Si tu último contrato de trabajo fue a tiempo parcial y te acabas de quedar sin ese trabajo, olvídate de poder cobrar el 100% del subsidio por desempleo que te pudiera corresponder. Ya que en ese caso, solamente tendrás derecho a cobrar el subsidio del SEPE parcial.
Por tanto, si ves que en tu cuenta corriente te ingresan un importe inferior a 480 € al mes, será porque has comenzado a cobrar el subsidio del SEPE parcial. Pero para saber si es correcto la cuantía que te han ingresado, te voy a explicar qué criterio sigue el SEPE a la hora de calcular el importe de tu subsidio por desempleo. Además, te daré a conocer las respuestas a las dudas más frecuentes que suele generar este tema.
¿Por qué no puedo cobrar el 100% del subsidio del SEPE?
Porque la cuantía que te corresponde de subsidio del SEPE se calcula en proporción al número de horas que hayas estado trabajando en tu último empleo. Así que, si has tenido un contrato a tiempo parcial, cobrarás el subsidio del SEPE parcial.
Entonces, si te han hecho un contrato por el que has estado trabajando, por ejemplo, el 60% de la jornada, tendrás derecho a percibir el 60% del importe del subsidio del SEPE. Por esa razón, en lugar de cobrar los 480 € al mes del subsidio del SEPE (que se percibe cuando se trabaja el 100% de la jornada), te ingresarán 288 € al mes por el 60% de la jornada que has estado realizando. Pero eso sí, la duración del subsidio del SEPE seguirá siendo la misma aunque hayas trabajado menos horas que un trabajador a tiempo completo.
¿Qué contrato tiene en cuenta el SEPE para saber si me paga el subsidio íntegro o el subsidio parcial?
Depende de si has estado trabajando:
a) A través de un único contrato a tiempo parcial
Y si además, tu jornada de trabajo ha sido la misma durante ese periodo (no llegando a acumular los 360 días de cotización necesarios para cobrar la prestación por desempleo), el SEPE tendrá en cuenta ese único contrato de trabajo a tiempo parcial. Y por ese motivo, te asignará el subsidio del SEPE parcial.
b) Para distintas empresas, mediante distintos contratos de trabajo
El SEPE solamente tendrá en consideración la jornada de trabajo que hayas tenido en tu último contrato de trabajo. Entonces, si por ejemplo, hubieras tenido distintos contratos a tiempo parcial, pero en el último mes hubieras conseguido un contrato a tiempo completo, te correspondería cobrar el 100% del subsidio.
Y si por el contrario, hubieras estado trabajando todo el tiempo a jornada completa, y en el último mes otra empresa te hubiera hecho un contrato de trabajo a tiempo parcial, solamente te pertenecería cobrar el subsidio del SEPE parcial (en proporción la número de horas de trabajo que hubieras realizado).
c) Para la misma empresa, pero con distintos contratos de trabajo
Puedes confirmar que la empresa te ha hecho distintos contratos comprobando el contenido de las distintas copias de los contratos de trabajo que hayas firmado (viendo si te los dieron para ocupar puestos de trabajo diferentes, o que la causa de los contratos ha sido distinta, etc). Y si no tienes esos contratos, puedes pedir el informe de tu vida laboral. En él aparecerán los distintos contratos que te han hecho y el porcentaje de jornada que has estado trabajando.
Si confirmas que la empresa te ha hecho distintos contratos de trabajo, pasará igual que en el caso anterior. Es decir, el SEPE solo tendrá en cuenta el último contrato de trabajo que hayas tenido. Por tanto, si tu último contrato fue a tiempo parcial, te pertenecerá cobrar el subsidio del SEPE parcial. Y si por el contrario, ese último contrato fue a tiempo completo, cobrarás el subsidio del SEPE íntegro.
d) Para la misma empresa, con un mismo contrato de trabajo pero con variaciones en la jornada de trabajo
De ser así, el SEPE calculará la media ponderada de las horas que hayas estado trabajando. Y cuando obtenga el resultado, aplicará ese % medio de horas de trabajo al importe del subsidio para calcular la cuantía que te corresponde.
Ejemplo:
Si has estado trabajando para una misma empresa, por ejemplo, a jornada completa (40 horas a la semana), luego has estado trabajando 20 horas a la semana durante el mismo periodo de tiempo, y posteriormente has hecho una jornada de 30 horas a la semana, te saldrá una media de 30 horas a la semana, que equivaldría al 75% de la jornada. Así que, te correspondería cobrar el 75% del subsidio del SEPE.
¿Puedo acordar que el último mes de trabajo me hagan un contrato a tiempo completo para cobrar el 100% del subsidio del SEPE?
No, porque llegar a un acuerdo así con la empresa con la intención de cobrar el 100% del subsidio del SEPE sería un fraude de ley. Por consiguiente, si hicierais eso, os podrían sancionar a la empresa y a ti.
Así que, mucho cuidado con simular un contrato en estas condiciones, porque el SEPE normalmente revisa este tipo de situaciones para comprobar si se trata de un contrato real o no, y si dicha contratación está justificada.
¿El último contrato ha de tener una duración mínima para poder cobrar el 100% del subsidio?
No, la ley no señala ningún periodo mínimo necesario para poder cobrar el 100% del subsidio del SEPE. Por tanto, si el último contrato de trabajo es a tiempo completo, cobrarás el 100% del subsidio del SEPE aunque ese contrato hubiera tenido una duración de días, semanas o meses. Siempre eso sí, que el contrato sea real, y que hayas perdido ese trabajo por causas ajenas a tu voluntad. Por consiguiente, no podrás cobrar el subsidio del SEPE total o parcial, si hubieras pedido la baja voluntaria.
