE, no se podría solicitar la extinción del contrato con esos derechos.
La empresa solo está obligada a devolver las exoneraciones si incumple el compromiso de mantener los puestos de trabajo de los empleados afectados por el ERTE. Pero si no despide a nadie, y son los propios trabajadores los que se van, la empresa no estaría incumpliendo la cláusula de salvaguarda del empleo. Así que, no tendría que devolver nada. Salvo que la extinción se produjera a petición del trabajador/-a debido a una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Un saludo.
Hola!!
Llevo trabajando 15 años, como monitora de deportes en el Ayuntamiento de un pueblo.
Soy fija-discontinua, mi contrato es de Octubre a Junio. Hasta ahora tenia 14h a la semana de contrato.
Me acaban de llamar del Ayuntamientonque solo sale un grupo de niños, seria 2h a la semana. Que me van a dejar de plazo hasta el 10 de Octubre, para ver si se apuntan mas niños, y así, salgan más grupos, y que sino, me reducirán mi contrato, de tener 14h a la semana a tener 2h.
En esta misma situación, se encuentran otros 3 compañeros míos, que están contratados igual que yo. Sería legal?. Espero su respuesta. Muchas gracias.
Buenos días Raquel.
El Ayuntamiento o cualquier organismo público puede modificar la jornada de trabajo de sus trabajadores de manera unilateral, a través una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, siempre que respete lo que indique el convenio colectivo.
Un saludo.
Hola. Trabajo en hostería en un restaurante, y mi jefe quiere bajarme de hora porque reduce el horario de la restauración. ¿Puedo no firmarlo? en caso de que no, ¿qué pasaría?
Llevo en la empresa 3 años y el año pasado se lo firmé. Pero este año me niego a que me baje de horas.
¿Es posible hacerlo si ya otros años lo he firmado?
Buenos días Ana.
No existe obligación de aceptar la reducción de jornada que propone la empresa. Pero también es cierto, que la empresa podría realizar un despido por causas objetivas si existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que pudieran justificar esta medida. Es decir, que si por ejemplo existen motivos económicos justificados por los que la empresa no puede seguir pagándole al trabajador/-a el nº de horas que tiene por contrato, podría despedirlo.
Un saludo.
Hola, buenas! En mayo de 2020 firmé una reducción de jornada de 40h a 30h. En enero 2021 me metieron en ERTE y ahora me quieren reincorporar bajando la jornada a 20h. Con lo cual, cobraría incluso menos que con el ERTE y se me haría imposible cubrir mis gastos. No firmé nada aún. ¿Qué puedo hacer? ¿Y cuánto tiempo tengo? Muchas gracias!!
Hola Carolina.
Si el trabajador/-a no está conforme con la medida impuesta por la empresa, puede presentar una demanda contra la empresa en el plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de la notificación de la medida.
En este tipo de asuntos se debe presentar la demanda directamente en el Jugado de lo Social, porque no hay que presentar papeleta de conciliación.
Un saludo.
Buenas tardes, trabajo en una empresa desde hace 10 años a jornada completa. Ayer me comunicaron por escrito (no he firmado nada), que en 15 días me reducen la jornada laboral a 20 horas semanales para siempre. A ningún otro trabajador le reducen las horas. Tienen trabajadores de ETT y no hay pérdidas, al contrario. ¿Qué puedo hacer para que no me reduzcan mi jornada laboral y mi salario?. Gracias.
Hola Carla.
Ante un cambio así, el trabajador/-a tiene un plazo de 20 días hábiles para demandar a la empresa ante Juzgado de lo Social si no está de acuerdo con esa medida. Se trata de un procedimiento preferente a nivel judicial. Así que, suele resolverse muy rápido en comparación con otros asuntos.
Si el dinero es un problema para conseguir un abogado, se puede acudir al Colegio Profesional de Abogados de la Provincia para pedir un abogado del turno de oficio.
Un saludo.
En el caso que pusiera la demanda y no me dieran la razón, ¿tendría derecho a negarme a hacer la reducción de jornada y tener derecho al paro y a los 20 días?
