Hay empresas que están imponiendo a sus trabajadores la reducción de jornada laboral de manera fraudulenta. Si eres una de las personas afectadas por esta práctica, es fundamental que conozcas las alternativas que tienes.
Por esa razón, te voy a contar en qué casos no pueden obligarte a reducirte la jornada, qué ocurre si ya tienes un contrato a tiempo parcial y te lo quieren reducir, y cómo puedes defenderte de una situación así.
Índice del artículo
A)¿Me pueden cambiar de jornada completa a tiempo parcial?
Esta suele ser una duda muy habitual entre los trabajadores. Se trata del típico caso en que la empresa le dice al trabajador que tiene que realizarle una reducción de jornada laboral, con cualquier excusa.
Pero si eres de las personas que tienes un contrato a tiempo completo, y es tu empleador el único que quiere pasarte a tiempo parcial, porque tu no deseas ese cambio, que sepas que la ley está de tu parte. Porque tal conversión solo podrá llevarla a cabo si consigue tu consentimiento expreso (por escrito). Es decir, en este caso la empresa no puede obligarte a cogerte la reducción de jornada laboral.
Así que, por mucho que te digan que tienes que firmarles la conversión del contrato, eres completamente libre de aceptar o rechazar esa propuesta. Ya que al tener una jornada a tiempo completo, la empresa no tiene derecho a realizarte una modificación sustancial de las condiciones de trabajo para cambiarte a una jornada a tiempo parcial.
Por ejemplo:
Raquel tiene un contrato de 40 horas a la semana en un restaurante. Pero como el negocio no marcha bien, el dueño le dice que le va a reducir la jornada a 20 horas a la semana. En este supuesto, Raquel tiene que saber que la medida que le está queriendo imponer su jefe es ilegal. Por tanto, si el dueño aplica esta medida en contra de su voluntad, podría demandarlo ante Juzgado de lo Social . Ahora bien, si Raquel estuviera de acuerdo con esa reducción de jornada laboral, podría aceptarla sin problema alguno. Además, de ser así, aunque se produzca una reducción en el número de horas de trabajo, en ningún momento ese cambio podrá suponer la pérdida de la antigüedad que tuviera en la empresa.
Ahora bien, el empresario sí que podrá reducirte la jornada sin tu consentimiento, si por razones justificadas decide hacer un ERTE de reducción de jornada, como está ocurriendo ahora en muchas empresas con la crisis del coronavirus.
¿Puedo negociar de alguna manera la reducción de jornada laboral?
Si la situación económica de la empresa es delicada, aunque tienes derecho a que la empresa te mantenga a jornada completa, corres el riesgo de que te puedan realizar un despido objetivo por causas económicas. Por eso, en determinadas ocasiones, puede ser recomendable acordar con la empresa una reducción de jornada laboral temporal. Dicho pacto es conveniente tenerlo por escrito, firmado y sellado por la empresa. En él, es importante que se indique a partir de qué fecha o de qué momento, la empresa tendrá devolverte a tu jornada completa.
De esta forma, ese documento te servirá de prueba para exigir lo acordado, en el supuesto de que la empresa incumpla con su parte. Así, podrías evitar un despido y te garantizarías el retorno a la jornada completa.
¿Por qué no puede el empresario imponerte la reducción de jornada laboral?
Porque así lo indica el art. 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores, al decir que la conversión de un trabajo a tiempo completo a uno a tiempo parcial o viceversa, solo podrá realizarse mediante la aceptación voluntaria del trabajador.
Por tanto, si el empresario quiere reducirte la jornada y tu no estás de acuerdo, solo podrá reducírtela mediante la aplicación de un ERTE. De lo contrario, podrías eligir entre:
- Demandar al empresario ante el Juzgado de lo Social, para que te devuelva de manera permanente a tu jornada completa de trabajo.
- Solicitar a la empresa la extinción de tu contrato de trabajo. En este supuesto, tendrías derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado y derecho a paro o subsidio por desempleo (si reúnes los requisitos que exige la ley).
Consecuencias de rechazar la reducción de jornada laboral
Si decides no firmarle a la empresa la conversión del contrato, de jornada completa a tiempo parcial, esta última no podrá tomar represalias contra ti. Porque el articulo 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores te da una protección especial en esta situación. De manera, que la empresa no podrá despedirte, sancionarte o causarte algún perjuicio, si cualquiera de estas acciones estuviera basada en tu rechazo a la reducción de jornada laboral.
Una vez que decidas no darle tu conformidad respecto a la reducción de jornada laboral, la empresa solo tendrá dos opciones:
- Hacerte un ERTE para reducirte la jornada, pero únicamente de manera termporal.
- Extinguir tu contrato si existen causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que justifiquen dicha medida. En este caso, te deberían abonar una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades (salvo que convenio señale otra cuantía mayor).
B) ¿Me pueden imponer una reducción de jornada laboral si tengo un contrato a tiempo parcial?
Si eres de las personas que tiene un contrato a tiempo parcial y aún así, la empresa desea realizarte una reducción de jornada laboral, esta última lo podrá hacer sin necesidad de tener que pedirte tu consentimiento a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Por tanto, se diferencia de la anterior situación en lo siguiente:
a) Cuando implica pasar de un contrato a tiempo completo a uno a tiempo parcial
Se requiere la aceptación voluntaria del trabajador.
