Ten en cuenta, que estáis obligados a realizar una serie de trámites por nacimiento de hijo. Así que, si sois padres primerizos, es conveniente que os informéis previamente de los trámites legales que tendréis que realizar después del parto, para que no se os pasen los plazos.
Por eso, en este artículo, os voy a contar en qué sitios deberéis inscribir el nacimiento de vuestro hijo o hija, y qué solicitudes debéis presentar para obtener las prestaciones y ayudas económicas principales de maternidad y paternidad. Así que, ve preparando una carpeta para ir recopilando los documentos que te iré diciendo.
Documentos necesarios para realizar los trámites por nacimiento de hijo
Después del parto, tendréis que pedir en el hospital en el que estéis, la siguiente documentación:
- Informe médico de maternidad (impreso amarillo), firmado por el médico que ha atendido el parto o por la matrona.
- Boletín estadístico del parto (impreso rojo o azul, en función de la comunidad autónoma en la que se haya dado a luz). Aunque en algunos sitios este Boletín os lo darán directamente en el Registro Civil. Pero hay que preguntarlo en el hospital, por si acaso hubiera que recogerlo allí.
- Alta hospitalaria de la madre y el bebé
1) Iniciar los tramites por nacimiento de hijo, inscribiendo al bebé en el Registro Civil
Tras el alumbramiento, como padres, tendréis un plazo de 72 horas para inscribir el nacimiento de vuestro bebé en el Registro Civil. Si por cualquier causa justificada el hospital no hubiera emitido los documentos necesarios para hacer este trámite en plazo, dispondréis de un plazo de 10 días para inscribir ese nacimiento.
Este es uno de los trámites por nacimiento de hijo que permite declarar oficialmente la fecha, hora y lugar en el que ha tenido lugar el nacimiento, y la identidad, sexo y filiación del recién nacido.
En muchos hospitales públicos ya se puede hacer directamente esta inscripción de forma telemática desde el hospital, sin necesidad de tener que ir presencialmente al Registro Civil. Para hacer estos trámites por nacimiento de hijo desde el hospital, contareis con la ayuda que os prestará el personal de dicho centro sanitario.
Y si no podéis hacer la inscripción en el Registro Civil desde el hospital, tendréis que ir presencialmente al Registro Civil del municipio en el que haya nacido el bebé o el del domicilio que tengáis ambos padres.
Solicita el certificado de nacimiento
Cuando vayas a realizar la inscripción en el Registro Civil, solicita también el certificado de nacimiento para poder acreditar documentalmente que has realizado dicho trámite.
Una vez realizada la inscripción, el Registro Civil os remitirá por correo o a través de Internet (si lo habéis solicitado a así) el certificado literal de nacimiento. Dicho documento es esencial para realizar el resto de trámites administrativos por nacimiento de hijo. Este certificado caduca a los 6 meses.
2) Empadronamiento del recién nacido
Todos los ciudadanos están obligados a estar inscritos en el padrón del municipio en el que residen, según Real Decreto 2612/96. Por ese motivo, uno de los trámites por nacimiento de hijo que debéis realizar, es la inscripción del bebé en el padrón municipal.
En muchos municipios, al inscribir al recién nacido en el Registro Civil, se realiza la inscripción automática en el padrón municipal. De ser así, se podría pedir el certificado de empadronamiento en cualquier momento.
Pero en aquellos municipios en los que la inscripción no es automática, será necesario que vayáis al Ayuntamiento para solicitar la inscripción en el padrón municipal y el correspondiente certificado de empadronamiento. Para esto, habitualmente suelen pedir:
- El DNI del padre o de la madre, en el que venga indicado el domicilio en el que se va a empadronar al bebé.
- El libro de familia.
3) Inscripción en la Seguridad Social del bebé
Para que el recién nacido pueda beneficiarse de asistencia sanitaria gratuita que ofrece la Seguridad Social, será necesario que inscribas a tu bebé en alguno de los centro de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (CAISS) para que lo den de alta en dicho sistema, como miembro de tu familia. Este es un trámite que se debe realizar lo antes posible para que puedan realizarle la primera revisión médica.
Si ambos progenitores estáis afiliados a la Seguridad Social como trabajadores, podréis poner a vuestro bebé como beneficiario de uno de los dos. Y si solo uno de los progenitores trabaja y el otro es beneficiario, el recién nacido se pondrá como beneficiario en la Seguridad Social del progenitor que esté trabajando y afiliado a la Seguridad Social.
Este es uno de los trámites por nacimiento de hijo por el que tendrás que solicitar cita previa en el INSS para que te puedan atender. Aunque también tienes la posibilidad de hacer este trámite cómodamente desde casa y de forma inmediata, entrando en el portal web “Tu Seguridad Social”.
En cualquier caso, será necesario que rellenéis el formulario de solicitud que facilita el INSS y que aportéis la siguiente documentación:
- DNI.
- Libro de familia actualizado en el que se incluya al recién nacido. Y si el libro de familia todavía no se ha actualizado, se puede presentar dicho documento, junto al certificado literal de nacimiento.
Tras la inscripción en la Seguridad Social, el INSS os facilitará el impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social. Dicho impreso será el que tendréis que utilizar para pedir la tarjeta sanitaria.
4) Solicitud de la Tarjeta Sanitaria del recién nacido
Este es uno de los trámites por nacimiento de hijo más importantes, ya que es esencial para que tu bebé pueda ser atendido por un pediatra. Para solicitar la tarjeta sanitaria, tendréis que acudir presencialmente a vuestro centro de salud, y presentar la siguiente documentación:
- Impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social.
- Libro de familia en el que ya se incluya al recién nacido. Y si el libro no está actualizado, habrá que presentarlo junto al certificado literal de nacimiento.
- Impreso de solicitud de la tarjeta sanitaria individual para el bebé, que os darán en el mismo centro de salud.
Una vez que os den la tarjeta sanitaria, ya podréis solicitar la asignación de un pediatra y una cita para que dicho profesional le realice la primera revisión.
Y si tu bebé ha nacido con una enfermedad grave, que sepas que puedes tener derecho a cobrar la prestación CUME en el supuesto de que quieras reducir tu jornada de trabajo para poder cuidar de tu hijo o hija.
5) Trámites por nacimiento de hijo para pedir la prestación por maternidad
Después de dar a luz, para poder cobrar la prestación por maternidad, tendrás dar los siguientes pasos:
- Solicitar la baja por maternidad a tu médico de cabecera de la Seguridad Social.
- Comunicarle a la empresa la baja por maternidad.
- Ir al INSS a solicitar la prestación por maternidad.
6) Trámites por nacimiento de hijo para pedir la prestación por paternidad
Deberás pedirle a tu empresa un certificado de baja. Y una vez que haya nacido el bebé, ya podrás ir al INSS con dicho documento y otros que te requerirán, para solicitar la prestación por paternidad. Aunque este trámite también lo puedes hacer online, a través del portal web «Tu Seguridad Social».
7) Deducción por maternidad
Hasta que tu hija o hija tenga 3 años, podrás beneficiarte de una deducción de 100 € al mes en la Declaración de la Renta.
Deja una respuesta