Gracias.
Hola Carla.
Si la sentencia declara justificada la medida, hay un plazo de 15 días desde la sentencia para pedir la extinción de la relación laboral con derecho al paro y a los 20 días de salario por año trabajado.
Un saludo.
Hola. Yo quiero saber si mi empresa me puede sacar 8 días del ERTE y volver a meterme
Hola Tay.
Si existen razones justificadas para ello, la empresa sí que puede hacerlo. De hecho, hay muchas empresas que están funcionando así en estos momentos.
Un saludo.
Hola, tengo un contrato de 25 h semanales y mi empresa me la quiere reducir a 20, ¿es legal sin que ni siquiera haya disminuido mi trabajo? Trabajo limpiando 15 portales y seguiría con los mismos.
Hola Elena.
Si existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que puedan justificar esa medida, la empresa estaría en su derecho de imponer dicho cambio. En caso de no estar de acuerdo, solo se podría pedir la extinción de la relación laboral con derecho a indemnización y a paro (si se reúnen los requisitos para poder cobrarlo). Y si se trata de una medida injustificada, se podría demandar a la empresa.
En caso de que la empresa realizara un reducción de jornada, y exigiera realizar la misma cantidad de trabajo que antes de la reducción de jornada, habría que tener en cuenta lo siguiente:
– Los trabajadores a tiempo parcial no pueden hacer horas extraordinarias porque así lo indica la ley.
– Solo se pueden realizar horas demás si se trata de horas complementarias (dichas horas, deben ser previamente pactadas por escrito entre la persona trabajadora y la empresa).
Un saludo.
Buenas tardes,
Estoy en Erte y mi jefe quiere q me incorpore a trabajar mi contrato era de jornada completa y quiere reducirme la jornada y encima hacer que vaya x la tarde y a sabiendas que tenía pensado pedir la guarda legal x cuidado de niños ya que me es imposible dejarlos. En que situacion me encuentro?? Puedo negarme??
Hola Rocío.
La empresa puede decidir unilateralmente modificar sustancialmente las condiciones de trabajo, siempre que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Si el trabajador cree que ese cambio en las condiciones de contrato carece de justificación o la empresa ha hecho ese cambio sin seguir el procedimiento legalmente establecido para ello, puede demandar a la empresa en el plazo de 20 días hábiles.
Un saludo.
Buenas tardes. Según lo que se lee en el artículo, el empresario no puede reducir las horas de trabajo en un contrato sin el consentimiento del trabajador, pero en su contestación a Rocío señal que sí puede hacerlo. ¿Podría explicar esto mejor?. Gracias de antemano.
Hola Rafael.
Me refiero a que un empresario no puede reducirle la jornada a un trabajador o una trabajadora por capricho, simplemente por el hecho de que le venga mejor darle menos horas de trabajo. Ya que ha firmado un contrato y tiene respetar lo acordado en él. De lo contrario, el trabajador/-a podría demandarlo. Por tanto, cuando el cambio es por «capricho», solo puede hacerlo con el consentimiento del trabajador/-a.
Ahora bien, la ley le reconoce al empresario el derecho a realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin contar con el consentimiento del trabajador, si existe una causa que justifique legalmente esta decisión (por ejemplo, que se hayan ido reduciendo sus ingresos progresivamente durante al menos 3 trimestres consecutivos).
En resumen, el empresario solamente puede imponer esta modificación cuando esté debidamente justificada.
Un saludo.
Buenas tardes.
Tengo contrato temporal y es una empresa de servicios. Estamos en concurso de acreedores y apenas quedan 3 servicios en la empresa, que en breve, no podremos cubrir. Porque uno se va de la empresa, y yo no voy a hacer las horas de fin de semana (ya que estoy en ERTE parcial por un trabajo de discoteca, que es en fin de semana).
No sabemos que hace el administrador concursal que no cierra la empresa ya. Llevamos meses cobrando de dos partes y a final de mes. Y este mes no hemos cobrado ni lo haremos, porque no da su autorización. Si me niego y me voy, además de la indemnización, ¿tendré derecho a cobrar la prestación de desempleo?