Es decir, la empresa no puede imponer su voluntad porque dicha propuesta supone una conversión del contrato de trabajo y el trabajador ya tiene unos derechos adquiridos que no le pueden arrebatar. Por consiguiente, para que se produzca la reducción de jornada laboral es necesario que el trabajador firme la novación del contrato de trabajo.
Entonces, si que estás de acuerdo con la reducción de jornada laboral que te propone la empresa, debes leer muy bien el documento del acuerdo que vas a firmar. Porque con la novación del contrato, podrías estar renunciando a tu antigüedad. E incluso podrías estar aceptando un salario inferior al que realmente te corresponde. De manera, que podrías estar dejando en manos del empresario la posibilidad despedirte sin apenas indemnización, después del acuerdo.
b) Si la reducción de jornada laboral se hace sobre un contrato a tiempo parcial
Conforme indica el art. 12.4 e) del Estatuto de los trabajadores, la empresa necesita llegar a un acuerdo con el trabajador para convertir su contrato a tiempo parcial en un contrato a tiempo completo. Es decir, la empresa necesita el consentimiento del trabajador para realizar esa variación de jornada.
Pero la empresa podrá imponer su voluntad (no necesitará el consentimiento del trabajador), si aumenta o disminuye las horas de tu jornada a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Siempre, eso sí, que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen dicha medida. De lo contrario, el trabajador podría demandar a la empresa.
Al demandar a la empresa, ya será el juez el encargado de valorar la situación y decidir si es procedente o no esa reducción de jornada laboral.
Por ejemplo:
Juan tenía una jornada de trabajo de 25 horas a la semana, y su empresa le ha reducido su jornada a 15 horas a la semana por causas económicas. Al existir razones que justifican esta medida, la empresa podrá imponer su voluntad. Y ese cambio en las condiciones laborales será definitivo. Por tanto, Juan ya no podrá exigirle a la empresa volver a las 25 horas de trabajo a la semana.
Además, si tienes un contrato a tiempo parcial, el empresario tiene la posibilidad de reducirte la jornada de otra forma. Mediante la aplicación de un ERTE temporal de reducción de jornada de trabajo. Esta opción supondría que te podría reducir la jornada y el salario entre el 10% y el 70%. Pero en cuanto finalice el periodo de duración que acuerdes con el empresario, tendrás que volver a tu jornada anterior.
¿Qué opciones tienes como trabajador o trabajadora?
- Aceptar la reducción de jornada laboral.
- Demandar a la empresa en el plazo de 20 días hábiles si consideras que no son ciertas las razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que alega la empresa. Si la sentencia sale tu favor porque el juez considera que la reducción de jornada laboral resulta injustificada, el ERE, el ERTE o el despido individual será declarado improcedente, o nulo (si vulnera los derechos fundamentales y libertades públicas).
- Solicitar a la empresa la resolución del contrato de trabajo si decides no aceptar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Al rescindir voluntariamente tu contrato por no estar de acuerdo con la reducción de jornada laboral, tendrías derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 9 meses.
Hola, buenas tardes. Tengo un contrato indefinido de 40 horas semanales, me quieren hacer trabajar 32 horas semanales y después recuperar las horas haciendo 48 semanales. Mi pregunta es, ¿pueden hacerlo?
Hola Rafael.
Si viniera así establecido en el convenio colectivo, sería legal. Además, el empresario puede decidir unilateralmente distribuir de manera irregular a lo largo del año el 10% de la jornada de trabajo, siempre que exista alguna causa que justifique esta medida (porque así se lo reconoce el art 34 del Estatuto de los Trabajadores). Es decir, que si por ejemplo, la jornada anual es de 1840 horas al año, el empresario puede distribuir de forma irregular 184 horas a lo largo del año.
Pero si esta distribución irregular de la jornada no viene recogida en el convenio colectivo o el empresario impone una distribución irregular que supera el 10% de la jornada de trabajo, se podría denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo.
Un saludo.
Hola.
Tengo contrato indefinido y llevo trabajando dos años en una empresa. Comencé trabajando 30 horas semanales y al año me redujeron a 24 de mutuo acuerdo. Ahora pretenden reducir mi contrato a 12 por tener «pérdidas» y me comentan que volverán a subirme de horas en el momento en el que puedan.
– ¿Puedo negarme, finalizar contrato y tendría derecho a finiquito y prestación?
– En el caso de firmar, ¿mi presentación por desempleo se vería bastante reducida si decido a los meses irme de la empresa (quizás habiendo hecho en los últimos 6 meses jornadas de 12 y 24)?. Gracias.
Hola Javier.
Si la empresa decide reducir la jornada de un contrato a tiempo parcial porque existe una causa justificada para ello, en el caso de no estar de acuerdo, se puede solicitar la extinción del contrato de trabajo con derecho a cobrar indemnización y paro (si se ha cotizado lo suficiente).
Efectivamente, cuando se acepta un modificación sustancial de las condiciones de trabajo que supone un reducción de jornada, esta afectará negativamente en el cálculo de futuras prestaciones.