Excepciones en las que sí que se cobra el 100% del subsidio del SEPE
En la mayoría de subsidios del SEPE, el importe se reduce en proporción a las horas de trabajo que se hayan realizado (por debajo de la jornada completa), porque así lo indica el art. 278.1 de la Ley General de la Seguridad Social.
Sin embargo, excepcionalmente, hay 4 subsidios del SEPE por los que se cobra el 100% aunque hayas estado trabajando a tiempo parcial. Esto significa, que no te afectará la parcialidad que te estoy comentando en este artículo y que cobrarás el 100% de esta ayuda, si el subsidio del SEPE que vas a pedir es uno de estos:
- El subsidio para mayores de 52 años.
- El subsidio por pérdida de la pensión de incapacidad permanente.
- El subsidio para emigrante retornados.
- El subsidio para liberados de prisión.
A estos subsidios del SEPE no se les aplica ninguna reducción en su cuantía porque son ayudas que están destinadas a colectivos que por sus circunstancias tienen más dificultades a la hora de encontrar un empleo. Por ese motivo, gozan de un mayor protección que el resto de desempleados.
a) Ejemplo de subsidio del SEPE con reducción del importe
Por ejemplo, a Alejandra se le acaba de terminar el contrato que tenía en una panadería. Ella trabajaba de lunes a viernes de 10h a 14h. Por tanto, hacía el 50% de la jornada. Entonces, si pidiera la ayuda familiar, por esa jornada que tenía cobraría el 50% del subsidio del SEPE. Es decir, que cada mes percibiría 240 € al mes por la ayuda familiar.
b) Ejemplo de subsidio del SEPE que excepcionalmente se ha de cobrar íntegramente
Y siguiendo con el mismo ejemplo anterior, si Alejandra tuviera derecho a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, al ser este último uno de los subsidios que se deben cobrar íntegramente, aunque haya trabajado el 50% de la jornada, le ingresarán cada mes el 100% de ese subsidio del SEPE.
¿Qué ocurre si el SEPE se equivoca y me ingresa el subsidio íntegro?
Si tienes derecho al subsidio parcial, pero el SEPE por error te ingresa todos los meses el 100% del subsidio, ¡advierte inmediatamente al SEPE de este error!. Porque si no lo haces y sigues cobrando el subsidio del SEPE íntegramente, cuando el SEPE se dé cuenta de esa equivocación, te pedirá que devuelvas todos los cobros indebidos y te bloqueará todas las ayudas hasta que devuelvas ese dinero.
Hola buenas, si estoy cobrando el subsidio y me aseguran 4 horas a la semana, ¿lo pierdo?. Tengo que informar al SEPE. Muchas gracias.
Hola Amaica.
Cuando se está cobrando el subsidio y surge la posibilidad de trabajar, existen dos opciones:
1- Suspender el subsidio hasta que finalice el trabajo. Una vez acabada la relación laboral, se podría reanudar el cobro del subsidio o percibir la nueva prestación que se pudiera haber generado.
2- Compaginar el trabajo con el cobro del subsidio (deduciendo de su importe la parte proporcional de las horas de trabajo que se realicen), siempre que los ingresos que se perciban por el trabajo no superen los 750 € al mes (por ser el límite que marca el SEPE).
Por tanto, antes de empezar a trabajar, hay que comunicarle al SEPE lo que se pretende hacer con el subsidio (suspenderlo o compaginarlo).
Un saludo.
Buenos días. Tengo un contrato parcial pero me van a dar por las navidades unos días a 8 h, y ya después de baja. Tengo unos 180 días cotizados, sé q no me pertenece paro, ¿pero podría coger la ayuda? ¿Y cuánto sería? Gracias, un saludo.
Hola María José.
– Con 6 meses cotizados se puede solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización.
– El SEPE hará una media de las horas realizadas en las distintas jornadas, y el resultado dará un porcentaje que será el que aplicará sobre el subsidio. Es decir, si el resultado de esa media es que se ha trabajado, por ejemplo, el 62% de la jornada, se cobrará un 62% del subsidio.
Un saludo.
Buenas tardes,
Actualmente llevo 5 años trabajando a jornada completa y en categoría de licenciado superior para la misma empresa, los dos primeros años con un contrato en practicas y los últimos 3 con un contrato indefinido. Voy a dejar mi trabajo (baja voluntaria) porque me mudo a otra ciudad. Puesto que es baja voluntaria sé que no me corresponde paro.
En la nueva ciudad, si encuentro un trabajo de duración determinada, por ejemplo un contrato de 2 semanas o 1 mes, una vez finalizado ese contrato ¿podré solicitar el desempleo? ¿se computará toda mi vida laboral o este último contrato de poco tiempo únicamente?
¿durante cuánto tiempo podré cobrar el desempleo?
Gracias
Buenos días Francisco.
– Tras una baja voluntaria, para poder cobrar el paro, normalmente es necesario trabajar durante un periodo mínimo de 3 meses y haber perdido ese trabajo. Pero cada oficina de empleo tiene su propio criterio y en algunos casos el SEPE aprueba la prestación sin haber llegado a cotizar esos 3 meses (si considera que no hay indicios de fraude).
– Se computará el último contrato, más las cotizaciones acumuladas (de anteriores trabajos) por las que todavía no se haya cobrado la prestación por desempleo.
– La duración dependerá del número total de días que se haya cotizado (se pueden cobrar dos años como máximo).
Un saludo.
Muchas gracias por vuestra respuesta.