El subsidio por desempleo para las empleadas del hogar es una ayuda económica extraordinaria que ha concedido el Gobierno a aquellas personas que se han quedado sin trabajo o han visto reducida su jornada laboral. Esta ayuda ha surgido para compensar la pérdida de los ingresos que están sufriendo a consecuencia de la crisis del COVID-19.
Es la primera ayuda por desempleo que se le reconoce a las empleadas del hogar que se quedan en el “paro”, ya que estas trabajadoras (la mayoría mujeres), nunca han cotizado para cubrir la contingencia del desempleo por pertenecer a un Sistema Especial. A continuación, te explicaré los aspectos más importantes sobre este subsidio, por si cumples con los requisitos y te interesa solicitarlo.
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¿Cuánto se cobra por este subsidio por desempleo?
El importe del subsidio por desempleo dependerá del salario que venga percibiendo hasta ahora la empleada del hogar, y del número de horas de trabajo que haya perdido o si ha dejado completamente de trabajar.
Para calcular la cuantía del subsidio por desempleo, hay que distinguir dos situaciones:
- Si se cobra porque se ha producido el cese de la actividad laboral, el importe de esta cuantía será el resultado de aplicar el 70 % a la base reguladora del mes anterior a la baja. En ningún caso, el resultado podrá ser superior al Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, que por este subsidio no se puede cobrar más de 950 € al mes, excluida la parte proporcional de las pagas extras. Por tanto, aunque el resultado de este cálculo sea mayor que esa cantidad, se cobrarán 950 € al mes.
- En caso de que solo se haya perdido una parte de las horas de trabajo, la cuantía del subsidio será proporcional a las horas de trabajo que se hayan dejado de realizar.
¿Y si trabaja en diferentes domicilios?
La cuantía del subsidio por desempleo de la empleada del hogar se calculará teniendo en cuenta la base reguladora de cada uno de los diferentes trabajos que haya perdido o haya visto reducida su jornada laboral, para posteriormente sumar todas las cantidades obtenidas. El resultado total de esa suma, tampoco podrá sobrepasar el Salario Mínimo Interprofesional.
¿A partir de qué fecha se tiene derecho a este subsidio por desempleo?
Las personas empleadas del hogar tienen derecho al subsidio por desempleo a partir de la fecha que aparece en la declaración responsable que le debe hacer empleador o empleadora al reducirle la jornada laboral, o desde la fecha en la que le han dado de baja en la Seguridad Social.
¿Durante cuánto tiempo se puede percibir este subsidio extraordinario?
Desde que nace el derecho a percibir este subsidio por desempleo, las empleadas del hogar podrán seguir cobrando mes a mes. Pero todavía se desconoce durante cuantos meses en total se podrá cobrar. Así que, más adelante es posible que surja una regulación específica que indique exactamente la fecha en la que finalizará este subsidio extraordinario.
¿Qué requisitos han de cumplir las empleadas del hogar para cobrar el subsidio por desempleo?
Para poder cobrar el subsidio por desempleo, el trabajador o la trabajadora ha de estar:
- Dada de alta en la Seguridad Social (en el Régimen Especial de Empleadas del Hogar del Régimen General) antes del 14 de marzo de 2020, que fue cuando se declaró el estado de alarma.
- En una de estas dos situaciones:
- Haber perdido el empleo totalmente o parcialmente (si solo ha perdido unas horas de trabajo), porque el empleador o sus empleadores han decidido prescindir temporalmente de sus servicios con el fin de reducir el riesgo de contagio.
- Si está en esta situación, deberá acreditarlo ante el SEPE presentando una declaración responsable, que tendrá que venir firmada por el empleador o empleadora que ha tomado esta decisión. En dicha declaración, deberá indicarse si se ha realizado una reducción de jornada o se ha suspendido totalmente la prestación de los servicios.
- Que su contrato de trabajo se haya extinguido porque le han despedido o porque ha desistido de la relación laboral el empleador o empleadora.
- Para poder cobrar el subsidio por desempleo, la empleada del hogar tendrá que demostrar esta situación ante el SEPE presentando la carta de despido o la comunicación del desistimiento del empleador o empleadora, o la documentación acreditativa de la baja en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar.
¿Se puede trabajar mientras se cobra el subsidio por desempleo?
Sí, ya que el Real Decreto que regula este subsidio por desempleo para las empleadas del hogar, permite compatibilizar esta ayuda económica con cualquier otro trabajo que se pudiera desarrollar por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que la suma total de ingresos no supere el Salario Mínimo Interprofesional (950€ al mes).
¿Con qué ingresos es incompatible esta ayuda económica?
Las empleadas del hogar no podrán acceder al subsidio por desempleo si ya están cobrando el subsidio por incapacidad temporal o están percibiendo la retribución correspondiente al permiso retribuido recuperable que ha concedido el Gobierno a los trabajadores, que no realizan actividades esenciales, durante el estado de alarma.
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