Un saludo.
Hola, tengo contrato indefinido de 40h hace un año y cuatro meses, tengo contrato de auxiliar
administrativo y trabajo en una inmobiliaria. Hace 3 meses mi jefe me ha dicho que tengo 2 opciones: media jornada de auxiliar y media jornada de comercial (salir a la zona, hacer puerta fría etc.) o me reduce la jornada a 20h. Yo acepté trabajar de comercial, pero no se produjo ningún cambio en el contrato. Ahora estoy embarazada de 2 meses y dentro de poco no voy a poder salir a la zona porque tengo que cargar peso (maletín con publicidad) y subir escaleras, y seguramente me va querer bajar las horas. Quisiera saber si puede hacer este cambio sin que yo esté de acuerdo y más estando embarazada.
Gracias y un saludo.
Hola Mist.
La empresa puede modificar sustancialmente las condiciones de trabajo, siempre que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción de lo justifiquen. Si el trabajador no está de acuerdo, puede impugnar esta medida en los Tribunales.
Si la empresa no notifica por escrito al trabajador/-a el cambio de la condiciones laborales, y empieza a trabajar realizando las nuevas funciones encomendadas, la empresa podría despedirle por incumplimiento de contrato. Por esa razón, cualquier cambio conviene tenerlo por escrito, por seguridad jurídica.
Un saludo.
Buenas tardes, les comentó mi caso porque estoy un poco pérdida. Empecé a trabajar a jornada completa con un contrato temporal en Diciembre, en Enero me mandaron a ERTE y a finales de febrero me han llamado una compañera para que empezará de nuevo pero sólo trabajando los sábados. Yo creía que seguiría en ERTE cuando mi sorpresa es que no aparezco en el sepe. No debería la empresa hacerme firmar un nuevo contrato o una cláusula con el cambio de las horas de trabajo? Mi contrato terminaba el 15 de marzo pero no sé nada por parte de la empresa, no se comunican conmigo. Gracias, un saludo
Hola Carmen.
Cuando la empresa modifica por su cuenta las condiciones de trabajo, sin que haya existido un acuerdo con el trabajador/-a sobre dicho cambio, la empresa ha de darle a firmar al trabajador/-a el recibo del documento en el que se le informa que le van a cambiar las condiciones de trabajo. Y si el trabajador/-a no esta de acuerdo con ese cambio impuesto contra su voluntad, podría demandar a la empresa aportando ese documento como prueba.
Si la empresa no ha facilitado ese documento, y el trabajador/-a no está de acuerdo con el cambio, puede denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo.
Además, se puede comprobar si se está en ERTE o si la empresa ha cambiado las condiciones de trabajo, pidiendo el «informe de vida laboral» en la Seguridad Social.
Un saludo.
Hola, buenos días! Tengo una duda. Tengo un contrato temporal con jornada parcial, y mi jefa me quiere reducir las horas. Gracias a tu artículo he leído que si puede. Ahora, mi pregunta es, si no quiero la reducción de contrato y decido irme de la empresa, ¿tengo que hacer los días de preaviso?
Hola Paulo.
Sí, hay de respetar los días de preaviso que señale el convenio colectivo o contrato de trabajo.
Un saludo.
Buenas. Tenía jornada parcial indefinida a 36h y con motivo del Covid me redujeron a 16h desde el 8 de junio de 2020. Mi pregunta es, ¿Es posible renunciar una vez firmada la reducción de jornada laboral? Y si es posible, ¿Cuánto tiempo tengo para renunciar esa reducción de jornada?
Hola Olga.
Una vez firmada la aceptación de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el trabajador ya no tiene derecho a volver a las condiciones laborales que tenía antes. Salvo que en el acuerdo escrito que haya firmado hubiera alguna cláusula que recogiera esta posibilidad.
En cualquier caso, para volver a las condiciones anteriores de trabajo, se necesitaría el consentimiento de la empresa.
Un saludo.
Si, en el anexo al contrato, al poner reducción a 16h pusieron por tiempo indefinido. Y me suena que hay que poner una fecha tope. Entonces, ¿Tendría tiempo para rechazarlo?
Sería necesario ver lo que dice esa documentación. Por esa razón, es recomendable que un graduado social o un abogado pueda echarle un vistazo a ese acuerdo. Si no conoces a ninguno de confianza, puedes hacer esta consulta legal en algún sindicato de tu zona.
Un saludo.
Buenos días. Estoy en una empresa con contrato de media jornada. Me pusieron en ERTE y ahora me hacen volver a trabajar solo por 13 horas a la semana. ¿Puedo negarme a la reducción de horas? ¿qué opciones tengo? Gracias!
Buenas tardes Mariona.
Si los cambios de jornada se hacen a través de un ERTE, al trabajador/-a no le queda otra que aceptar las nuevas condiciones. Salvo que quiera presentar la baja voluntaria (perdiendo el derecho a cobrar indemnización y prestación por desempleo), o realizar una abandono de puesto de trabajo, en cuyo caso la empresa podría realizarle un despido disciplinario (pudiendo cobrar la ayuda por desempleo que le pudiera corresponder). Un saludo.
