Desde el pasado 6 de septiembre 2022, ya tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo las empleadas del hogar. Porque el Gobierno de Pedro Sánchez ha puesto fin a la discriminación que sufría este colectivo en materia de desempleo, y en otros aspectos.
Por tanto, las personas que trabajan en este sector, en el momento que se queden sin empleo y hayan acumulado las cotizaciones suficientes, van a poder cobrar el paro o el subsidio por desempleo que les corresponda. A continuación, te contaré los aspectos más importantes.
¿Por qué las empleadas del hogar no tenían derecho a cobrar el paro?
Porque las empleadas del hogar pertenecen a un Régimen Especial cuya regulación establecía que este colectivo no cotizaba por desempleo.
Así que, al no permitírseles cotizar por desempleo, en cuanto se quedaban sin trabajo, tampoco podían acceder a cobrar ni las prestación ni el subsidio por desempleo. Por consiguiente, a diferencia del resto de trabajadores que pertenecen las Régimen General de la Seguridad Social, las empleadas del hogar se quedaban sin protección en una circunstancia como esa.
¿Por qué se les reconoce ahora el derecho al subsidio por desempleo?
Fue una empleada del hogar gallega, cercana a los 50 años, quien tras una larga batalla judicial logró llevar esta cuestión ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. Ya que consideraba que las empleadas del hogar estaban sometidas una discriminación indirecta por razón de sexo (debido a que la mayoría son mujeres), que no justificaba la denegación del derecho a cobrar el paro o el subsidio por desempleo. Y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea le dio la razón a esta trabajadora, dictando una Sentencia el día 24 de febrero de 2021, en la que señaló que la normativa española de la prestación por desempleo era discriminatoria por razón de sexo e ilegal.
Además, hace poco, el Congreso de los Diputados ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, que ampliaba los derechos de las empleadas del hogar, entre otros, la protección por desempleo. Esto hizo que el Gobierno se apresurara en aprobar el pasado día 6 de septiembre de 2022, una serie de medidas para equiparar la protección de las empleadas del hogar a la que tienen el resto de trabajadores. Estableciendo la obligación de las empleadas del hogar de cotizar por desempleo a partir de octubre de 2022. Y reconociéndoles por ello, el derecho a cobrar la prestación o el subsidio por desempleo. Asimismo, a partir de ahora, también contarán con la protección de FOGASA, en caso de que el empleador no les pague los salarios o la indemnización que les corresponda, por ser insolvente.
¿El empleador deberá pagar más por la empleada del hogar?
Sí, para que estos trabajadores (en su mayoría mujeres) puedan acceder a cobrar el paro o el subsidio por desempleo el empleador deberá pagar por estos servicios muy poco más. Ya que a partir de ahora habrá que pagar por la cotización por desempleo un tipo del 6%. Dicho coste tendrá que ser asumido tanto por empleador como por la empleada del hogar. Debiendo pagar el empleador el 5%, y la empleada el 1% restante.
¿Los empleadores recibirán alguna ayuda?
El Gobierno desarrollará una serie de ayudas fiscales para que los empleadores puedan reducirse el coste que les supone la nueva cotización por desempleo. Y establecerá mayores ayudas en aquellos hogares que tengan menos ingresos.
¿Cuánto habrá que cotizar para cobrar el paro o el subsidio por desempleo?
Al igual que el resto de trabajadores, las empleadas del hogar deberán demostrar que han cotizado un mínimo de 360 días, en los últimos 6 años, para poder cobrar la prestación por desempleo. Y cuando agoten el cobro del paro o cuando no hayan cotizado el tiempo suficiente, podrán acceder al subsidio por desempleo que les pueda corresponder (que podrá ser cualquiera de los subsidios que ofrece el SEPE, por ejemplo, Renta Activa de Inserción, el subsidio por insuficiencia de cotización, la ayuda familiar, etc.).
¿Qué cotizaciones tendrá en cuenta el SEPE para poder cobrar el paro?
Las cotizaciones de las empleadas del hogar que tendrá en cuenta el SEPE, para poder cobrar el paro o el subsidio por desempleo, son las que vayan acumulando estas trabajadoras a partir del 1 de octubre de 2022. Porque es a partir de esa fecha, cuando será obligatorio cotizar por desempleo.
Por consiguiente, aunque hayas estado trabajando años atrás como empleada del hogar, el SEPE no computará dicho periodo debido a que no cotizaste por desempleo porque la ley no te lo permitía. Así que, tendrás que esperar un tiempo hasta que acumules las cotizaciones suficientes, para poder cobrar la ayuda por desempleo que te pertenezca.
¿Aunque no esté dada de alta en la Seguridad Social podré cobrar el subsidio por desempleo?
No, para poder cobrar tanto el paro como el subsidio por desempleo es imprescindible que el empleador te haya dado de alta en la Seguridad Social como empleada del hogar.
Además, es importante que conozcas los riesgos de trabajar sin contrato de trabajo.
Empleada de hogar desde el 2013 al 2022. Desde el 28.11.2022 estoy te baja. ¿Tengo derecho a paro o ayuda? (Gracias).
Hola Natalia,
Las empleadas de hogar, al igual que el resto de trabajadores, tienen que acreditar que han cotizado al menos 360 días para poder cobrar la prestación por desempleo. Hay que tener en cuenta, que también computan para alcanzar esos días, las cotizaciones procedentes de otros trabajos que se hubieran tenido en otros Regímenes de la Seguridad Social.
Pero si solo se ha cotizado desde el 1 de octubre de 2022 como empleada de hogar, y no se han alcanzado ni los tres meses de cotización, no se tiene derecho a cobrar el paro ni el subsidio. Pero se podría solicitar el Ingreso Mínimo Vital si se reúnen los requisitos para ello.
Un saludo.
Hola, desde el mes de septiembre no tengo trabajo. He trabajado como empleada de hogar ¿Qué ayuda puedo cobrar?, gracias.
Hola Elena.
Las cotizaciones por desempleo se han convertido en obligatorias desde el 1 de octubre de 2022. Por consiguiente, no se puede cobrar el paro ni el subsidio por el trabajo realizado antes de esa fecha como empleada del hogar (por no haber estado cotizando por desempleo). Aunque se puede acceder otras ayudas, como por ejemplo, el Ingreso Mínimo Vital.
Un saludo.