Ya de por sí con el covid me redujeron de jornada completa a 12 horas semanales, y con eso no se puede vivir.
Hola Olga.
Cuidado con presentar la baja voluntaria porque la empresa no pague, porque se perdería el derecho a cobrar la indemnización por despido y la prestación por desempleo.
Para poder cobrar la indemnización y la prestación por desempleo que corresponda, hay que presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de Mediación correspondiente, y si no se llega a un acuerdo con la empresa, habría que demandar a la empresa. En esa demanda habría que solicitar poner fin a la relación laboral y reclamar los importes adeudados.
Un saludo.
Hola, me llamo Rous!! Trabajo en una empresa textil desde hace 14 años. Ahora quieren hacer un ERTE, despedir a gente y reducir las jornadas de trabajo a las personas de 30 y 40 horas. Yo tengo contrato 40 horas, ¿me puedo negar a esta reducción sustancial de mi jornada de trabajo? No lo hace por razones económicas. ¿Y sería ilegal reducir jornadas y contratar a nueva gente? Gracias. Un saludo.
Hola Rous.
El empresario no tiene derecho a cambiar un contrato que es a tiempo completo, por uno a tiempo parcial. Sería ilegal, porque así lo indica el art. 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, el trabajador se puede negar a que le hagan esa modificación definitiva de su contrato. Y si el empresario siguiera adelante e hiciera ese cambio, el trabajador lo podría demandar.
Un saludo.
Buenos días,
Tengo un contrato indefinido y desde el junio del año pasado estoy en ERTE parcial (me redujeron la jornada con 1 hora).
Ahora dicen que cuando se acabe el estado de alarma y los ERTEs, seguramente nos tendrán que reducir la jornada.
Mi pregunta es ¿no deberían de volvernos a jornada completa?
O sea, si no vuelvo a mi jornada de 8 horas, ¿puedo reclamarlo?
Muchas gracias.
Buenos días Sandra.
– Al salir del ERTE, los trabajadores tienen que recuperar las condiciones laborales que tenían antes de entrar en el ERTE.
– Si el contrato que se tiene es a jornada completa, el empresario no puede decidir por su cuenta cambiarlo a jornada parcial, porque la ley se lo prohíbe. Solo lo podría hacer si el trabajador le da su consentimiento. Por tanto, se podría demandar al empresario en caso de incumplimiento.
– Pero ¡ojo! porque el empresario podría llegar a despedir al trabajador por razones justificadas. Es decir, que si por ejemplo el empresario no puede seguir manteniendo al trabajador a jornada completa por razones económicas, le podría realizar un despido objetivo.
Un saludo.
Hola
En su artículo cita el art. 12.4.e el cual, entiendo, menciona que la empresa no puede pasar de tiempo completo a parcial ni unilateralmente ni como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo.
Entonces pregunto, ¿Cuándo si puede reducir el tiempo la empresa como consecuencia de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo?
Gracias.
Hola Albert.
Por ejemplo, cuando el trabajador tiene un contrato de 32 horas semanales y por causas económicas, el empresario le reduce la jornada a 20 horas semanales. Porque el contrato era a tiempo parcial y tras el cambio, seguiría siendo a tiempo parcial. Por consiguiente, según el art. 12.4 e) del ET, el empresario podría realizar esa modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Porque no implicaría pasar de jornada completa a jornada parcial o pasar de jornada parcial a completa.
Un saludo.
Hola muy buenas, trabajo una cocina de un comedor escolar desde septiembre. Entré con un contrato de obra y servicio en el horario de 12:00 a 17:00 horas, hace un mes. Me han hecho fija discontinua y me han aumentado la jornada de 10:30 a 17 hras., con media hora de comida que no se me pagan, la pago yo. Por eso, entro a las 10:30. Me han avisado de un día para otro (un viernes) que me reducen la jornada a 3 horas 20 min. Tiene que volver una persona que lleva 2 años de baja y como los puestos están ocupados, me han reducido las horas. Les digo que eso era ilegal que no me pueden reducir. Te pido me puedas orientar, se lo agradecería enormemente.