Buenas tardes!
Hace poco me he enterado que el día 10/3/2020, antes del ERTE mi empresa, hizo un variación de mi contrato indefinido a tiempo completo a un indefinido a tiempo parcial sin mi consentimiento ni firma. Por lo que me ha traído problemas en el cobro del SEPE y ahora de la Mutua. Que pasos debo seguir, yo le he indicado que su gestoría resuelva este error con fecha retroactiva. Tengo entendido que ellos realizan las gestiones por programa Red por lo que entiendo que esta gestión no puede demorar mucho. Ya que necesito la solución para el pago de la prestación de la Mutua y poder realizar la reclamación al SEPE. Gracias de antemano.
Buenos días Noe.
En casos así, no se puede cambiar de tipo de contrato a través del sistema de Contrat@. Así que, para cambiarlo, la empresa debe presentar un escrito en el SEPE solicitando la variación (junto a otros documentos que demuestren el error: nóminas, contrato, etc.). Además, también es necesario hacer ese cambio en la Seguridad Social por el tema de las cotizaciones. En este último caso, se puede hacer la variación a través del Sistema RED en los 3 días siguientes a la fecha en la que se haya producido la variación. Al transcurrir ese plazo sin hacerlo, la empresa ya debe presentar un escrito a la Seguridad Social para solicitar ese cambio (aportando documentos que prueben el error). Si la empresa no estuviera por la labor, por el coste económico que le puede suponer regularizar una situación así, el trabajador podría demandar a la empresa.
Un saludo.
Buenos días. Tengo un contrato a tiempo parcial a razón de 7 horas diarias. Desde octubre estoy en ERTE parcial. Esto es, trabajo 3.5 horas diarias. Temo que tras la finalización del ERTE pretendan reducirme la jornada de trabajo a las 3.5 horas actuales. ¿Se considera el mantenimiento del trabajo por un plazo mínimo de 6 meses la reincorporación con mi horario habitual? ¿podrían hacerlo? Sería una manera de abaratar a la mitad el posterior despido. Gracias.
Hola María.
La ley obliga al mantenimiento del empleo, pero nada impide que durante esos 6 meses la empresa lleve a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (de jornada, horarios, etc). Si el trabajador no está de acuerdo, puede demandar a la empresa o solicitar la extinción de la relación laboral, a través del procedimiento que hay establecido para ello (con derecho a paro, finiquito y una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades).
Un saludo.
Gracias, pero tengo otra duda, en caso de solicitar la extinción, ¿no se consideraría despido por parte de la empresa verdad?
La extinción voluntaria de la relación laboral tiene los mismos efectos que un despido, pero no es un despido. Para solicitar este tipo de extinción, hay que presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC u organismo competente. Y si no se consigue llegar a una acuerdo con la empresa en ese acto de conciliación, presentar una demanda contra la empresa. Y ya será el juez el que dicte una sentencia en la que se concrete la extinción de la relación laboral.
Un saludo.
Hola,
Tengo una pregunta. Ahora mismo estoy en ERTE, pero mi jefe me comenta que quiere darme otra vez de alta, y empezar la actividad. Si me niego a la reincorporación, ¿se considera baja voluntaria o me tiene que despedir con despido disciplinario?
Muchas gracias!
Buenos días Antonio.
De momento, los Tribunales están interpretando que la no reincorporación puede dar lugar a un despido disciplinario. Pero todavía no hay demasiadas resoluciones para que exista una jurisprudencia clara en este sentido. Por lo que muchas empresas están tramitando esta situación como baja voluntaria.
Un saludo.
Hola, trabajo cuatro horas diarias con un contrato indefinido de 6 años de antigüedad. Mi empresa me ha reducido a solo una hora semanal sin yo saberlo, puesto que me enteré vía SMS por el SEPE. Porque me están sellando el paro. Pregunté a mi empresa y me dijo que tenían que reducir gastos y que es legal. Pero tampoco quieren despedirme porque no pueden según ellos. Y no me dan ninguna solución, ¿es legal? Gracias.
Hola Lourdes.
Si la reducción la hace la empresa a través de un ERTE por causas justificadas, sería legal.
Un saludo.
Hola. ¿Se puede rechazar un ERTE con reducción de jornada?. Si no estoy de acuerdo, ¿qué derechos tengo?.
Contrato indefinido de 7 años.
Hola Erika.
El trabajador/-a no puede rechazar la reducción de jornada que se le aplique a través de un ERTE, porque se trata de una medida temporal. Así que, solo puede aceptar el cambio o solicitar la baja voluntaria (sin derecho a indemnización, ni a cobrar el paro).
Un saludo.
Hola, estoy súper nerviosa. Estoy indefinida casi 1 año. Por esta situación, creo que quieren reducirme la jornada porque no quieren hacer ERTE. ¿Qué derechos tengo? Porque no quiero cobrar menos obviamente.
Hola María.
Cuando un empleado o empleada recibe una notificación de la empresa en la que le comunican que van a realizarle una modificación sustancial de las condiciones de trabajo para reducirle las horas de trabajo, si no está de acuerdo, tiene dos opciones:
– Solicitar la extinción de la relación laboral, con derecho a cobrar finiquito, indemnización y la correspondiente ayuda por desempleo que le pudiera corresponder.
– Demandar a la empresa en el plazo de 20 días hábiles, a partir de la fecha en la que recibe la notificación.
Un saludo.
Buenas tardes.
Tengo un contrato indefinido a tiempo completo desde el año 2007. Hace unos años me reduje una hora diaria del trabajo para el cuidado de hijos. Ahora quieren hacerme media jornada, ¿pueden hacerlo? ¿qué derechos tengo? ¿la media jornada influye para la jubilación?
Un saludo!
Buenas tardes Aurora.
La empresa solo puede imponer la reducción de jornada a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo cuando exista alguna causa económica, técnica, organizativa o de producción que justifique esa medida. La reducción de jornada suele perjudicar al trabajador, ya que las futuras prestaciones serán de menor cuantía y también será menor la indemnización por despido. Si no se está de acuerdo con la reducción de jornada, se puede solicitar a la empresa la extinción de la relación laboral con derecho a indemnización, finiquito y prestación por desempleo. Otra opción, sería demandar a la empresa.
Un saludo.
Hola, debido al cierre de comercios a las 18h, de 40 horas que estoy, me reducen a 10 horas semanales hasta el 9 de febrero que acaba mi contrato. Después, dependiendo de la situación, me volverán a subir o no. No tengo ni idea de qué hacer. Querría saber si al reducirme a 10 horas me darían prestación por desempleo. Gracias.
Hola Ricardo,
Depende. Si la empresa ha reducido la jornada mediante un ERTE, sí que se tiene derecho a cobrar el paro. Pero si la reducción de jornada la ha realizado la empresa a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (es decir, contando con el consentimiento y firma del trabajador), no se tendría derecho a cobrar el paro.
Un saludo.
Buenas tardes, soy camarero con contrato de 20h. Estuve en el ERTE hasta agosto y a finales de enero se me acaba el contrato. El dueño del local quiere renovarme, pero reduciendo las horas. ¿Puede hacerlo? Gracias.
Hola Darío.
Lamentablemente, cuando se trata de un contrato a tiempo parcial, el empresario puede imponerle la reducción de jornada al empleado, sin necesitar su consentimiento. Siempre, eso sí, que existan razones que justifiquen esta medida.
Un saludo.
Buenas tardes,
sería tan amable, de decirme donde viene regulado tal epígrafe. Muchas gracias por su esfuerzo y dedicación.
Buenos días franito92.
La modificación sustancial de las condiciones de trabajo (referente a la jornada) que la empresa puede imponer cuando exista una razón justificada para ello, viene regulada en el art. 41.1 a) del Estatuto de los Trabajadores.
Un saludo.
Buenas tardes. Necesito ayuda por favor. El pasado 2 de junio de 2020 firmé un contrato de jornada completa con una empresa y ese mismo día me hicieron firmar como un favor un anexo de reducción de jornada hasta el día 31 de Agosto de 2020.Ese mismo día me pasaron de nuevo a jornada completa y a día de hoy sigo con ella. Tengo algunos problemas actualmente con la empresa por trabajar más horas de las 40 semanales y quiero saber si fue legal lo que me hicieron el pasado 2 de Junio de 2020. Gracias!
Buenas tardes Yolanda.
La empresa no puede obligar al trabajador a que se coja una reducción de jornada si tiene un contrato a tiempo completo, porque necesitaría el consentimiento del trabajador. Así que, en el momento que el trabajador firme esa propuesta, estaría aceptando esa medida. En consecuencia, la reducción de jornada sería legal. Ahora bien, es fundamental comprobar que la empresa está cotizando por la jornada real que se está haciendo, pidiendo la vida laboral en la Seguridad Social, para ver si todo está correcto o para reclamar las cotizaciones si la empresa está cotizando menos de lo que debe (ya que afectaría a las futuras prestaciones del trabajador).
Un saludo.
Gracias….¿y es legal en mi caso concreto expuesto volver a firmar un anexo pasando de jornada reducida a completa todo ello en el mismo año 2020?
Hola Yolanda,
La empresa y el trabajador son libres de pactar los cambios de jornada que crean necesarios. Por tanto, mientras que ambas partes lo acepten, en principio, sería legal este tipo de cambios. Ahora bien, sobre la legalidad de tu caso en concreto, no me podría pronunciar puesto que es necesario ver esos anexos para comprobar si todo está correcto y no hay ninguna clausula que pueda ser abusiva.
Un saludo.
Hola, estoy trabajando a tiempo completo y soy indefinido en la empresa. Si me ofrecen pasar a media jornada y por falta de trabajo me despiden a los 2 meses, por ejemplo, ¿mi indemnización por despido sería menor al estar en ese momento a media jornada o sería todo lo acumulado? Y mi paro, ¿sería el acumulado o también se vería modificando tanto en dinero como en tiempo? Gracias.
Buenos días Antonio.
En casos así, se pierde dinero al reducir la jornada. Porque para el cálculo de la indemnización por despido se tienen en cuenta las últimas 12 nóminas, y para el cálculo de la prestación por desempleo los últimos 6 meses de trabajo.