Gracias.
Hola Victoria G.
Si el cambio implica pasar de jornada completa a jornada parcial, dicha modificación sustancial de las condiciones de trabajo sería ilegal, porque así lo indica el art. 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, se podría demandar a la empresa. Así que, habría que ver el convenio para saber si se trata de una jornada a tiempo completo o no.
Pero si ya se tiene una jornada a tiempo parcial y tras el cambio la jornada sigue siendo a tiempo parcial, si existen razones justificadas para ello, la empresa podría realizar esa modificación sustancial de las condiciones de trabajo. En ese caso, las opciones serían las que vienen indicadas al final del artículo.
Un saludo.
Hola. Soy trabajadora con contrato indefinido. Llevo 14 años en la empresa. Llevó un año que me han metido en ERTE. Me han echo una reducción de jornada. Están contratado a otras personas y a personas de media jornada les están dando treinta horas de trabajo. Qué puedo hacer ante esta situación.
Buenos días Asunción.
Cualquier trabajador que tenga conocimiento de cualquier irregularidad que esté cometiendo su empresa durante el ERTE, puede denunciarlo (de forma gratuita y sin necesitar abogado) ante la Inspección de Trabajo.
Un saludo.
Hola, buenas tardes. Tengo un contrato indefinido de 40 horas semanales, me quieren hacer trabajar 32 horas semanales y después recuperar las horas haciendo 48 semanales. Mi pregunta es, ¿pueden hacerlo?
Hola Rafael.
Si viniera así establecido en el convenio colectivo, sería legal. Además, el empresario puede decidir unilateralmente distribuir de manera irregular a lo largo del año el 10% de la jornada de trabajo, siempre que exista alguna causa que justifique esta medida (porque así se lo reconoce el art 34 del Estatuto de los Trabajadores). Es decir, que si por ejemplo, la jornada anual es de 1840 horas al año, el empresario puede distribuir de forma irregular 184 horas a lo largo del año.
Pero si esta distribución irregular de la jornada no viene recogida en el convenio colectivo o el empresario impone una distribución irregular que supera el 10% de la jornada de trabajo, se podría denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo.
Un saludo.
Hola.
Tengo contrato indefinido y llevo trabajando dos años en una empresa. Comencé trabajando 30 horas semanales y al año me redujeron a 24 de mutuo acuerdo. Ahora pretenden reducir mi contrato a 12 por tener «pérdidas» y me comentan que volverán a subirme de horas en el momento en el que puedan.
– ¿Puedo negarme, finalizar contrato y tendría derecho a finiquito y prestación?
– En el caso de firmar, ¿mi presentación por desempleo se vería bastante reducida si decido a los meses irme de la empresa (quizás habiendo hecho en los últimos 6 meses jornadas de 12 y 24)?. Gracias.
Hola Javier.
Si la empresa decide reducir la jornada de un contrato a tiempo parcial porque existe una causa justificada para ello, en el caso de no estar de acuerdo, se puede solicitar la extinción del contrato de trabajo con derecho a cobrar indemnización y paro (si se ha cotizado lo suficiente).
Efectivamente, cuando se acepta un modificación sustancial de las condiciones de trabajo que supone un reducción de jornada, esta afectará negativamente en el cálculo de futuras prestaciones.
Un saludo.
Buenas tardes, les comentó mi caso porque estoy un poco pérdida. Empecé a trabajar a jornada completa con un contrato temporal en Diciembre, en Enero me mandaron a ERTE y a finales de febrero me han llamado una compañera para que empezará de nuevo pero sólo trabajando los sábados. Yo creía que seguiría en ERTE cuando mi sorpresa es que no aparezco en el sepe. No debería la empresa hacerme firmar un nuevo contrato o una cláusula con el cambio de las horas de trabajo? Mi contrato terminaba el 15 de marzo pero no sé nada por parte de la empresa, no se comunican conmigo. Gracias, un saludo
Hola Carmen.