Un saludo.
Buenas tardes.
Mi novio tiene un contrato temporal a tiempo completo. Al mirar la vida laboral se dio cuenta de que le habían reducido el horario al 50%,¡sin comunicárselo!Si él se despide por esta razón, ¿tiene derecho al paro?. El problema va a ser también el tipo de código que la empresa va a poner en la comunicación de baja. Gracias.
Hola Ana
Si una empresa está cotizando por un trabajador por debajo de lo que debe, el trabajador puede denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo o demandar a la empresa judicialmente para reclamar esas cotizaciones. El acudir a una opción u otra, dependerá de los documentos que se pueden aportar como prueba (contrato de trabajo, nóminas, etc.).
En cuanto a si se puede cobrar el paro si se solicita la baja voluntaria por este motivo, habría que estudiar el caso en concreto. Por ese motivo, antes de dar un paso así, es mejor confirmarlo directamente en el SEPE.
Un saludo.
Llevo 17 años en el mismo sitio de conserje. Pero este último año me pusieron una falta por beber alcohol. Y el otro día, después de 6 meses, había bebido. Por ello, me reducen jornada y me cambian de sitio. ¿Es legal?
Hola Oscar,
La empresa no puede imponerle al trabajador sanciones que acarreen la modificación sustancial de las condiciones de trabajo acordadas en el contrato (por cambiarle el horario, la jornada, las funciones, etc.). Porque esto último solo lo puede hacer la empresa cuando existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen esta medida.
Un saludo.
Hola,
El pasado 20 de diciembre volví al trabajo tras una baja de maternidad, solicité una reducción de jornada por el cuidado de un menor. La solicité hasta octubre de este año, por la situación sanitaria que estamos viviendo, mis jefes me dijeron que aguantaremos con la reducción hasta 1 de diciembre, yo acepté. Esta semana he hablado con ellos y me han dicho que económicamente la empresa no puede permitirse ampliarme las horas hasta 40. Mi pregunta es, ¿si sigo con la reducción pierdo condiciones de mi antiguo contrato? Lo que no quiero es perder mis condiciones que que llevo más de 8 años con contrato indefinido. Gracias.
Hola Noelia,
Una cosa es la reducción de jornada por cuidado de un menor, y otra es, la reducción de jornada por causas económicas. En el momento que la persona trabajadora firma la aceptación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, a propuesta de la empresa, para reducir su jornada por causas económicas, perdería las condiciones laborales que tenía en su contrato de trabajo. Pero si simplemente prórroga la reducción de jornada por cuidado de un menor, seguirá conservando las condiciones laborales que reconoce el contrato.
Un saludo.
Hola.
Tengo un contrato idefinido de 40h/sem.Tras el fin del ERTE me incorporé en Octubre y me acaba de decir la dirección que en Noviembre me quieren reducir jornada a 20h/sem con el perjuicio que ello supone. Según la dirección, no me pueden volver a meter en ERTE ni despedirme (creo que es por que no pueden justificar causas objetivas). Según ellos tampoco pueden extinguir el contrato y que solo tengo la posibilidad de aceptar o no la reducción. Si no acepto la reducción (no firmo la novación de contrato y tampoco firmo como no conforme) ¿en que situación me quedo? ¿Puedo ir a trabajar normalmente hasta que puedan/quieran despedirme o tengo que demandar y trabajar no conforme en media jornada?
Gracias de antemano.
Hola Iván,
Los trabajadores tienen una mayor seguridad jurídica en Derecho Laboral si ante cualquier conflicto con el empresario siguen obedeciendo sus órdenes e instrucciones con total normalidad. Por tanto, si la empresa le impone a la persona trabajadora una reducción de jornada (sin ERTE) que le perjudica, puede demandar a la empresa y seguir yendo a trabajar con la jornada reducida hasta que se dicte sentencia.
Y en caso de despido, por no aceptar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la persona trabajadora también puede demandar a la empresa dentro de los 20 días hábiles siguientes al despido.
Un saludo.
Hola.
Tengo una modificación del contrato original (que era de 20h/semana) donde dice que tengo que trabajar 128h/mes.
Me acaban de informar que me van a quitar horas de este mes que entra (noviembre), para moverlos al mes que viene (diciembre, campaña Navidad).
Dicen que voy a cobrar lo mismo, pero no me han facilitado ningún documento que así lo diga, y oficialmente voy a fichar 24h menos este mes.
¿Pueden hacer eso? Si al final se me paga menos, ¿cómo podría demostrarlo?
Gracias.
Hola Señora X,
En casos así, lo primero que hay que comprobar es si se trata de una distribución irregular de la jornada de trabajo o de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Pero en cualquier caso, se trata de una medida que ha de ser acordada con el trabajador o con los representantes de los trabajadores. Por tanto, una medida así no se puede imponer, salvo que este tema viniera regulado en el convenio colectivo o se tratara de una distribución irregular de la jornada que no afectara a más del 10% de la jornada y fuera aplicada por una causa justificada. De lo contrario, el empleado o la empleada podría demandar a la empresa.
En cuanto a las pruebas (emails, recibos de salario, registro de horas de trabajo, testigos, etc.).
Un saludo.
Buenas tardes, quería saber lo siguiente. Si tengo un contrato de 40 horas a termino fijo desde el 25 de febrero 2020 y nos dicen que nos van a bajar a 30h y el sueldo nos baja unos 260 €, quiero saber si es legal, si pierdo algo aceptando estos términos.
Un saludo.
Mariangeles
Hola Mariangeles,
– Si un trabajador no está de acuerdo con la reducción de jornada que le quiere aplicar la empresa a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, puede demandar a la empresa.
– Esta medida solo es el legal si existe una causa que justifique la reducción de jornada.
– Supone una pérdida de derechos para el trabajador, ya que cotizará menos y las futuras prestaciones o ayudas por desempleo serán de menor cuantía, la indemnización por despido también será menor, percibirá un salario inferior, no tendrá derecho a exigir volver a las 40 horas semanales que tenía antes, etc.
Un saludo.
Hola!
Tengo un contrato temporal de 25h semanales. Hoy nos han comentado a todos los trabajadores la opción de bajarnos 5h a todos (somos unos 9) o entrar en Ere esas horas. Aunque mis compañeros decidan aceptar la reducción de horas, ¿Yo podría individualmente no aceptarla? Ya que voy a cobrar muchísimo menos y no me compensa, ¿Tengo derecho a solicitar la extinción del contrato, mi finiquito y mis papeles para el desempleo?
Gracias!
Hola Lucía,
Disculpa por la demora en la contestación. Al ser una modificación sustancial de carácter colectivo, si un trabajador o trabajadora no está de acuerdo con ella porque considera que le causa un perjuicio (aunque el resto de compañeros sí que acepten esta medida), puede solicitar a la empresa la extinción de su contrato de trabajo con derecho a indemnización, finiquito y la ayuda por desempleo que le pueda corresponder.
Pero si la empresa se niega a esto, porque considera que no le causa ningún perjuicio, el trabajador/-a podría demandar a la empresa. En ese caso, tendría que seguir trabajando hasta que saliera la resolución judicial para que no sea considerada una baja voluntaria.
Un saludo.
Hola buenas tardes.
Mi compañero y yo tenemos problemas judiciales con él desde hace más de dos años. Por todos los medios ha estado buscándonos para echarnos. Pero ahora, con lo del covid, se acogió a un ERTE de reducción de jornada de 40h a 24h. Teníamos aceptado el ERTE hasta el mes de Octubre. Pero a mediados de junio nos comunicó que nos sacaba del erte y nos hacía una reducción en el contrato de 160h mensuales a 120h. Pero el caso, es que él dice que es que no tiene trabajo pero ha cogido a varios nuevos y sigue a día de hoy contratando personal nuevo, cuando a nosotros nos reduce. No sé si será legal que nos reduzca los contratos de jornada completa a 120h y por detrás vaya contratando a gente, a hacer incluso mas horas que nosotros, en puestos que nosotros podemos hacer.
Buenos días Jonathan,
Mientras que una empresa tenga a trabajadores en ERTE, no puede realizar nuevas contrataciones, salvo en determinados casos excepcionales. Sin embargo, si una empresa termina con el ERTE sí que lo podría hacer.
Pero hay que tener en cuenta, que fuera del ERTE no es legal que una empresa le reduzca la jornada a un trabajador que está por contrato a tiempo completo, excepto si el trabajador hubiera aceptado voluntariamente dicho cambio.
Un saludo.
Muy buenas. Mi caso es que tengo un contrato indefinido a 36 horas y me han dicho que me piense el bajarme a 24 horas. Llevo 4 años trabajando aquí y a 24 horas no me daría para vivir.
¿La empresa me puede bajar de horas sin hacerme firmar nada ya que se trata de un contrato parcial?
Si me niego a trabajar a esas horas, ¿ Me despiden o será una baja voluntaria?
¿Tengo derecho a que me paguen todo y a que me den los papeles del paro?
Hola John,
– La empresa puede modificar unilateralmente la jornada que ya era a tiempo parcial, sin que necesite el consentimiento del trabajador, siempre que exista una causa justificada para ello.
– No es necesario que la empresa le notifique al trabajador por escrito dicho cambio. Pero las empresas suelen comunicar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo por escrito para «cubrirse las espaldas» en caso de ser demandado por el trabajador.
– Si el cambio perjudica al trabajador, tiene derecho a solicitarle a la empresa la extinción de su contrato de trabajo, con derecho a cobrar indemnización por despido, finiquito y la ayuda por desempleo que le pudiera corresponder.
Un saludo.
Muy buenas, trabajo de camarera en un buffet. Mi jefe no ha cerrado. Solamente abre 4h por la mañana para la gente que quiere llevar la comida. Hoy nos ha informado que si volvemos a trabajar nos va a reducir el horario a los que estamos en ERTE nada más. Y los que están trabajando siguen cobrando sus nóminas enteras aunque trabajan solamente 4h al día. Yo trabajo 28h a la semana y a lo mejor con la reducción echaré 17 o incluso menos. Mi pregunta es, ¿nos puede obligar a reducirnos el horario sin estar de acuerdo? ¿Podemos denunciar?