Cuando la empresa modifica por su cuenta las condiciones de trabajo, sin que haya existido un acuerdo con el trabajador/-a sobre dicho cambio, la empresa ha de darle a firmar al trabajador/-a el recibo del documento en el que se le informa que le van a cambiar las condiciones de trabajo. Y si el trabajador/-a no esta de acuerdo con ese cambio impuesto contra su voluntad, podría demandar a la empresa aportando ese documento como prueba.
Si la empresa no ha facilitado ese documento, y el trabajador/-a no está de acuerdo con el cambio, puede denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo.
Además, se puede comprobar si se está en ERTE o si la empresa ha cambiado las condiciones de trabajo, pidiendo el «informe de vida laboral» en la Seguridad Social.
Un saludo.
Hola, buenos días! Tengo una duda. Tengo un contrato temporal con jornada parcial, y mi jefa me quiere reducir las horas. Gracias a tu artículo he leído que si puede. Ahora, mi pregunta es, si no quiero la reducción de contrato y decido irme de la empresa, ¿tengo que hacer los días de preaviso?
Hola Paulo.
Sí, hay de respetar los días de preaviso que señale el convenio colectivo o contrato de trabajo.
Un saludo.
Buenas. Tenía jornada parcial indefinida a 36h y con motivo del Covid me redujeron a 16h desde el 8 de junio de 2020. Mi pregunta es, ¿Es posible renunciar una vez firmada la reducción de jornada laboral? Y si es posible, ¿Cuánto tiempo tengo para renunciar esa reducción de jornada?
Hola Olga.
Una vez firmada la aceptación de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el trabajador ya no tiene derecho a volver a las condiciones laborales que tenía antes. Salvo que en el acuerdo escrito que haya firmado hubiera alguna cláusula que recogiera esta posibilidad.
En cualquier caso, para volver a las condiciones anteriores de trabajo, se necesitaría el consentimiento de la empresa.
Un saludo.
Buenas tardes!
Hace poco me he enterado que el día 10/3/2020, antes del ERTE mi empresa, hizo un variación de mi contrato indefinido a tiempo completo a un indefinido a tiempo parcial sin mi consentimiento ni firma. Por lo que me ha traído problemas en el cobro del SEPE y ahora de la Mutua. Que pasos debo seguir, yo le he indicado que su gestoría resuelva este error con fecha retroactiva. Tengo entendido que ellos realizan las gestiones por programa Red por lo que entiendo que esta gestión no puede demorar mucho. Ya que necesito la solución para el pago de la prestación de la Mutua y poder realizar la reclamación al SEPE. Gracias de antemano.
Buenos días Noe.
En casos así, no se puede cambiar de tipo de contrato a través del sistema de Contrat@. Así que, para cambiarlo, la empresa debe presentar un escrito en el SEPE solicitando la variación (junto a otros documentos que demuestren el error: nóminas, contrato, etc.). Además, también es necesario hacer ese cambio en la Seguridad Social por el tema de las cotizaciones. En este último caso, se puede hacer la variación a través del Sistema RED en los 3 días siguientes a la fecha en la que se haya producido la variación. Al transcurrir ese plazo sin hacerlo, la empresa ya debe presentar un escrito a la Seguridad Social para solicitar ese cambio (aportando documentos que prueben el error). Si la empresa no estuviera por la labor, por el coste económico que le puede suponer regularizar una situación así, el trabajador podría demandar a la empresa.
Un saludo.
Hola, debido al cierre de comercios a las 18h, de 40 horas que estoy, me reducen a 10 horas semanales hasta el 9 de febrero que acaba mi contrato. Después, dependiendo de la situación, me volverán a subir o no. No tengo ni idea de qué hacer. Querría saber si al reducirme a 10 horas me darían prestación por desempleo. Gracias.
Hola Ricardo,
Depende. Si la empresa ha reducido la jornada mediante un ERTE, sí que se tiene derecho a cobrar el paro. Pero si la reducción de jornada la ha realizado la empresa a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (es decir, contando con el consentimiento y firma del trabajador), no se tendría derecho a cobrar el paro.
Un saludo.