Gracias
Hola María,
La empresa puede modificar las condiciones del ERTE sin necesitar del consentimiento del trabajador/-a.
Ahora bien, el trabajador/-a puede demandar a la empresa de forma individual o colectiva ante el Juzgado de lo Social, si considera que no está justificada la reducción de jornada que le quieren aplicar a través del ERTE.
Un saludo.
Hola, yo trabajo limpiando un supermercado a través de una empresa de limpieza. Acepté este trabajo porque es al lado de casa. Mi contrato es de 28 horas a desempeñar en dicho centro. Ahora les han reducido horas y sin decirme nada me han mandado unos días a otro centro a hacer sustitución y vuelvo al súper solo 6 horas. De hecho, ahora solo trabajo eso, 6 horas a la semana. Y veo que me han reducido la jornada en la vida laboral sin notificármelo. Quiero rescindir el contrato, ¿Qué tengo que hacer para poder cobrar paro?. Gracias.
Buenas tardes Mayte.
En caso de que un empleado o empleada quiera poner fin a la relación laboral porque le perjudica el cambio de las condiciones laborales que le ha impuesto la empresa, puede presentar un escrito en la empresa solicitando la extinción de la relación laboral (en Google se pueden encontrar diferentes modelos) por modificación sustancial de las condiciones de trabajo. En cuanto la empresa acepte tal solicitud, el empleado tendrá derecho a recibir su finiquito, indemnización y la ayuda por desempleo que le corresponda. Si le fuera denegada, el empleado o la empleada podría demandar a la empresa.
Un saludo.
Hola, tengo contrato indefinido y hago 40h. Mi jefa me avisó hoy que me tienen que reducir la jornada a 20h. Me dijo que si no acepto, me tendrán que despedir.
¿Pueden hacerlo?
Hola María,
Que el trabajador/-a no acepte una modificación sustancial de las condiciones de trabajo no es causa de despido. De hecho, si el trabajador decide demandar a la empresa en el plazo de 20 días por no estar de acuerdo con la modificación, la empresa no podría despedirlo como represalia, ya que el despido sería considerado improcedente o nulo.
Ahora bien, si la empresa tiene razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que pudieran justificar el despido del trabajador, sí que sería un despido procedente.
Un saludo.
Buenas tardes
Tengo una duda, a ver si puedes ayudarme a resolverla.
Yo trabajo en una empresa donde me están machacando psicologicamente y diciendo constantemente que no valgo para nada. Yo tengo un puesto de encargada, donde hago todo y más de lo que puedo. Debido a este problema, yo quiero bajarme de categoría de nuevo y dejar de ser encargada. Pero me da miedo que me digan que me bajan de horas.
Yo tengo un contrato a tiempo parcial de 36 horas semanales, si me bajan de horas no podría vivir….
Entonces, quiero saber si podrían bajarme de horas obligada y con la situación que tenemos actualmente si que pueden demostrar que hay menos trabajo y con esa excusa sería aceptado si yo denunciara. ¿O al ser una cadena, estarían obligados a mandarme a otro sitio en caso de que en este no tuvieran horas?.
Muchas gracias.
Hola María,
En el momento que un empleado o una empleada quiere seguir en la empresa, pero cambiando a una categoría inferior, solo lo puede hacer a través de una novación del contrato. Para ello, será necesario llegar a un acuerdo con la empresa. Además, es fundamental comprobar si el convenio tiene alguna regulación sobre este tema.
En cuanto a la reducción de horas, en los contratos a tiempo parcial, la empresa puede decidir unilateralmente reducirle la jornada de trabajo al empleado/-a por razones justificadas, sin necesidad de contar con su consentimiento.
Un saludo.
Buenas. Estoy en ERTE total y cuando vuelva quieren reducirme la jornada, ¿eso es posible? mil gracias
Hola María,
La empresa puede pasar a un trabajador de ERTE total a ERTE parcial, sin contar con el consentimiento del trabajador. Pero si la reducción no la hace a través de un ERTE, y la hace a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el trabajador será libre de aceptar o rechazar dicho cambio si en la actualidad está a jornada completa.
Un saludo.
Hola!
Tengo contrato indefinido jornada completa. Desde Marzo estoy en un ERTE a media jornada. Hoy 31 de agosto me dicen que la opción que me dan es reducción de media jornada. ¿Pueden hacer eso estando aun en ERTE? ¿Qué pasa si no acepto la media jornada?.
Gracias.
Hola Blanca,
Una cosa es un ERTE y otra distinta la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si una empresa saca del ERTE a un trabajador de su plantilla, no pueden imponerle una modificación sustancial de la condiciones de trabajo para pasar de jornada completa a jornada parcial, ya que necesitaría el consentimiento del trabajador. En este caso, el trabajador estaría en su derecho de negarse por el perjuicio que le puede causar y la empresa no podría sancionarle o tomar represalias por ello.
Ahora bien, si existe alguna causa objetiva de despido justificada (económica, técnica, organizativa o de producción), la empresa podría despedir al empleado. Por ejemplo, si no tienen dinero suficiente para seguir manteniendo a la plantilla actual.
Un saludo.